Licitación ID: 918434-40-LE23
IMPRESIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE FOLLETERÍA
Responsable de esta licitación: MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Campañas publicitarias o de marketing 1 Unidad
Cod: 80141612
SERVICIO DE IMPRESIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE FOLLETERÍA INSTITUCIONAL PARA DIFUSIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS IMPULSADAS POR EL MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO 2023  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
IMPRESIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE FOLLETERÍA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVICIO DE IMPRESIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE FOLLETERÍA INSTITUCIONAL PARA DIFUSIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS IMPULSADAS POR EL MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO 2023
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
R.U.T.:
61.980.680-8
Dirección:
CATEDRAL N°1401 2DO PISO
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-11-2023 20:00:00
Fecha de Publicación: 23-10-2023 14:55:27
Fecha inicio de preguntas: 23-10-2023 16:17:00
Fecha final de preguntas: 25-10-2023 18:16:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-10-2023 18:16:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-11-2023 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-11-2023 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 07-11-2023 18:35:03
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 16-11-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1-a
2.- 1-b
3.- 1-c
4.- 2-a
5.- 2-b
6.- 2-c
Documentos Técnicos
1.- 4
 
2.- 3
 
3.- 5
 
4.- 6
 
Documentos Económicos
1.- 7
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Tiempo de entrega Los materiales gráficos impresos deberán ser entregados, debidamente empaquetados y etiquetados, dentro de 10 (diez) días hábiles contados desde la aprobación de la prueba a color por la contraparte técnica de la Subsecretaría. (ver bases) 45%
2 Enfoque de Género 10 puntos si el/la oferente cumple con alguna cualquiera de las siguientes condiciones: i) Oferente es una persona natural de sexo femenino. ii) Oferente es una persona jurídica cuya representante es una mujer. iii) El oferente demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones con, al menos, un 50 % de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados. 0 puntos si el oferente no cumple con alguna de las condiciones antes indicadas o no informa. 10%
3 Programas de Integridad Asignación de puntaje: • 5 puntos si se ajusta a lo requerido. • 0 puntos si no informa, no acompaña la información y/o no se cumple con lo solicitado. 5%
4 Precio La evaluación de la oferta económica estará compuesta por los criterios que se señalan a continuación, los que podrán recibir el puntaje máximo que para cada caso se indica: Criterios Puntaje Máximo Valor total neto de los servicios requeridos (Anexo N° 7) 20 Para evaluar la oferta económica se utilizará el método de la oferta de menor precio, de acuerdo al Anexo N° 6. El puntaje se asignará dividiendo la oferta de menor precio por la oferta a evaluar, y el resultado de esa división se multiplicará por 20, que corresponde al puntaje a asignar por este concepto, con lo que se obtendrá el puntaje de la oferta evaluada. Lo anterior, se expresa en la siguiente fórmula: Oferta de menor precio ____________________ (multiplicado por 20) = Puntaje de la Oferta Evaluada Oferta a evaluar Para efectos de evaluar este criterio, el oferente está obligado a completar el Anexo N° 7, de manera íntegra. En caso de que no se acompañe el Anexo N° 7, o se complete de manera parcial, toda la propuesta será declarada inadmisible. 20%
5 Trabajos y/o servicios similares Información contenida en el Anexo N° 3 y sus antecedentes adjuntos. 4 puntos por cada cliente acreditado con un máximo de 5. Es indispensable acompañar documentos que acrediten la efectividad del trabajo realizado, como contratos firmados por ambas partes, facturas manuales con V°.B°. del mandante, facturas electrónicas y O/C de Mercado Público. Además, se debe indicar un medio de contacto del cliente. Los trabajos y/o servicios respecto de los cuales no se acompañen estos documentos y datos, no serán considerados para la evaluación. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género
Monto Total Estimado: 20000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Andrea Gomez
e-mail de responsable de pago: agomez@mmeg.cl
Nombre de responsable de contrato: CLAUDIA DONAIRE GAETE
e-mail de responsable de contrato: cdonaire@mmeg.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25196402-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, RUT 61.980.680-8.
