Obligaciones del contratista |
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el
proveedor tendrá las siguientes obligaciones:
a) No podrá hacer por iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas
contenidas en las bases.
b) Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena e íntegra ejecución del contrato.
c) Ejecutar el contrato con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes bases,
bases técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
d) Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias de accidentes del
trabajo y prevención de riesgos, como asimismo a las directrices que establezca la contraparte técnica en el marco de la presente contratación.
e) Es responsable de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato le
pudiera ocurrir al personal o a las dependencias institucionales, que sean imputables al
proveedor.
f) De igual modo, el proveedor será responsable de cumplir las obligaciones que le
corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, alimentación, de su personal.
g) Cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho alguno a indemnización de ninguna especie por perdida, destrucción, deterioro, desgastes producidos por robo, uso, mal uso u otra razón, incluyendo la
fuerza mayor y caso fortuito.
h) Mantener un permanente control sobre la ejecución de los servicios, a través de
cualquier medio o forma que resulte idónea para el efecto.
i) Coordinar, resolver y administrar los requerimientos que establecen las distintas
plataformas de redes sociales para así poder publicar en los tiempos acordados para el
lanzamiento de la campaña.
j) En caso de que se deba sustituir uno o más actores por cualquier causa, el contratista deberá reparar, grabar, resolver, mejorar, adoptar y/o desarrollar las medidas que
resulten necesarias para cumplir adecuadamente con el servicio requerido.
l) Las demás que le encomienden las presentes bases.
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Multas |
El Ministerio podrá, administrativamente y sin forma de juicio, cobrar multas al
adjudicatario y/o proveedor cada vez que exista un incumplimiento de sus obligaciones
contractuales. Para estos efectos, a vía meramente ilustrativa, se entenderá que hay
incumplimiento en las siguientes situaciones o casos:
a) Entrega parcial de los servicios que conforman una campaña comunicacional.
El adjudicatario podrá ser sancionado por el Ministerio con el pago de multas
por la entrega parcial de los servicios comprometidos en la cotización, es decir,
por ejemplo, si son solicitados 5 servicios como parte de una campaña
comunicacional y uno de ellos es entregado parcialmente, o no entregado, no
impidiendo que la campaña comunicacional se realice.
Las multas se aplicarán por cada servicio o ítem no entregado y se calcularán
por el valor neto total de los servicios no entregados o entregados parcialmente
del contrato de Campaña Comunicacional, con un tope de 15% del valor del
contrato.
b) Atraso en la entrega de los servicios o no cumplimiento dentro de plazo.
El proveedor podrá ser sancionado por el Ministerio con el pago de multas por
atraso en la entrega de los servicios comprometidos en la cotización o no
cumplimiento de sus obligaciones dentro de plazo, respecto de la fecha pactada
de entrega, lo cual podrá hacerse efectivo en la garantía.
Las multas se aplicarán por cada día de atraso en la entrega del servicio y se
calcularán con un 0,5% del valor neto total del contrato, con tope de 5% del valor
total del contrato.
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estos términos
sean constitutivos de infracciones que ameritan multa, el Ministerio notificará esta circunstancia al proveedor, indicando en forma precisa el incumplimiento y/o hechos que se imputan. El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para efectuar los descargos
que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones.
No se aplicarán multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados
por el proveedor ante la contraparte técnica.
Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o en su defecto, una vez
transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el proveedor haya formulado descargos,
el Ministerio informará esta situación a la División de Administración y Finanzas solicitando
la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente.
La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al proveedor en
forma personal o mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato. La
notificación que se efectúe mediante carta certificada se entenderá practicada a contar del
tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos correspondiente. Lo anterior sin perjuicio de otras formas o medios de notificación que sean procedentes conforme
a la normativa legal.
Respecto de esta decisión, procederán los recursos administrativos que al efecto
dispone la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos
que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. Así, el proveedor podrá
interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro
del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación. El Ministerio
resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados
por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada.
Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. El acto administrativo que ordene la aplicación
de una sanción y/o multa deberá ser totalmente tramitado.
