Licitación ID: 898-12-LP26
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PERIODICO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LA DOTACION VEHICULAR DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA
Responsable de esta licitación: HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 238
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Productos o servicios
1
Ambulancias 1 Unidad
Cod: 25101703
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LA DOTACION VEHICULAR  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PERIODICO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LA DOTACION VEHICULAR DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Mantener los vehículos en condiciones seguras y operativas con un mínimo de fallas y detenciones. Para cumplir con el objetivo, se realizarán mantenciones Programadas Preventivas y Correctivas. Estos mantenimientos deberán quedar expresados en “Hojas de mantenimiento” por vehículo las cuales serán entregadas al Jefe Departamento de Mantenimiento y Servicios Generales del Hospital Claudio Vicuña.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
R.U.T.:
61.602.126-5
Dirección:
Carmen Guerrero N° 945
Comuna:
San Antonio
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-02-2026 17:16:00
Fecha de Publicación: 20-01-2026 17:11:12
Fecha inicio de preguntas: 20-01-2026 18:01:00
Fecha final de preguntas: 30-01-2026 13:06:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-02-2026 19:06:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-02-2026 17:17:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-02-2026 17:17:00
Fecha de Adjudicación: 25-02-2026 16:32:34
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA 26-01-2026 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 15.1 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS • Formulario N°3: Identificación del Oferente. (*) • Formulario N°4: Declaración Jurada Conocimiento de las Bases (*) • Formulario N°5: Declaración Jurada sobre Inhabilidades. • Formulario N°7: Programa de Integridad Cabe señalar que los documentos (*) solicitados en el presente artículo, se considerarán documentos obligatorios para la presentación de la propuesta del oferente, de lo contrario su oferta será declarada inadmisible. .
Documentos Técnicos
1.- 15.2 ANTECEDENTES TÉCNICOS • Formulario N°2: Experiencia del Oferente. El oferente debe respaldar la experiencia adjuntando copia de contratos, órdenes de compra o convenios de igual índole al que se está ofertando. Sólo se contabilizará la experiencia con respaldo. (*) • Formulario N°6: Capacidad Técnica e Instalaciones del Servicio Técnico (*) Cabe señalar que los documentos (*) solicitados en el presente artículo, se considerarán documentos obligatorios para la presentación de la propuesta del oferente, de lo contrario su oferta será declarada inadmisible. Cabe señalar que los documentos (*) solicitados en el presente artículo, se 15.4 CERTIFICACIÓN Y/O DOCUMENTOS A ADJUNTAR • Iniciación de actividades, debe poseer Giro respectivo de lo servicio licitado. Nota: Los certificados presentados deben tener una vigencia a la fecha de cierre de la presente licitación o superior, de lo contrario no serán considerados en el proceso de evaluación. NO HABRA APERTURA FÍSICA DE ANTECEDENTES, TODOS LOS ANTECEDENTES SOLICITADOS DEBERAN SER INGRESADOS A TRAVES DE www.mercadopublico.cl.
 
