Licitación ID: 898-133-LE20
Convenio de Suministros de Gases Clinicos
Responsable de esta licitación: HOSPITAL CLAUDIO VICUNA, HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 160
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Productos o servicios
1
Oxígeno O 1 Global
Cod: 12141904
CONVENIO DE SUMINISTRO DE GASES CLÍNICOS PARA EL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA, FORMULARIO Nº 1 OFERTA ECONOMICA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Convenio de Suministros de Gases Clinicos
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Empresa que se adjudique la propuesta deberá asegurar el aprovisionamiento de los gases que forman parte de la presente licitación, de acuerdo con los requerimientos del Hospital Claudio Vicuña de San Antonio y lo que se solicita es el suministro ininterrumpido de gases medicinales para pacientes del Hospital Claudio Vicuña de San Antonio. Cada vez que se entrege el servicio de gases clínicos en formato de cilindros, el adjudicatario o la empresa adjudicada debera retirar los cilindros vacios. La entrega de los cilindros sera en el patio de carga y el personal debe asegurar dichos cilindros con 02 cadenas ( parte inferiror y superior del cilindro) a la estructura metálica del establecimiento, de no existir dicha sujesion el oferente debera proveer e instalar el sistema de seguridad anti vuelco o caída sin costos para el establecimiento, tanto para los cilindros llenos como los vacios.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
Unidad de compra:
HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
R.U.T.:
61.602.126-5
Dirección:
Carmen Guerrero N° 945
Comuna:
San Antonio
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 31-12-2020 11:00:00
Fecha de Publicación: 22-12-2020 17:19:54
Fecha inicio de preguntas: 22-12-2020 18:01:00
Fecha final de preguntas: 26-12-2020 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-12-2020 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-01-2021 13:19:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-01-2021 13:19:00
Fecha de Adjudicación: 12-01-2021 13:05:07
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- DECLARACION DE ACEPTACION DE BASES IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE EXPERIENCIA DEL OFERENTE DECLARACION JURADA SIMPLE SOBRE PRÁCTICAS ANTISINDICALES DECLARACION JURADA SIMPLE INHABILIDADES
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- Oferta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONOMICA Para la evaluación de este criterio, se aplicará la fórmula sobre el total neto del Formulario Nº 1, mediante la siguiente fórmula: NOTA de la oferta= (Precio mínimo Ofertado/Precio Oferta del oferente)* 7 El Proveedor debe señalar el valor unitario Neto (Kilo, M3, Litro) según corresponda y la suma total del Formulario Nº1 es el valor que debe ingresar en la oferta de Mercado Publico. 50%
2 OFERTA TECNICA Comprende los siguientes Sub Criterios y ponderaciones: Ítem Técnico DOCUMENTOS Porcentaje A Nº de contratos similares con instituciones de salud. 50% B Años de Experiencia de la empresa 40% C Certificado de Acreditación de Calidad según Norma ISO 9001-2015 Vigente 10% TOTAL 100% Experiencia del oferente en trabajos similares en Organismos Públicos o Privados. Se solicita al Oferente completar Formulario Nº4 y adjuntar los antecedentes de respaldo de los servicios declarados como experiencia. A. Nº de contratos similares con instituciones de salud (50%): El oferente deberá entregar una nómina de los Contratos similares a la presente licitación, emitidas por las personas o instituciones del área de la salud en los últimos 5 años No se evaluará este ítem si la empresa no adjunta los Contratos digitalizados., que avalen esta nómina: Contratos de Trabajo Puntaje 0 0 De 1 a 2 1 De 3 a 5 3 De 6 a 7 5 Más de 7 7 C.- Años de Experiencia de la empresa (40%): El ofe 30%
3 PLAZO DE ENTREGA NOTA = (Plazo mínimo Ofertado/Plazo Oferta del oferente)* 7 10%
4 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS: Oferentes que envíen todos los antecedentes requeridos en las presentes bases y la completitud de los documentos adjuntos 7 Oferentes que omitan algún antecedente (por error u omisión) y lo adjunten a solicitud de la comisión evaluadora, de acuerdo al mecanismo indicado en las presentes bases: 4 Oferentes que omitan antecedentes (por error u omisión) 1 Oferentes que no adjunten ningún documento 0 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Hospital Claudio Vicuña - San Antonio
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: Carmen Gloria Osorio Cueto
e-mail de responsable de pago: carmengloria.osorio@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Liliana Echeverria Cortes
e-mail de responsable de contrato: liliana.echeverria@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-35-2206202-Anexo 356202
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario no podrá ceder o traspasar a terceros, parcial o totalmente las obligaciones contenidas en el contrato, excepto en el caso de fusión, absorción o división de la empresa adjudicada. Situación en que las obligaciones se traspasarán al con
