Artículo 1º |
Las presentes bases administrativas regulan el llamado a licitación pública por línea para suscribir un contrato de suministro de materiales de ferreteria, construcción y de cocina, dormitorio y baño para las Oficinas de Bienestar, Viviendas fiscales y Sala Cuna y Jardin Infantil “Gato con Botas” para las ciudades de Victoria, Temuco – Lonquimay y Valdivia, dependientes de la Zona de Bienestar “Valdivia”, por un período de 1 (un) año o hasta agotamiento presupuestario, contado desde la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato.
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Artículo 2° |
La presente propuesta se llevará a cabo a través del Sistema de Información de la plataforma www.mercadopublico.cl.
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Artículo 3° |
De la modalidad de la licitación. La presente propuesta se llevará a cabo en una etapa, lo que de conformidad con la ley, consiste en que en el acto de apertura se procede a abrir tanto oferta técnica como la económica.
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Artículo 4° |
Del Domicilio del oferente. Se entiende que por el solo hecho de presentar una propuesta, el oferente constituye domicilio en la comuna de Valdivia, para todos los efectos legales derivados de la licitación y del contrato, aceptando expresamente la competencia de los Tribunales de Justicia.
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Artículo 5°: |
De los Oferentes. Podrán participar en la propuesta, todas las personas naturales o jurídicas o uniones temporales de proveedores, de derecho público o privado, nacionales o extranjeros, a través de sus representantes con domicilio en Chile, que se encuentren inscritas en el portal “Mercado Público” y que no se encuentren afectas por alguna de las inhabilidades o incompatibilidades para contratar con la Administración del Estado establecidas en el Art. 4° de la Ley N°19.886 ni las de los artículos 8° y 10° de la Ley N° 20.393, dentro de los últimos dos años anteriores a la prestación de la oferta. Además, deben cumplir con todos los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas.
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Artículo 6° |
De los Antecedentes legales para ofertar y contratar. Para la presente propuesta, se requerirán dos tipos de antecedentes, para ofertar y para contratar:
6.1. Antecedentes Legales para Ofertar: Todos los oferentes deberán presentar, a través del Sistema de Información los siguientes antecedentes:
a) Personas Naturales:
• Fotocopia simple de Cédula de Identidad.
• Fotocopia simple del documento en el cual conste la Iniciación de Actividades emitida por el Servicio de Impuestos Internos.
• Declaración Simple, que ha estudiado personalmente todos los antecedentes de la propuesta; Bases Administrativas, Bases Técnicas y Aclaraciones (Anexo N° 1).
• Declaración Simple, de no afectar causal de inhabilidad para contratar con el Estado; sobre parentesco con funcionarios públicos que intervienen en la licitación; y sobre Prácticas Antisindicales, Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador y delitos concursales establecidos en el Código Penal (Anexo N° 2).
• Oferta Económica (Anexo N°3).
• Declaración simple, sobre el plazo de entrega de los productos y servicio post venta (Anexo N°4).
b) Personas Jurídicas:
• Fotocopia simple RUT de la empresa.
• Fotocopia simple de la cédula de Identidad del representante legal de la empresa.
• Fotocopia simple del documento en el cual conste la iniciación de actividades emitida por el Servicio de Impuestos Internos.
• Certificado de Vigencia de la Sociedad con fecha de emisión no superior a 90 días, contados desde la fecha de presentación de su oferta.
• Declaración Simple, que ha estudiado personalmente todos los antecedentes de la propuesta; Bases Administrativas, Bases Técnicas y Aclaraciones (Anexo N° 1).
• Declaración Simple sobre parentesco con funcionarios públicos que intervienen en la licitación; de no afectar causal de inhabilidad para contratar con el Estado; sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho de acuerdo a la Ley 20.393; y sobre Prácticas Antisindicales, Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador y delitos concursales establecidos en el Código Penal (Anexo N° 2).
• Oferta Económica indicando el precio neto para cada partida (Anexo N°3).
• Declaración simple, sobre el plazo de entrega de los productos y servicio post venta (Anexo N°4).
Los antecedentes deberán ser presentados en formato electrónico, a través del Sistema de Información, en el plazo establecido en el cronograma de licitación.
La no presentación de los antecedentes, en la forma y plazos, contemplados en las Bases, tendrá como efecto, la declaración de inadmisibilidad de la oferta respectiva, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de compras públicas.
Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante y para efectos de estas bases, “Registro de Proveedores”, podrán acreditar los antecedentes legales solicitados mediante la información contenida en dicho registro siempre y cuando se encuentren vigentes de acuerdo a los plazos indicados en las presentes bases, con excepción de los anexos que obligatoriamente se deben adjuntar al momento de ofertar.
Los oferentes que no se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores deberán presentar los antecedentes que se señalan en el artículo 6.1 por vía electrónica a través del Sistema de Información de Compras, los que se recibirán hasta el día y hora señalados para la recepción electrónica de las ofertas de conformidad al cronograma detallado en el artículo 12° de las presentes bases. La misma regla se aplicará en el caso de los oferentes inscritos en el Registro de Proveedores, respecto de aquellos antecedentes que no se encuentren acreditados en éste.
Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes cerciorarse que los referidos antecedentes se encuentren disponibles en el portal “Chile Proveedores”, y que cumplan con los requisitos solicitados.
Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en las bases de licitación o presenta una oferta que no se ajuste substancialmente y en todos sus aspectos a esos documentos, el riesgo será de su cargo y el resultado será el rechazo de la oferta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 16° de las presentes bases.
6.2. Antecedentes Legales para Contratar:
a) Personas Naturales:
• Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
b) Personas Jurídicas:
• Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
• Escritura Pública de constitución legal y modificaciones posteriores, en el cual se acrediten los poderes de representación del representante legal.
En caso que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores, “Chile Proveedores”, deberán proceder a su inscripción dentro del plazo de 15 días corridos contados desde el acto de adjudicación, requisito indispensable previo a suscribir el contrato.
Si es del caso que el proveedor adjudicado no cumple con la inscripción en el Registro de Proveedores, se entenderá que ha desistido de la oferta, pudiendo la Zona de Bienestar readjudicar al segundo oferente mejor evaluado siempre que su oferta sea conveniente para los intereses de esta Zona de Bienestar.
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Artículo 7° |
El suministro que presenten los oferentes deberá ajustarse a las especificaciones técnicas y a los Anexos N°3 y 4.
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Artículo 8° |
Del Monto de la Propuesta. El monto máximo para la presente licitación es de $ 13.000.000 (trece millones de pesos) más IVA. La Zona de Bienestar “Valdivia” deja expresa constancia que el suministro será por un 1 (un) año para cada línea adjudicada, contado desde la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato para cada una de las líneas adjudicadas, o hasta agotamiento presupuestario.
El oferente podrá presentar oferta para las siguientes líneas:
LÍNEA NOMBRE MONTO NETO
1. Victoria $3.000.000.-
2. Temuco - Lonquimay $5.000.000.-
3. Valdivia $5.000.000.-
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Artículo 9° |
De las Consultas, Aclaraciones y Respuestas. Los oferentes podrán formular consultas y solicitar aclaraciones sobre las Bases Administrativas y Técnicas, las que serán canalizadas a través del foro electrónico de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el período señalado para ello en el cronograma de la licitación.
Las respuestas a las preguntas realizadas por los oferentes, y aclaraciones a las bases, se efectuarán a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, dentro del plazo establecido en el cronograma de la licitación.
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Artículo 10° |
De la Modificación a las Bases de Licitación. La Zona de Bienestar “Valdivia” podrá modificar las bases de licitación durante el proceso de publicación de las ofertas, previa dictación de una resolución fundada, sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. La resolución que autoriza la modificación se publicará en la plataforma www.mercadopublico.cl la cual formará parte integrante de las bases. Las modificaciones estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe, debiendo extender la fecha de cierre de recepción de ofertas, con el objeto de que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, dentro de un plazo prudencial que se otorgará para dichos efectos.
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Artículo 11º |
De la irrevocabilidad de la Oferta. La oferta será irrevocable y tendrá una vigencia de 60 días hábiles.
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Artículo 12º |
De los Plazos. Salvo que expresamente se señale lo contrario, los plazos de días establecidos en estas bases son de días corridos.
Se entenderá que son inhábiles los días sábados, domingos y festivos. Tratándose de días hábiles los antes mencionados quedarán excluidos.
Con todo, en cualquiera de los casos señalados, cuando el último día del plazo sea inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Los plazos se computarán desde el día siguiente de aquél en que se notifique el acto de que se trata, de conformidad a lo señalado en el artículo siguiente.
DESCRIPCIÓN PLAZO LUGAR
Fecha de inicio de preguntas Del 1° día corrido de la publicación. Deben ser ingresadas al Portal Mercado Público.
Fecha de término de preguntas El 06 día corrido a contar de la fecha de publicación. Deben ser ingresadas al Portal Mercado Público.
Fecha de publicación de respuestas El 08 día corrido desde la fecha inicial de preguntas. Serán publicadas en el Portal Mercado Público.
Fecha de cierre recepción de ofertas 12 días corridos a contar de la fecha de publicación. Por el Portal Mercado Público.
Apertura Electrónica 01 día hábil desde el cierre de la licitación. Oficina de la Zona de Bienestar “Valdivia”.
Plazo evaluación y adjudicación 15 días corridos a contar de la fecha de apertura electrónica, fecha que puede ampliarse si así se requiere por resolución fundada. Portal Mercado Público.
Plazo firma de Contrato 20 días corridos a contar de la notificación de adjudicación a través del Portal Mercado Público Una vez firmado el contrato y aprobado por Resolución se ingresará al portal.
El cierre de las ofertas no podrá vencer en días inhábiles (sábado, domingo o festivo) o un día lunes o un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
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Artículo 13° |
De las Notificaciones. La Zona de Bienestar “Valdivia” deberá publicar la información básica relativa a la presente contratación, de manera completa y oportuna, en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante y para efectos de estas bases, “Sistema de Información”.