Documentos Económicos
1.- 15.3 ANTECEDENTES ECONÓMICOS: • Formulario N°1: Oferta Económica. (*) El oferente deberá considerar que la oferta económica incluye todos los gastos, impuestos y demás costos eventuales que se deriven de los servicios licitados. Cabe señalar que los documentos (*) solicitados en el presente artículo, se considerarán documentos obligatorios para la presentación de la propuesta del oferente, de lo contrario su oferta será declarada inadmisible.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONOMICA VER ARTICULO 17 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 50%
2 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS VER ARTICULO 17 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%
3 EXPERIENCIA TECNICA VER ARTICULO 17 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 40%
4 CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD VER ARTICULO 17 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El Presupuesto disponible para esta licitación, alcanza la suma de 180.000.000.- ciento ochenta millones de pesos impuesto incluido, con una vigencia de 12 meses
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: CARMEN GLORIA OSORIO
e-mail de responsable de pago: carmengloria.osorio@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: DRA. XIMENA PARADA DEBIA
e-mail de responsable de contrato: carmengloria.osorio@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-35-2206207-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
VER ARTICULO 36 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA
Fecha de vencimiento: 11-06-2026
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: El Prestador deberá garantizar la seriedad de la oferta con un instrumento financiero, pagadero a la vista, de carácter irrevocable y de cobro rápido y efectivo, documento físico o electrónico (en éste caso debe ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma) y ser entregada si es en soporte papel en la oficina de partes del Hospital Claudio Vicuña antes de la fecha y hora de cierre para presentar ofertas o enviada (si es electrónica) en el mismo plazo, al siguiente correo de la oficina de partes: oficinadepartes.hcv@redsalud.gob.cl copia a juan.acevedo@redsalud.gob.cl, indicando en el asunto tipo de garantía e ID de la licitación o adjuntarla al comprobante de la oferta (si es electrónica). La garantía llevará la glosa: Para garantizar Seriedad de Oferta para la Licitación “SERVICIO DE MANTENIMIENTO PERIÓDICO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LA DOTACIÓN VEHICULAR DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA” de San Antonio, e indicar ID de la licitación, por un monto de $500.000.- con impuestos incluidos, Esta garantía deberá tener una vigencia no inferior a 120 días corridos, contados a partir de la fecha de cierre de recepción de las ofertas en la plataforma. El oferente que no entregue el Documento de garantía de la seriedad de la oferta en la fecha indicada en el párrafo anterior no podrá participar en la licitación pública “SERVICIO DE MANTENIMIENTO PERIÓDICO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LA DOTACIÓN VEHICULAR DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA” declarándose inadmisible su propuesta Si dentro de este plazo de Garantía no se pudiere efectuar la adjudicación, el Hospital solicitará a los oferentes antes de la fecha de expiración de la garantía, la prórroga respectiva por un plazo de 60 días corridos, si alguno de ellos no lo hiciera, dicha oferta será declarada inadmisible. Si el oferente realiza más de una oferta en el portal www.mercadopublico.cl no es necesario que presente más de un Documento de Garantía por Seriedad
Glosa: Para garantizar Seriedad de Oferta para la Licitación SERVICIO DE MANTENIMIENTO PERIÓDICO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LA DOTACIÓN VEHICULAR DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la dirección del hospital Claudio Vicuña. Salvo respecto del oferente que hubiera obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para resguardar una posible readjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, se efectuará una vez que se haya notificado la resolución que aprueba el respectivo contrato. En este último caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección del Hospital Claudio vicuña recién aludida Para retirar este documento de los oferentes que sean personas jurídicas deberán presentar en la unidad de Contabilidad del hospital Claudio Vicuña, ubicada en Carmen Guerrero N°945, 3° piso, San Antonio, una carta poder simple indicando N.º de documento, monto, Banco de Emisión y motivo de la Garantía con copia señalando que autoriza al portador, previamente identificado, a realizar dicha gestión, en caso de que el representante legal sea quien realice este trámite, deberá acreditar dicha condición y presentar su cédula de identidad. Para las personas naturales bastará solo con la presentación de su Cédula de Identidad. Una vez vencido el plazo de la garantía de seriedad de la oferta, según sea el caso mencionado en los últimos tres párrafos anteriores de este artículo (12.1), el Hospital Claudio Vicuña se reserva el derecho de eliminar este documento una vez caducado. Por su naturaleza la garantía electrónica no requiere devolución
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA
Fecha de vencimiento: 01-07-2027
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato, se podrá presentar, conforme a lo estipulado en el Artículo N°68 del Decreto 661/2024 del Ministerio de Hacienda, cualquier documento que asegure el cumplimiento del pago de garantía de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con carácter irrevocable, extendido a nombre del Hospital Claudio Vicuña, Rut 61.602.126-5. El documento podrá ser entregado en soporte papel en la Oficina de Partes del hospital, ubicada en calle Carmen Guerrero N°945, 3er piso, San Antonio o de forma electrónica a los correos electrónicos: oficinadepartes.hcv@redsalud.gob.cl y juan.acevedo@redsalud.gob.cl indicando en el asunto tipo de garantía e ID de la licitación. En caso de ser documento electrónico debe ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Esta garantía deberá ser ingresada a la oficina de partes del hospital ya sea en documento físico o electrónico, en un plazo máximo de 20 días corridos junto con el contrato desde la notificación de adjudicación. La garantía deberá ser extendida expresamente a nombre del Hospital Claudio Vicuña, con la glosa: “Para Garantizar el Fiel Cumplimiento de Contrato asociado al SERVICIO DE MANTENIMIENTO PERIÓDICO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LA DOTACIÓN VEHICULAR DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA”. Por un valor equivalente al 5% en pesos chilenos del monto adjudicado con impuesto incluido, con fecha de vencimiento a 60 días hábiles posteriores al término del plazo del contrato. Esta garantía se otorgará para caucionar el cumplimiento de todas las obligaciones que se imponen al adjudicado, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa y por la sola voluntad del Hospital, si procede alguna de las causales estipuladas en las presentes Bases administrativas, a través de la dictación de la correspondiente Resolución fundada y debe ser entregada al Hospital en el momento de la suscripción del contrato.
Glosa: “Para Garantizar el Fiel Cumplimiento de Contrato asociado al SERVICIO DE MANTENIMIENTO PERIÓDICO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LA DOTACIÓN VEHICULAR DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA”
