Licitación ID: 898-32-LE25
SERVICIO DE CONSULTA Y FUNCIONES DE PSIQUIATRÍA ADULTOS PSIQUIATRÍA ADULTOS PARA PROGRAMA DE ADICCIONES PSIQUIATRÍA INFANTO ADOLESCENTE Y TELE CONSULTA INFANTO ADOLESCENTE PARA ATENCIÓN DE PACIENTES DEL NHCV
Responsable de esta licitación: HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 237
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de consulta médica 1 Unidad
Cod: 85101503
CONSULTA Y FUNCIONES DE PSIQUIATRÍA  

2
Servicios de consulta médica 1 Unidad
Cod: 85101503
CONSULTAS PSIQUIATRÍA INFANTO ADOLESCENTE  

3
Servicios de consulta médica 1 Unidad
Cod: 85101503
TELE CONSULTA INFANTIL Y ADOLESCENTE  

4
Servicios de consulta médica 1 Unidad
Cod: 85101503
CONSULTA Y FUNCIONES DE PSIQUIATRÍA EN ADICCIONES  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE CONSULTA Y FUNCIONES DE PSIQUIATRÍA ADULTOS PSIQUIATRÍA ADULTOS PARA PROGRAMA DE ADICCIONES PSIQUIATRÍA INFANTO ADOLESCENTE Y TELE CONSULTA INFANTO ADOLESCENTE PARA ATENCIÓN DE PACIENTES DEL NHCV
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Las presentes Bases Técnicas forman parte para licitación de “SERVICIO DE CONSULTA Y FUNCIONES DE PSIQUIATRÍA ADULTOS, PSIQUIATRÍA ADULTOS PARA PROGRAMA DE ADICCIONES, PSIQUIATRÍA INFANTO ADOLESCENTE Y TELE CONSULTA INFANTO ADOLESCENTE PARA ATENCIÓN DE PACIENTES DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA” para los fines precedentes, el proveedor con que se contrate deberá asegurar y será responsable de cumplir estricta y cabalmente con los requerimientos y especificaciones consagrados en este documento. Permitiendo dar continuidad operacional al Hospital Claudio Vicuña de San Antonio
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
R.U.T.:
61.602.126-5
Dirección:
Carmen Guerrero N° 945
Comuna:
San Antonio
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-03-2025 18:00:00
Fecha de Publicación: 04-03-2025 12:35:42
Fecha inicio de preguntas: 04-03-2025 13:46:00
Fecha final de preguntas: 07-03-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-03-2025 21:45:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-03-2025 18:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-03-2025 18:01:00
Fecha de Adjudicación: 31-03-2025 15:33:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 15.1 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS • Formulario Nº2: Declaración de Conocimiento de las Bases • Formulario Nº3: Identificación del Oferente (*) • Formulario Nº5: Declaración Jurada sobre Inhabilidades Cabe señalar que los documentos (*) solicitados en el presente artículo, se considerarán documentos obligatorios para la presentación de la propuesta del oferente, de lo contrario su oferta será desestimada.
Documentos Técnicos
1.- 15.2 ANTECEDENTES TÉCNICOS Los contratos, adjudicaciones u órdenes de compra no deben hacer referencia entre sí, de lo contrario se contabilizarán como uno. • Formulario Nº4: Experiencia del Oferente • Formulario N°6: Datos del Profesional (*) Cabe señalar que los documentos (*) solicitados en el presente artículo, se considerarán documentos obligatorios para la presentación de la propuesta del oferente, de lo contrario su oferta será desestimada. El oferente o empresa debe respaldar la experiencia declarada en el formulario adjuntando copia de contratos, adjudicaciones, órdenes de compra, facturas o boletas de honorarios de servicios prestados, cartas de referencia o certificados, debidamente firmados y timbrados, de servicios médicos. Sólo se contabilizará la experiencia con respaldo. La entrega oportuna de los antecedentes se evaluará según se establece en Criterio “Cumplimiento de Requisitos”.
 