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en adelante y para efectos de estas bases, “Ley de Compras”, y del Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento de la Ley de Compras, en adelante y para efectos de estas bases, “el Reglamento”, incluso la notificación de la resolución de adjudicación, se entenderán realizadas luego de transcurridas veinticuatro horas desde que la Zona de Bienestar publique en el Sistema de Información de Compras el documento, acto o resolución objeto de la notificación. Se exceptúan de esta regla las notificaciones que dicen relación con lo dispuesto en el capítulo V de la Ley de Compras.
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Artículo 14º |
De la Presentación de las Ofertas. La oferta estará compuesta de una propuesta económica y de una propuesta técnica.
Las propuestas económicas deberán presentarse en moneda nacional, antes del cierre del período de recepción de las ofertas a través del Portal www.mercadopublico.cl, indicando el precio de acuerdo al ANEXO N°3, respetando el formato de la oferta económica contenida en el anexo indicado. En caso contrario, la oferta será declarada inadmisible.
La oferta debe ser completada en su totalidad, de lo contrario la propuesta será declarada inadmisible.
El oferente deberá ingresar en el ítem “anexos” los documentos indicados precedentemente que respaldarán la oferta.
Los valores se ingresarán en la plataforma www.mercadopublico.cl, y deben corresponder a valores netos sin el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). El oferente y/o adjudicado deberá asumir a su costa, todos los riesgos relacionados con la producción, adquisición, transporte y embalaje de los bienes, especies o productos, hasta su entrega a la Zona de Bienestar “Valdivia”, como asimismo los gastos, derechos, cargas e impuestos, y las formalidades aduaneras, si es del caso.
Las ofertas deben ser puras y simples. No se considerarán aquellas sujetas a condici
ón.
La propuesta técnica debe ser ingresada como archivo adjunto a la oferta, antes de la fecha de cierre, debiendo ajustarse al formato contenido en el ANEXO N° 4 de estas bases. Deberá contener lo siguiente:
a. Tiempo de la garantía técnica o Servicio Post-Venta: deberá expresarse en horas, y no podrá ser superior a 96 horas, siendo esto un factor excluyente. Si el oferente no indica el plazo o este es superior a 96 horas, la oferta será declarada inadmisible Todos los costos que demanda la reposición, junto al transporte desde donde se encuentren los elementos defectuosos y su posterior envío (reposición), serán de cargo del proveedor.
b. Plazo de entrega: El plazo de entrega de los productos deberá expresarse en horas, y no podrá ser superior a 96 horas, contados desde la aceptación de la orden de compra, siendo esto un factor excluyente. Si el oferente no indica el plazo de entrega o este es superior a 96 horas, la oferta será declarada inadmisible.
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Artículo 15º |
De la Deserción e Inadmisibilidad de la Oferta. La Zona de Bienestar “Valdivia” podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
En ambos casos, el oferente no tendrá derecho a indemnización alguna.
La declaración deberá ser por resolución fundada, sin perjuicio de la facultad contenida en el artículo 21 de las presentes bases.
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Artículo 16° |
La Zona de Bienestar “Valdivia” podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción de las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La Zona de Bienestar “Valdivia” podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas de acuerdo a lo dispuesto en el art. 40 del Reglamento de Ley de Compras.
La Zona de Bienestar “Valdivia” otorgará un plazo breve y fatal de 3 días corridos contado desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema.
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Artículo 17º |
De los Criterios de Evaluación. Para la evaluación de las ofertas se aplicarán los siguientes criterios, con sus respectivos puntajes y ponderaciones:
Condiciones Comerciales: Precio 40%
La evaluación se practicará en relación al precio total mínimo presentado por los oferentes en cada una de sus ofertas económicas, debiendo considerar cada uno de los ítems del Anexo N° 3. Si la oferta presentada es superior al presupuesto asignado para esta propuesta, la oferta será declarada inadmisible.
La oferta económica que se presente debe contener el precio de todos los ítems que se indican en el Anexo N ° 3, sin errores en los cálculos y en las sumas aritméticas de cada una de ellas. En caso contrario, la oferta será declarada inadmisible.
Para ello se aplicará la siguiente formula:
Precio mínimo ofertado/precio ofertado X 40.
LÍNEA NOMBRE OFERTA
1. Victoria
2. Temuco - Lonquimay
3. Valdivia
Plazo de entrega: 30%
El presente criterio, se contará desde la fecha que la orden de compra sea aceptada por el proveedor, que se evaluará a través del anexo N°4. Si el plazo de entrega es mayor a 96 horas, o no hace mención del mismo la oferta será declarada inadmisible.
