Licitación ID: 898-82-LE21
Arriendo Monitor Desfibrilador
Responsable de esta licitación: HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 229
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Accesorios de monitores o medidores 1 Unidad
Cod: 41116203
Arriendo de Monitor Desfibrilador  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Arriendo Monitor Desfibrilador
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Establecen las disposiciones generales que regirán la Licitación Pública que celebre el Hospital Claudio Vicuña, dependiente del Servicio de Salud Valparaíso San Antonio para la licitación: “ARRIENDO DE MONITOR DESFIBRILADOR”. Arrendar por un período de 3 meses un monitor desfibrilador luego el cual deberá pasar a dominio del hospital.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
R.U.T.:
61.602.126-5
Dirección:
Carmen Guerrero N° 945
Comuna:
San Antonio
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-08-2021 15:00:00
Fecha de Publicación: 30-07-2021 11:34:24
Fecha inicio de preguntas: 30-07-2021 11:41:00
Fecha final de preguntas: 03-08-2021 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-08-2021 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-08-2021 15:03:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-08-2021 15:03:00
Fecha de Adjudicación: 13-08-2021 15:02:47
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Sección 14.1 Antecedentes Administrativos • Formulario Nº 2: Declaración de Aceptación de Bases • Formulario N° 3: Identificación del Oferente. • Formulario N° 5: Declaración Jurada sobre Prácticas Antisindicales. • Formulario N° 6: Declaración Jurada sobre Inhabilidades
Documentos Técnicos
1.- • Formulario N° 4: Experiencia del Oferente. El oferente debe respaldar la experiencia de los últimos 5 años adjuntando copia de contratos, órdenes de compra o convenios de igual índole al que se está ofertando. Sólo se contabilizará la experiencia con respaldo. • Formulario N° 7: Oferta Técnica, la cual incluye Plazo de entrega, plazo de garantía del equipo, cumplimiento de Especificaciones Técnicas.
 
Documentos Económicos
1.- • Formulario N°1: Oferta Económica.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Revisar Bases 5%
2 Oferta Técnica Revisar Bases 35%
3 Precio Revisar Bases 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Hospital Claudio Vicuña - San Antonio
Monto Total Estimado: 7120000
Justificación del monto estimado Presupuesto disponible para la presente licitación es de 7.120.000 siete millones ciento veinte mil pesos impuestos incluidos.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Carmen Gloria Osorio Cueto
e-mail de responsable de pago: carmengloria.osorio@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Liliana Echeverria Cortes
e-mail de responsable de contrato: liliana.echeverria@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-35-2206202-Anexo 356202
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Hospital Claudio Vicuña
Fecha de vencimiento: 09-09-2021
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: El Prestador deberá garantizar la seriedad de la oferta con un instrumento financiero, pagadero a la vista, de carácter irrevocable y de cobro rápido y efectivo, documento físico o electrónico (en éste caso debe ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma) y ser entregada si es en soporte papel en la oficina de partes del Hospital Claudio Vicuña antes de la fecha y hora de cierre de la licitación o enviada (si es electrónica) en el mismo plazo, al siguiente correo de la oficina de partes: oficinadepartes.hcv@redsalud.gov.cl copia a javier.rojasr@redsalud.gov.cl), por un monto de $200.000.- con impuestos incluidos, con vencimiento a 30 días posterior al cierre de la oferta. La garantía llevará la glosa: Para garantizar Seriedad de Oferta para la Licitación “ARRIENDO DE MONITOR DESFIBRILADOR”.
Glosa: Para garantizar Seriedad de Oferta para la Licitación “ARRIENDO DE MONITOR DESFIBRILADOR”.
