Aceptación de los términos de las Bases |
La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa
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Interpretación de las Bases |
El IND se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo.
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Aclaraciones y/o modificaciones de oficio a las Bases |
El IND, podrá modificar, complementar o aclarar las bases de la licitación, de oficio o en atención a una consulta realizada por alguno de los oferentes, antes del día fijados para la recepción de las ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. Si se trata de una modificación sustancial, se otorgará la extensión de plazo correspondiente para la debida preparación de las ofertas
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Antecedentes Generales |
Todos los oferentes, deberán presentar la respectiva declaración jurada mediante la declaración jurada electrónica en el portal de www.mercadopublico.cl
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión Temporal de Proveedores, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadpublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Regional de Antofagasta del Instituto Nacional del Deporte, ubicada en calle 21 de Mayo N°511, piso 2, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
Los Oferentes NO inscritos en www.chileproveedores.cl, deberán acreditar, en su oportunidad, su habilidad para contratar con el Estado --como requisito para celebrar el contrato definitivo y dentro del plazo de 5 días hábiles-- con la inscripción vigente en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración.
Los Oferentes inhábiles en www.chileproveedores.cl, En el evento que el oferente adjudicado no se encuentre hábil en el portal de chileproveedores, tendrá un plazo de 5 días hábiles para regularizar su habilidad. De no darse cumplimiento dentro del término indicado el IND se reserva el derecho de readjudicar la licitación al segundo proveedor mejor evaluado y así sucesivamente, o declarar desierta la licitación según corresponda.
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La Oferta Técnica |
Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de estas Bases, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes o servicios ofertados, en todos sus aspectos esenciales.
Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio y con los contenidos mínimos establecidos en las Bases Técnicas.
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Contenidos mínimos de la oferta técnica |
Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de estas Bases, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes ofertados, en todos sus aspectos esenciales.
La oferta debe contener una descripción del o los productos ofertados que cumplan, como mínimo, con las especificaciones técnicas indicadas en las Bases.
De no adjuntar algún documento con esta información (COTIZACIÓN CON IMÁGENES O ALGO SIMILAR), la oferta se considerará que no cumple con las especificaciones mininas, quedando declarada la oferta por la línea como “inadmisible”.
Cada oferta será evaluada en forma lineal, debiendo detallar el precio bruto (IVA incluido) y plazo de entrega. De no completar el o los oferentes el anexo N°1, la o las ofertas serán declaradas inadmisibles.
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La Oferta Económica |
Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional y corresponderán al total NETO ofertado, es decir, que no deben contener el IVA, pues el propio portal agrega el impuesto.
Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl, en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional.
Para el cálculo de su oferta económica presentada, será responsabilidad del oferente determinar el recurso humano, necesarios para la correcta y completa ejecución de la presente licitación en las condiciones establecidas en las bases.
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DETALLE PRESUPUESTO DISPONIBLE POR ÍTEM Y SUBCOMPONENTES. |
Todos los valores fueron calculados de acuerdo con una estimación basada en los precios del mercado (catálogos electrónicos, páginas web, motores de búsqueda, etc.) como también basados en los precios de las Órdenes de Compra del año 2021 y 2022, obtenidas desde Mercado Púbico.
El Instituto Nacional de Deportes, Dirección Regional de Antofagasta, cuenta con un PRESUPUESTO DISPONIBLE TOTAL DE $11.236.870 (IVA INCLUIDO) POR LO TANTO, CUALQUIER OFERTA QUE SE RECIBA POR SOBRE LA CANTIDAD ASIGNADA A CADA LÍNEA SERÁ DECLARADA INADMISIBLE.