Tramo Puntaje
Menor o igual a 24 horas 100 puntos
Mayor de 24 hrs y menor o igual a 72 hrs 70 puntos
Mayor de 72 hrs y menor o igual a 96 hrs 40 puntos
Servicio Post venta: 20%
Se medirá en el presente criterio de acuerdo a la rapidez con que el oferente realizará la reposición del producto contado desde la solicitud por escrito de la Zona de Bienestar “Valdivia”, que se evaluará a través del Anexo N°4. Si el plazo del suministro es mayor a 96 horas, o no hace mención del mismo la oferta será declarada inadmisible
Tramo Puntaje
Menor o igual a 24 horas 100 puntos
Mayor de 24 hrs. y menor o igual a 72 hrs. 70 puntos
Mayor de 72 hrs. y menor o igual a 96 hrs. 40 puntos
Requisitos Formales: 10%
La escala de ponderación, será de acuerdo a si la oferta contiene todos los documentos solicitados para ofertar. Si los errores u omisiones no son subsanados dentro del plazo de tres días corridos, la oferta será declarada inadmisible.
Tramo Puntaje
Cumple con todos los requisitos formales 100 puntos
Subsana los errores dentro del plazo establecido. 20 puntos
Las ofertas que obtengan un puntaje en la evaluación inferior a 70 puntos, se entenderán como no convenientes para los intereses de esta Zona de Bienestar, por tanto, para que una oferta sea adjudicada deberá obtener un puntaje mínimo de 70 puntos.
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Artículo 18º |
De la Resolución de Empates. Si existe igualdad de puntaje en dos o más ofertas, se definirá por la que presente el mejor “Precio”.
En caso que se mantenga la situación de empate, se definirá por la que presente el mejor puntaje en “Plazo de entrega”, y así sucesivamente en orden de mayor a menor puntaje de cada criterio de evaluación.
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Artículo 19º |
De la Adjudicación. La Zona de Bienestar Valdivia aceptará la propuesta que sea más ventajosa, de conformidad con los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases Administrativas, para luego ser adjudicada mediante acto administrativo, que será notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información.
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Artículo 20º |
Se debe tener presente que la adjudicación se hará a un sólo oferente, quien deberá presentar su oferta de forma ordenada, de acuerdo a la descripción del suministro establecido en las bases técnicas y valorizadas de acuerdo a la solicitud.
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Artículo 21º |
De la Readjudicación. Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción del referido documento, la Zona de Bienestar “Valdivia” podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, siempre que sea conveniente a los intereses de la Zona dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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Artículo 22º |
La persona natural o jurídica cuya oferta resulte adjudicada deberá acompañar los antecedentes legales y administrativos solicitados para contratar dentro del plazo de 10 (diez) días corridos contados desde la fecha de publicación de la resolución de adjudicación.
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Artículo 23° |
Unión Temporal de Proveedores. Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, serán solidariamente responsables respecto de todas las obligaciones que se generen con la Zona de Bienestar “Valdivia” y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
El representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Cada proveedor de la unión temporal deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato respectivo.
La vigencia de la unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 29 de las presentes bases administrativas.
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Artículo 24º |
El contrato deberá contener la individualización del adjudicatario, las características del suministro contratado, el precio, el plazo de duración, aplicación de multas, causales de término y demás menciones establecidas en las bases.
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Artículo 25º |
Del plazo para suscribir el Contrato. La Zona de Bienestar “Valdivia” elaborará el respectivo contrato para cada una de las líneas adjudicadas dentro del plazo de 20 (veinte) días corridos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación. Si el adjudicatario no firmará el contrato dentro del plazo indicado, no acompañe la documentación requerida para contratar o no se encuentra hábil en el registro de proveedores, la Zona de Bienestar “Valdivia” podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que sigue en puntaje, siempre que sea conveniente a los intereses de la Zona dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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Artículo 26º |
De la Duración del Contrato. El contrato tendrá una duración por un período de 1 (un) año o hasta agotamiento presupuestario, contado desde la notificación de la resolución administrativa que aprueba el contrato y publicada a través del Sistema de Información.
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Artículo 27º |
De acuerdo a lo dispuesto en el art. 66 del Reglamento respectivo, el adjudicatario deberá estar hábil en el Registro de Proveedores para poder suscribir el contrato definitivo.
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Artículo 28º |
De la Obligaciones del Adjudicatario. Serán obligaciones del adjudicatario, las que a continuación se indican:
• Dar cumplimiento a todo lo establecido, en el respectivo contrato, en las presentes Bases Administrativas, en los antecedentes Técnicos, Anexos y Aclaraciones, si las hubiere y a su oferta.
• Pagar los salarios, sueldos o emolumentos de cualquier naturaleza a favor de los trabajadores dependientes y subordinados, y de aquellos que estén contratados a honorarios, de cargo exclusivo del adjudicatario al igual que el pago de las imposiciones previsionales que corresponda, debiendo dar cumplimiento íntegro y oportuno a las obligaciones laborales y previsionales, y de seguridad social.
• No podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los suministros licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.
El adjudicatario, así como sus consultores y personal dependiente e independiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los suministros licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos suministros.
La responsabilidad del adjudicatario en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.
El adjudicatario debe dar resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Zona de Bienestar “Valdivia” el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.
