Licitación ID: 918434-27-LE24
ELABORACIÓN DE ESTUDIO CARACTERIZACIÓN VIOLENCIA
Responsable de esta licitación: MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Estudios de grupos sociales o servicios relacionados 1 Unidad
Cod: 93141511
SERVICIO DE ELABORACIÓN DE ESTUDIO SOBRE LA CARACTERIZACIÓN DE LA VIOLENCIA POLÍTICA DIGITAL DE GÉNERO EN CHILE.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ELABORACIÓN DE ESTUDIO CARACTERIZACIÓN VIOLENCIA
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género llama a presentar propuestas para contratar el servicio de estudio sobre la caracterización de la violencia política digital de género en Chile. El objetivo general: caracterizar la violencia política digital de género en Chile hacia mujeres y diversidades sexogenéricas en candidaturas para cargos de representación política.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
R.U.T.:
61.980.680-8
Dirección:
CATEDRAL N°1401 2DO PISO
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-09-2024 20:00:00
Fecha de Publicación: 20-08-2024 9:54:05
Fecha inicio de preguntas: 20-08-2024 13:21:00
Fecha final de preguntas: 23-08-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-08-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-09-2024 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-09-2024 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 10-09-2024 9:06:06
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 16-09-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1-a
2.- 1-B
3.- 1-C
4.- 2-A
5.- 2-B
6.- 2-C
Documentos Técnicos
1.- 4
 