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Hospital Claudio Vicuña
Fecha de vencimiento: 26-02-2021
Monto: 5 %
Descripción: La garantía de seriedad de la oferta tiene por objeto caucionar la irrevocabilidad y contenido de las ofertas de los procesos de compra, como, asimismo, el cumplimiento de las obligaciones que impone al proponente su condición de tal. Esta garantía no devengará intereses, ni reajustes y tendrá el carácter de irrevocable. Los oferentes deberán entregar una garantía de seriedad de la oferta, que tendrá el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta “CONVENIO DE SUMINISTRO DE OXIGENO Y GASES CLÍNICOS PARA EL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA ID
Forma y oportunidad de restitución: 26.2. Devolución: La garantía de la seriedad de la oferta podrá retirarse por el oferente en la Oficina de partes del establecimiento a su vencimiento, en el siguiente horario: de Lunes a Viernes desde las 09:00 hasta las 15:00 horas. Para el retiro de la garantía deberá presentarse, si correspondiere, un poder simple timbrado por la empresa, fotocopia de la cédula nacional de identidad de la persona que retira y el RUT de la Empresa. Lo anterior, siempre que no existan observaciones pendientes. Vencido el plazo de vigencia de la garantía, sin realizar la adjudicación, el HCV solicitará a los proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Hospital. Se devolverá la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga. Forma de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta. Se podrá hacer efectiva la garantía cuando se configure cualquiera de los riesgos que cauciona, lo que no obstará el derecho del HCV a exigir el resarcimiento de todos los perjuicios irrogados por el proveedor. 26.3. Forma y oportunidad de la garantía de seriedad de la oferta. En caso del oferente no adjudicado, ya sea porque su oferta fue declarada inadmisible o desestimada, la garantía de seriedad de la oferta estará disponible para su retiro en la oficina de partes del establecimiento HCV, dentro del décimo (10) día siguiente de la total tramitación de la resolución que adjudica la licitación, en el siguiente horario: de Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00 hrs. Para el retiro de la garantía deberá presentarse poder simple timbrado por el oferente, fotocopia de la cédula de identidad de la persona que retira y el RUT del oferente. En caso del oferente adjudicado le será devuelta una vez suscrito el contrato respectivo y contra entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Claudio Vicuña
Fecha de vencimiento: 11-03-2022
Monto: 10 %
Descripción: La garantía por el fiel y oportuno cumplimiento de contrato tiene por objeto caucionar el cumplimiento en tiempo y forma por el contratante, de las obligaciones que impone el contrato. Esta garantía no devengará intereses, ni reajustes y tendrá el carácter de irrevocable. El contratante deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato con el siguiente documento:
Glosa: Para garantizar el Fiel y Oportuno del Contrato de “CONVENIO DE SUMINISTRO DE OXIGENO Y GASES CLÍNICOS PARA EL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA
Forma y oportunidad de restitución: a. Forma y oportunidad de entrega: La garantía deberá entregarse en original en la oficina de partes del Hospital, al momento de suscribir el contrato respectivo. Si no se presenta esta garantía en tiempo y forma, el hospital podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y dejar sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos. b. La garantía por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato no devengará intereses ni reajuste alguno y tendrá el carácter de irrevocable. c. Devolución; La garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y obligaciones laborales podrá retirarse por el oferente adjudicado en la unidad de finanzas del Hospital a su vencimiento, en el siguiente horario: d. De lunes a viernes desde las 9 hrs hasta las 16 Hrs Para el retiro de las garantías deberá presentarse, si corresponde, un poder simple timbrado por la Empresa. Fotocopia de a cedula nacional de identidad de la persona que retira y el Rut de la empresa. Lo anterior, siempre que no existan observaciones pendientes. e. En el caso de prorrogar el contrato de acuerdo a los términos señalados en las bases, la garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato de “CONVENIO DE SUMINISTRO DE OXIGENO Y GASES CLÍNICOS PARA EL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA”, y las obligaciones laborales que dé el emanen, se deberá renovar o aumentar bajo las mismas condiciones la garantía original.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
RESOLUCIÓN DE EMPATES
En el caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio OFERTA ECONOMICA Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio OFERTA TECNICA En el caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio PLAZO DE ENTREGA En el caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS En caso de que se mantenga la situación, el Hospital se reserva el derecho de adjudicar la oferta más conveniente para el establecimiento.