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Artículo 29º |
De la Renovación del Contrato. La Zona de Bienestar “Valdivia” podrá renovar el contrato de suministro por una sola vez y cuando existan motivos fundados de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento. El adjudicatario deberá cumplir durante la ejecución del contrato con todas las exigencias técnicas, servicio post venta, cumplimiento de las obligaciones contractuales; laborales y previsionales con sus trabajadores y prestaciones de cualquier clase. Además, deberá encontrarse hábil en el Registro Oficial de Proveedores, cumplir con todas las normas legales y obligaciones contractuales, que serán examinadas por el administrador de contratos de la Zona de Bienestar, el cual dará cuenta de tal situación a través de un informe con a lo menos 30 días anteriores al término del contrato, ya sea por tiempo o por agotamiento presupuestario.
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Artículo 30° |
Del Término Anticipado del Contrato. La Zona de Bienestar “Valdivia” podrá poner término anticipado al contrato, mediante resolución fundada, cuando el adjudicatario incurra en incumplimiento total o parcial de lo convenido, de acuerdo a las causales que a continuación se indican:
• Las causales establecidas en el artículo Nº 77 del Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
• Incumplimiento de las especificaciones técnicas en los suministros adjudicados, habiendo cursado a lo menos tres multas.
• Incumplimiento en la entrega de las cotizaciones, habiendo cursado a los menos tres multas.
• Incumplimiento en el pago de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores.
• Incumplimiento del plazo de entrega de los productos solicitados, siempre que los días de atraso superen el 30% del total de los días señalados para la entrega de los suministros.
• En caso de término de giro, liquidación o disolución de la persona o sociedad contratante. En tales eventos tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la Zona de Bienestar “Valdivia”, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.
• Si el monto acumulado de las multas aplicadas al proveedor fuere igual o superior al 15% del monto del contrato.
• Si las partes de común acuerdo convienen en dar término anticipado al contrato. En este evento, las formas y condiciones del término anticipado se establecerán en el finiquito que se suscriba entre las partes.
La Zona de Bienestar “Valdivia” podrá modificar el contrato por las causales establecidas en el artículo 13 de la Ley N°19.886 y el artículo 77 del D.S. Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda que la reglamenta, así como también las partes podrán de común acuerdo modificar el contrato, siempre y cuando no se vulneren los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, mediante resolución fundada.
Sin perjuicio de lo anterior, la Zona de Bienestar “Valdivia” podrá iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago, por parte del contratista responsable del incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados.
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Artículo 31° |
Administración del Contrato. El administrador de contratos de la Zona de Bienestar “Valdivia”, o quien lo subrogue, es quien podrá actuar como contraparte ante el proveedor, velando por el cumplimiento administrativo y coordinará el suministro en cumplimiento de las presentes bases.
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Artículo 32º |
El precio de facturación y tramitación a pagos, será el correspondiente a las respectivas órdenes de compra emitidas en la plataforma www.mercadopublico.cl y en estados de “Recepción Conforme”.
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Artículo 32º |
El precio de facturación y tramitación a pagos, será el correspondiente a las respectivas órdenes de compra emitidas en la plataforma www.mercadopublico.cl y en estados de “Recepción Conforme”.
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Artículo 33º |
Los productos que sean recibidos conformes en un plazo de 3 días hábiles contados desde la fecha de entrega definitiva del suministro, serán pagados dentro del plazo de 30 días de recibidas las respectivas facturas junto con la orden de compra en estado recepción conforme. La modalidad de pago será mediante una transferencia electrónica a la cuenta bancaria del proveedor.
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Artículo 34º |
Las facturas electrónicas deberán estar a nombre de Zona de Bienestar Valdivia, ubicado en calle Coronel Santiago Bueras N°1747 en la ciudad de Valdivia, RUT: 65.120.506-9, e indicar que el giro es “Defensa”.
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Artículo 35º |
En el evento que exista error entre la orden de compra y factura emitida, será de responsabilidad del proveedor entregar las NOTAS DE CRÉDITO o de DÉBITO, dentro de un plazo de 5 días hábiles, trámite que deberá estar cumplido para iniciar el proceso de pago.
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Artículo 36º |
De las Multas. La Zona de Bienestar “Valdivia” podrá aplicar una o más de las multas que se indican, según estime conveniente sin perjuicio de los otros derechos que correspondan.
Mediante la siguiente tabla, se indican las causales que harán procedente la aplicación de multas y sus respectivos montos:
Atraso en los plazos estipulados para la entrega de los productos. Si el atraso supera el 30% del total de los días señalados para la entrega de los suministros, motivo por el cual se pondrá termino anticipado al contrato. 3 UF por cada día de atraso.
Incumplimiento de las especificaciones técnicas. 2 UF cada vez que ocurra.
Atraso en los plazos para presentar las cotizaciones. 0,5 UF por cada día de atraso.
El valor de la UF a considerar será su equivalente en pesos al día de incurrir en las faltas que dan lugar a la causal para ser efectiva la multa.
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Artículo 37º |
Del Procedimiento de cobro de multas. La Zona de Bienestar “Valdivia” notificará al adjudicatario, por carta certificada, la intención de cobro de multa informándole sobre los hechos en que aquella se motiva. El proveedor podrá presentar sus descargos a la Zona de Bienestar “Valdivia” dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha en que fue notificado, acompañando todos los antecedentes que sirvan de respaldo.
