Resolución de Empates |
En caso de producirse empates entre los oferentes que sean mejor evaluados al
aplicar la pauta de evaluación publicada, la Comisión Evaluadora deberá, sobre la base de
condiciones objetivas, atenerse a los siguientes criterios para resolver el empate, de
acuerdo al siguiente orden:
1° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Técnica.
2° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Económica.
3° Aquella oferta que haya obtenido un mejor puntaje en el criterio de evaluación sobre
Enfoque de género.
De persistir el empate, la situación será resuelta por la Subsecretaría mediante resolución fundada.
El Informe de la Comisión Evaluadora culminará con una recomendación para la
Entidad Licitante.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
La Subsecretaría aceptará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de
evaluación con sus respectivos puntajes y ponderaciones establecidos en estas bases, mediante acto administrativo conforme los criterios de evaluación aplicados.
Asimismo, la licitación se adjudicará al proponente que haya presentado la oferta
más ventajosa.
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del
precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique, por parte de la Subsecretaría,
que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la Subsecretaría podrá,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Compras Publicas, adjudicar a esa oferta la licitación a través de una resolución fundada, solicitándole al oferente
adjudicado una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
La Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los
requisitos establecidos en las bases.
La Subsecretaría declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o
bien, si éstas no resultan convenientes a sus intereses institucionales.
En todo caso, las declaraciones de la Subsecretaría se efectuarán siempre mediante
resolución fundada.
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DEL CONTRATO |
Una vez adjudicada la presente licitación, el oferente adjudicatario deberá suscribir
el correspondiente contrato dentro del plazo establecido para tales efectos en las presentes
bases de licitación.
Para la firma del contrato, el adjudicatario o adjudicataria que sea persona natural
deberá acompañar una copia de su cédula de identidad; el adjudicatario que sea persona
jurídica deberá acompañar una copia de su escritura de constitución y de sus modificaciones, un certificado de vigencia de la persona jurídica y de los poderes de su(s) representante(s), emitidos con una antelación no superior a seis meses, y una copia de la cédula de
identidad de su(s) representante(s). Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan
mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente, deberá
acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses.
En todo caso, el adjudicatario no deberá acompañar los documentos especificados en el párrafo anterior si ellos u otros similares se encuentren disponibles en
el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl).
En el evento que el contrato no se firme en el plazo establecido en las presentes
bases por causas atribuibles al adjudicatario, o este se desista de su oferta o cuando el
adjudicatario sea inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la
ley N° 19.886, la Subsecretaría podrá adjudicar el contrato definitivo al oferente siguiente
mejor evaluado conforme el orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, o podrá
declarar desierta la licitación mediante resolución fundada.
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Vigencia del contrato |
La vigencia del contrato será desde la total tramitación de la resolución que aprueba
el contrato. Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, el proveedor adjudicado podrá comenzar a prestar los servicios correspondientes a partir de la fecha que se
indique en el contrato, de lo que deberá dejarse constancia en el mismo.
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Duración del contrato y presupuesto disponible |
Tres semanas contadas a partir de la fecha en que se inicie la prestación de los
servicios, de lo que se dejará constancia en el contrato.
El presupuesto disponible de la presente licitación es de $22.000.000.- (veintidós millones de pesos), impuestos incluidos.
Además, el presupuesto, debe incluir la comisión de la agencia y/o proveedor que
resulte adjudicado.
El pago se regirá por las siguientes reglas:
1. El pago se efectuará previa entrega y/o ejecución de la totalidad de los servicios
contratados.
2. El pago se efectuará contra la recepción conforme y previa aprobación del informe
que deberá entregar el proveedor adjudicado a la Contraparte Técnica del Ministerio
que el contrato defina, en un plazo máximo de 30 días una vez emitida la factura.
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3. La solicitud de pago deberá acompañarse de los siguientes documentos:
a) Solicitud de pago dirigida por el adjudicatario a la entidad licitante.
b) Factura a nombre de la entidad licitante.
c) Certificado vigente de la respectiva Inspección del Trabajo en original, que acredite que el adjudicatario no registra deudas previsionales ni remuneraciones pendientes en relación a los trabajadores del
servicio licitado o documento correspondiente tratándose de persona
natural o jurídica extranjera. Dicho documento deberá tener un plazo
de vigencia no mayor de treinta días corridos de antigüedad contados
desde la fecha de su presentación.
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Renovación del contrato |
Teniendo presente que el servicio que se licita tiene por objeto realizar la adecuada
difusión de las políticas públicas que se han impulsado por parte de esta entidad, se contempla la posibilidad que la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género renueve el
contrato, previo acuerdo con el adjudicatario, por razones fundadas y en conformidad con
lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de La Ley de Compas Públicas y normativa
vigente.
Cabe señalar que la renovación del contrato es una decisión facultativa para la entidad licitante, en consecuencia, no genera ningún derecho adquirido para el proveedor adjudicado.
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Subcontratación y factoring |
Se permite, bajo las siguientes condiciones:
a) Comunicación escrita previa al Ministerio.
b) El subcontratista deberá cumplir con todos los requisitos exigidos para el proveedor principal.
c) Las partes estipulan que el proveedor y/o contratista principal será responsable
solidariamente de todas las obligaciones contraídas por el subcontratista.
d) Que se ajuste a la normativa de compras públicas (ley y reglamento).
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Domicilio del adjudicatario |
Para todos los efectos legales derivados del contrato, el adjudicatario tendrá su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago, sometiéndose a la competencia de los tribunales
de justicia de esa comuna y ciudad.
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