Licitación ID: 930-13-LE20
ADQUISICIÓN DEL SERVICIO DE MANTENCIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA ELÉCTRICO EN RECINTOS DEPORTIVOS
Responsable de esta licitación: INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DE CHILE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Servicios de mantenimiento de la iluminación 1 Unidad
Cod: 76111503
Especificaciones Técnicas requeridas, detalladas en Pag. 23 de Bases de Licitación adjunta.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN DEL SERVICIO DE MANTENCIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA ELÉCTRICO EN RECINTOS DEPORTIVOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
ADQUISICIÓN DEL SERVICIO DE MANTENCIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA ELÉCTRICO EN RECINTOS DEPORTIVOS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES ANTOFAGASTA
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
I.N.D. REGION II
R.U.T.:
61.107.000-4
Dirección:
21 de Mayo N°511.
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-09-2020 16:00:00
Fecha de Publicación: 16-09-2020 19:38:09
Fecha inicio de preguntas: 16-09-2020 20:30:00
Fecha final de preguntas: 23-09-2020 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-09-2020 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 28-09-2020 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 28-09-2020 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 01-10-2020 19:52:21
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO VOLUNTARIA 22-09-2020 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1 DECLARACIÓN JURADA DE INHABILIDADES (FORMATO PDF)
2.- RESOLUCIÓN N° 334
3.- FORMULARIO DE REQUERIMIENTO N° 47
4.- ANEXO N° 1 DECLARACIÓN JURADA DE INHABILIDADES. FORMATO WORD.
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Garantía (EG) VER TABLA EN RESOLUCIÓN ADJUNTA. DESDE LA PAG. N° 12 A LA N° 16. 20%
2 Evaluación Plazo de Entrega (EPE) VER TABLA EN RESOLUCIÓN ADJUNTA. DESDE LA PAG. N° 12 A LA N° 16. 20%
3 Evaluación de la Experiencia (EEX) VER TABLA EN RESOLUCIÓN ADJUNTA. DESDE LA PAG. N° 12 A LA N° 16. 30%
4 EVALUACIÓN OFERTA ECONÓMICA (EOE) VER TABLA EN RESOLUCIÓN ADJUNTA. DESDE LA PAG. N° 12 A LA N° 16. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUBTITULO 24-01-368
Monto Total Estimado: 18000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Marcelo Oyarzun Bugueño
e-mail de responsable de pago: marcelo.oyarzun@ind.cl
Nombre de responsable de contrato: Cesar Salas Nuñez
e-mail de responsable de contrato: cesar.salas@ind.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-98016798-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
1.- Por ser infraestructura pública. 2.- Para tener una supervigilancia sobre los trabajadores en las medidas preventivas por COVID-19. 3.- Por reducción de costos Eficiencia de recursos públicos
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

En caso de que se produzca un empate al momento de realizar la evaluación, el orden de las variables a considerar para el desempate será el siguiente:

      I.        El mayor puntaje en la evaluación en la Experiencia. 

    II.        El mayor puntaje obtenido en la evaluación de la Garantía ofrecida.

   III.        El mayor puntaje obtenido en la evaluación del Plazo de Entrega.

  IV.        Si persiste el empate dará preferencia al oferente que tenga mayor puntaje en el criterio de oferta económica.






Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de tres días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicatoria. Dichas consultas deberán dirigirse al funcionario de contacto señalado por el Instituto en las presentes Bases Administrativas.

Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.




Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

En el evento que la empresa contratada no dé cumplimiento en aquello que dice relación con el pago de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 4° inciso 2° de la Ley de Compras Públicas, N° 19.886. 

El IND no tendrá vínculo jurídico ni laboral alguno con el personal que emplee el adjudicatario para la prestación del servicio. En consecuencia, no será responsable de sus remuneraciones, impuestos, imposiciones previsionales, seguros contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, Seguro de Responsabilidad Civil, Seguro de Vida, todo lo cual será de exclusivo cargo y responsabilidad del adjudicatario.

En caso de accidentes laborales, el contratista deberá responsabilizarse y dar al perjudicado la atención de salud adecuada. Por obligación, el contratista debe cumplir con la ley 16.744 de “Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales”, y poseer todos los seguros obligatorios exigidos por la norma vigente para prestaciones de servicios de seguridad.


.





Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, esto es, en tanto no se afecten, a juicio del IND, los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.




MULTAS POR INCUMPLIMIENTO

El IND podrá, en caso de incumplimiento o infracción contractual por parte el adjudicatario, multar a éste en atención a la gravedad de la infracción, lo que será determinado de acuerdo a lo estipulado en este punto.

- INFRACCIÓN: Por cada día corrido de atraso en el plazo de entrega ofertado.
- MULTA: 2 UTM.