Fecha de vencimiento: 16-02-2024
Monto: 5 %
Descripción: Al momento de firmar el contrato, el/la proveedor/a deberá entregar una garantía, es decir, un instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, como por ejemplo una boleta de garantía, vale vista, u otro análogo, pagadero a la vista e irrevocable, por un valor equivalente al 5% del monto total del contrato, valor que deberá estar fijado en pesos, a nombre del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género Esta garantía deberá estar vigente hasta los 90 días corridos siguientes a la terminación del contrato. La devolución de la garantía será realizada por la División de Administración y Finanzas previo informe y autorización de devolución por parte de la contraparte técnica designada. Sin perjuicio de aquellos casos que, por incumplimiento del contrato, la Subsecretaría deba hacer efectiva la referida caución. En caso de un aumento de plazo del contrato, el/la contratista deberá extender el tiempo de vigencia de la garantía con el objeto de asegurar el cumplimiento de la vigencia mínima establecida en el párrafo anterior. Esta garantía deberá ser entregada físicamente o bien enviada por correo certificado a Catedral Nº 1401, piso 2, Santiago, antes de la firma del contrato. Podrá ser entregada electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y remitirse al correo ofpartes@minmujeryeg.gob.cl
Glosa: “GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE SERVICIO DE IMPRESIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE FOLLETERÍA INSTITUCIONAL PARA DIFUSIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS IMPULSADAS POR EL MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO 2023 ID Nº ………..” (debe indicar el número ID que señala en portal de mercado público).
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel y oportuno cumplimiento podrá cobrarse cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en el punto 17 letras b), c) y e) de las bases administrativas. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá cobrarse cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en el punto 17 letras b), c) y e) de las bases administrativas. Esta garantís se devolverá a el/la adjudicatario/a al efectuarse la recepción conforme de la totalidad del servicio y/o producto contratado, sin observación de ninguna especie, o solucionadas las que se hubieses formulado. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato podrá ser tomada por el/la proponente o por un tercero a su nombre. Una vez terminado el servicio, esta garantía permanecerá por el tiempo establecido en las presentes bases y para ser retirada por el/la adjudicatario/a, éste deberá solicitarla por escrito a la entidad licitante. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento podrá cobrarse en caso de multas que deban aplicarse al proveedor o también cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las presentes bases administrativas. Todos los gastos que irrogue la mantención de la garantía serán de cargo de el/la oferente y será éste/a responsable de mantenerla vigente por el período que cauciona. Las garantías se mantendrán en custodia por la Subsecretaría en calidad de entidad licitante. En caso de incumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género estará facultado para hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la entidad licitante puede ejercer, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el incumplimiento tardío o imperfecto de las obligaciones del contratista.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
DE LA ADJUDICACIÓN
La Subsecretaría aceptará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus respectivos puntajes y ponderaciones establecidos en estas bases, mediante acto administrativo conforme los criterios de evaluación aplicados. Asimismo, la licitación se adjudicará al proponente que haya presentado la oferta más ventajosa. Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique, por parte de la Subsecretaría, que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la Subsecretaría podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Compras Públicas, adjudicar a esa oferta la licitación a través de una resolución fundada, solicitándole al oferente adjudicado una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
Multas y Procedimiento
La Subsecretaría podrá, administrativamente y sin forma de juicio, cobrar multas al adjudicatario y/o proveedor cada vez que exista un incumplimiento de sus obligaciones contractuales. Para estos efectos, a vía meramente ilustrativa, se entenderá que hay incumplimiento en las siguientes situaciones o casos: a) Entrega parcial del material gráfico cuya impresión y distribución por este acto se licita. El/la adjudicatario/a podrá ser sancionado por la Subsecretaría con el pago de multas por la entrega parcial de los servicios comprometidos en la oferta. Las multas se aplicarán por cada servicio o ítem no entregado y se calcularán por el valor neto total de los servicios no entregados o entregados parcialmente del contrato de impresión de folletería institucional, con un tope de 15% del valor del contrato. b) Atraso en la entrega de los servicios. El proveedor podrá ser sancionado por la Subsecretaría con el pago de multas por atraso en la entrega de los servicios comprometidos en la oferta o no cumplimiento de sus obligaciones dentro de plazo, respecto de la fecha pactada de entrega, lo cual podrá hacerse efectivo en la garantía o a través de descuentos en el respectivo pago. Las multas se aplicarán por cada día de atraso en la entrega del servicio y se calcularán de acuerdo al valor equivalente al 1% del precio total del contrato, con tope de 5% de su valor total. Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estos términos sean constitutivos de multa, la Subsecretaría notificará esta circunstancia a el/la proveedor/a, indicando en forma precisa el incumplimiento y/o hechos que se imputan. El/la proveedor/a dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones. No se aplicarán multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados por el/la proveedor/a ante la contraparte técnica. Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el/la proveedor/a haya formulado descargos, la Subsecretaría informará esta situación a la División de Administración y Finanzas solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente. La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada a el/la proveedor/a en forma personal o mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato. La notificación que se efectúe mediante carta certificada se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos correspondiente. Lo anterior sin perjuicio de otras formas o medios de notificación que sean procedentes conforme a la normativa legal vigente. Respecto de esta decisión, procederán los recursos administrativos que al efecto dispone la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. Así, el/la proveedor/a podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación. El Ministerio resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el/la proveedor/a, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada. Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. El acto administrativo que ordene la aplicación de una sanción y/o multa deberá ser totalmente tramitado. El/la proveedor/a deberá pagar las multas mediante depósito en la cuenta corriente del banco Estado N° 9006036, asociada al Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, RUT N° 61.980.680-8, debiendo acreditar su pago a través del comprobante respectivo. Lo anterior es sin perjuicio de la facultad de la Subsecretaría de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. En caso de hacerse efectivo su cobro, el/la proveedor/a deberá entregar una nueva garantía, de igual monto y características, dentro de los 30 días siguientes al cobro de la anterior.