Forma y oportunidad de restitución: La restitución del documento de garantía será realizada dentro de los 10 días hábiles siguientes, una vez cumplido el periodo de vigencia de ésta. Esto es, el plazo del contrato aumentado en 60 días hábiles, para resguardar que el producto o servicio contratado cumpla su objetivo con eficacia. Para retirar el documento, cumplido el plazo indicado en el párrafo anterior, el oferente adjudicado deberá enviar correo electrónico, en su defecto documento escrito, a la Unidad de Gestión de Compras y Abastecimiento javier.rojasr@redsalud.gob.cl; con copia a la Subdirección Gestión Administrativa, Financiera y Operaciones hector.araneda@redsalud.gob.cl, Con el objetivo de realizar dicha gestión. Para retirar este documento de los oferentes que sean personas jurídicas deberán presentarse en la unidad de Contabilidad del hospital Claudio Vicuña, ubicada en Carmen Guerrero N°945, 3er piso, San Antonio, una carta poder simple indicando Nº de documento, monto, Banco de Emisión y motivo de la Garantía con copia señalando que autoriza al portador, previamente identificado, a realizar dicha gestión, en caso de que el representante legal sea quien realice este trámite, deberá acreditar dicha condición y presentar su cédula de identidad. Para las personas naturales bastará solo con la presentación de su Cédula de Identidad. Una vez vencido el plazo de la garantía por fiel cumplimiento del contrato, mencionado en el párrafo primero del punto N°12.2.2 de las bases, el Hospital Claudio Vicuña se reserva el derecho de eliminar este documento una vez caducado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de "Oferta Económica" (Art.17 bases).
En caso de que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta Técnica” (Art.17), respectivamente.
En caso de que se mantenga la situación de empate, se establece como tercer mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Programa de Integridad” (Art.17.3.3), respectivamente
En caso de que se mantenga la situación de empate, se establece como tercer mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos” (Art.17.3.4) respectivamente.
Finalmente, de mantenerse la igualdad, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal Mercado Público considerándose la hora en que aquello se efectúe..
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Conforme a lo indicado en el Articulo N°58 del Decreto N°661 de 2024, de la Ley N°19.886, en el caso de las consultas relacionadas a la adjudicación o deserción del presente proceso de Licitación, estas consultas deberán ser enviadas al correo electrónico a juan.acevedo@redsalud.gob.cl en un plazo no superior a 10 dias corridos contados desde la fecha de adjudicación o deserción, posterior a esa fecha se considerará fuera de plazo. El Hospital dará respuesta a las mismas por correo electrónico en un plazo no superior a 30 dias corridos a partir de la publicación en el portal de la adjudicación o deserción al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
El Hospital podrá solicitar a través del portal (foro inverso), de conformidad a lo establecido en el artículo N°56 del Decreto N°661 de 2024, que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, estos es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del portal. El Hospital podrá también permitir, de conformidad a los establecido en el inciso segundo del articulo N°56 del Decreto N°661 de 2024 de la Ley N°19.886, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello dará un plazo 2 (dos) días hábiles por el foro inverso en el sistema de información, contados desde la solicitud de rectificaciones, complementación o aclaraciones según corresponda, realizada en el portal www.mercadopublico.cl
TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato quedará terminado, por disposición del Hospital Claudio Vicuña en los casos señalados en el artículo N°13 de la Ley de Compras Públicas N°19.886, el Artículo N°130 del Reglamento de dicha Ley, se pondrá término anticipado del contrato en los siguientes que se mencionaran a continuación: La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al articulo N°129 del decreto N°661. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el articulo N°135 del decreto N°661. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. El Hospital podrá dar término anticipado del contrato por las siguientes causales imputables al proveedor Si se disuelve la empresa adjudicada. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. Si el contratista no cumple con las Obligaciones Laborales y Sociales de los trabajadores (Ley N°20.238). No respete las normas de seguridad, las normas técnicas o las normas ambientales. No ejecute lo convenido en el contrato sin ninguna razón justificada e informada al coordinador del contrato. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. El oferente adjudicado o alguno de los socios de la empresa fuera formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva; en los casos de una Sociedad Anónima, cuando algún miembro del Directorio o el Gerente se encuentre en esta situación. En el caso que el total de las multas supere el 10% del valor total del contrato (impuesto incluido). En caso de aumento de presupuesto del servicio contratado, conforme al Art. N°25 de las presentes bases, no exista presupuesto disponible para mantener la vigencia de este. El incumplimiento por parte del Prestador de la(s) cláusula(s) del contrato, facultará al Hospital para poner término a éste, según se establece en las presentes Bases. El Hospital además se reserva el derecho de poner término al contrato en cualquier fecha y con 10 días de anticipación y sin indemnización, si se establece formal y fundadamente, que la continuación del contrato daña el normal desenvolvimiento de las actividades que se desarrollan en este centro asistencial.
PROHIBICIONES DE CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
El Proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una contratación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común. Decreto N°661, articulo N°126 El Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el Proveedor adjudicado. En aquellos contratos de carácter secreto o reservado, o cuando lo exija la seguridad del Estado, la subcontratación requerirá siempre autorización expresa de la Entidad. Si asi se prevé en las Bases, los oferentes deberán indicar en la propuesta o luego de la Adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores. Las Entidades podrán establecer en las Bases que determinadas tareas criticas no puedan ser objeto de subcontratación, debiendo ser estas ejecutadas directamente por el Proveedor adjudicado. No será admisible la subcontratación en los siguientes casos: Decreto N°661, articulo N°128 Si se trata de servicios especiales, y se ha contratado en vista de la capacidad o idoneidad del contratista a) Si excede el treinta por ciento del monto total del contrato, salvo que las Bases de licitación establezcan uu porcentaje mayor por razones fundadas. b) Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores. c) Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por la Entidad pública a que se refiere el articulo N°35 quáter de la Ley de Compras. El Proveedor principal deberá notificar por escrito al órgano contratante de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el Proveedor principal deberá acreditar que este cumple con los requisitos señalados en el inciso anterior. El limite de la subcontratación quedará determinado por el porcentaje que se determine en las bases, y en ningún caso la subcontratación podrá ser utilizada para efectuar una cesión del contrato.
BASES TÉCNICAS
II. BASES TÉCNICAS
BASES TÉCNICAS
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO PERIÓDICO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LA DOTACIÓN VEHICULAR DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA”

