10.2 Errores u omisiones detectados durante la evaluación.
SENAME podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Asimismo, SENAME podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
SENAME efectuará dichos requerimientos a través del Portal, y el oferente deberá corregir las omisiones en el plazo breve y fatal que el operador del Portal señale.
Se contempla, dentro de los criterios de evaluación de las propuestas, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las propuestas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de las ofertas, con todo lo requerido.