Vencido el plazo anterior presentado o no los descargos, se aplicará la multa por medio de una resolución fundada en un plazo de 15 días corridos, que será notificada a través del Portal de Mercado Público.
Una vez que se resuelva el cobro de la o las multas, el proveedor deberá pagar en la forma que a continuación se indica:
- Mediante vale vista a nombre del Cuartel General de la III División de Montaña, Rut 61.101.012 - 5 y entregada en las dependencias de las Oficinas de la Zona de Bienestar “Valdivia”, o
- Si existiesen pagos pendientes, se descontará del siguiente estado de pago considerando el valor de la UF del día en que se produjo la causal de multa, y si este no fuese suficiente, de los siguientes estados de pago hasta cubrir su valor en forma íntegra.
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Artículo 38º |
Idoneidad del personal. El Contratista deberá contar con personal calificado y con la suficiente preparación y grado de especialización y experiencia, para el tipo de servicio que se requiere. La calificación de la idoneidad del personal será consensuada entre las partes, debiendo el contratista adoptar las medidas correctivas de inmediato, cuando así sea requerido por la Zona de Bienestar Valdivia.
En caso de pérdida, extravíos, hurtos, actuaciones negligentes o ilegales o contrarias a la moral o a las buenas costumbres, en que comprobadamente, a través de la correspondiente investigación judicial o extra judicial, haya participado personal del contratista, la Zona de Bienestar Valdivia podrá descontar el valor de la reposición de los bienes faltantes en la facturación correspondiente y el o los trabajadores involucrados en estos hechos, deberán ser desvinculados de inmediato del servicio contratado, encontrándose facultado en tal caso la Zona de Bienestar “Valdivia”, para solicitar el reemplazo de dicho personal.
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Artículo 39º |
De la propiedad de la información y prohibición de uso. Toda información a que se tenga acceso en el marco, tanto del proceso de licitación, durante la ejecución del contrato, así como todo producto, ya sea parcial o final, objeto de las presentes bases, será de propiedad exclusiva de la Zona de Bienestar “Valdivia”.
Toda la información como documentación que se genere en la ejecución del servicio contratado será de propiedad exclusiva de la Zona de Bienestar “Valdivia” no pudiendo ser utilizados o destinados a fines distintos a los objetivos señalados.
Queda estrictamente prohibido al adjudicatario o contratista utilizar la información y productos obtenidos, como asimismo su reproducción por cualquier medio, sea total o parcial, sin autorización expresa de la Zona de Bienestar “Valdivia”.
La contravención a lo establecido precedentemente, facultará a la Zona de Bienestar “Valdivia” para iniciar las acciones legales, civiles y penales que procedan, a fin de sancionar penalmente a los culpables y reclamar las indemnizaciones que correspondan por los perjuicios ocasionados.
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Artículo 40º |
De la propiedad intelectual y confidencialidad. Todas las invenciones, descubrimientos, mejoras, especificaciones, códigos fuente, códigos objeto, programas, documentación, diseños, métodos, elementos, sistemas, software y escritos y, en general, cualquier material protegido bajo las leyes de propiedad intelectual, industrial, marcas, patentes, modelos, derechos de autor y secretos comerciales, que el adjudicatario diseñe y desarrolle para los servicios objeto de esta contratación, serán propiedad exclusiva de la Zona de Bienestar “Valdivia”, quién podrá disponer de ellos según estime conveniente.
El contratista deberá mantener estricta confidencialidad sobre las invenciones o descubrimientos hechos en el desarrollo del servicio objeto de esta contratación. Por lo cual, no podrá comercializar, vender o arrendar dicho sistema o componentes de programas a terceros.
Será causal de término de contrato, que el contratista revele los secretos técnicos, comerciales o de negocio, y/o dé a conocer asuntos de carácter reservado, propios del servicio prestado.
Asimismo, el contratista deberá cumplir las disposiciones de la Ley N°17.336, sobre Propiedad Intelectual y la Ley N°19.223, artículos 1, 2, 3 y 4, que protege la información y datos contenidos en sistemas de información, bases de datos, archivos electrónicos y todas las normas legales existentes o que se dicten en el futuro que consagren obligaciones de confidencialidad, privacidad y secreto en la actividad comercial e industrial.
En caso de término anticipado del contrato, por cualquier causa que fuere, el contratista deberá restituir a la Zona de Bienestar “Valdivia”, toda la información recibida de éste o por cuenta de éste, en virtud del mismo que obre en su poder, sin que el contratista tenga derecho a retener copia alguna de la mencionada Información, salvo la documentación suficiente y necesaria para soportar los informes, recomendaciones, sugerencias, propuestas, aplicaciones o programas informáticos, o cualesquiera documento o trabajo que deba entregar a la Zona de Bienestar “Valdivia”, conforme al objeto y alcance del servicio contratado, o cuando así fuera exigido por la legislación aplicable al efecto, por el tiempo estrictamente necesario para cumplir con lo anterior.
