Licitación ID: 930-8-LP22
GUARDIAS DE SEGURIDAD COMPLEJO DEPORTIVO CORVALLIS
Responsable de esta licitación: INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DE CHILE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Servicios de vigilancia 1 Unidad
Cod: 92101501
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD PARA DEPENDENCIAS DEL COMPLEJO DEPORTIVO ESCOLAR CORVALLIS DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES ANTOFAGASTA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
GUARDIAS DE SEGURIDAD COMPLEJO DEPORTIVO CORVALLIS
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD PARA DEPENDENCIAS DEL COMPLEJO DEPORTIVO ESCOLAR CORVALLIS DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES ANTOFAGASTA
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
I.N.D. REGION II
R.U.T.:
61.107.000-4
Dirección:
21 de Mayo N°511.
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-05-2022 16:00:00
Fecha de Publicación: 13-05-2022 17:11:00
Fecha inicio de preguntas: 13-05-2022 17:35:00
Fecha final de preguntas: 17-05-2022 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-05-2022 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-05-2022 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-05-2022 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 06-06-2022 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Visita a terreno obligatoria. De no concurrir a la visita a terreno el día y hora indicados, la oferta será declarada inadmisible. 16-05-2022 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°3 – DECLARACIÓN JURADA (HABILIDAD EL OFERENTE)
2.- ANEXO N°4 - DECLARACION JURADA (CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIONES)
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N° 2 - EXPERIENCIA DEL OFERENTE
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N° 1 - OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Oferta Económica (EOE) Detalle de Criterio de Evaluación, en las paginas 10, 11 y 12, de la Resolución N°00235 adjunta. 50%
2 Evaluación Condiciones de empleo y remuneraciones Detalle de Criterio de Evaluación, en las paginas 10, 11 y 12, de la Resolución N°00235 adjunta. 20%
3 Evaluación de la Experiencia (EEX). Detalle de Criterio de Evaluación, en las paginas 10, 11 y 12, de la Resolución N°00235 adjunta. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUBTITULO 24
Monto Total Estimado: 60000000
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: El contrato podrá ser renovado por única vez y por mutuo acuerdo de las partes, por menor o igual periodo, ateniéndose a la disponibilidad presupuestaria del año correspondiente dada por el Departamento de Administración y Finanzas.
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Marcelo Oyarzun Bugueño
e-mail de responsable de pago: marcelo.oyarzun@ind.cl
Nombre de responsable de contrato: Cesar Salas Nuñez
e-mail de responsable de contrato: cesar.salas@ind.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-55-2268664-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Instituto Nacional de Deportes de Chile, o IND, Rut 61.107.000-4, (el nombre podrá abreviarse, pero siempre deberá indicarse el RUT.);
Fecha de vencimiento: 31-03-2023
Monto: 10 %
Descripción: Boleta Bancaria, Vale Vista o Póliza de Seguro de Ejecución Inmediata, Depósito a la Vista y Certificado de Fianza, como además, toda otra que asegure el cobro de la misma manera rápida y efectiva, y que cumpla las condiciones dispuestas en el artículo 31 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Contiene el Reglamento de la Ley N° 19.886
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para la “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD PARA DEPENDENCIAS DEL COMPLEJO DEPORTIVO ESCOLAR CORVALLIS DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES ANTOFAGASTA y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores”. Con todo, tratándose de un vale vista, atendida su naturaleza, no requerirá expresar la mencionada glosa ni la vigencia.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta al adjudicatario, a su requerimiento, una vez cumplidas íntegramente sus obligaciones contractuales debidamente certificadas por el administrador del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El Instituto Nacional de Deportes de Chile podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos: a Si el adjudicatario desiste de su oferta. b En el caso la Unión Temporal de proveedores, si está no presenta la escritura pública donde conste la unión temporal al momento de suscribir el respectivo contrato. c Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado, en los términos del artículo 4 de la ley 19.886 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. d Si el adjudicatario no cumple la obligación de inscribirse en el portal de Chileproveedores dentro del plazo establecido en las presentes bases. e Si el adjudicatario no suscribe el contrato en el plazo otorgado o bien no presenta la boleta de fiel cumplimiento y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases. f En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 2 días hábiles, si desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada.
Resolución de Empates

En caso de que se produzca un empate al momento de realizar la evaluación, el orden de las variables a considerar para el desempate será el siguiente:

      I.        El mayor puntaje en la evaluación en la oferta económica.

    II.        El mayor puntaje obtenido en la evaluación de la Experiencia.

   III.        El mayor puntaje en la evaluación de las Mejores Condiciones de Empleo y Remuneraciones.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de tres días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicatoria. Dichas consultas deberán dirigirse al funcionario de contacto señalado por el Instituto en las presentes Bases Administrativas.

Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

En el evento que la empresa contratada no dé cumplimiento en aquello que dice relación con el pago de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 4° inciso 2° de la Ley de Compras Públicas, N° 19.886. 

El IND no tendrá vínculo jurídico ni laboral alguno con el personal que emplee el adjudicatario para la prestación del servicio. En consecuencia, no será responsable de sus remuneraciones, impuestos, imposiciones previsionales, seguros contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, Seguro de Responsabilidad Civil, Seguro de Vida, todo lo cual será de exclusivo cargo y responsabilidad del adjudicatario.

En caso de accidentes laborales, el contratista deberá responsabilizarse y dar al perjudicado la atención de salud adecuada. Por obligación, el contratista debe cumplir con la ley 16.744 de “Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales”, y poseer todos los seguros obligatorios exigidos por la norma vigente para prestaciones de servicios de seguridad.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas.

Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.

Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, esto es, en tanto no se afecten, a juicio del IND, los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.


El IND podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

El IND podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.




Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
La Comisión Evaluadora
Las ofertas serán evaluadas, por una Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios del Instituto Nacional de Deportes: • El Sr Marcelo Oyarzún Bugueño, RUN. N°16.230.714-2, o en caso de ausencia, la Srta. María Elisa Mercado, R.U.N. N° 10.796.447-9. • Doña Marcia Gutiérrez R.U.N N°: 9.757.048-5, o en caso de ausencia, el Sr. Germán Espinaza Álvarez, R.U.N. 13.048.958-3. • Doña Ivette Barraza, R.U.N N°9.757.420-0, o en caso de ausencia La Srta. Carla Luco Cuellar, R.U.N. N° 13.012.163-2. La Comisión será presidida por el funcionario de mayor jerarquía y efectuará la evaluación sobre la base de los antecedentes proporcionados por los proponentes. En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales. Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes: a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases Técnicas. En caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar constancia en el acta. b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas. c) Evaluar las Ofertas Económicas. d) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo siguiente: i. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. ii. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. iii. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio iv. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. v. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Nota: En el evento de ser necesario y atendida la alerta sanitaria que nos afecta, la comisión evaluadora podrá sesionar de manera remota utilizando las herramientas tecnológicas que estimen pertinentes. Asimismo, las actas de evaluación pueden suscribirse mediante cualquier modalidad de firma electrónica simple o bien, cada integrante, sucesivamente, imprimirá el documento, y lo firmará manuscritamente y luego volverlo a escanear. Con todo, las modalidades de firma electrónica simple de un documento son muy diversas y cualquiera de ellas podría ser utilizada.
Recepción de consultas y solicitudes de aclaración
Los oferentes podrán hacer las consultas y solicitudes de aclaración que estimen procedentes respecto de las disposiciones contempladas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, las que se formularán a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, conforme a lo establecido en el cronograma de estas Bases.
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA
Visita a terreno obligatoria. De no concurrir a la visita a terreno el día y hora indicados, la oferta será declarada inadmisible. Visita a terreno obligatoria será el 3º día corrido desde la publicación de las presentes Bases. La visita obligatoria a la obra Complejo Deportivo Escolar Corvallis, ubicada en las intersecciones de la Avenida Salvador Allende con calle Abraham Lincoln, contiguo a la Escuela Santiago Amengual de la Comuna de Antofagasta, la cual comenzará a las 11:00 horas
Presentación de Antecedentes
Para la correcta evaluación de las ofertas, los proponentes deberán presentar los siguientes anexos. • Anexo N°1: Oferta Económica. • Anexo N°2: Experiencia del Oferente. • Anexo N°3: Declaración Jurada de habilidad del proponente. • Anexo N°4: Mejores condiciones de empleo y remuneraciones.
Antecedentes Administrativo – Técnicos
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del Trabajo y vigente al cierre de la presentación de la oferta. - Fotocopias de facturas o certificados de mandantes de este tipo de Servicios. Se requiere al menos una factura por cada año de experiencia a acreditar. Anexo N°2. - Condiciones de Empleo y Remuneraciones comprometidas. La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalló en la presentación de todos los anexos. La falta de presentación de cualquiera de los Anexos indicados anteriormente, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación; es decir, se declarará inadmisible. Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos en los Anexos de las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato Word o Excel según corresponda, en el portal mercado público. Sin perjuicio de lo anterior si el oferente adjunta otro formato su oferta será evaluada siempre que contenga toda la información requerida en los anexos definidos para tales efectos, de lo contrario serán declarados inadmisibles. En caso que el oferente quisiera completar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales. Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