La multa comenzará a regir al día siguiente del plazo entrega estipulado en la licitación por el oferente, desde la aceptación de la Orden de Compra y/o plazo establecido de inicio entre las partes.









COMISIÓN EVALUADORA

Las ofertas serán evaluadas, por una Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios del Instituto Nacional de Deportes:

-         La Sra. Sandra Marré Vera, R.U.N. N° 11.818.182-4, o en caso de ausencia, la Srta. María Elisa Mercado Panadés, R.U.N. N° 10.796.447-9.

-         La Srta. Carla Luco Cuellar, R.U.N. N° 13.012.163-2, o en caso de ausencia, el Sr. César Salas Núñez, R.U.N. N° 12.566.802-K.

-         El Sr. Marcelo Oyarzun Bugueño, R.U.N. N°16.230.714-2, o en caso de ausencia el Sr. German Espinaza Álvarez, R.U.N. 13.048.958-3.

La Comisión será presidida por el funcionario de mayor jerarquía y efectuará la evaluación sobre la base de los antecedentes proporcionados por los proponentes.

En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales.

Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:

a)    Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases Técnicas.  En caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar constancia en el acta.

b)    Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.

c)    Evaluar las Ofertas Económicas.

d)    Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo siguiente:

         i.    Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

        ii.    Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.

       iii.    La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio

       iv.    La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

        v.    La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

Nota: En el evento de ser necesario y atendida la alerta sanitaria que nos afecta, la comisión evaluadora podrá sesionar de manera remota utilizando las herramientas tecnológicas que estimen pertinentes.

Asimismo, las actas de evaluación pueden suscribirse mediante cualquier modalidad de firma electrónica simple o bien, cada integrante, sucesivamente, imprimirá el documento, y lo firmará manuscritamente y luego volverlo a escanear. Con todo, las modalidades de firma electrónica simple de un documento son muy diversas y cualquiera de ellas podría ser utilizada.






CONSULTAS ACLARATORIAS A LOS OFERENTES

Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas.

Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.




ANTICIPO

No se contempla pagos anticipados por ningún concepto.

VISITA A TERRENO VOLUNTARIA.

Visita a terreno voluntaria será el martes 22 de septiembre 2020.

Para tales efectos, se deben dirigir a calle 21 de Mayo N°511, Piso N°1, Antofagasta, con don César Salas Núñez.

La visita voluntaria a las dependencias, comenzará a las 11:00 horas, dado lo cual, entre las 09:00 y 10:59 horas, se esperará la llegada de la totalidad de los interesados a objeto de realizar una única visita, atendiendo la situación sanitaria que se encuentra la comuna.

Los Recintos Deportivos son los siguientes:

- Piscina Olímpica “Dr. Edmundo Ziede Abud”, ubicado en calle Condell N°2113.

-  Gimnasio Guibaldo Ormazábal, ubicado en calle 21 de Mayo N°550.

-  Sala de Musculación, ubicado en calle 21 de Mayo N°560.

Procedimiento de aplicación de multas:
Cuando se verifique un hecho constitutivo de multa de acuerdo a lo establecido en las presentes bases y/o en las Bases Técnicas, se deberá notificar por escrito al proveedor de dicha circunstancia, con indicación expresa de los hechos que se le imputan, concediéndose un plazo de tres días hábiles para que éste efectué sus descargos respectivos adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones. Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o transcurrido el plazo de tres días hábiles sin que el proveedor haya formulado descargos, deberá formalizarse la medida a aplicar por la contraparte técnica, al departamento de Administración y Finanzas, solicitando la aplicación de la multa en caso que ello sea procedente, mediante resolución fundada, dentro de una plazo de 5 días hábiles. El acto administrativo indicado se publicará oportunamente en el sistema de información. La medida deberá ser notificada al proveedor personalmente o por carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato o en mercado público. La notificación practicada mediante carta certificada, se entenderá ejercida a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente. Una vez aplicada la multa al proveedor, se harán efectivas a través de descuentos en sus respectivos pagos. Se considerará el valor de la UF del día en que envíe la notificación al proveedor. El proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha de su notificación. El Instituto resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada. Asimismo, podrá interponer el recurso jerárquico subsidiariamente con el de reposición, debiendo en este caso elevarse los antecedentes al Director Nacional del IND para que conozca del recurso o deducirlo directamente dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación del rechazo total o parcial del recurso de reposición. La autoridad llamada a pronunciarse sobre los recursos referidos tendrá un plazo no superior a 30 días para resolverlo. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. No se aplicaran las multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica. La aplicación de multas no podrá superar al 20% del valor total contratado.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.