1.- OBJETIVO

Mantener los vehículos en condiciones seguras y operativas con un mínimo de fallas y detenciones. Para cumplir con el objetivo, se realizarán mantenciones Programadas Preventivas y Correctivas. Estos mantenimientos deberán quedar expresados en “Hojas de mantenimiento” por vehículo las cuales serán entregadas a Jefe Departamento de Mantenimiento y Servicios Generales del Hospital Claudio Vicuña.

TODAS LAS MANTENCIONES DEBERÁN ESTAR GARANTIZADAS.

1.1 CONFORMIDAD DEL SERVICIO

La conformidad de la recepción del servicio se sujeta a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones Publicas.

La conformidad de recepción del Servicio prestado estará referida a los siguientes aspectos:

  1. Verificación de la calidad del servicio prestado y cumplimento de las especificaciones técnicas y valores contratados en la propuesta adjudicada.
  2. Verificación del funcionamiento óptimo de los vehículos en presencia del usuario y personal responsable del área de Mantenimiento del HCV quienes verificarán la recepción conforme del trabajo realizado.
  3. El adjudicatario, debe establecer las actividades de mantenimiento necesarias para los vehículos.
  4. El adjudicado deberá emitir un informe con los trabajos realizados, este debe estar firmado y timbrado por el adjudicado, debe especificar claramente lo realizado y los valores. Se deben adjuntar recepción del móvil, certificado de alineación en caso de que corresponda, y certificado de salida del vehículo del taller, el no cumplimiento constituye una falta muy grave.