DICHOS MONTOS SE ENCUENTRAN DISTRIBUIDOS PARA CADA LÍNEA O ÍTEM UN PRESUPUESTO DISPONBLE DE ACUERDO A LA SIGUIENTE DISTRIBUCIÓN:
Presupuesto disponible para
ITEM PREMIACIÓN DEPORTIVA
ITEM O LÍNEA - PROG. - PRODUCTO REQUERIDO
PREMIACIÓN - UNID - $ UNITARIO ESTIMADO POR UNIDAD - $ TOTAL ESTIMADO (IVA INCLUIDO)
1 - SNCD - MEDALLAS DE ORO, PLATA, BRONCE - 2.166 - 3.320 - 7.191.120
2 - SNCD - MEDALLAS GENÉRICAS - 500 - 1.130 - 565.000
3 - SNCD - SET TRIO DE COPAS (53, 48 y 44 cms.) - 25 - 139.230 - 3.480.750
NOTA:
Ver detalles en Bases técnicas adjuntas.
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Costo de formulación de las ofertas |
Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
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La Comisión Evaluadora |
Las ofertas serán evaluadas, por una Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios del Instituto Nacional de Deportes:
⮚ El Sr. Felipe Andrés González Pizarro, R.U.N. Nº 16.671.744-2, o en caso de ausencia el Sr. Edgardo José Ardiles Álvarez R.U.N. N° 17.514.394-7.
⮚ El Sr, Bastián Nicolas Rivas Varas R.U.N. N° 17.885.218-3, o en caso de ausencia la Srta. Ingrid Jacqueline Carrasco Morales, R.U.N. N° 18.362.762-7
⮚ El Sr. Germán Espinaza Álvarez, R.U.N N° 13.048.958-3. o en caso de ausencia el Sr. Marcelo Oyarzún Bugueño R.U.N. N°16.230.714-2.
La Comisión será presidida por el funcionario de mayor jerarquía y efectuará la evaluación sobre la base de los antecedentes proporcionados por los proponentes.
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Consultas Aclaratorias a Oferentes |
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas.
Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
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Evaluación de Ofertas Técnicas |
En el caso que en la respectiva licitación se presente solo UN OFERENTE, para que pueda adjudicársela deberá obtener como puntaje mínimo dentro de la evaluación total al menos nota 3.5, en caso contrario no podrá adjudicarse el proceso licitatorio.
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos contenidos en las presentes bases.
Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos serán declaradas inadmisibles.
Sólo a aquellas propuestas admisibles, se evaluará de acuerdo con los criterios establecidos.
Las propuestas globales que no alcancen el puntaje mínimo de 3,5 puntos serán declaradas inadmisibles, y no continuarán en el proceso de licitación.
Para evaluar adecuadamente las propuestas de los proponentes, se ha construido una pauta, la cual forma parte integrante de las presentes Bases, la cual se describe a continuación.
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Eventual Rechazo de las Ofertas o Declaración de Licitación Desierta |
El IND, como órgano del Estado, se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar, por resolución fundada, al momento en que debe decidir la adjudicación de la licitación, cualquier oferta de algún proponente, cuando estimare que no cumple los requisitos establecidos en las Bases y/o a partir de la ponderación que haga de los documentos referidos en los Antecedentes Generales del Oferente.
Asimismo, el IND, por resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando, en general, éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales, sin incurrir por todo ello en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas expresamente por los proponentes.
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De la Orden de Compra |
Una vez efectuada la evaluación por parte del IND, se dictará la Resolución de Adjudicación, posteriormente se elaborará el contrato (si procediera) y luego se emitirá la orden de compra nominativa al o los oferentes seleccionados, a través del portal. La orden contendrá los bienes y/o servicios adjudicados, la descripción técnica general y, en su caso, el lugar de entrega. La orden de compra debe ser aceptada a través del portal por el o los oferentes seleccionados en un plazo máximo de 5 días corridos desde su emisión.
La orden de compra NO puede ser cedida a terceros en forma alguna.
El Instituto se reserva el derecho de anular la orden de compra emitida, por incumplimientos del proveedor.
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TIPO DE EVALUACIÓN |
Se evaluará en forma lineal, por lo que cada oferente puede ofertar a uno o más productos o líneas si lo estima conveniente, tomando en cuenta todas las especificaciones técnicas exigidas por la unidad requirente en las Bases Técnicas adjuntas, y reflejando en el precio final ofertado todas sus condiciones mínimas de envíos (cantidades y plazos mínimos a despachar).