Forma y oportunidad de restitución: Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato: Vencido el plazo de vigencia, el adjudicado podrá retirarla desde el Hospital. En el caso que exista una prórroga del Contrato, el adjudicado deberá ingresar una nueva garantía cuyo plazo de vigencia debe exceder en 60 días hábiles la fecha de término de la prorroga acordada.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Claudio Vicuña
Fecha de vencimiento: 30-11-2021
Monto: 20 %
Descripción: El Prestador deberá garantizar la ejecución completa, oportuna y eficiente del contrato con un instrumento financiero pagadero a la vista, de carácter irrevocable y de cobro rápido y efectivo, documento físico o electrónico (en este último caso debe ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma) Deberá ser ingresada en la oficina de partes del Hospital junto con la entrega del contrato firmado. En caso de ser documento electrónico lo debe enviar en fecha y hora similar a la entrega física del contrato a los siguientes correos oficinadeparte.hcv@redsalud.gov.cl y javier.rojasr@redsalud.gov.cl por un valor equivalente al 20% del monto adjudicado con vencimiento al 30 de noviembre de 2021. Deberá ser extendida expresamente a nombre del Hospital Claudio Vicuña, con la glosa: “Para Garantizar el Fiel Cumplimiento de Contrato asociado al “ARRIENDO DE MONITOR DESFIBRILADOR”. Esta garantía se otorgará para caucionar el cumplimiento de todas las obligaciones que se imponen al adjudicado, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa y por la sola voluntad del Hospital, si procede alguna de las causales estipuladas en el Art. respectivo, a través de la dictación de la correspondiente Resolución fundada y debe ser entregada al Hospital en el momento de la suscripción del contrato.
Glosa: “Para Garantizar el Fiel Cumplimiento de Contrato asociado al “ARRIENDO DE MONITOR DESFIBRILADOR”.
Forma y oportunidad de restitución: Procedimiento de Devolución garantía: Corresponderá al tomador del documento, efectuar personalmente el trámite o en su defecto designar a otra persona mediante una carta poder simple, en la que se identifique a la persona que retira, al representante legal de la empresa, o de la persona natural que autoriza el retiro del documento, N° de documento, monto, Banco de Emisión y motivo de la Garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Multas y Sanciones
Al Jefe de Mantenimiento y Servicios Generales del HCV le corresponderá la fiscalización del correcto, oportuno y eficiente cumplimiento del contrato suscrito entre las partes. Ejercerá las funciones de supervisión y estará facultado para proponer multas y/o sanciones en caso de incumplimiento del proveedor al contrato. Deberá emitir un informe técnico dirigido a la Dirección, Subdirector Administrativo y Jefe de abastecimiento, informando detalladamente el incumplimiento. En forma previa a la comisión de la falta, o tan pronto tome conocimiento de la situación para el evento que esta no pueda preverse, el adjudicatario podrá plantear al establecimiento una propuesta de solución y, si es aceptada, la sanción que se hubiese aplicado quedará suspendida condicionalmente. 28.1 DE LAS SANCIONES La reiteración de Faltas Muy Graves, facultará al HCV para terminar anticipada y unilateralmente el contrato, sin necesidad de notificación judicial ni requerimiento previo de ninguna especie. En los casos que el informe declare hechos extremos, tales como robos, daños a la propiedad o similares, corresponderá al Jefe de Mantenimiento y Servicios Generales realizar las gestiones pertinentes para aclarar los hechos y determinar las responsabilidades, en representación de la Dirección del Establecimiento. 28.2 DE LAS MULTAS El Hospital, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del director del Hospital, podrá aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el monto que se indica y según las causales que se detallan a continuación: a) Entrega fuera de plazo: Se aplicará una multa del 1 UTM por cada día de atraso con un tope máximo del total de la orden de compra en la entrega de los productos, tomando como plazo los días existentes entre la fecha de envío de la orden de compra a través de Mercado Público y el plazo ofertado en la propuesta (anexo Nº7). Se entenderá́ por entrega del producto la fecha de la puesta en marcha del equipo, por personal técnico del adjudicado en dependencias del hospital y presencia de personal de equipos médicos. b) Equipo no corresponde al ofertado 4UTM c) Incumplimiento de la garantía técnica del equipo 4UTM 28.2.1 Procedimiento de aplicación Por parte de la Unidad Técnica, se procederá a informar al proveedor por carta certificada al domicilio que éste fijó en su oferta, o por medio de correo electrónico señalado en el Formulario Nº3, indicando los hechos que son susceptibles de ser calificados como infracción, y la sanción pecuniaria que puede imponerse, conforme a las causales en el Artículo 25 de la Ley 19.880. A contar del tercer día hábil del despacho de la carta certificada, o bien desde el día de envío del correo electrónico, la empresa tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. La Unidad de Mantenimiento y Servicios Generales, deberá