Licitación ID: 898-29-LE25
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO SALA BOMBAS
Responsable de esta licitación: HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 228
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Mantenimiento o reparación de sistemas de fontanería, gasfitería 1 Unidad
Cod: 72102304
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE SALA DE BOMBAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO SALA BOMBAS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CONTRATO DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE SALA DE BOMBAS
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
R.U.T.:
61.602.126-5
Dirección:
Carmen Guerrero N° 945
Comuna:
San Antonio
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-03-2025 20:00:00
Fecha de Publicación: 28-02-2025 18:44:00
Fecha inicio de preguntas: 28-02-2025 20:01:00
Fecha final de preguntas: 07-03-2025 20:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-03-2025 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-03-2025 20:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-03-2025 20:01:00
Fecha de Adjudicación: 02-04-2025 17:39:14
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA 04-03-2025 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Ver artículo 15.1 de las bases administrativas
Documentos Técnicos
1.- Ver artículo 15.2 Y 15.4 de las bases administrativas
 
Documentos Económicos
1.- Ver artículo 15.3 de las bases administrativas
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONOMICA VER ARTICULO 17.3.1 DE LAS BASES 50%
2 OFERTA TECNICA VER ARTICULO 17.3.2 DE LAS BASES 45%
3 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS VER ARTICULO 17.3.3 DE LAS BASES 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA
Monto Total Estimado: 8000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CARMEN GLORIA OSORIO CUETO
e-mail de responsable de pago: carmengloria.osorio@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: ALEX GOMEZ MACIAS
e-mail de responsable de contrato: alex.gomez@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-35-2206207-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
ARTICULO Nº36 - PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN, de las bases administrativas,
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA
Fecha de vencimiento: 10-07-2026
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, se podrá presentar, conforme a lo estipulado en el artículo N°68 del Decreto 250/2004 del Ministerio de Hacienda, cualquier documento que asegure el cumplimiento del pago de garantía de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con carácter irrevocable, extendido a nombre del Hospital Claudio Vicuña, Rut 61.602.126-5. El documento podrá ser entregado en soporte papel en la Oficina de Partes del hospital, ubicada en calle Carmen Guerrero N°945, 3° piso, San Antonio o de forma electrónica a los correos electrónicos; oficinadepartes.hcv@redsalud.gov.cl y alexis.pintohcv@gmail.com ) indicando en el asunto tipo de garantía e ID de la licitación. En caso de ser documento electrónico debe ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Esta garantía deberá ser ingresada a la oficina de partes del hospital ya sea en documento físico o electrónico, en un plazo máximo de 20 días corridos desde la notificación de adjudicación. Deberá ser extendida expresamente a nombre del Hospital Claudio Vicuña, con la glosa: Para Garantizar el Fiel Cumplimiento de Contrato asociado a la “CONTRATO DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE SALA DE BOMBAS”, por un valor equivalente al 5% en pesos chilenos del monto adjudicado con impuesto incluido, con fecha de vencimiento a 60 días hábiles posteriores al término del plazo del contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza. El contratante deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, si el monto total adjudicado (impuesto incluido) es mayor o igual a 1000 UTM (considera valor UTM enero 2025). Sí, el monto total adjudicado (impuesto incluido) es inferior a 1000 UTM (considera valor UTM enero 2025) no requiere garantía.
Glosa: Para Garantizar el Fiel Cumplimiento de Contrato asociado a la “CONTRATO DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE SALA DE BOMBAS”
Forma y oportunidad de restitución: La restitución del documento de garantía será realizada dentro de los 10 días hábiles siguientes, una vez cumplido el periodo de vigencia de ésta. Esto es, el plazo del contrato aumentado en 60 días hábiles, para resguardar que el producto o servicio contratado cumpla su objetivo con eficacia. Para retirar el documento, cumplido el plazo indicado en el párrafo anterior, el oferente adjudicado deberá enviar correo electrónico , en su defecto documento escrito, a la Unidad Gestión de Compras y Abastecimiento (gladis.castillov@redsalud.gob.cl, felipe.abarca@redsalud.gob.cl con copia a la Subdirección Gestión Administrativa y Financiera ((javier.rojasr@redsalud.gob.cl, con el objetivo de realizar dicha gestión. Para retirar este documento de los oferentes que sean personas jurídicas deberán presentarse en la unidad de Contabilidad del hospital Claudio Vicuña, ubicada en Carmen Guerrero N°945, 3° piso, San Antonio, una carta poder simple indicando Nº de documento, monto, Banco de Emisión y motivo de la Garantía con copia señalando que autoriza al portador, previamente identificado, a realizar dicha gestión, en caso de que el representante legal sea quien realice este trámite, deberá acreditar dicha condición y presentar su cédula de identidad. Para las personas naturales bastará solo con la presentación de su Cédula de Identidad.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
READJUDICACION
El Hospital Claudio Vicuña, podrá readjudicar en caso de que el proveedor adjudicado no cumpla con alguna cláusula o requerimiento en el plazo establecido en las presentes Bases, o concurra en alguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su Reglamento y sus modificaciones., procediendo a la readjudicación en los siguientes casos: • En caso de que el oferente no de cumplimiento a lo estipulado en los Artículos 6.1 y 26 de las presentes bases administrativas. • En caso que el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra para formalizar la contratación acorde al artículo 63 del Reglamento de la Ley 19.886 y sus modificaciones., o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos. El Hospital podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido en informe emitido por la Comisión de evaluadora, dejando sin efecto la adjudicación previa. El Hospital determinará si adjudicada a la segunda oferta mejor evaluada, en el marco de los recursos, o efectúa un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso el respectiva el acto administrativo totalmente tramitado.
Resolución de Empates