2.- 5
 
3.- 6
 
4.- 7
 
5.- 8
 
6.- 9
 
Documentos Económicos
1.- 3
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Formación académica y experiencia de la persona a Profesional con formación relevante para este estudio. Considera: doctorado, magíster, diplomado o cursos de especialización en el área de ciencias sociales, Género, tecnologías de la información. /REVISAR BASES 10%
2 Calidad Técnica de la Propuesta Incorpora los principales conceptos y explicita cómo las metodologías propuestas contribuyen al análisis del problema del estudio.(REVISAR BASES) 50%
3 EQUIDAD DE GÉNERO El presente criterio de evaluación tiene una asignación total de 5 puntos. Este criterio se medirá en función de que los oferentes cumplan con al menos una de las siguientes condiciones: a) En el caso que el oferente cuente con el Sello Mujer, deberá presentar el documento que demuestre que cuenta con Sello Mujer en el registro de proveedores.(REVISAR BASES) 5%
4 Precio Este criterio tiene una asignación de 10 puntos. El criterio de evaluación de las Ofertas Económicas está orientado a determinar, dentro de aquellas ofertas declaradas técnicamente elegibles, la de menor costo. Para evaluar la oferta económica se utilizará el método de la oferta de menor precio, de acuerdo con la información que el/la oferente indique en el Anexo N° 3. El procedimiento consiste en comparar el menor costo total que haya sido ofertado con el costo total del oferente en evaluación, según la siguiente fórmula: Oferta de menor precio ____________________ (multiplicado por 10) = Puntaje de la Oferta Evaluada Oferta a evaluar Para efectos de evaluar este criterio, el oferente está obligado a completar el Anexo N° 3, de las presentes bases de manera íntegra. Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales. En caso de que no se acompañe el Anexo N° 3, o aquél se complete de manera parcial, toda la propuesta será declarada inadmisible. 10%
5 Formación académica y experiencia laboral del Equi Se considera formación relevante para este estudio: doctorado, magíster, diplomado o cursos de especialización en género, conocimiento acreditable en metodologías de investigación, Big Data, ciencias sociales o ciencias políticas, tecnologías de la información. (REVISAR BASES) 10%
6 Trayectoria de la entidad y experiencia en Experiencia de la entidad en consultorías previas de estudios con análisis de redes sociales, análisis y aplicación de encuestas online y estudios o consultorías en el ámbito de violencia de género y participación política con enfoque de género.(REVISAR BASES) 10%
7 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD El oferente debe informar si cuenta o no con programas de integridad que sean conocidos por su personal. Dichos programas se refieren a observar un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajen para los oferentes actúen con la debida integridad. Para estos efectos, el oferente deberá, además, acompañar el o los respectivos (REVISAR BASES) 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género
Monto Total Estimado: 30000000
Justificación del monto estimado El presupuesto referencial de la presente licitación es 30.000.000 treinta millones de pesos impuestos incluidos.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Atendido el monto de la presente licitación, sin perjuicio de las demás disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en el que conste la unión temporal deberá materializarse a través de un documento revisar bases
Observaciones Los pagos se regirán por las siguientes reglas:revisar las bases
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JESSICA HERNANDEZ
e-mail de responsable de pago: jhernandez@mmeg.cl
Nombre de responsable de contrato: LUZ PASCUALA VIDAL HUIRIQUEO
e-mail de responsable de contrato: lvidal@mmeg.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25196402-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, RUT 61.980.680-8.
Fecha de vencimiento: 03-03-2025
Monto: 5 %
Descripción: Al momento de firmar el contrato, el proveedor deberá entregar una garantía, es decir, un instrumento pagadero a la vista de carácter irrevocable que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, pudiendo ser cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, por ejemplo una boleta de garantía, vale vista, certificado de fianza, póliza de seguro u otro análogo, pagadero a la vista e irrevocable, por un valor equivalente al 5% del monto total del contrato, valor que deberá estar fijado en pesos, a nombre del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, RUT 61.980.680-8
Glosa: “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato de servicio de Realización de Estudio de Caracterización de la Violencia Política Digital de Género en Chile”. Debe indicar además el número de ID asignado en el portal de mercado público.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía deberá estar vigente hasta los 90 días corridos siguientes a la terminación del contrato. La devolución de la garantía será realizada por la División de Administración y Finanzas previo informe y autorización de devolución por parte de la contraparte técnica designada. Sin perjuicio de aquellos casos que, por incumplimiento del contrato, la Subsecretaría deba hacer efectiva la referida caución. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato podrá ser tomada por el proponente o por un tercero a su nombre. En caso de aumento de plazo del contrato, el contratista deberá extender el tiempo de vigencia de la garantía con el objeto de asegurar el cumplimiento de la vigencia mínima establecida en el presente acápite. Esta garantía deberá ser entregada físicamente o bien enviada por correo certificado a Catedral Nº 1401, piso 2, comuna de Santiago, Región Metropolitana. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Una vez terminado el servicio, esta garantía permanecerá por el tiempo señalado en las presentes bases, y para ser retirada por el adjudicatario, éste deberá solicitarla por escrito a la entidad licitante. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento podrá cobrarse en caso de multas que deban aplicarse al proveedor o también cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las presentes bases administrativas. Todos los gastos que irrogue la mantención de la garantía serán de cargo del oferente y será éste el responsable de mantenerla vigente por el período que caucionan. Las garantías se mantendrán en custodia por la Subsecretaría en calidad de entidad licitante. En caso de incumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género estará facultado para hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la entidad licitante puede ejercer, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el incumplimiento tardío o imperfecto de las obligaciones del contratista.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Multas
La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género, podrá, administrativamente, sin necesidad de requerimiento judicial ni acción judicial, cobrar multas al adjudicatario y/o proveedor cada vez que exista un incumplimiento de sus obligaciones contractuales. La multa será aplicada por cada incumplimiento debidamente acreditado según el procedimiento que se indica en el presente acápite. Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en el presente pliego de condiciones, la Subsecretaría podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el contratista ante la contraparte técnica. Para estos efectos, a vía meramente ilustrativa, se entenderá que hay incumplimiento en las siguientes situaciones: a) Retraso en la entrega del servicio en el plazo estipulado. Para estos efectos, la multa será de 5 UF por día de atraso, con un tope de 20 U.F. b) Incurrir en alguna de las prohibiciones del personal establecidas en el numeral 7 de las bases técnicas. En este caso, la multa será de 5 U.F. por cada incumplimiento constatado, con un tope de 20 U.F. c) Cuando existan otros incumplimientos calificados como graves por esta entidad, en virtud de resolución fundada, cuya multa será de 5 U.F. por incumplimiento, con un tope de 20 U.F. El valor a considerar para efectos de la aplicación de multas será aquel que experimente la Unidad de Fomento (UF) el primer día del mes en que se verificó la falta o incumplimiento. Cuando se verifiquen hechos que, conforme a lo establecido en el presente documento, sean constitutivos de multa, la Subsecretaría notificará esta circunstancia al proveedor, indicando en forma precisa el incumplimiento y/o hechos que se imputan. El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones. No se aplicarán multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica. Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el proveedor haya formulado descargos, la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género informará esta situación a la División de Administración y Finanzas solicitando la aplicación de la multa, en caso de que sea procedente. La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al proveedor en forma personal o mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato. La notificación que se efectúe mediante carta certificada se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos correspondiente. Respecto de esta decisión, procederán los recursos administrativos que al efecto dispone la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. Así, el proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación. La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada mediante resolución administrativa totalmente tramitada. Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. El acto administrativo que ordene la aplicación de una sanción y/o multa deberá ser totalmente tramitado. El proveedor deberá pagar las multas mediante depósito en la cuenta corriente bancaria que le indique la Subsecretaría, debiendo acreditar su pago a través del comprobante respectivo. Se deja expresa constancia que la aplicación de multas por un valor que exceda el total de los topes máximos indicados en forma precedente, implicará para el proveedor el término anticipado de la relación contractual por incumplimiento grave del contrato. En caso que el/la adjudicatario/a y/o proveedor/a registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o aquellos contratados dentro de los últimos dos años, los primeros estados de pago serán destinados al pago de tales obligaciones, debiendo el/la adjudicatario/a y/o proveedor/a presentar los certificados necesarios para acreditar que ha liquidado la totalidad de tales obligaciones dentro de los primeros tres meses de prestación de los servicios, según lo prescrito en el artículo 4 de la Ley de Compras Públicas. Del pago se restarán los valores que correspondan por concepto de multas a que hubiere lugar conforme al contrato y a las presentes bases.
Resolución de Empates
En caso de producirse un empate entre ofertas que sean las mejor evaluadas al aplicar la pauta de evaluación, la Comisión Evaluadora deberá atenerse a los siguientes criterios para resolver el empate, de acuerdo con el siguiente orden: 1° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el factor Oferta Técnica. 2° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el factor Oferta Económica 3° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio en Equidad de género. De persistir el empate, la situación será resuelta por la Subsecretaría mediante resolución fundada. El Informe de la Comisión Evaluadora culminará con una propuesta y recomendación para la Subsecretaria de la Mujer y la Equidad de Género
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.