El proveedor deberá pagar las multas mediante depósito en la cuenta corriente bancaria que le indique el Ministerio, debiendo acreditar su pago a través del comprobante
respectivo.
Lo anterior es sin perjuicio de la facultad de la Subsecretaría de hacer efectivo el
cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. En caso de hacerse efectivo su cobro,
el proveedor deberá entregar una nueva garantía, de igual monto y características, dentro
de los 30 días siguientes al cobro de la anterior.
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Resolución de Empates |
En caso de producirse empates entre los oferentes que sean mejor evaluados al
aplicar los criterios de evaluación antes señalados, la Comisión Evaluadora deberá, sobre
la base de condiciones objetivas, atenerse a los siguientes criterios para resolver el referido
empate, aplicando dichos criterios en el siguiente orden:
1° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Técnica.
2° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Económica.
3° Aquella oferta que haya obtenido un mejor puntaje en el criterio de evaluación sobre
Enfoque de género.
De persistir el empate, la situación será resuelta por la Subsecretaría mediante resolución fundada.
El Informe de la Comisión Evaluadora culminará con una recomendación para la
Entidad Licitante.
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Duración del contrato y presupuesto disponible. |
Desde la fecha en que se inicie la prestación de los servicios, de lo que se dejará
constancia en el contrato, hasta el día 24 de diciembre de 2024.
El presupuesto disponible para la presente licitación es de $415.000.000.- (cuatrocientos
quince millones de pesos), impuestos incluidos.
Además, el presupuesto que se menciona debe cubrir la totalidad de la oferta del
proveedor/a adjudicado, oferta que a su vez debe incluir el valor de la creación y ejecución
de la campaña comunicacional, así como también la comisión de agencia e inversión en
medios.
Los pagos al proveedor/a se regirán por las siguientes reglas:
1. El pago se efectuará en tres parcialidades conforme se expresa a continuación:
Primer pago: Se realizará luego de que se haya hecho entrega de la carta Gantt de
producción en conformidad con la Contraparte Técnica del Ministerio, o quien la subrogue
o reemplace, y que se emita el documento de conformidad con la idea creativa,
lo que deberá cumplirse en un plazo de 10 días corridos contados desde la
notificación de la adjudicación.
El pago se efectuará contra recepción conforme de la Contraparte Técnica del Ministerio,
en un plazo máximo de 30 días una vez emitida la factura.
El primer pago corresponderá a un 20% del monto total adjudicado.
Segundo pago: Se realizará luego de aprobado por parte del Departamento de
Comunicaciones el spot en off, es decir, no editado. Dicho producto deberá entregarse
en fecha por precisar, pero no podrá exceder de la segunda quincena de octubre
de 2024.
El pago se efectuará contra recepción conforme de la Contraparte Técnica del Ministerio,
en un plazo máximo de 30 días una vez emitida la factura.
El segundo pago corresponderá a un 50% del monto total adjudicado.
Tercer pago: Se realizará una vez entregado el Informe de ejecución del Plan de
medios relativo a la campaña comunicacional contratada por el/la proveedor/a, y
aprobado este por el Departamento de Comunicaciones. Dicho informe deberá entregarse
a más tardar el día 18 de diciembre de la presente anualidad.
El pago se efectuará contra recepción conforme de la Contraparte Técnica del Ministerio,
en un plazo máximo de 30 días una vez emitida la factura.
Este tercer pago ascenderá al 30% restante del monto total adjudicado.
2. Los pagos se realizarán contra la recepción conforme del servicio por la entidad
licitante a través de la Contraparte Técnica que se designará al efecto en el contrato.
3. La solicitud de pago deberá acompañarse de los siguientes documentos:
a) Factura a nombre de la entidad licitante.
b) Certificado vigente de la respectiva Inspección del Trabajo en original, que acredite
que el adjudicatario no registra deudas previsionales ni remuneraciones pendientes
en relación a los trabajadores del servicio licitado o documento correspondiente
tratándose de persona natural o jurídica extranjera. Dicho documento
deberá tener un plazo de vigencia no mayor de treinta días corridos de antigüedad
contados desde la fecha de su presentación.
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