Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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RESOLUCIÓN DE EMPATE |
En caso de existir igualdad de puntaje entre 2 (dos) o más ofertas, ello se resolverá eligiéndose por la que presente el mejor “PRECIO”, implicando la formula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá eligiéndose al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio de “TIEMPO DE ENTREGA”, de persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mejor puntaje en el criterio “EXPERIENCIA EN EL RUBRO”, si esta condición de empate persiste se recurrirá al puntaje del criterio posterior y finalmente se resolverá por el criterio “SERVICIO POST VENTA”
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READJUDICIÓN |
Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra en el plazo de 05 (cinco días hábiles desde la notificación de la adjudicación, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción del referido documento, la Zona de Bienestar “Coyhaique” podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación, “Readjudicar” la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 10 (diez) días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación.
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CESIÓN A FACTORING |
En el evento de celebrar un contrato de Factoring, el proveedor deberá notificar por documento a la Zona de Bienestar “Coyhaique” o mediante correo electrónico seccionfinanzaszbcoy@gmail.com, en un plazo de 24 horas siguientes de su celebración y ampliar en 30 días corridos el plazo para reclamar el contenido de la factura, en conformidad al artículo 75° del Reglamento que señala: “Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de Factoring suscritos por sus Contratistas, siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes”.
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OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR |
Serán obligaciones del proveedor entre otras, las siguientes:
• Dar cumplimiento a todo lo establecido, en la respectiva oferta presentada por el proveedor en la plataforma de Mercado público, correspondiente a en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos.
• El Proveedor no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de la compra, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.
• El Proveedor, así como sus consultores y personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de la compra licitada, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes que se refieran al desarrollo de dicho contrato.
• El proveedor debe dar resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Zona de Bienestar “Coyhaique”, el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo las normas legales vigentes.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
La Zona de Bienestar “Coyhaique” podrá poner término anticipado al contrato, mediante resolución fundada, cuando el proveedor incurra en incumplimiento total o parcial de lo convenido, por las siguientes causales:
a) Las causales el artículo 13° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestaciones de Servicios.
b) Las causales establecidas en el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
c) En caso de muerte de la persona natural, termino de giro, liquidación o disolución de la persona o sociedad contratante. En tales eventos el proveedor tendrá la obligación de comunicar tales hechos a la Zona de Bienestar “Coyhaique”, dentro del plazo de 10 (diez) días contados desde el suceso respectivo.
d) Si el monto acumulado de las multas aplicadas al proveedor fuere igual o superior al 15% del monto del contrato.
e) Al no cumplir el plazo de entrega máximo de los elementos será de 40 días corridos desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra que se genere por la presente Licitación Pública
f) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes en dar término anticipado al contrato. En este evento, las formas y condiciones del término anticipado se establecerán en el finiquito que se suscriba para tal efecto.
g) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
h) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
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ENTREGA DE LOS MATERIALES |
LOS MATERIALES DEBEN SER ENTREGADOS EN EL EDIFICIO MILITAR PLAZA # 235 CIUDAD DE COYHAIQUE XI REGIÓN DE AYSEN
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