Resolución de Empates |
En el evento de existir empate en el puntaje promedio general de todas las líneas, la comisión evaluadora resolverá esto, aplicando las siguientes consideraciones:
Se buscará en primer término en las ofertas empatadas, el mejor promedio obtenido para el factor Calidad Técnica de los Bienes o Servicios, adjudicando a dicho oferente la licitación.
Sí el empate aún persiste, se considerará de entre las ofertas en que persista el empate, el mejor promedio obtenido en el factor Plazo de entrega, a éste se procederá a adjudicar la licitación.
Si el empate aún persiste, se considerará de entre las ofertas en que persista el empate, el mejor promedio obtenido en el factor Precio, a éste se procederá a adjudicar la licitación.
De persistir el empate, se adjudicará al proveedor que cuente con el mayo puntaje en el criterio cumplimiento de requisitos
Si luego de considerar los 4 criterios en el desempate, éste persiste, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero su oferta al portal de mercadopublico, esta será acreditada a través del comprobante de ingreso de oferta ítem fecha y hora de ingreso.
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MULTAS |
DEL PAGO Y LAS MULTAS POR ATRASO EN DESPACHO.
El Adjudicatario podrá ser sancionado por la Entidad con el pago de multas, por atrasos en la entrega de los productos.
Las multas por atraso en la entrega se aplicarán por cada día hábil de atraso, con un tope áximo de diez (10) días hábiles, y se calcularán como un 2% del valor del producto solicitado y aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas respecto del plazo de entrega establecido en la ficha del proveedor. Para los asos en que el proveedor no hubiera aceptado la orden de compra, se considera que el plazo de entrega comienza 2 días hábil después de emitida la oc.
Sí proveedor adjudicado no cumple con el servicio de post venta en el plazo maximo de 48 hrs. desde la notificacion del Jefe CC. Adquisiciones o quien lo subrrogue, el cual será medido en días hábiles y comenzará a regir desde la fecha de notificación, se aplicara multas por atraso en la entrega de los productos que se aplicarán por cada día hábil de atraso, con un tope áximo de diez (10) días hábiles, y se calcularán como un 5% del valor total no entregado por cada día de atraso.
15.2. Procedimiento para aplicación de multas
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte de la Entidad o del funcionario responsable, se procederá a dictar ordinario indicando el incumplimiento y articulo infringido, éste se notificará al adjudicatario, personalmente o por correo electrónico A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo, se procederá a analizar los antecedentes presentados. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de hasta veinte (20) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente y efectuar la aplicación de la multa, lo que se determinará mediante resolución, la que se notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada. A contar de la notificación de la resolución precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles, para presentar recurso de reposición, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plaz sin presentar recurso. La Entidad dictará la respectiva resolución haciendo efectiva la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado recurso de reposición en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de hasta treinta (30) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución, lo que se notificará al adjudicatario, personalmente o por correo electronico.
15.3. Cobro de la multa
Quedará ejecutoriada la multa, con la notificación de dicha resolución o acto administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera. El monto de la multa será rebajado del pago que la Entidad deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente. El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Entidad, para hacer el cobró, en caso de existir, de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento. Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto de la respectiva Entidad que esté realizando el cobro.
El proveedor adjudicado deberá respetar lo indicado en las presentes Bases y el plazo de reposición estipulado en su oferta cuando se requiera el servicio post venta (incluye cambio de producto si no corresponde a lo solicitado, en un plazo maximo de 48 hrs. desde la notificacion del Jefe CC. Adquisiciones o quien lo subrrogue, el cual será medido en días hábiles y comenzará a regir desde la fecha de notificación.
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SUSCRIPCION DE CONTRATO |
El proponente adjudicado deberá suscribir un contrato notarial, asumiendo todos los costos relacionados con la suscripción del contrato en un plazo no mayor a los 20 días corridos siguientes a la fecha en que el mandante le notifique que le fue adjudicada la propuesta, al momento de la Firma del contrato el proponente deberá entregar la respectiva Documento de Garantía por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en Oficina de Partes.
Para la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito y HABIL en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Chileproveedores). Si el oferente adjudicado no se encontrare inscrito en Chileproveedores, dispondrá del plazo de 15 días corridos contados desde la notificación de adjudicación, para efectuar su inscripción Y HABILITARSE.
Formarán parte integrante del contrato sin necesidad de mención expresa los siguientes documentos: Las presentes Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas, Formularios, Consultas y Respuestas, las aclaraciones si las hubiere, la Oferta presentada, Resolución de Adjudicación, orden de compra emitida a través del portal mercado público y cualquier otro documento que se origine con motivo de la presente Licitación
16.1. Vigencia del Contrato
El contrato tendrá una vigencia de Un (1) año desde la emision de la OC. Pudiendo ser prorrogado hasta por tres meses, siempre que el proveedor mantenga los precios y que exista monto disponible.
Para contratar el Oferente Adjudicado debe estar inscrito y Habilitado en ChileProveedores.
Formarán parte integrante del contrato sin necesidad de mención expresa los siguientes documentos: Las presentes Bases Administrativas las Especificaciones Técnicas, Formularios, Consultas y Respuestas, las aclaraciones si las hubiere, la Oferta presentada, Resolución de Adjudicación, orden de compra emitida a través del portal mercado público y cualquier otro documento que se origine con motivo de la presente licitación.
16.2. Aumento y disminucion
Durante el periodo de vigencia del contrato, el Hospital podrá ordenar la disminución o aumento de las cantidades del servicio contratado hasta en un 30 % del monto total del contrato. En estas circunstancias, se valorizará de acuerdo al precio unitario de cada producto, presentado en el presupuesto entregado en la propuesta.
16.3 Termino Anticipado del contrato:
El Hospital podrá poner término anticipado al contrato sin necesidad de aviso previo, por la vía administrativa, y sin intervención judicial, mediante la dictación de una Resolución fundada, en caso de que el contratista hubiere infringido obligaciones que las leyes, las presentes Bases o el Contrato le impongan, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 72 del Reglamento de la Ley 19.886. Podrá ponerse término anticipado al contrato por cualquiera de las siguientes causales (Art. 77 del Reglamento de la Ley 19.886):
• Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
• Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
• Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
• Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
• Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
• Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de licitación o en el contrato.
• Por atraso en la entrega de los productos en más de 30 días hábiles.
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