Licitación ID: 918434-45-LE23
SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN SOBRE VIOLENCIA
Responsable de esta licitación: MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Software del sistema de administración de bases de datos 1 Unidad
Cod: 43232304
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO ANÁLISIS, DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE UN PROTOTIPO PARA LA INTEROPERABILIDAD ENTRE UN SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO Y PISEE 2.0.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN SOBRE VIOLENCIA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO ANÁLISIS, DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE UN PROTOTIPO PARA LA INTEROPERABILIDAD ENTRE UN SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO Y PISEE 2.0.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
R.U.T.:
61.980.680-8
Dirección:
CATEDRAL N°1401 2DO PISO
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-11-2023 20:00:00
Fecha de Publicación: 26-10-2023 15:35:35
Fecha inicio de preguntas: 26-10-2023 16:01:00
Fecha final de preguntas: 30-10-2023 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-11-2023 19:02:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-11-2023 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-11-2023 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 14-11-2023 18:43:39
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 23-11-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1-A
2.- 1-B
3.- 1-C
4.- 2-A
5.- 2-B
6.- 2-C
Documentos Técnicos
1.- 3-A
 
2.- 3-B
 
3.- 4
 
4.- 5
 
5.- 6
 
6.- 8
 
7.- 9
 
Documentos Económicos
1.- 7
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Políticas de inclusión de pueblos originarios y/o Anexo N° 6 y sus antecedentes adjuntos (DETALLE DEL CRITERIO EN BASES) 5%
2 Experiencia del oferente Indicar la experiencia del oferente en desarrollo de sistemas de información para programas sociales, registros asociados a protección social, de sobrevivientes de violencia o sistemas de registro para servicios integrados para el fortalecimiento de las autonomías de las mujeres, provistos en Chile o el extranjero en los últimos 5 años contados desde la fecha de publicación de estas bases. Se deberán adjuntar obligatoriamente los documentos o certificados de experiencia firmados o copias de contratos firmados que acrediten dicha experiencia. 25%
3 Precio Para evaluar la oferta económica se utilizará el método de la oferta de menor precio, de acuerdo con el Anexo N° 7. El valor por los servicios tendrá asignado un total de 10 puntos. El puntaje se asignará dividiendo la Oferta de menor precio por la Oferta a evaluar, y el resultado de esa división se multiplicará por 10, que corresponde al puntaje a asignar por este concepto, con lo que se obtendrá el puntaje de la Oferta evaluada. Lo anterior, se expresa en la siguiente fórmula: (Oferta de menor precio)/(Oferta a evaluar)×10=Puntaje de la oferta evaluada Para efectos de evaluar este criterio, el oferente está obligado a completar el Anexo N° 7, de las presentes bases de manera íntegra. En caso de que no se acompañe el Anexo N° 7, o se complete de manera parcial, toda la propuesta será declarada inadmisible. 10%
4 Composición y experiencia del equipo de trabajo Anexo N°8 y sus antecedentes adjuntos. (DETALLE DEL CRITERIO EN BASES) 25%
5 Propuesta de trabajo Anexo N°5 (DETALLE DEL CRITERIO EN BASES) 30%
6 Programas de Integridad Anexo N° 9 y sus antecedentes adjuntos (DETALLE DEL CRITERIO EN BASES) 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género
Monto Total Estimado: 20000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Andrea Gomez
e-mail de responsable de pago: agomez@mmeg.cl
Nombre de responsable de contrato: LUZ PASCUALA VIDAL HUIRIQUEO
e-mail de responsable de contrato: lvidal@mmeg.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25196402-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, RUT 61.980.680-8.
Fecha de vencimiento: 19-02-2024
Monto: 5 %
Descripción: Al momento de firmar el contrato, el proveedor deberá entregar una garantía, es decir, un instrumento pagadero a la vista de carácter irrevocable que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, pudiendo ser cualquier instrumento que asegure aquello como, por ejemplo, una boleta de garantía, vale vista, certificado de fianza, póliza de seguro u otro análogo, pagadero a la vista e irrevocable, por un valor equivalente al 5% del monto total del contrato, valor que deberá estar fijado en pesos, a nombre del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, RUT N° 61.980.680-8