La obligación de confidencialidad establecida en el presente instrumento, será aplicable a todo el personal del contratista involucrado en el servicio objeto de esta contratación.
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Artículo 41º |
Del control de seguridad de la información. El contratista deberá garantizar el debido cuidado y diligencia en la protección de los sistemas y las tecnologías de información que intervienen en el desarrollo de las actividades que involucren el uso o tratamiento de información de la Zona de Bienestar “Valdivia”, a fin de resguardar la confidencialidad, disponibilidad e integridad de las mismas.
El intercambio de archivos entre el contratista y la Zona de Bienestar “Valdivia”, deberá realizarse vía un canal seguro, y la transmisión deberá estar incorporada dentro de un proceso automático y auditable. En relación a la residencia de los datos en las instalaciones del contratista, éste debe contar con una infraestructura sólida de seguridad lógica y física, que garantice la privacidad y/o la confidencialidad de la información de la Zona de Bienestar “Valdivia”.
Para cualquier actividad que el contratista desarrolle dentro de instalaciones de la Zona de Bienestar “Valdivia”, éste deberá cumplir con la totalidad de las medidas de seguridad respecto de elementos físicos e información, ya sean computadores personales, notebook, elementos de hardware o software vigentes y con aplicación en los negocios de la Zona de Bienestar “Valdivia”, o cualquiera de sus personas relacionadas, donde el contratista presta el servicio.
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Artículo 42º |
Prohibiciones. El contratista durante el transcurso del cumplimiento de sus obligaciones contractuales, conforme lo establecido en las presentes bases, se abstendrá de realizar u ofrecer pagos o brindar beneficios en favor de cualquier empleado, mandatario o de un tercero, con la intención de ejercer influencia sobre la conducta de dicho empleado, mandatario o tercero en relación con la prestación del servicio objeto de las presentes bases.
Así también, el contratista se obliga a no emplear el nombre de la Zona de Bienestar “Valdivia” para obtener beneficios personales que sean o puedan ser directos o indirectos. El incumplimiento de esta obligación hará responsable al contratista por los perjuicios directos y previstos que se causen a la Zona de Bienestar “Valdivia”, sin que ello impida la iniciación de las acciones judiciales correspondientes.
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BASES TÉCNICAS. Artículo 1° |
Definición del Requerimiento. La Zona de Bienestar “Valdivia” requiere del suministro de materiales de ferretería, construcción y de cocina, dormitorio y baño para las Oficinas de Bienestar, Viviendas fiscales y Sala Cuna y Jardín Infantil “Gato con Botas”, para las ciudades Victoria, Temuco – Lonquimay y Valdivia, dependientes de la Zona de Bienestar “Valdivia”.
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Artículo 2° |
El suministro de materiales de ferretería, construcción y de cocina, dormitorio y baño, se requiere para las siguientes ciudades que a continuación se indican:
2.1 VALDIVIA
Inmueble fiscal donde funciona la Zona de Bienestar ubicada en Calle Santiago Bueras 1747
Conjunto Habitacional Villa San Luis
Población Bueras
Población Orostegui
Población Baquedano
Población Huachocopihue
Población Santa Maria
Casa Comando ubicada en Carlos Andwanter N°218
Casa Comando ubicada en Carampangue N°627
Casa Comando ubicada en Calle Santiago Bueras N°1777
2.2 VICTORIA
Oficina de Bienestar ubicada en el interior del Regimiento Logístico N° 3 “Victoria”.
Población Angamos.
Población Victoria II.
Población Quilapan.
Casa Comando ubicada en Avda. Confederación Suiza N° 750.
Casa Comando ubicada en calle Vergara N° 556.
Casa fiscal ubicada en calle General Urrutia N° 449 en la ciudad de Traiguén.
2.3 TEMUCO - LONQUIMAY
Oficina de Bienestar ubicada en el interior del destacamento de Montaña N° 8 “Tucapel”.
Población de Oficiales Soberanía ubicada en Avda. Prat N° 975 block “A”.
Viviendas Fiscales de la Población de Oficiales Hoschtteter.
Población de Oficiales Barrio Ingles.
Población de Oficiales Camino El Alba.
Población de Suboficiales Villa Andes.
Población de casas de Suboficiales Llaima.
Población de departamentos de Suboficiales Llaima.
Población de Suboficiales Soberanía ubicada en Avda. Prat N° 925 block “B”.
Población de Suboficiales Barros Arana.
Departamento ubicado en Avda. Prat N° 975 Depto. 22 block “A”.
Población de Oficiales Libertad en Lonquimay.
Población del Destacamento de Montaña N° 8 “Tucapel”.
Sala cuna y Jardín Infantil “Gato con Botas” ubicado en calle Arturo Prat s/n a un costado del destacamento de Montaña N° 8 “Tucapel”.