2.- UNIDAD TÉCNICA

La Unidad Técnica, estará constituida por el Subdirector Gestión Administrativa, Financiera y Operaciones; Jefe Departamento de Mantenimiento y Servicios Generales y Encargado Mantenimiento Parque Automotriz; los que tendrán a su cargo la inspección técnica del proceso y contrato, o quien el jefe de mantención designe.

3.- MANTENIMIENTO PROGRAMADO PREVENTIVO.

3.1.- Mantenimiento a realizar   por   kilómetros recorridos.

A los Vehículos marca MERCEDES BENZ modelo SPRINTER 415-417 CDI cada 10.000 kms, MINIBUS HYUNDAI cada 10.000 kms respectivamente: a partir del kilometraje inicial entregado en acto de inicio de vigencia del Servicio contratado, según especificaciones técnicas del fabricante. (Los lubricantes a emplear en el mantenimiento   deben ser los señalados por el fabricante, y deben ser los adecuados para los kilometrajes registrados por los móviles)

PATENTE

TIPO

MARCA

MODELO

MOTOR

CHASIS

AÑO

Mantención

LWCV-72

Ambulancia

MERCEDES BENZ

SPRINTER 415 CDI

651955W01001121

8AC906633LE174901

2019

LWCV-72

HXKD- 40

Ambulancia

MERCEDES BENZ

SPRINTER 415 CDI

651955W0058226

8AC906633GE120425

2016

HXKD- 40

HXKD- 38

Ambulancia

MERCEDES BENZ

SPRINTER 415 CDI

651955W0057608

8AC906633GE119684

2016

HXKD- 38

HXKD- 37

Ambulancia

MERCEDES BENZ

SPRINTER 415 CDI

651955W0057530

8AC906633GE119637

2016

HXKD- 37

GGXF-22

Furgón

HYUNDAI

NEW 300

D4CBD387208

KMSWA37KADU606046

2014

GGXF-22

HXKF-18

Ambulancia

MERCEDES BENZ

SPRINTER 415 CDI

651955W0057227

8AC906633GE119313

2016

HXKF-18

HXKF- 17

Ambulancia

MERCEDES BENZ

SPRINTER 415 CDI

651955W0057236

8AC906633GE119312

2016

HXKF- 17

JBCP-40

Ambulancia

MERCEDES BENZ

SPRINTER 415 CDI

651955W0058903

8AC906633GE121473

2017

JBCP-40

TFLK-16

Ambulancia

MERCEDES BENZ

SPRINTER 417 CDI

654920W0159710

8AC907643RE238899

2024

TFLK-16

TFLK-18

Ambulancia

MERCEDES BENZ

SPRINTER 417 CDI

654920W0159911

8AC907643RE238900

2024

TFLK-18

TFLK-44

Ambulancia

MERCEDES BENZ

SPRINTER 417 CDI

654920W0159696

8AC907643RE238898

2024

TFLK-44

4.- MANTENIMIENTO CORRECTIVO.

El Oferente debe estar disponible los 7 días de la semana para recibir reportes de vehículos que quedan fuera de servicio por falla o siniestro, para recomendar las acciones inmediatas a seguir mientras se aborda la mantención correctiva.

Se deberá contar con asistencia de grúa 24/7 para emergencias de todo evento, El valor no debe exceder los $160.000.- valor incluye IVA.

Mantenciones correctivas que superen las 24 hrs de solución, se deberá generar un informe tipo reporte por escrito por parte del administrador del contrato, indicando el problema, solución, status de avances; con la finalidad de poder transmitir dicha información a los usuarios, para esto se acepta un correo electrónico dirigido al jefe de mantención y SS.GG.; daniel.roa@redsalud.gob.cl  copia a stevens.espina@redsalud.gob.cl

4.1.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO (Cumplimiento Obligatorio)

  • El oferente debe proveer un servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para el parque automotriz, los 365 días del año incluyendo festivos y feriados las 24 horas del día y debe mantener un kit de emergencia disponible para fines de semana, feriados y festivos, que debe contener los siguientes artículos.

v  Aceite para relleno (un balde)

v  Ampolletas

v  Líquido refrigerante. (un balde)

v  Liquido de freno 1 litro.

v  Liquido Hidráulico 1 litro.

v  Cinturón de seguridad para camillas.

