Licitación ID: 898-17-LP21
Compra de Insulinas
Responsable de esta licitación: HOSPITAL CLAUDIO VICUNA, HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 153
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Insulina 4240 Frasco
Cod: 51181506
Insulina humana cristalina frasco ampolla 100 UI/ML solución inyectable.vencimiento mayor a 18 meses desde el envío de OC.  

2
Insulina 2520 Unidad
Cod: 51181506
Insulina asparto recombinante 100 UI/ mL solución inyectable en dispositivo para inyección prellenado tipo lápiz descartable 3 mL; mas 15 agujas en donación. Vencimiento mayor a 18 meses desde el envío de OC  

3
Insulina 5000 Unidad
Cod: 51181506
Insulina glargina humana recombinante 100 UI/ mL solución inyectable en dispositivo para inyección prellenado tipo lápiz descartable 3 mL; mas 15 agujas en donación. Vencimiento mayor a 18 meses desde el envío de OC  

4
Insulina 140 Unidad
Cod: 51181506
Insulina degludec 100 UI/ mL solución inyectable en dispositivo para inyección prellenado tipo lápiz descartable 3 mL; mas 15 agujas en donación. Vencimiento mayor a 18 meses desde el envío de la orden.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Compra de Insulinas
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere la “COMPRA DE INSULINAS” para el Hospital Claudio Vicuña de San Antonio.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
Unidad de compra:
HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
R.U.T.:
61.602.126-5
Dirección:
Carmen Guerrero N° 945
Comuna:
San Antonio
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-03-2021 20:00:00
Fecha de Publicación: 08-03-2021 10:53:41
Fecha inicio de preguntas: 08-03-2021 12:01:00
Fecha final de preguntas: 12-03-2021 12:01:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-03-2021 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-03-2021 12:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 19-03-2021 12:00:00
Fecha de Adjudicación: 26-03-2021 16:54:23
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Para la evaluación de las ofertas se calificaran los siguientes criterios y sub criterios, con las ponderaciones que para cada caso se indican: a. Calidad Técnica de los Bienes o Servicios 40% b. Plazo de entrega 20% c. Precio 35% d. Cumplimiento de requisitos formales 5% Las ofertas a evaluar se harán de acuerdo a lo señalado en las especificaciones técnico-económicas y a los términos de referencia establecidas en la publicación a saber: “COMPRA DE INSULINAS” El puntaje a asignar a cada una de las ofertas recepcionadas a través del portal www.mercadopublico.cl, tendrán una escala de evaluación de 0 a 7, según: D.-Cumplimiento de requisitos formales 5% CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS NOTAS Oferentes que envíen todos los antecedentes requeridos en las presentes bases y la completitud de los documentos adjuntos 7 Oferentes que omitan algún antecedente (por error u omisión) y lo adjunten a solicitud de la comisión evaluadora, fuera de plazo de acuerdo al mecanismo indicado en las presentes bases: 4 Oferentes que omitan algún antecedente (por error u omisión) 2 Oferentes que no adjunten ningún documento 0
Documentos Técnicos
1.- A.-Calidad Técnica de los Bienes o Servicios 40% (si=7/no=1) Se evalúa según los siguientes sub factores: • Medicamento consigna número de registro vigente ISP, CUMPLE 7; NO CUMPLE 1. • Vencimiento del medicamento es superior a 18 meses al momento de recepción en bodega Central, CUMPLE 7; NO CUMPLE 1 el proveedor debe indicar la fecha de vencimiento del medicamento ofertado en cada Ítem (formato mm/aaaa). • El medicamento ofertado que no corresponde a lo solicitado se le colocara nota 0 y no será evaluado en ningún factor. Si el proveedor obtiene nota uno (1) en todos los subfactores del criterio Calidad Técnica de los Bienes o Servicios, no será evaluado y será desestimado lo ofertado en Ítem. Para obtener la nota de Este criterio se promediará los sub factores. B.- Plazo de entrega 20% El plazo ofertado se considerará Como plazo en días corridos una vez emitida la orden de Compra. 24 ≤ 48 hrs.=7; 48 >o ≤ 72 hrs=3; Más de 72 hrs.=1 No informa=0; Nota: Cabe señalar que, el plazo efectivo de Entrega a consignar, por parte del Proponente, Deberá ser expresado en cada línea de la oferta. No se aceptarán plazos que digan “entrega Inmediata” ni “30 a 40 días” por ejemplo. En el caso que el Oferente no exprese el plazo debidamente de acuerdo a lo indicado, obtendrá puntaje 0 en este criterio de Evaluación
 