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio de "Oferta Económica”.

En caso de que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio “Oferta Técnica”, respectivamente.

En caso de que se mantenga la situación de empate, se establece como cuarto mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio “Cumplimiento de Requisitos”, respectivamente.

Finalmente, de mantenerse la igualdad, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal Mercado Público considerándose la hora en que aquello se efectúe.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

La adjudicación será global, para la contratación de “CONTRATO DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE SALA DE BOMBAS”. La Comisión evaluadora deberá entregar como resultado de su trabajo un cuadro comparativo de las ofertas y un informe final que lo resuma y propondrá al director adjudicar a la oferta que obtenga mayor puntaje en la evaluación.

El resultado de dicho proceso conformará los antecedentes que sustenten el acto administrativo de adjudicación.

Así mismo y conforme a lo estipulado en la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones, el Hospital deberá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases y declarar desierta la licitación por resolución fundada si no se presentaren ofertas.

Las ofertas que no hayan sido adjudicadas en la evaluación deberán mantenerse hasta que les sea devuelta la garantía de seriedad de la oferta.

El Hospital se reserva el derecho de adjudicar, de acuerdo con sus disponibilidades financieras.

El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas:

  • Fecha de Adjudicación: Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, se informará al Sistema de Información las razones que justifican tal incumplimiento. En este caso el Hospital Claudio Vicuña solicitará a los oferentes extender la vigencia de su oferta por un periodo no inferior de 5 días hábiles ni superior a 15 días hábiles. Se indicará un nuevo plazo para la adjudicación, el cual, no será superior a 10 días hábiles contando desde que se informan los incumplimientos.
  • Resolución de Adjudicación: La adjudicación se hará mediante el acto administrativo dictada por la autoridad competente, una vez que esté totalmente tramitada será publicada a través del portal www.mercadopublico.cl, conjuntamente serán publicados en el mismo sitio los resultados de la evaluación de los proponentes.
  • Publicación en Página Web: El Hospital adjudicará, publicará e informará el nombre de él o los adjudicatarios en el sitio www.mercadopublico.cl, y conforme al Reglamento de la Ley N°19.886 y sus modificaciones, se entenderá notificada dentro de las 24 horas una vez que se adjunte en el portal www.mercadopublico.cl, el acto administrativo totalmente tramitado que apruebe la adjudicación.
  • Notificación de Adjudicación: Una vez que se haya adjudicado la licitación, el portal www.mercadopublico.cl procederá a notificar la decisión al adjudicatario mediante correo electrónico como asimismo a los demás oferentes que hubiesen participado en la presente Propuesta Pública.
  • Desistimiento: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se habilita en el registro de Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y proceder a readjudicar al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

    I.          El oferente se obliga a no intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  II.          El oferente se obliga a no intentar efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

 III.          El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

 IV.          El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  V.          El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respeta las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.

 VI.          El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como también las previstas en la legislación y normativa que sean aplicables.

  1. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertada.
  2. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.