2.- 15.4 CERTIFICACIÓN Y/O DOCUMENTOS A ADJUNTAR Los contratos, adjudicaciones u órdenes de compra no deben hacer referencia entre sí, de lo contrario se contabilizarán como uno. • Certificado Inscripción en la Superintendencia de Salud. (REQUISITO EXCLUYENTE) (*) • Certificado de la Especialidad Nota: Los certificados presentados deben tener una vigencia a la fecha de cierre de la presente licitación o superior, de lo contrario no serán considerados en el proceso de evaluación.
 
Documentos Económicos
1.- 15.3 ANTECEDENTES ECONÓMICOS: • Formulario N°1: Oferta Propuesta Económica. (*) El oferente deberá considerar que la oferta económica incluye todos los gastos, impuestos y demás costos eventuales que se deriven de los servicios licitados. Cabe señalar que los documentos (*) solicitados en el presente artículo, se considerarán documentos obligatorios para la presentación de la propuesta del oferente, de lo contrario su oferta será desestimada.
2.- 15.4 CERTIFICACIÓN Y/O DOCUMENTOS A ADJUNTAR Nota: Los certificados presentados deben tener una vigencia a la fecha de cierre de la presente licitación o superior, de lo contrario no serán considerados en el proceso de evaluación. Cabe señalar que los documentos (*) solicitados en el presente artículo, se considerarán documentos obligatorios para la presentación de la propuesta del oferente, de lo contrario su oferta será desestimada. NO HABRA APERTURA FÍSICA DE ANTECEDENTES, TODOS LOS ANTECEDENTES SOLICITADOS DEBERAN SER INGRESADOS A TRAVES DE www.mercadopublico.cl La oferta técnica y económica deberá ser presentada a través del portal www.mercadopublico.cl de acuerdo con los procedimientos establecidos, en el plazo indicado en la convocatoria, y en ella se detallará el servicio ofrecido, el que deberá ajustarse en todo a las características del servicio licitado, según las Bases Administrativas y Técnicas de esta licitación. Los oferentes deberán constatar que el envío de sus ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl se efectúo exitosamente. Es responsabilidad de los oferentes adoptar los resguardos para asegurar el envío completo y oportuno de sus ofertas. Toda información que se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los Oferentes será estimada fraudulenta, siendo causal de eliminación del Oferente de la etapa de evaluación y adjudicación de la propuesta. Los antecedentes presentados, no serán devueltos a los proponentes.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Ver Bases Administrativas 10%
2 Experiencia de los Oferentes Ver Bases Administrativas 30%
3 Precio Ver Bases Administrativas 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA
Contrato con Renovación: NO
Observaciones NOMBRE MONTO TOTAL CONSULTA Y FUNCIONES DE PSIQUIATRÍA 19.800.000.- CONSULTAS PSIQUIATRÍA INFANTO ADOLESCENTE 7.200.000.- TELE CONSULTA INFANTIL Y ADOLESCENTE 18.000.000.- CONSULTA Y FUNCIONES DE PSIQUIATRÍA EN ADICCIONES 14.400.000.-
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CARMEN GLORIA OSORIO
e-mail de responsable de pago: carmengloria.osorio@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: LORETO MATURANA GATICA
e-mail de responsable de contrato: carmengloria.osorio@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-10-2206210-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA
Fecha de vencimiento: 01-06-2026
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato, se podrá presentar, conforme a lo estipulado en el Artículo N°68 del Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, cualquier documento que asegure el cumplimiento del pago de garantía de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con carácter irrevocable, extendido a nombre del Hospital Claudio Vicuña, Rut 61.602.126-5. El documento podrá ser entregado en soporte papel en la Oficina de Partes del hospital, ubicada en calle Carmen Guerrero N°945, 2° piso, San Antonio o de forma electrónica a los correos electrónicos: oficinadepartes.hcv@redsalud.gob.cl y juan.acevedo@redsalud.gob.cl, indicando en el asunto tipo de garantía e ID de la licitación. En caso de ser documento electrónico debe ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Esta garantía deberá ser ingresada a la oficina de partes del hospital ya sea en documento físico o electrónico, en un plazo máximo de 20 días corridos desde del acto administrativo de Adjudicación La garantía deberá ser extendida expresamente a nombre del Hospital Claudio Vicuña, con la glosa: “Para Garantizar el Fiel Cumplimiento de Contrato asociado “SERVICIO DE CONSULTA Y FUNCIONES DE PSIQUIATRÍA ADULTOS, PSIQUIATRÍA ADULTOS PARA PROGRAMA DE ADICCIONES, PSIQUIATRÍA INFANTO ADOLESCENTE Y TELE CONSULTA INFANTO ADOLESCENTE PARA ATENCIÓN DE PACIENTES DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA”. Por un valor equivalente al 5% en pesos chilenos del monto adjudicado con impuesto incluido, con fecha de vencimiento a 60 días hábiles posteriores al término del plazo del contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza.
Glosa: Para Garantizar el Fiel Cumplimiento de Contrato asociado “SERVICIO DE CONSULTA Y FUNCIONES DE PSIQUIATRÍA ADULTOS, PSIQUIATRÍA ADULTOS PARA PROGRAMA DE ADICCIONES, PSIQUIATRÍA INFANTO ADOLESCENTE Y TELE CONSULTA INFANTO ADOLESCENTE PARA ATENCIÓN DE PACIENTES DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA.
Forma y oportunidad de restitución: La restitución del documento de garantía será realizada dentro de los 10 días hábiles siguientes, una vez cumplido el periodo de vigencia de ésta. Esto es, el plazo del contrato aumentado en 60 días hábiles, para resguardar que el producto o servicio contratado cumpla su objetivo con eficacia. Para retirar el documento, cumplido el plazo indicado en el párrafo anterior, el oferente adjudicado deberá enviar correo electrónico, en su defecto documento escrito, a la Unidad de Gestión de Compras y Abastecimiento (gladis.castillov@redsalud.gob.cl, juan.acevedo@redsalud.gob.cl) con copia a la Subdirección Gestión Administrativa y Financiera ((javier.rojasr@redsalud.gob.cl, Con el objetivo de realizar dicha gestión. Para retirar este documento de los oferentes que sean personas jurídicas deberán presentarse en la unidad de Contabilidad del hospital Claudio Vicuña, ubicada en Carmen Guerrero N°945, 3er piso, San Antonio, una carta poder simple indicando Nº de documento, monto, Banco de Emisión y motivo de la Garantía con copia señalando que autoriza al portador, previamente identificado, a realizar dicha gestión, en caso de que el representante legal sea quien realice este trámite, deberá acreditar dicha condición y presentar su cédula de identidad. Para las personas naturales bastará solo con la presentación de su Cédula de Identidad.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