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Artículo 3° |
El suministro de materiales de ferretería, construcción y de cocina, dormitorio y baño, de acuerdo a las especificaciones técnicas, son los que a continuación se señalan:
ORDEN PRODUCTOS CANTIDAD
1. INTERRUPTOR S/PUESTO 1 UN (9/15)
2. MONOM.LAVATORIO 1 UN (40 mm)
3. INTER. EMB 1 UN (9/24)
4. PLANCHA FIBRA VIDRIO P/TECHO 1 UN (3 metros)
5. PICAPORTE 1 UN (3”)
6. SELLADOR MADERA 1 UN (Galón)
7. ESMALTE 1 UN (Tineta)
8. DILUYENTE 1 UN (1 Litro)
9. TALADRO 1 UN (Potencia: 650 watts)
10. BISAGRA 1 UN (3”)
11. SIFÓN LAVAPLATOS 1 UN (1 1/4" s/curva)
12. PUERTAS 1 UN (90*200 cm)
13. SELLADOR ACRILICO 1 UN (1litro)
14. TEE BRONCE 1 UN (3/4)
15. VENTANA 1 UN (Aluminio)
16. LAVAPLATOS 1 UN (Acero inox.)
17. UNION LLAVE 1 UN (3/4)
18. PLANCHA FIBROCEMENTO 1 UN (5 mm)
19. PERFIL "U" 1 UN (100*3 mm)
20. OVEROL 1 UN (Talla M)
21. CINTA ENGOMADA 1 UN (24 mm)
22. MARTILLO CARPINTERO 1 UN (Fibra de vidrio, peso 13 OZ)
23. FRAGUADOR 1 UN (Goma)
24. LADRILLO 1 UN (Súper 9 29*14*9,40 cm)
25. HUINCHA MEDIR 1 UN (10 metros)
26. GUANTES 1 UN (Cabritilla)
27. SERRUCHO 1 UN (Carpintería)
28. ENGRASADORA 1 UN (400 cc)
29. CORTA VIDRIO 1 UN (Seco)
30. CHOLGUAN 1 UN (5 mm texturado)
31. SILICONA BAÑO 1 UN (700 cc)
32. CAJA AZULEJO 1 UN (40*40 cm)
33. ARCILLA 1 UN (1 kilo)
34. ADHESIVO P/PVC 1 UN (237 ml)
35. BROCA 1 UN (Metal de 10 mm)
36. DISCO LIJA 1 UN (4 ½”)
37. ANTICORROSIVO 1 UN (1 Galón)
38. DUCHA TELEFONO 1 UN (3 funciones)
39. PISTOLA PINTAR 1 UN (600 cm3)
40. LLAVE PASO AGUA 1 UN (2”)
41. DISCO SIERRA 1 UN 18 dientes)
42. PASTA DE SOLDAR 1 UN (250 grs)
43. CANALETA 1 UN (PVC)
44. ESCUADRA 1 UN (30 cm)
45. FORMON 1 UN (1”)
46. MAQUINA CORTAR PASTO 1 UN (cilindrada 140 cc)
47. PERNO 1 UN (coche 1/4”*1 1/4”)
48. CALEFON 1 UN (IONIZADO 13 LTS.)
49. RODILLO 1 UN (Chiporro)
50. COBRE 1 UN (M ½” gas cañeria)
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Artículo 4° |
Plazo de Entrega y Servicio Post-Venta. El oferente deberá indicar en el Anexo N° 4 el plazo de entrega de los productos, que se contará desde la aceptación de la orden de compra. La aceptación de la orden de compra se efectuará dentro el plazo de 02 (dos) días hábiles contados desde la fecha de notificación de ésta al proveedor.
El oferente deberá indicar en el Anexo N° 4 el plazo del Servicio de Post-Venta para la reposición de un producto que no cumpla con los estándares de calidad y/o las especificaciones técnicas, que se contará desde la solicitud escrita de reposición.
Si el oferente indica que el plazo de entrega y del servicio post-venta es superior a 96 horas, o no hace mención del mismo, la Zona de Bienestar declarará la inadmisibilidad de la oferta mediante un acto administrativo, fundado en que no se cumplieron los requisitos mínimos para ofertar.
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Artículo 5° |
La oferta económica que se presente para cada línea debe contener el precio de todos los productos que se indican en el listado. En caso contrario, la oferta será declarada inadmisible. No se debe incluir el precio del flete de los productos, ya que estos deberán ser costeados por el oferente, de acuerdo al artículo 14 de las bases administrativas.
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Artículo 6° |
El listado de los productos señalados en el anexo N°3 es referencial. El producto que no se encuentre en el itemizado, pero que este dentro del rubro de materiales de ferretería, construcciones, muebles de cocina, dormitorio y de baño deberá ser suministrado por el proveedor y destinada a la dependencia mencionada en las bases administrativas.
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Artículo 7° |
Elaboración de las cotizaciones. Es una obligación del proveedor elaborar los presupuestos y/o cotizaciones por cada uno de los productos que la Zona de Bienestar “Valdivia” solicite. El plazo para dar cumplimiento a esta obligación es de 3 días hábiles contados desde la fecha que la Zona de Bienestar “Valdivia” ordene o requiera el suministro licitado.
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