PROPIEDAD INTELECTUAL
El producto del trabajo y/o servicios que desarrolle el/la proveedor/a adjudicado/a o sus dependientes, o subcontratistas, con ocasión de los servicios solicitados a través de la presente contratación, serán de propiedad del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, quien se reserva el derecho de usar y disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, pudiendo reproducirlo posteriormente en cualquier formato y por cualquier medio; no pudiendo, por tanto, el/la proveedor/a realizar ningún acto respecto de ellos, ajeno al presente proceso de contratación, sin autorización previa y expresa del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género. El Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género podrá reproducir válidamente las piezas, gráficos y/o productos desarrollados en el marco de la presente licitación sin limitación alguna. El/la proveedor/a será responsable de obtener de sus dependientes o subcontratados las autorizaciones y/o cesiones correspondientes para dar cumplimiento a la presente cláusula. Asimismo, el/la oferente seleccionado/a deberá ser titular de la totalidad de los derechos necesarios para suscribir el correspondiente contrato y en tal carácter cede a la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género los derechos de difusión, de edición, reproducción, adaptación, traducción, distribución y comercialización o venta, en cualquier soporte a la fecha conocido y en general su aplicación a todo tipo de productos, diagnósticos, informes, términos de referencia a toda obra que se elabore con ocasión del cumplimiento del respectivo contrato. El adjudicatario será debidamente sancionado/a si infringe cualquier tipo de patente, marca registrada o derechos de propiedad industrial o intelectual y la ley sobre delitos informáticos en los bienes o servicios informáticos que suministra o que emplea para la ejecución del servicio encomendado.
CONFIDENCIALIDAD, INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN
El/la adjudicatario/a y/o proveedor/a, sus representantes o personal a cargo deberán dar garantía respecto al resguardo de la confidencialidad de toda la información y antecedentes que conozcan con ocasión de la ejecución de los servicios convenidos, la cual será considerada secreta, reservada y confidencial, quedando prohibida su difusión por cualquier forma o medio durante la vigencia del presente Contrato o después de su finalización. La Subsecretaría podrá, directamente, ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes y entablar las acciones judiciales que correspondan contra el/la proveedor/a adjudicado/a que no cumpla con esta cláusula, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, las preguntas y respuestas, aclaraciones y el contrato respectivo se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración de las bases y ejecución de la propuesta. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las bases, como marco básico de la presente licitación y de la contratación resultante. En la eventualidad que durante el curso de esta licitación y/o su contratación se produjeran discrepancias en cuanto a lo previsto en los diversos documentos que rigen la licitación, la controversia se resolverá de acuerdo a lo que al respecto dispongan tales antecedentes, de acuerdo al siguiente orden de prelación: a) Las Bases administrativas, técnicas y sus modificaciones, incluidas las consultas, respuestas y aclaraciones derivadas del procedimiento establecido en las Bases Administrativas; b) El contrato respectivo; c) La Oferta técnica y económica. Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte de la contratación cualquier obligación o servicio, que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Cualquier falta, descuido u omisión de los/las oferentes o adjudicatario/a en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta y/o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.