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PLAZO DE ENTREGA |
La entrega de los bienes y/o servicios deberá ser posterior a la emisión y envío de la orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para la entrega de los bienes solicitados bajo esta modalidad, de acuerdo a los requerimientos del Instituto, el proveedor deberá contemplar su traslado hasta nuestras dependencias, ubicadas en calle 21 de mayo N°511 en la ciudad de Antofagasta.
El costo del traslado, transporte o flete será de cargo del proveedor y debe contemplarlo en su oferta económica.
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Modalidad de pago. |
El/los pago/s al o los proveedores por los bienes adquiridos o servicios contratados por el Instituto, deberá efectuarse por éstos dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro. Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos.
Sin la conformidad o certificación de la entrega del bien y/o servicio pertinente, estampada en la respectiva factura o guía de despacho según corresponda, para quien se haya efectuado dicha entrega, no se podrá proceder al pago.
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ANTICIPOS Y REAJUSTES |
No se contempla pagos anticipados ni reajustes por ningún concepto.
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FACTURACIÓN |
La factura respectiva deberá ser extendida de la siguiente forma:
- Nombre: Instituto Nacional de Deportes de Chile.
- R.U.T N°: 61.107.000-4.
- Domicilio: 21 de mayo N° 511.
- Ciudad: Antofagasta.
- Giro: Gobierno Central.
Una vez entregado el servicio, el proveedor debe cumplir con lo siguiente:
a) Primero deben aceptar la OC, y facturar después que la institución genere la RECEPCIÓN CONFORME.
b) Deben enviar el archivo XML a la casilla de intercambio: indrecepcion@custodium.com
c) El DTE emitido por el proveedor, debe incluir correctamente el ID de la orden de compra, no incluyendo abreviaturas ni espacios en el ID asignado. Obligatoriamente debe completar el campo 801 (orden de compra) con el número de la OC emitida por nuestra institución.
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CAUSALES DE MODIFICACIÓN O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO/CONVENIO |
Podrán ser causales de modificación y de término anticipado, sin derecho a indemnización alguna, las siguientes:
a) Si el o los adjudicatarios(s) fuere declarado en quiebra o si éste cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, entendiéndose por tal la ejecución del contrato en términos y condiciones diversas a aquellas que fueron materia de oferta por parte del adjudicatario
c) La resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Si las multas superan al 5% del valor total contratado.
f) Si el Adjudicatario(s) que al momento de contratar registraba saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos dos años no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato.
g) Si se constata que el adjudicatario(s) presentó o adulteró algún tipo de documento, o su contenido, ya sea al momento de la suscripción del contrato o durante la ejecución de los servicios, lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren corresponder.
En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del o los Adjudicatarios(s), el IND pondrá anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
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Contraparte técnica |
Para los efectos de la presente licitación, se entenderá contraparte técnica para la coordinación de la o las entregas de los bienes y comunicación con el o los adjudicatarios, será el Encargado del Sistema Nacional de Competencias Deportivas o quienes los subroguen.
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MULTAS |
El IND podrá, en caso de incumplimiento o infracción contractual por parte del o los adjudicatarios, multar a éste en atención a la gravedad de la infracción, lo que será determinado de acuerdo a lo estipulado en este punto.
El o los adjudicatarios(s) será sancionado, conforme al siguiente procedimiento:
❖ Tipo de Infracciones
1º Por cada día de atraso en la entrega o cambio del o los productos.
2º En el evento que éstos no se encuentren en buen estado al momento de la recepción o no cumplan con las especificaciones técnicas contenidas en las presentes bases, o no cumplan con las características técnicas ofertadas y el proveedor no efectúe el cambio correspondiente dentro de 5 días corridos.
3º Por envío anticipado de productos no solicitados de acuerdo con el punto 12 de las presentes bases.
❖ Multa: 1 UTM
Nota: En cuanto al plazo de entrega se entenderá para la contabilización el día siguiente hábil de la comunicación establecida en el punto 12 más el plazo ofertado por el o los oferentes.