ARTICULO Nº19 - RESOLUCION DE EMPATES

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio Oferta Económica.

En el caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio Experiencia.

Si aún se mantiene la situación de empate, se establece como tercer mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el sub criterio Técnico Cumplimiento de Requisitos.

Finalmente, de mantenerse la igualdad, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal Mercado Público considerándose la hora en que aquello se efectúe.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

ARTICULO Nº22 - MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

Conforme a lo indicado en el Articulo Nº41 del Reglamento de la Ley Nº19.886, en el caso de las consultas relacionadas a la adjudicación o deserción del presente proceso de Licitación, estas consultas deberán ser enviadas al correo electrónico a javier.rojasr@redsalud.gob.cl  en un plazo no superior a 10 días corridos contados desde la fecha de adjudicación o deserción, posterior a esa fecha se considerará fuera de plazo. El Hospital dará respuesta a las mismas por correo electrónico en un plazo no superior a 30 días corridos a partir de la publicación en el portal de la adjudicación o deserción al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

Pacto de integridad

ARTICULO N°34 - PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a)   El oferente se obliga a no intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

b)   El oferente se obliga a no intentar efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

c)   El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d)   El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e)   El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respeta las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.

f)    El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como también las previstas en la legislación y normativa que sean aplicables.

g)   El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h)   El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

ACLARACION DE OFERTAS POR ERROR U OMISION

El Hospital podrá solicitar a través del portal (foro inverso), de conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento, que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, estos es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del portal.