resolver a contar de la recepción de los descargos o, en su caso, desde el vencimiento del plazo para presentar descargos, para rechazarlos o acogerlos y determinar finalmente si los hechos identificados constituyen falta a la que sea aplicable multa y la entidad de ésta. De ser calificados de esta manera, elevará los antecedentes a la Dirección, con la proposición de sanciones, a fin de que éste decida, en uso de sus atribuciones, aplicar o no la multa señalada, mediante resolución exenta, comunicándose a través de carta certificada al interesado. En contra de la resolución exenta señalada, procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Conforme al Artículo 57 de la Ley 19.880, la interposición de recursos administrativos no suspenderá la ejecución del acto impugnado. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior y, conforme a la misma disposición legal señalada, la autoridad llamada a resolver el recurso, a petición fundada del interesado, podrá suspender la ejecución cuando el cumplimiento del acto recurrido pudiere causar daño irreparable o hacer imposible el cumplimiento de lo que se resolviere, en caso de acogerse el recurso. Una vez ejecutado el procedimiento administrativo que interpuso la multa, el proveedor deberá pagarla dentro del plazo de 10 días hábiles. Se entenderá que la sanción se encuentra en tal condición una vez transcurridos los plazos para impugnarla mediante los recursos contemplados en la Ley N°19.880, o no haberse presentados estos, o bien, en el caso que estos se hubiesen interpuesto dentro del plazo legal, se encuentren resueltos, confirmando la multa respectiva. Si el proveedor adjudicado no ha pagado la multa dentro del plazo señalado anteriormente, el Hospital podrá descontarlo del pago que deba efectuar a la empresa en la factura del estado de pago correspondiente a la fecha de aplicación de la multa y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, el Hospital se encuentra facultado para hacer efectiva el cobro de la boleta de Garantía de Fiel cumplimiento de contrato y obligaciones laborales. Todo lo anterior conforme a lo establecido en el Artículo 79 del reglamento de la Ley de Compras Públicas. En el evento que la multa o sanción se descuente de la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato y obligaciones laborales, el contratista deberá reemplazar dicha garantía en las mismas condiciones que la anterior, a más tardar dentro de 5 días hábiles desde la notificación del cobro, restituyéndose el remanente al proveedor adjudicado, bajo sanción de poner término anticipado de la contratación y cobrar la garantía originalmente entregada. Todas las multas podrán ser aplicadas administrativamente en Unidades Tributarias Mensuales UTM, cuyo valor será el correspondiente al mes en el que se aplica la sanción, salvo aquellas dispuestas como un porcentaje del valor de la contratación. La aplicación de multas no libera al adjudicatario de otras sanciones en el evento que concurran las respectivas causales, de conformidad a lo previsto en estas bases, como el cobro de documentos de garantía de fiel cumplimiento de contrato y obligaciones laborales o a poner término al contrato, si a juicio del Hospital la situación lo amerita. 28.3 SANCIONES ADMINISTRATIVAS La reiteración de Faltas facultará al HCV para terminar anticipada y unilateralmente el contrato, sin necesidad de notificación judicial ni requerimiento previo de ninguna especie. En los casos que el informe declare hechos extremos tales como robos, daños a la propiedad o similares, corresponderá al Jefe de Mantenimiento y Servicios Generales realizar las gestiones pertinentes para aclarar los hechos y determinar las responsabilidades, en representación de la Dirección del Establecimiento. 28.3.1 De las Sanciones Administrativas por faltas En caso de presentarse faltas en esta Licitación, la Unidad Técnica, definida en Artículo N°2 de estas Bases, procederá a citar al representante de la adjudicada a una reunión para revisión y análisis de las circunstancias que originaron la aplicación de multas. En caso de no tener una respuesta satisfactoria se procederá a cobrar la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y a Terminar anticipada y unilateralmente el contrato, sin necesidad de notificación judicial ni requerimiento previo de ninguna especie y realizar una nueva Licitación Pública, decisión que será de exclusiva responsabilidad del Hospital. 28.3.2 De las Sanciones Administrativas por Reiteración de Multas o Sanciones En caso de presentarse tres o más multas o sanciones relativas a la calidad de los servicios solicitados en esta Licitación, la Unidad Técnica, definida en Artículo N°2 de estas Bases, procederá a citar al representante de la adjudicada a una reunión para revisión y análisis de estos sucesos. En caso de no tener una respuesta satisfactoria se procederá a cobrar la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y a Terminar anticipada y unilateralmente el contrato, sin necesidad de notificación judicial ni requerimiento previo de ninguna especie y realizar una nueva Licitación Pública, decisión que será de exclusiva responsabilidad del Hospital.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.