Documentos Económicos
1.- C.-Precio 35% Para la evaluación de este criterio, se considerará y comparará el valor total neto de cada línea de la oferta, mediante la siguiente fórmula: nota precio = (Precio mínimo Ofertado/Precio Oferta)* 7
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Ver Bases 40%
2 Cumplimiento de los requisitos Ver Bases 5%
3 Plazo de Entrega Ver Bases 20%
4 Precio Ver Bases 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Hospital Claudio Vicuña - San Antonio
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Compra de Insulinas
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días DS Nro. 38 año 2005
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Carmen Gloria Osorio Cueto
e-mail de responsable de pago: carmengloria.osorio@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Liliana Echeverria Cortes
e-mail de responsable de contrato: liliana.echeverria@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-35-2206202-Anexo 356202
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Claudio Vicuña
Fecha de vencimiento: 30-05-2022
Monto: 10 %
Descripción: La garantía por el fiel y oportuno cumplimiento de contrato tiene por objeto caucionar el cumplimiento en tiempo y forma por el contratante, de las obligaciones que impone el contrato. Esta garantía no devengará intereses, ni reajustes y tendrá el carácter de irrevocable. El contratante deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, si el monto total adjudicado (impuesto incluido) es mayor o igual a 500 UTM (considera valor UTM enero 2021). Sí, el monto total adjudicado (impuesto incluido) es inferior a 500 UTM (considera valor UTM enero 2021) no requiere garantía.
Glosa: Para garantizar el Fiel y Oportuno del Contrato de “COMPRA DE INSULINAS”
Forma y oportunidad de restitución: Devolución; La garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y obligaciones laborales podrá retirarse por el oferente adjudicado en la unidad de finanzas del Hospital a su vencimiento, en el siguiente horario: De lunes a viernes desde las 9 hrs hasta las 16 Hrs Para el retiro de las garantías deberá presentarse, si corresponde, un poder simple timbrado por la Empresa. Fotocopia de a cedula nacional de identidad de la persona que retira y el Rut de la empresa. Lo anterior, siempre que no existan observaciones pendientes.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
MULTAS
15.1. DEL PAGO Y LAS MULTAS POR ATRASO EN DESPACHO. El Adjudicatario podrá ser sancionado por la Entidad con el pago de multas, por atrasos en la entrega de los productos. Las multas por atraso en la entrega se aplicarán por cada día hábil de atraso, con un tope máximo de diez (10) días hábiles, y se calcularán como un 2% del valor del producto solicitado y aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas respecto del plazo de entrega establecido en la ficha del proveedor. Para los casos en que el proveedor no hubiera aceptado la orden de compra, se considera que el plazo de entrega comienza 2 días hábil después de emitida la orden de compra. Sí proveedor adjudicado no cumple con el servicio de post venta en el plazo máximo de 48 hrs. desde la notificación del Jefe CC.Unidad Gestion de Compra y Abastecimiento o quien lo subrogue, el cual será medido en días hábiles y comenzará a regir desde la fecha de notificación, se aplicara multas por atraso en la entrega de los productos que se aplicarán por cada día hábil de atraso, con un tope máximo de diez (10) días hábiles, y se calcularán como un 5% del valor total no entregado por cada día de atraso. 