El Hospital podrá también permitir, de conformidad a los establecido en el inciso segundo del artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello dará un plazo 2 (dos) días hábiles por el foro inverso en el sistema de información, contados desde la solicitud de rectificaciones, complementación o aclaraciones según corresponda, realizada en el portal www.mercadopublico.cl

TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

El contrato quedará terminado, por disposición del Hospital Claudio Vicuña en los casos señalados en el artículo N°13 de la Ley de Compras Públicas N°19.886 y sus modificaciones, el Artículo N°130 del Reglamento de dicha Ley, se pondrá término anticipado del contrato en los siguientes que se mencionaran a continuación:

  1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
  2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
  3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
  4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo N°129 del reglamento de Ley N°19.886. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo N°135 del reglamento de Ley N°19.886.
  6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.

El Hospital podrá dar término anticipado del contrato por las siguientes causales imputables al proveedor

  1. Si se disuelve la empresa adjudicada.
  2. Si el oferente adjudicado fuere declarado en quiebra o le fueren protestados documentos comerciales, que se mantuvieran impagos más de 60 días corridos o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.
  3. Si el contratista no cumple con las Obligaciones Laborales y Sociales de los trabajadores (Ley N°20.238)
  4. No respete las normas de seguridad, las normas técnicas o las normas ambientales.
  5. No ejecute lo convenido en el contrato sin ninguna razón justificada e informada al coordinador del contrato
  6. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  7. El oferente adjudicado o alguno de los socios de la empresa fuera formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva; en los casos de una Sociedad Anónima, cuando algún miembro del Directorio o el Gerente se encuentre en esta situación.
  8. En el caso que el total de las multas supere el 10% del valor total del contrato (impuesto incluido).
  9. Multas con termino anticipado de contrato según corresponda (Artículo N°31 de las presentes Bases Administrativas).

El incumplimiento por parte del Prestador de la(s) cláusula(s) del contrato, facultará al Hospital para poner término a éste, según se establece en las presentes Bases. El Hospital además se reserva el derecho de poner término al contrato en cualquier fecha y con 10 días de anticipación y sin indemnización, si se establece formal y fundadamente, que la continuación del contrato daña el normal desenvolvimiento de las actividades que se desarrollan en este centro asistencial.


VIGENCIA DEL CONTRATO
ARTICULO Nº24 - VIGENCIA DEL CONTRATO

Por razones de buen servicio del Hospital el contrato tendrá vigencia por un periodo de 9 meses, desde la total tramitación de tramitación de la adjudicación hasta el 31 de diciembre del 2025, pudiendo ser prorrogado hasta por dos meses siempre que el proveedor mantenga los precios.

El envío de las órdenes de compra se realizará una vez que se cuente con el acto administrativo totalmente tramitado que apruebe la adjudicación.


READJUDICACION
ARTICULO Nº21 – READJUDICACION El Hospital Claudio Vicuña, podrá readjudicar en caso de que el proveedor adjudicado no cumpla con alguna cláusula o requerimiento en el plazo establecido en las presentes bases, o concurra en alguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su Reglamento. Procediendo a la readjudicación en los siguientes casos: • En caso de que el oferente no de cumplimiento a lo estipulado en los Artículos 6.1 y 26 de las presentes Bases Administrativas. • En caso que el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra para formalizar la contratación acorde al artículo 63 del Reglamento de la Ley 19.886, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos. El Hospital podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido en informe emitido por la Comisión de Evaluación, dejando sin efecto la adjudicación previa. El Hospital determinará si adjudicada a la segunda oferta mejor evaluada, en el marco de los recursos, o efectúa un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución fundada
BASES TECNICAS
BASES TECNICAS
BASES TECNICAS

BASES TECNICAS

 

SERVICIO DE CONSULTA Y FUNCIONES DE PSIQUIATRÍA ADULTOS, PSIQUIATRÍA ADULTOS PARA PROGRAMA DE ADICCIONES, PSIQUIATRÍA INFANTO ADOLESCENTE Y TELE CONSULTA INFANTO ADOLESCENTE PARA ATENCIÓN DE PACIENTES DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA

1.- OBJETIVO:

Las presentes Bases Técnicas forman parte para licitación de SERVICIO DE CONSULTA Y FUNCIONES DE PSIQUIATRÍA ADULTOS, PSIQUIATRÍA ADULTOS PARA PROGRAMA DE ADICCIONES, PSIQUIATRÍA INFANTO ADOLESCENTE Y TELE CONSULTA INFANTO ADOLESCENTE PARA ATENCIÓN DE PACIENTES DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA” para los fines precedentes, el proveedor con que se contrate deberá asegurar y será responsable de cumplir estricta y cabalmente con los requerimientos y especificaciones consagrados en este documento. Permitiendo dar continuidad operacional al Hospital Claudio Vicuña de San Antonio.

2.- COORDINACION:

La Coordinación entre el Hospital Claudio Vicuña y el oferente adjudicado, será a través del administrador del contrato, para tal efecto se designa al Jefe CR Salud Mental o quien los subrogue.

3.- DESCRIPCION DEL SERVICIO

Es necesario contar con la cantidad de 44 horas mensuales para consultas y funciones de Psiquiatría, 16 horas Psiquiatría de adolescente, 32 horas para consultas y funciones de Psiquiatría en adicciones y 50 horas mensuales para tele consulta y funciones de psiquiatría suficiente para resolver la atención hasta el 31 de diciembre del 2025 a paciente GES, No GES y controles.

CONSULTA Y FUNCIONES DE PSIQUIATRÍA

44 HORAS MENSUALES

PSIQUIATRÍA DE INFANTO ADOLESCENTE

16 HORAS MENSUALES

CONSULTA Y FUNCIONES DE PSIQUIATRÍA EN ADICCIONES

32 HORAS MENSUALES

TELE CONSULTA INFANTIL Y ADOLESCENTE

50 HORAS MENSUALES

Plazo para ejecución del servicio es hasta el 31 de diciembre del 2025 a partir de la fecha de adjudicación en el portal de compras públicas, evitando en lo posible demoras en el proceso de atención

Es muy importante considerar que los pacientes con diagnóstico y confirmación GES, deben ser identificados y notificados según ley con todos los documentos correspondientes.

 

  • Las consultas y/o prestaciones deben ser realizadas en las dependencias del HCV o en consulta particular a convenir según distancia.
  • Deben evolucionar las fichas clínicas del HCV en forma correcta y de calidad según los estándares de acreditación
  • Los pacientes serán citados y agendados por el establecimiento según antigüedad y criticidad (priorización correspondiente)
  • Deben llenar todos los documentos correspondientes (contra referencias, orden de atención, Exámenes, etc.)
  • Ejecutar todos los documentos GES correspondientes a esta Ley IPD, formulario de Constancia etc.)
  • Realizar las recetas según la normativa de Farmacia
  • El horario por realizar debe ser entregado por el especialista con mínimo 5 días hábiles de anticipación

4.- CONDICIONES DEL SERVICIO

Adscripción al DFL36/80

El Proveedor será responsable de otorgar el servicio requerido SERVICIO DE CONSULTA Y FUNCIONES DE PSIQUIATRÍA ADULTOS, PSIQUIATRÍA ADULTOS PARA PROGRAMA DE ADICCIONES, PSIQUIATRÍA INFANTO ADOLESCENTE Y TELE CONSULTA INFANTO ADOLESCENTE PARA ATENCIÓN DE PACIENTES DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA que debe otorgar el Ministerio de Salud y el Servicio de Salud y por la vía de la delegación, para cuyos efectos esta licitación se sujeta además a las normas del DFL 36/80, la cual se presume conocida por los eventuales oferentes.