  • El proveedor debe tener un tiempo de respuesta de 1 hora vía telefónica y 4 en terreno.

  • Una vez ingresado el móvil para reparaciones, este será de exclusiva responsabilidad de la empresa, por ende, debe responder por cualquier daño o perjuicio que le ocurriera al móvil. Se deberá realizar un informe de ingreso indicando la hora y el estatus del vehículo, lo mismo a la salida, estos se deberán incorporar en el informe de mantención preventiva o correctiva que se realice a cada móvil, en caso de que el servicio necesite alineamiento, se deberá incluir el informe respectivo.

  • La emisión de estos informes debe ser emitido con la respectiva firma y timbre del adjudicado, identificando nombre del administrador del contrato claramente. El no cumplimiento de este punto se considera falta grave.

  • El informe de cada ambulancia según formato, cualquiera sea su reparación o mantención, este debe incluir los siguientes ítems con información actualizada a la fecha del mantenimiento:

v  Numero de Orden

v  Atendido por:

v  Detalle del cliente

v  Datos del vehículo: patente, número de motor, año, tipo, combustible, modelo, color, kilometraje de entrada al taller y kilometraje de salida del taller, marca, número chasis, fecha y hora de entrada, hora y fecha de salida.

v  Detalles de ingreso por reparación.

v  Repuestos involucrados, cantidad y costos

v  Firma y nombre del técnico que realizo mantenimiento o reparación, firma del administrador del contrato como persona responsable.

  • El proveedor debe presentar un Informe mensual: con los trabajos involucrados, los costos o precios, según indica formulario 1 y número de Orden y fecha.

  • El proveedor deberá realizar un levantamiento del estado actual de todo el parque automotriz que deberá ser entregado al Jefe SSGG y MMTTO o a quien lo subrogue.

  • Informe de estado de ambulancia semanal, indicando la condición de cada uno de los móviles y certificar la operatividad del móvil (Operativa o fuera de servicio).

  • En caso de encontrar fallas de dudosa procedencia o irregularidades en los mecanismos que no corresponda al uso y desgaste diario del móvil, debe emitir un informe con antecedentes técnicos y adosar imágenes de respaldo.

  • Debe considerar además el servicio del personal en terreno que considera 24 horas mensuales, dividido en 6 horas semanales previamente coordinadas con Jefe Departamento de Mantenimiento y Servicios Generales. Preferentemente horas en viernes. Las actividades para realizar serán reparaciones menores de baja complejidad, chequeo de niveles y relleno de aceite y agua, cambio de luces, cambio de fusibles, scanner a cada móvil que se pueda intervenir, para registrar fallas y programar dichos trabajos en mantenciones.

  • Atención en las dependencias del hospital, para realizar proceso de scanner a los equipos próximos a mantención, este control debe ser por parte del adjudicado, agregando control de niveles, cambio de luces quemadas.

  • Se debe considerar realizar servicio de scanner en cada mantención; toda intervención en tren delantero deberá venir acompañada de un alineamiento. El no cumplimiento se considerará como un servicio deficiente, por lo tanto, será considerada una falta grave.

  • Todo vehículo que ingrese a mantención preventiva deberá salir con el sistema de luces en un funcionamiento del 100%, por lo cual el adjudicado deberá tener el respectivo stock de repuesto. Se deben considerar las luces internas y externas, lo mismo para sistema de balizas y sirenas de emergencia. El no cumplimiento se considera falta muy grave.

  • El adjudicado deberá llevar el control del desgaste de neumáticos, considerando en cada informe reportar los milímetros de remanente, indicando el cambio obligatorio. No llevar este control se considera falta muy grave.

  • El adjudicado deberá llevar el control y proyectar el cambio de los sistemas de frenado en sus informes por móvil, se entiende que la proyección es empírica en base al kilometraje de cada móvil, debiendo dar la información en los respectivos informes, y realizar los cambios en la mantención próxima.

  • El adjudicado, deberá realizar las gestiones para tener la flota con sus revisiones técnicas al día.