15.2. Procedimiento para aplicación de multas Por parte del Jefe CC. Unidad Gestion de Compra y Abastecimiento se procederá a informar al proveedor por carta certificada al domicilio que éste fijó en su oferta, o por medio de correo electrónico señalado en el Formulario Nº1, indicando los hechos que son susceptibles de ser calificados como infracción, y la sanción pecuniaria que puede imponerse, conforme a las causales en el artículo 15. A contar del tercer día hábil del despacho de la carta certificada, o bien desde el día de envío del correo electrónico, la empresa tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. El Jefe CC Unidad Gestion de Compra y Abastecimiento desde la fecha de recepción de los descargos o, en su caso, desde el vencimiento del plazo para presentarlos, en el caso que los hechos sean susceptibles de sancionarse con aplicación de multa, realizará un informe fundado, y lo elevará con los restantes antecedentes a la directora, a fin de que ésta decida, en uso de sus atribuciones, aplicar o no la multa, mediante resolución exenta, comunicándose a través de carta certificada al interesado. En contra de la resolución exenta señalada, procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Conforme al artículo 57 de la Ley 19.880, la interposición de recursos administrativos no suspenderá la ejecución del acto impugnado. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, y conforme a la misma disposición legal señalada, la autoridad llamada a resolver el recurso, a petición fundada del interesado, podrá suspender la ejecución cuando el cumplimiento del acto recurrido pudiere causar daño irreparable o hacer imposible el cumplimiento de lo que se resolviere, en caso de acogerse el recurso. Una vez ejecutoriado el procedimiento administrativo que interpuso la multa, el proveedor deberá pagarla dentro del plazo de 10 días hábiles contados. Se entenderá que la sanción se encuentra en tal condición una vez transcurridos los plazos para impugnarla mediante los recursos contemplados en la ley N° 19.880, o no haberse presentados estos, o bien, en el caso que estos se hubiesen interpuesto dentro del plazo legal, se encuentren resueltos, confirmando la multa respectiva. Si el proveedor adjudicado no ha pagado la multa dentro del plazo señalado anteriormente, el Hospital podrá descontarlo del pago que deba efectuar a la empresa en la factura del estado de pago correspondiente a la fecha de aplicación de la multa y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, el Hospital, se encuentra facultado para hacer efectiva el cobro de la boleta de Garantía de fiel cumplimiento de contrato y obligaciones laborales. Todo lo anterior conforme a lo establecido en el artículo 79 del reglamento de la Ley de Compras Públicas. En el evento que la multa o sanción se descuente de la Garantía de fiel cumplimiento de contrato y obligaciones laborales, el contratista deberá reemplaza dicha garantía en las mismas condiciones que la anterior, a más tardar dentro de 5 días hábiles desde la notificación del cobro, restituyéndose el remanente al proveedor adjudicado, bajo sanción de poner término anticipado de la contratación y cobrar la garantía originalmente entregada. Todas las multas podrán ser aplicadas administrativamente en Unidades Tributarias Mensuales UTM, cuyo valor será el correspondiente al mes en el que se aplica la sanción, salvo aquellas dispuestas como un porcentaje del valor de la contratación. La aplicación de multas no libera al adjudicatario de otras sanciones en el evento que concurran las respectivas causales, de conformidad a lo previsto en estas bases, como el cobro de documentos de garantía de fiel cumplimiento de contrato y obligaciones laborales o a poner término al contrato, si a juicio del Hospital la situación lo amerita. 15.3. Cobro de la multa Quedará ejecutoriada la multa, con la notificación de dicha resolución o acto administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera. El monto de la multa será rebajado del pago que la entidad deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente. El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Entidad, para hacer el cobró, en caso de existir, de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento. Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto de la respectiva Entidad que esté realizando el cobro. El proveedor adjudicado deberá respetar lo indicado en las presentes Bases y el plazo de reposición estipulado en su oferta cuando se requiera el servicio post venta que incluye cambio de producto si no corresponde a lo solicitado en un plazo máximo de 48 horas desde la notificación del Jefe CC. Unidad Gestion de Compra y Abastecimiento o quien lo subrogue, el cual será medido en días hábiles y comenzará a regir desde la fecha de notificación.