“ADQUISICIÓN INSTRUMENTAL QUIRURGICO OTORRINOLARINGOLOGÍA”
ARTICULO Nº1 OBJETIVO
Las presentes Bases Técnicas forman parte para licitación de “ADQUISICIÓN INSTRUMENTAL QUIRURGICO OTORRINOLARINGOLOGÍA” Que, para los fines precedentes, el proveedor con que se contrate deberá asegurar y será responsable de cumplir estricta y cabalmente con los requerimientos y especificaciones consagrados en este documento. Permitiendo dar continuidad operacional al Hospital Claudio Vicuña de San Antonio.
ARTICULO Nº2 COORDINACION:
La Coordinación entre el Hospital Claudio Vicuña y la Empresa adjudicada, será a través del administrador del contrato, para tal efecto se designa al Jefe CR Mantenimiento y Servicios Generales o quien lo subrogue o para tales efectos a quien el (ella) designe la supervisión.
ARTICULO Nº3 DESCRIPCION DEL SERVICIO
El hospital Claudio vicuña requiere la adquisición de instrumentales para dar las condiciones idóneas de prestación en servicio de otorrinolaringología del HCV, los cuales se detallan en Formulario Nº7 de las presentes bases.
ARTICULO Nº4 GARANTÍA TÉCNICA
La vigencia del contrato que se celebre en virtud de la licitación pública convocada tendrá una vigencia de acuerdo a la garantía ofertada. El hospital requiere que los productos ofertados cuenten con una garantía mínima de 36 meses.
Si el INSTRUMENTAL presenta falla de fábrica durante su operación durante los primeros 30 días, si presenta funcionamiento anómalo o detalles/picaduras en su superficie al momento de ser recibido e inspeccionado por el Servicio requirente, el instrumento deberá ser repuesto por la empresa adjudicada para esta contratación, en un período inferior a 48 horas incluyendo todos los costos asociados en mano de obra, traslados, viáticos y repuestos.
ARTICULO Nº5 GENERALIDADES
Las cláusulas siguientes son requerimientos que la empresa oferente del INSTRUMENTAL debe comprometerse a cumplir cabalmente para ser considerada su propuesta de ADQUSICIÓN de INSTRUMENTAL que el Hospital requiere mediante el presente proceso de licitación.
Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Técnicas, se entienden incorporadas sin necesidad de mención expresa en la correspondiente Orden de Compra o contrato, que se giren al adjudicatario y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se deriven.
El oferente deberá completar el Formulario Nº7 Especificaciones Técnicas en forma obligatoria, para poder ser considerada su oferta en el proceso de evaluación de ofertas y cumplir con lo estipulado en esta ficha. Deberá además respaldar las características ofertadas adjuntando Ficha Tecnica, manuales o catálogos referenciando, nombre del archivo y número de página, con el objeto de otorgar claridad y rapidez en la evaluación.
ARTICULO Nº 6 CERTIFICADOS Y CATALOGOS
Con objeto de adquirir Instrumental de calidad, el hospital requiere los siguientes certificados según corresponda
CERTIFICADOS
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DIN EN ISO 13485
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DIN EN ISO 7153-1
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ISO 7741
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ISO 7151
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ISO 7153-1
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DIN 17442
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ISO 783
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NOTA: Los oferentes deberán presentar los certificados que avalen tales acreditaciones antes mencionadas. Los documentos deberán estar VIGENTES a la fecha de licitación
ARTICULO Nº7 REQUERIMIENTOS TECNICOS
El Proveedor deberá por escrito indicar los requerimientos para el normal funcionamiento del INSTRUMENTAL, ya sean estas físicas, ambientales u otras.
ARTICULO Nº 8 INSTALACION Y MANUALES Y OTROS.
El proveedor deberá cumplir con: Entrega del Manual de Operación Original y copia en español en formato impreso y digital, descripción del INSTRUMENTAL, descripción de las funciones del INSTRUMENTAL, descripción de elementos, partes y piezas susceptibles a falla, precauciones de uso del INSTRUMENTAL, mantenimiento básico, seguridad, protección, vulnerabilidad, control, etc.
ARTICULO Nº 9 ENTREGA DEL INSTRUMENTAL
La entrega del INSTRUMENTAL se realizará en el plazo contratado a contar emisión de la primera Orden de Compra y la recepción por ADQUSICIÓN del INSTRUMENTAL se hará una vez en el lugar de destino del Hospital.