ADJUDICACIÓN
La Adjudicación del Servicio solicitado será Global. Una vez realizada la Evaluación, la Comisión emitirá una proposición de adjudicación, la cual será considerada la mejor opción y se someterá a consideración del Director del Hospital para que esta ratifique, modifique o rechace dicha proposición. Esta proposición recaerá en el oferente que obtenga la mejor evaluación, según cumplimiento de los requisitos técnicos, administrativos, legales y económicos requeridos en la presente licitación. Así mismo y conforme a lo estipulado en la Ley Nº 19.886, el Hospital podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases o resultasen convenientes a sus intereses o declarar desierta la licitación por resolución fundada si no se presentaren ofertas. El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas: a) Resolución de Adjudicación: El Hospital adjudicará a través de una resolución de su Director o de quien corresponda según normativa interna del Hospital, que publicará en www.mercadopublico.cl una vez que esté totalmente tramitada. b) Notificación de Adjudicación: Una vez que se haya adjudicado la licitación, el portal www.mercadopublico.cl procederá a notificar la decisión al adjudicatario mediante correo electrónico como asimismo a los demás oferentes que hubieses participado en la presente Propuesta Pública. c) Publicación en Página Web: El Hospital publicará la Resolución Fundada con el nombre del adjudicatario en el sitio www.mercadopublico.cl, junto a los documentos de la adquisición ID 898-122-LE19. d) Fecha de Adjudicación: En caso de que por razones justificadas no se cumple con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, el Hospital publicará una nueva fecha el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones de la postergación. e) Desistimiento: Si el adjudicatario desiste de su realización o no entrega los antecedentes y/o la garantía exigidos en los plazos que se establecen, o no se inscribe en chileproveedores dentro de los plazos señalados, el Hospital tendrá derecho a encomendar la labor a la oferta que, de acuerdo al resultado de la evaluación, la siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente efectuar una nueva licitación.
SOBRE LA READJUDICACIÓN
El Hospital podrá, en el caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, o no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido para estos efectos o no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, tendrá derecho a encomendar la labor al oferente que , de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Hospital, se estime conveniente efectuar una nueva licitación.
CONTRATO
Para contratar el Oferente Adjudicado debe estar inscrito y Habilitado en ChileProveedores. De acuerdo al Art. 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, el Contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra. Formarán parte integrante del contrato sin necesidad de mención expresa los siguientes documentos: Las presentes Bases Administrativas , las Especificaciones Técnicas, Formularios, Consultas y Respuestas, las aclaraciones si las hubiere, la Oferta presentada, Resolución de Adjudicación, orden de compra emitida a través del portal mercado público y cualquier otro documento que se origine con motivo de la presente licitación
AUMENTO O DISMINUCIÓN
El Hospital podrá ordenar, con Resolución fundada, hasta un 20% de aumento o disminución, en forma inmediata del servicio contratado, con cargo al presupuesto del Hospital. Lo anterior se entiende que ello debe encontrarse en el marco de la normativa del DFL Nº 1 de Salud del año 2005, que en su Art. 36º letra g) Limita el gasto de la facultad del director de Hospital Autogestionado en Red a celebrar contratos de cualquier índoles con personas naturales o jurídicas para el desempeño de todo tipo de tareas aun cuando sean propias del establecimiento, el cual no puede Exceder del 20% del total del presupuesto asignado al establecimiento
VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato que el Hospital Claudio Vicuña celebre con el adjudicatario tendrá vigencia de dos años y por razones de buen servicio el Hospital requiere que se preste desde la fecha de la tramitación de la Resolución de Adjudicación hasta el 31.12.2021. El Contrato podrá ser prorrogado hasta por 6 meses en las mismas condiciones. La prórroga se formalizará con el correspondiente acto administrativo.
