La Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº19.886, luego del cierre de las ofertas y durante el período de evaluación de las mismas, el Gobierno Regional de Valparaíso, podrá requerir a los proponentes la presentación de certificaciones o documentos administrativos, que los proponentes hayan omitido presentar al momento de efectuar sus ofertas, dentro del plazo fatal de 48 horas, contadas desde el requerimiento respectivo realizado por el Gobierno Regional, el que se informará a través del sistema Mercado Público.
Si el oferente no presenta la documentación faltante y/o no salva las omisiones requeridas en el plazo señalado, quedará fuera de bases por falta de presentación de los antecedentes solicitados.
La presentación en el plazo extraordinario de los antecedentes administrativos requeridos, significará una menor puntuación, conforme lo indicado en la pauta de evaluación señalada las presentes bases de licitación.
Los documentos solicitados no podrán alterar la Garantía de seriedad de la oferta, la oferta económica ni la oferta técnica.