Glosa: indicar “GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ANÁLISIS, DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE UN PROTOTIPO PARA LA INTEROPERABILIDAD ENTRE UN SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO Y PISEE 2.0 PARA EL MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO ID N° XXXX__ " (se debe indicar el número ID asignado en el portal de mercado público).
Forma y oportunidad de restitución: Al momento de firmar el contrato, el proveedor deberá entregar una garantía, es decir, un instrumento pagadero a la vista de carácter irrevocable que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, pudiendo ser cualquier instrumento que asegure aquello como, por ejemplo, una boleta de garantía, vale vista, certificado de fianza, póliza de seguro u otro análogo, pagadero a la vista e irrevocable, por un valor equivalente al 5% del monto total del contrato, valor que deberá estar fijado en pesos, a nombre del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, RUT N° 61.980.680-8, y cuya glosa debe indicar “GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ANÁLISIS, DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE UN PROTOTIPO PARA LA INTEROPERABILIDAD ENTRE UN SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO Y PISEE 2.0 PARA EL MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO ID N° XXXX__ " (se debe indicar el número ID asignado en el portal de mercado público). Esta garantía deberá estar vigente hasta los 90 días corridos siguientes a la terminación de la vigencia del contrato. La devolución de la garantía será realizada por la División de Administración y Finanzas previo informe y autorización de devolución por parte de la contraparte técnica designada. Sin perjuicio de aquellos casos que, por incumplimiento del contrato, la Subsecretaría deba hacer efectiva la referida caución. En caso de aumento de plazo del contrato, el contratista deberá extender el tiempo de vigencia de la garantía con el objeto de asegurar el cumplimiento de la vigencia mínima establecida en el párrafo anterior. Esta garantía deberá ser entregada físicamente o bien enviada por correo certificado a Catedral Nº 1401, piso 2, comuna de Santiago. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y ser enviada al correo electrónico: ofpartes@minmujeryeg.gob.cl. Esta garantía se presentará a la entidad licitante al momento de suscribir el contrato y se devolverá a el/la adjudicatario/a al efectuarse la recepción conforme de la totalidad del servicio y/o producto contratado, sin observación de ninguna especie, o solucionadas las que se hubiesen formulado. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato podrá ser tomada por el proponente o por un tercero a su nombre. Una vez terminado el servicio, esta garantía permanecerá por el tiempo señalado en las presentes bases y para ser retirada por el adjudicatario, este deberá solicitarla por escrito a la entidad licitante. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento podrá cobrarse en caso de multas que deban aplicarse al proveedor o también cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las presentes bases administrativas. Todos los gastos que irrogue la mantención de la garantía serán de cargo del oferente y será éste/a responsable de mantenerla vigentes por el período que caucionan. Las garantías se mantendrán en custodia por la Subsecretaría en calidad de entidad licitante. En caso de incumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género estará facultado para hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la entidad licitante puede ejercer, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el incumplimiento tardío o imperfecto de las obligaciones del contratista.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de producirse un empate entre ofertas que sean mejor evaluadas al aplicar la pauta de evaluación, la Comisión Evaluadora deberá atenerse a los siguientes criterios para resolver el empate, de acuerdo al siguiente orden:

1° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Técnica.

2° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Económica.

3° Aquella oferta que haya obtenido un mejor puntaje en el criterio de evaluación sobre política de inclusión y/o de género.

De persistir el empate, la situación será resuelta por la Subsecretaría mediante resolución fundada. El Informe de la Comisión Evaluadora culminará con una propuesta y recomendación para la Subsecretaria de la Mujer y la Equidad de Género.


Multas
La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género podrá, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial, cobrar multas al adjudicatario y/o proveedor cada vez que exista un incumplimiento de sus obligaciones contractuales. La multa será aplicada por cada incumplimiento debidamente acreditado según el procedimiento que se indica en el presente acápite. Para estos efectos, a vía meramente ilustrativa, se entenderá que hay incumplimiento en las siguientes situaciones: a) Cuando exista un retraso en la entrega de los bienes y/o servicios requeridos en el plazo estipulado conforme los términos de la presente contratación. Estas multas se aplicarán por cada día de atraso en que incurra el contratista en atención a los plazos fijados en el numeral 3 de las bases técnicas. Se aplicará una multa que asciende a una UF por cada día de atraso, con un tope de 10. De esta manera, sobre los 10 días de atraso, se podrá considerar como incumplimiento grave de las obligaciones contractuales. b) Incumplimiento de la conformación del equipo o cambios durante el desarrollo de la prestación del servicio. Si oferente no cumpliera con la conformación del equipo, o si realizara algún cambio durante el desarrollo de cada línea de servicio, sin previo aviso y aprobación de la Contraparte Técnica, se aplicará una multa equivalente al 2% del valor total del contrato, con un límite de 2 (dos) incumplimientos. Si el oferente supera los 2 (dos) incumplimientos, se podrá poner término anticipado al contrato haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento. c) Errores en la prestación del servicio. En el caso de que existan errores en el diseño, contenidos y/o con los servicios requeridos y detectados por la contraparte técnica, se aplicará una multa de 2% del valor total de contrato, con un máximo de 2 (dos) eventos. Si el oferente supera los 2 eventos, se podrá poner término anticipado al contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento. d) Infracción a las prohibiciones del personal establecidas en el N° 6 de las bases técnicas. En este caso, la multa será de 5 U.F. por cada incumplimiento constatado. e) Cuando existan otros incumplimientos calificados como graves por esta entidad, en virtud de resolución fundada, cuya multa irá de 1 a 10 U.F. de acuerdo a la gravedad de la misma. El valor a considerar para efectos de la aplicación de multas será aquel que experimente la Unidad de Fomento (UF) el primer día del mes en que se verificó la falta. Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estos términos sean constitutivos de multa, la Subsecretaría notificará esta circunstancia al proveedor, indicando en forma precisa el incumplimiento y/o hechos que se imputan. El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones. No se aplicarán multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica. Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el oferente haya formulado descargos, la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género informará esta situación a la División de Administración y Finanzas solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente. La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al proveedor en forma personal o mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato. La notificación que se efectúe mediante carta certificada se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos correspondiente. Respecto de esta decisión, procederán los recursos administrativos que al efecto dispone la Ley N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. Así, el proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación. La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada mediante resolución administrativa totalmente tramitada. Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. El acto administrativo que ordene la aplicación de una sanción y/o multa deberá ser totalmente tramitado. El proveedor podrá pagar las multas mediante depósito en la cuenta corriente bancaria que le indique la Subsecretaría, debiendo acreditar su pago a través del comprobante respectivo. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ella, será descontado del monto a pagar. Se deja expresa constancia que la aplicación de multas por un valor que exceda en un 20% el monto adjudicado, implicará para el proveedor el término anticipado de la relación contractual por incumplimiento grave del contrato. Para proceder a hacer efectiva la multa se podrá descontar del correspondiente monto o pago que corresponda efectuar al proveedor. En caso que el adjudicatario/a y/o proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o aquellos contratados dentro de los últimos dos años, los primeros estados de pago serán destinados al pago de tales obligaciones, debiendo el adjudicatario/a y/o proveedor presentar los certificados necesarios para acreditar que ha liquidado la totalidad de tales obligaciones dentro de los primeros tres meses de prestación de los servicios, según lo prescrito en el artículo 4 de la ley 19.886, de Compras Públicas. Del pago se restarán los valores que correspondan por concepto de multas a que hubiere lugar de acuerdo al contrato y a las presentes bases.
PERSONAL/TRABAJADORES DESTINADOS A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El oferente deberá disponer de personal suficiente para el buen cumplimiento del servicio. Además, en caso de ser necesario, deberá entregar los siguientes antecedentes del personal que designará para cumplir con el servicio: • Nombre, RUT y cargo. La SUBSECRETARÍA DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO podrá exigir el término de las labores de cualquier trabajador/a del proveedor, por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado, siendo de cargo del proveedor responder por los perjuicios ocasionados en virtud de lo señalado. En todo caso, la SUBSECRETARÍA DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO no tendrá ninguna relación contractual, previsional ni laboral con los empleados, trabajadores y/o personal que el proveedor o adjudicatario contrate y/o destine a la ejecución de los servicios descritos licitados objeto del presente proceso y no asumirá obligación alguna al respecto derivada de dicha relación laboral y/o contractual. La entidad licitante sólo velará por el oportuno e íntegro cumplimiento de los servicios contratados.
CONFIDENCIALIDAD, INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN
El adjudicatario, sus representantes o personal a cargo deberán dar garantía respecto al resguardo de la confidencialidad de toda la información y antecedentes que conozcan con ocasión de la ejecución de los servicios convenidos, la cual será considerada secreta, reservada y confidencial, quedando prohibida su difusión por cualquier forma o medio durante la vigencia del presente Contrato o después de su finalización. La Subsecretaría podrá, directamente, ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes y entablar las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor adjudicado que no cumpla con esta cláusula, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables. Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, las preguntas y respuestas, aclaraciones y el contrato respectivo se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración de las bases y ejecución de la propuesta. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las bases, como marco básico de la presente licitación y de la contratación resultante. En la eventualidad que durante el curso de esta licitación y/o su contratación se produjeran discrepancias en cuanto a lo previsto en los diversos documentos que rigen la licitación, la controversia se resolverá de acuerdo a lo que al respecto dispongan tales antecedentes, de acuerdo al siguiente orden de prelación: a) Las Bases administrativas, técnicas y sus modificaciones, incluidas las consultas, respuestas y aclaraciones derivadas del procedimiento establecido en las Bases Administrativas; b) El contrato respectivo; c) La Oferta técnica y económica. Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte de la contratación cualquier obligación o servicio, que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta y/o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.