La entrega sólo se verificará con la emisión del Acta de Recepción Conforme, por el encargado del CR. MMTTO y/o quienes les subroguen.
Bajo ningún pretexto podrá imputarse alguna responsabilidad al Hospital por el INSTRUMENTAL que no hayan sido definitivamente recepcionados con toda la documentación suscrita por los funcionarios denominados para este efecto.
1. El proveedor deberá indicar el plazo de entrega de INSTRUMENTAL ofertado en días corridos.
2. El plazo de entrega ofertado por el adjudicado comenzara a regir desde el día hábil siguiente a la emisión de la orden de compra.
3. Si plazo vence en día sábado, domingo o festivo se correrá al primer día hábil siguiente.
4. Los plazos a ofertar para la entrega del INSTRUMENTAL deberán ser estudiados adecuadamente por el oferente, ya que no será considerada como fuerza mayor, el retraso en los trámites de importación y sus traslados o mayores plazos de fabricación.
5. La solicitud de aumento de plazo, solo será aceptada si existe causal de fuerza mayor o caso fortuito, el cual será indicado y justificado claramente y con documentación fundante por parte de la empresa. La Unidad Técnica estudiara la solicitud y emitirá informe que permitirá resolver al Director del Hospital. En todo caso, la solicitud de aumento de plazo no podrá exceder en 20 días corridos respecto del plazo originalmente ofertado por el proveedor adjudicado, de ser aceptada la solicitud de aumento de plazo después de cumplirse este, se aplicarían las multas correspondientes en caso de excederlo.
6. La solicitud de aumento de plazo deberá ingresarse por Oficina de Partes del Hospital con un mínimo de tres (3) días corridos antes de la fecha de entrega de ADQUSICIÓN establecida por el proveedor. Las solicitudes recibidas con posterioridad a la fecha de entrega ofertada, no serán consideradas ni evaluadas y se aplicarán las multas por retraso en la entrega del servicio, señaladas en las presentes Bases.
7. La entrega sólo se verificará con la emisión del Acta de Recepción, por el encargado del Jefe CR Mantenimiento y Servicios Generales y Jefe de Servicio correspondiente o quienes los subroguen.
La entrega del equipamiento por parte del proveedor, deberán efectuarse en horario de oficina en días hábiles de lunes a viernes.
Lunes a Jueves de 08:00 a 16:30 Horas
Viernes de 8:00 a 15:30 Horas
ARTICULO Nº10 RECEPCION DEL INSTRUMENTAL
El oferente dará aviso con dos días de anticipación del día y hora de entrega de los productos adjudicados al encargado del C.R Jefe de Mantenimiento del Hospital Claudio Vicuña, quien junto al representante de la empresa procederán a la revisión e inspección de lo entregado y efectuará el acto de recepción conforme del INSTRUMENTAL y los artículos complementarios si los hubiere.
ARTICULO Nº11 RECEPCIÓN PROVISORIA
La Recepción Provisoria consistirá en la Apertura del Bulto, Revisión del INSTRUMENTAL, con un Representante de la empresa y en compañía del encargado de CR. Jefe de Mantenimiento, o aquellos que éstos designen.
El día que se efectué esta revisión se retirará de bodega el bulto para trasladarlo al servicio clínico correspondiente, para lo cual el Jefe de Mantenimiento, o aquellos que éstos designen; concurrirá y levantará un acta de Recepción Provisoria, indicando en ella los siguientes datos:
Nombre de la licitación
ID de la orden de compra
Nombre del bien adquirido
Marca
Modelo
Nº de Serie
Accesorios complementarios.
La recepción provisoria del instrumental consiste en la comprobación por parte del establecimiento del cumplimiento del proveedor de los requerimientos contenidos en las Bases Técnicas y Especificaciones Técnicas del proveedor.
El proveedor adjudicado deberá realizar la capacitación del personal y puesta en marcha del instrumental en un plazo no superior a los 5 días corridos desde la recepción provisoria.
ARTICULO Nº12 ENTREGA Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO
El plazo de entrega del INSTRUMENTAL será el indicado por el oferente tomado desde LA FECHA DE EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA HASTA LA ENTREGA DEL INSTRUMENTAL Y PUESTA EN MARCHA, contados en días corridos. El no cumplimiento de los plazos, facultará al Hospital Claudio Vicuña, para la aplicación de multas.