  • El adjudicado deberá definir el tiempo de la mantención preventiva, para que esta se ejecute en su totalidad de forma correcta, no deberá aceptar ningún tipo de indicaciones por parte de los conductores, en los cuales indique aminorar los tiempos, dicha situación debe ser informada inmediatamente al jefe de mantenimiento del hospital vía teléfono y correo: daniel.roa@redsalud.gob.cl con copia a stevens.espina@redsalud.gob.cl indicando lo sucedido.
  • Los conductores como usuarios de los móviles solo deberán informar detalles técnicos, de ruidos, problemas de frenos, luces, ruidos en tren delantero, fugas de líquidos refrigerantes, aceite, sistema de cinturones de seguridad tanto en cabina sanitaria como cabina del conductor. En resumen, solo se deberán aceptar las indicaciones de funcionamiento mecánicas del móvil

5.- GARANTÍA TÉCNICA.

a)      Las mantenciones deberán contar con una garantía Técnica a partir de la Recepción Conforme de los Servicios por parte del Hospital.

b)      Esta garantía Técnica comprenderá la mantención correctiva, incluyendo la reparación o sustitución de todas las partes o piezas que resulten con fallas, como consecuencia de defectos en el montaje o intervención realizada.

c)      Se deja establecido que la respuesta del proveedor a una solicitud técnica de SSGG (contacto con los técnicos) no podrá ser superior a 2 horas.

d)      Los costos de los trabajos que se derivan del cumplimiento de estas obligaciones, sea por concepto de mano de obra, pasajes, viáticos, honorarios u otros, serán de cargo exclusivo del Proveedor y en ningún caso podrá ser cobrado al Hospital.

6. INSUMOS, REPUESTOS Y ACCESORIOS.

Para las mantenciones preventivas y/o correctivas, el oferente DEBE utilizar Repuestos Originales y la cotización de los repuestos a utilizar debe ser aprobada por el Jefe Departamento de Mantenimiento y Servicios Generales, estos repuestos deben estar valorizados en el formulario N°1. Los ítems identificados por el Hospital en formulario N°1 (repuestos y servicios) es una referencia, el adjudicado deberá incluir todos los servicios y repuestos, caso no los incluya, el hospital tendrá la facultad de exigir a que realice dicho servicio, sin costo.

La supervisión posterior del servicio prestado verificará el uso de repuestos originales, la inobservancia de esta cláusula por parte del Oferente adjudicado dará razón al Hospital Claudio Vicuña para poner término en forma inmediata al Contrato y ejecutar las Garantías pertinentes.

El oferente deberá mantener stock de repuestos a modo de poder agilizar las mantenciones correctivas y preventivas. Se deja claro que el hospital no está obligado a generar una OC por dichos repuestos.

7.  RECEPCIÓN DE VEHÍCULO REPARADO Y RECEPCIÓN DEL SERVICIO.

La recepción sólo se verificará con el VºBº del Jefe Departamento de Mantenimiento y Servicios Generales del Hospital o funcionario que éste designe, debidamente firmado y timbrado.

Bajo ningún pretexto podrá imputarse alguna responsabilidad al Hospital por Vehículo reparado que no haya sido recepcionado conforme con la documentación suscrita por los funcionarios denominados para este efecto.

8. OTROS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO

La realización de OTROS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO no incluidos en formulario Nº1, deben ser incluidos por el adjudicado en el formulario, y valorizado, Entiéndase por otros servicios, trabajos que se deben realizar en los móviles y no fueron colocados en formulario N°1 es deber del adjudicado entregar la asesoría del correcto servicio que se debe dar a los móviles

9. REQUISITOS MÍNIMOS DEL SERVICIO TÉCNICO

ü  Disponer de capacidad y personal técnicos calificado, capacitado y suficiente.

ü  Galpón Cubierto

ü  Pozos mecánicos

ü  Superficies planas pavimentadas y aseadas

ü  Herramientas adecuadas y suficientes

ü  Sistemas de medición y control

ü  Almacenamiento ordenado de repuestos e insumos

ü  Capacidad para albergar y resguardar los vehículos en reparación.

ü  Contar con Scanner de la marca Mercedes Benz, original y actualizado

Lo que se debe certificar, debidamente firmado y timbrado mediante declaración jurada simple de Formulario Nº6

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.