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo N°13 del DFL Nº36 /80, el Prestador queda adscrito al Sistema Nacional de Servicios de Salud en los términos señalados por el texto citado y en el DFL Nº1/05 del Ministerio de Salud que fijó el texto refundido del DL Nº2763/79, del Ministerio de Salud, especialmente en cuanto al cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o pueda aprobar el Ministerio de Salud y "El Servicio" en ejercicio de sus facultades legales. De igual modo, en lo que la ejecución del Convenio se refiere, el prestador estará sujeto a la inspección técnica, administrativa y al control por parte del "Servicio", sin perjuicio de las facultades que corresponde a la secretaria regional Ministerial de Salud y/o al Ministerio. En consecuencia, corresponderá al Hospital, especialmente con la colaboración de su Departamento de Auditoria fiscalizar sistemática y permanente la estricta observancia de las disposiciones contenidas en el DFL Nº36, de 1980, del Ministerio de Salud y, en particular, de las relativas a la utilización de los recursos que se aporten. El prestador deberá prestar las facilidades necesarias para tal efecto, así como los informes y datos que les sean requeridos con el mismo objeto.

Son parte integrante además todas las disposiciones del DFL 36/80 las que se declaran conocidas de las partes contratantes.

La propuesta por el servicio es hasta el 31 de diciembre del 2025 para pacientes de Psiquiatría beneficiarios de FONASA

Empezará a regir a partir del día siguiente hábil de la publicación de la Resolución que aprueba contrato a través del Portal www.mercadopublico.cl.

5.- LUGAR DONDE REALIZAR LAS ATENCIONES

Las consultas y/o controles deberán ejecutarse en las dependencias del hospital Claudio Vicuña estarán a disposición del proveedor, los recursos materiales, equipos e insumos que sean necesarios para la ejecución de una atención técnicamente calificada y en un marco de seguridad aceptable.

6.- HORARIOS DE LAS ATENCIONES

Las consultas de Psiquiatría para adultos y controles se realizarán los días lunes y martes, horario institucional entre las 08:00 a 19:00 horas o según disponibilidad de espacio físico (Box).

La tele consulta de psiquiatría infanto adolescente se realizarán los días martes horario institucional entre las 08:00 a 17:00 horas) o según disponibilidad de espacio físico (Box).

Las consultas de Psiquiatría en adicciones se realizarán los días viernes, horario institucional entre las 08:00 a 16:00 horas o según disponibilidad de espacio físico

Esto será determinado por la Jefatura de Salud Mental, serán solicitados y notificados al proveedor a través del administrador del contrato con una anticipación de 5 días al menos, para cubrir las consultas requeridas.

7.- REQUERIMIENTOS OBLIGATORIOS DEL PROPONENTE ADJUDICADO

El proponente adjudicado, previo al inicio de la prestación, CONFORME AL DFL 36/80 PARA EL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA", deberán cumplir con la obligación de informar al administrador del contrato lo siguiente:

a)     Adjuntar Nómina de profesionales propuestos para su ejecución.

  1. Debe indicar si mantienen o no contrato vigente con algún Servicio Público de Salud.
  2. Para los funcionarios que realizan prestaciones contratados por algún organismo Público, deberán presentar certificado de relación de servicio, y certificado de la oficina de personal donde conste sus horarios y donde desarrollan estas funciones, para la presente licitación. En ningún momento podrán realizar atenciones en horarios en los cuales el funcionario tenga contrato vigente con algún organismo público.

b)     Certificado que acredite especialización de los Médicos, que participaran de esta Propuesta Pública.

c)     Inscripción que acredite su calidad de prestador de Salud individual en la Superintendencia de Salud. Sin perjuicio de lo anterior, en situaciones excepcionales y en la medida que concurran los supuestos respectivos, debidamente acreditados, en los que sea posible aplicar el criterio jurisprudencial de la Contraloría General contenido, entre otros, en los dictámenes Nºs.337 y 12.393, ambos de 2016, en virtud del cual, en casos calificados y en cumplimiento del principio de continuidad, cuando ello sea imprescindible para asegurar la entrega de las prestaciones de salud y el derecho a la protección de la misma. Certificados o copias de decretos de nombramiento de los profesionales prestadores en el caso de que el prestador adjudicado sea una sociedad de profesionales de servicios de medicina u otra de similar naturaleza. En el caso de los profesionales que sean funcionarios del Servicio de Salud Valparaíso San Antonio, no es necesario acompañar dicho antecedente, ya que dicha información se encuentra en poder de la Administración, en cuyo caso bastará con señalar que es funcionario del Servicio.

d)     Designar un Supervisor responsable del servicio, quien durante la vigencia del contrato será el interlocutor de primera línea del proveedor con el administrador del contrato, para todos los efectos relacionados con el cumplimiento de la licitación.

e)     Contar con un número de celular permanentemente disponible (los 7 días de la semana) con recepción de mail y mensajería instantánea, para la comunicación con el Supervisor Responsable del Servicio.

