La adjudicación será por línea, el oferente deberá ingresar su oferta en el portal www.mercadopublico.cl
Se propondrá al Sr. director adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de la oferta, la que será considerada como la mejor opción para el establecimiento.
El resultado de dicho proceso conformará los antecedentes que sustenten el acto administrativo de adjudicación.
Así mismo y conforme a lo estipulado en la Ley N.º 19.886 y sus modificaciones, el Hospital podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases o no resultasen convenientes a sus intereses o declarar desierta la licitación por resolución fundada si no se presentaren ofertas.
Las ofertas que no hayan sido adjudicadas en la evaluación deberán mantenerse hasta que les sea devuelta la garantía de seriedad de la oferta.
El Hospital se reserva el derecho de adjudicar, de acuerdo con sus disponibilidades financieras.
El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas:
a) Fecha de Adjudicación
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, se informará al Sistema de Información las razones que justifican tal incumplimiento. En este caso el Hospital Claudio Vicuña solicitará a los oferentes extender la vigencia de su oferta por un periodo no inferior de 5 días hábiles ni superior a 15 días hábiles. Se indicará un nuevo plazo para la adjudicación, el cual, no será superior a 10 días hábiles contando desde que se informan los incumplimientos.
b) Resolución de Adjudicación
La adjudicación se hará por Resolución dictada por la autoridad competente y será publicada a través del portal www.mercadopublico.cl conjuntamente serán publicados en el mismo sitio los resultados de la evaluación de los proponentes.
El Hospital adjudicará a través de una resolución de su director, que publicará en www.mercadopublico.cl una vez que esté totalmente tramitada.
c) Publicación en Página Web
El Hospital adjudicará, publicará e informará el nombre de él adjudicatario en el sitio www.mercadopublico.cl y conforme al Reglamento de la Ley N°19.886 y sus modificaciones, se entenderá notificada dentro de las 24 horas una vez que se adjunte en el portal www.mercadopublico.cl la resolución de adjudicación.
d) Notificación de Adjudicación:
Una vez que se haya adjudicado la licitación, el portal www.mercadopublico.cl procederá a notificar la decisión al adjudicatario mediante correo electrónico como asimismo a los demás oferentes que hubiesen participado en la presente Propuesta Pública.
e) Desistimiento
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o no firma el contrato o no se habilita en el registro de Chile Proveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, el Hospital podrá dejar sin efecto la adjudicación y proceder a readjudicar al oferente que, de acuerdo con el resultado de la evaluación, le siga en puntaje.