CAUSAS DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Hospital Claudio Vicuña, se reserva el derecho de poner término anticipado al convenio por incumplimiento del oferente en cualquiera de las obligaciones contraídas en relación de los servicios que le fueron adjudicados en forma, calidad, cantidad, plazos y lugares de entrega. El contrato quedará terminado, por disposición del Hospital en los casos señalados en el Artículo 13º de la Ley 19.886 y articulo Nº 77 del Reglamento de dicha Ley, además de los siguientes casos: a) Si de común acuerdo entre las partes se decide poner término anticipado al contrato. b) Si no diere cumplimiento al servicio adjudicado, conforme a lo dispuesto en las Bases o si no iniciara oportunamente los servicios ordenados o incurriere en paralizaciones o atrasos, superiores a los plazos previstos. c) Si el contratista no cumple con lo solicitado en: • Las Bases Administrativas y Técnicas de esta Licitación. • Las Preguntas y Respuestas en el Foro del Portal Web Mercado Público. • Las aclaraciones de la Ofertas en el Foro Inverso del Portal Web Mercado Público. • El Contrato. d) Si el contratista no cumple con las Obligaciones Laborales y Sociales de los trabajadores (Ley Nº 20.238). e) Si el Ejecutor es declarado en quiebra, en estado de notoria insolvencia o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo. f) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad ejecutora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al “HOSPITAL”, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo. g) Si el Ejecutor no acata las instrucciones que se le imparten, en conformidad con las facultades que otorgan el contrato y las Bases. h) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave, imputable al Ejecutor, que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio contratado, lo que se traduzca en aplicación reiterada de multas por atrasos o incumplimientos en la ejecución de los servicios. i) De igual forma, el Mandante se reserva el derecho de ordenar la paralización de la materia de encargo encomendada, cuando no haya fondos disponibles para llevarla adelante o cuando así lo aconsejen las necesidades del mismo. El aviso sobre el particular deberá ser comunicado por escrito al Oferente contratado con una anticipación de 30 días corridos. Si se verifica cualquiera de las situaciones enunciadas anteriormente, el mandante podrá proceder a poner término anticipado al contrato, dictando la resolución correspondiente, la cual a su vez, será publicada en el sistema de información, dando aviso previo por escrito con 15 días corridos de antelación a que se produzca el término del contrato y no dará lugar a derecho o indemnización de ningún tipo en favor del Oferente contratado. En el evento que se ponga término anticipado al contrato, el proveedor adjudicado estará obligado a ejecutar, a plena satisfacción del Hospital Claudio Vicuña todos aquellos servicios que se encuentran pendientes al momento de comunicársele el término anticipado, salvo que el Hospital opte por una solución distinta, la cual notificará por escrito al adjudicatario. Puesto término anticipado al contrato por las causales precedentemente señaladas exceptuando las letras a) e i), “EL HOSPITAL” podrá cobrar y hacer efectiva sin más trámite la garantía de fiel cumplimiento, a título de cláusula penal. Este cobro no dará al adjudicatario derecho a indemnización alguna. Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital Claudio Vicuña de San Antonio, podrá deducir las acciones legales que en derecho correspondan, con el objeto de obtener una reparación por los perjuicios que el incumplimiento de las obligaciones que emanen del contrato, se hubieren ocasionado.