8.- DEL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE SERVICIOS

La coordinación de los servicios en lo referente a la programación y cumplimiento de las consultas y tele consultas de Psiquiatría requeridas estará a cargo de la Subdirección de Gestión Asistencial y a través del administrador del contrato.

Corresponderá al Hospital Claudio Vicuña, a través del jefe CR Salud Mental y el Jefatura del CR Atención abierta, realizar el requerimiento de consultas y tele consultas o controles, dependiendo de la necesidad del servicio, los cuales serán notificados al proveedor por el administrador del contrato con una anticipación de 5 días al menos, indicando el día, hora y Unidad en que deberá presentarse el o los médicos, en box y horario indicado

9.- PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE CONSULTAS Y CONTROLES REALIZADAS

El establecimiento, pagará al prestador por el cumplimiento de horas de consultas, tele consultas y funciones de Psiquiatría que haya realizado en forma efectiva. Tanto el proveedor como el administrador del contrato deberán mantener un registro de los días y horas en que se hayan realizados las consultas o controles, las que deben ser comparadas y firmadas por el administrador del contrato, previo a realizar informe mensual de ejecución.

El prestador deberé presentar al administrador del contrato dentro de los 5 primeros días hábiles de cada mes un informe mensual de ejecución consistente en un listado con el resumen mensual que contenga al menos la siguiente información:

Especialidad:

Tipo de Atención (consulta tele consulta o control)

GES o No GES

RUN de paciente

Nombre de paciente:

Establecimiento:

Fecha de consulta o control:

Horario consulta o control realizado

Nombre completo del profesional médico, especialista que efectivamente realizó las consultas o controles:

Recibido este informe el Subdirector de Gestión Asistencial del establecimiento, remitirá los antecedentes a la unidad de Gestión de compras y abastecimiento del Hospital Claudio Vicuña con el informe de actividades mensual de ejecución timbrado y firmado por el administrador del contrato, CR Salud mental para tramitar la orden de compra y el pago respectivo.

Supervisión requerida para coordinación.

Durante la vigencia del contrato, para efectos de entregar las instrucciones y orientaciones que requiera el personal para la adecuada prestación del servicio, quien, además, será el interlocutor de primera línea del prestador con el administrador del contrato, para todos los efectos relacionados con el cumplimiento de las consultas y/o controles contratados.

Modalidad de contratación.

Tipo de contratación: La contratación que debe abordar el prestador con sus trabajadores o prestadores directos de las consultas o controles, será bajo la modalidad de contrato de honorarios.

Obligaciones generales y prohibiciones para los prestadores directos.

Obligaciones:

  • Cumplir con la asistencia, puntualidad y prestación, previamente coordinada y establecida;
  • Cumplir con las prestaciones en el horario establecido por el administrador del contrato.
  • Cumplir con lo establecido en la Ley de Deberes y Derecho de los Pacientes;
  • Cumplir con las normas de prevención, seguridad e infecciones intrahospitalarias;
  • Cumplir las políticas, procedimientos, protocolos del establecimiento
  • Cumplir con la documentación y registros clínicos y administrativos necesarios en cada consulta (SIC, contra referencia IPD y Constancia GES cuando corresponda), manejo adecuado de ficha clínica según protocolo local.

Prohibiciones:

Vulnerar la confidencialidad de la información a la que tenga acceso debido a las acciones de salud que acometa.

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones o prohibiciones de los prestadores directo de las consultas o controles será causal de sanción, multa o término de contrato para el prestador.

10.- ATENCIONES REALIZADAS

El proveedor deberá entregar, la primera semana de cada mes, nóminas ratificadas, y visado con firma y timbre del Jefe de Salud Mental y la Subdirección de Gestión asistencial del establecimiento, previa comparación de ellas.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.