La aplicación de multas no libera al o los adjudicatarios(s) de otras sanciones, como el término del contrato si procediera. Además, se procederá a dar aviso a la dirección de Chileproveedores para que se apliquen las medidas pertinentes al proveedor que sea sancionado con la aplicación de las multas detalladas anteriormente
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Procedimiento de aplicación de multas |
Cuando se verifique un hecho constitutivo de multa de acuerdo a lo establecido en las presentes bases y/o en las Bases Técnicas, se deberá notificar por escrito al proveedor de dicha circunstancia, con indicación expresa de los hechos que se le imputan, concediéndose un plazo de tres días hábiles para que éste efectúe sus descargos respectivos adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones.
Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o transcurrido el plazo de tres días hábiles sin que el proveedor haya formulado descargos, deberá formalizarse la medida a aplicar por la contraparte técnica, al departamento de Administración y Finanzas, solicitando la aplicación de la multa en caso de que ello sea procedente, mediante resolución fundada, dentro de un plazo de 5 días hábiles. El acto administrativo indicado se publicará oportunamente en el sistema de información.
La medida deberá ser notificada al proveedor personalmente o por carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato o en mercado público. La notificación practicada mediante carta certificada se entenderá ejercida a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
Una vez aplicada la multa al proveedor, se harán efectivas a través de descuentos en los pagos del mes siguiente o el IND podrá facturar el monto de la multa.
El proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha de su notificación. El Instituto resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada.
Asimismo, podrá interponer el recurso jerárquico subsidiariamente con el de reposición, debiendo en este caso elevarse los antecedentes al director/a Nacional del IND para que conozca del recurso o deducirlo directamente dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes a la notificación del rechazo total o parcial del recurso de reposición.
La autoridad llamada a pronunciarse sobre los recursos referidos tendrá un plazo no superior a 30 días para resolverlo.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
No se aplicarán las multas si se trata de caso fortuito o fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica y alegados dentro de los 5 primeros días hábiles de ocurrido el hecho que impida al contratista cumplir con sus obligaciones. Se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil.
La aplicación de multas no podrá superar al 5% del valor total contratado por cada oferente.
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ADAPTABILIDAD DE LOS SERVICIOS |
Durante la ejecución del contrato el IND podrá aumentar hasta en un 30% o disminuir hasta en un 10% la prestación de bienes o servicios contratada o convenida. Esta variación no podrá significar una alteración del precio unitario ofertado.
Dicha adaptabilidad del contrato en todos los casos se entenderá como una modificación del mismo por mutuo acuerdo de las partes, conforme a lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 19.886 de Compras Públicas, y por el artículo 77 de su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
El ejercicio de la facultad de adaptabilidad de los servicios a que se refiere el presente punto de las Bases, en ningún caso puede alterar el objeto del contrato, siendo esta consideración una limitante para su materialización. Asimismo, deberá ajustarse el precio contractual, respetando el principio de estricta proporcionalidad y procederá cuando el administrador contractual emita un informe que recomiende la utilización de esta facultad, la cual será aprobada mediante Resolución Exenta fundada.
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SUGERENCIAS AL PROVEEDOR PARA OFERTAR |
⮚ Presentar sólo los documentos solicitados en las bases.
⮚ En caso de ser varios anexos a presentar como respaldo, subir estos archivos en formato comprimido (WINZIP o WINRAR) y no individualmente.
⮚ Procurar que los nombres de los archivos sean abreviados o cortos, ya que al ser muy extensos puede haber problemas al tratar de abrir o descargar.
⮚ La iniciación de actividades solicitada para acreditar la experiencia la puede descargar u obtener directamente desde la página del S.I.I. (Consultar situación tributaria de terceros).
⮚ Procure adjuntar todos los anexos obligatorios solicitados en las bases.
⮚ En caso de ser necesario o que sea exigido en las bases, adjuntar imágenes de los productos a ofertar.
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