La Oferta Técnica
Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de estas Bases, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes o servicios ofertados, en todos sus aspectos esenciales. Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio y con los contenidos mínimos establecidos en las Bases Técnicas. Para todos los efectos se considera que las Ofertas presentadas cumplen plena y cabalmente con las Especificaciones Técnicas, de las presentes Bases de Licitación y corresponden a los requerimientos mínimos para la prestación del servicio de Seguridad requerido.
La Oferta Económica
Los proponentes deberán ingresar en el portal el precio total a suma alzada de los servicios ofertados y el valor neto mensual ofertado, debiendo ajustarse al formato establecido en el Anexo N°1 “Oferta Económica”. En el evento que haya discrepancia entre los precios subidos al portal y los indicados en el anexo, prevalecerán los estipulados en el anexo. La oferta económica comprenderá todos los costos asociados a la presente licitación y establecidos en las especificaciones técnicas. Se deja constancia que el presupuesto disponible para la presente licitación es de un Total de $60.000.000- (IVA INCLUIDO), en razón de $10.000.000.- mensual (IVA incluido) por lo tanto cualquier oferta que se reciba por sobre esa cantidad será declarada inadmisible.
Evaluación de Ofertas Técnicas
En el caso que en la respectiva licitación se presente solo UN OFERENTE, para que pueda adjudicársela deberá tener el calificativo como mínimo nota 3.0 dentro de la escala de puntuación (que va del 1 como mínimo, al 5 como máximo), en caso contrario no podrá adjudicarse el proceso licitatorio, aun cuando su evaluación económica sea óptima. Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos contenidos en las presentes bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos serán inadmisibles. Sólo a aquellas propuestas admisibles, se evaluarán de acuerdo a los criterios establecidos. En el caso de presentarse más de una oferta, solo se podrá adjudicar el proceso de licitación, a la propuesta técnica que alcance la nota mínima 3, en el caso que esto no se presente, la licitación se declarará desierta.
NOTAS DE ADMISIBILIDAD
Es condición básica y causal de INADMISIBILIDAD que para efectos que la oferta sea evaluada, se presenten los documentos indicados en la Evaluación Administrativa-Financiera, en caso contrario o si esta es insuficiente para ponderar este criterio de evaluación, la oferta será declarada INADMISIBLE.
Vigencia y duración del contrato
El contrato entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que lo apruebe, y tendrá una duración de 6 meses renovables. El contrato podrá ser renovado por única vez y por mutuo acuerdo de las partes, por menor o igual periodo, ateniéndose a la disponibilidad presupuestaria del año correspondiente dada por el Departamento de Administración y Finanzas. Para renovar el contrato se evaluará el cumplimiento de éste por parte del oferente en lo referido a Calidad de los Servicios (cumplimiento cabal y oportuno de las obligaciones del contratista), como oportunidad en la prestación de los mismos. Además la renovación estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria de la Dirección Regional del IND, y se fundamenta en la Naturaleza de los Servicios prestados, los que implican que servicio es necesario para el funcionamiento del Instituto, y que el Proveedor adjudicado, en el transcurso del Convenio, tendrá un conocimiento de la real importancia de las tareas encomendadas y del sistema de trabajo. En caso de término de contrato el IND, con la antelación suficiente, procederá a licitar nuevamente este convenio. Con todo, por causas no imputables, si el proceso se extendiese más allá de los tiempos previstos, podrá prorrogar este convenio sólo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de licitación, para un nuevo contrato. Lo anterior, siempre que el monto estimado del contrato a prorrogar no supere las 1.000 UTM. En caso de verificarse la renovación o la prórroga del presente contrato, será requisito indispensable la entrega previa de la correspondiente boleta de fiel cumplimiento del contrato, que cubra la totalidad de la prórroga o renovación, más 120 días corridos contados desde el inicio de una u otra. Todo lo anterior, sin perjuicio de la facultad de “El Instituto” de poner término anticipado al contrato en las situaciones que se señalan en estas Bases. Cualquier modificación a las condiciones contractuales deberá llevarse a efecto previo acuerdo entre las partes (prevaleciendo siempre los intereses del Servicio y suscribiendo ambas un anexo modificatorio de contrato), en los términos y condiciones fijados por la Ley Nº 19.886 y su Reglamento, debiendo quedar por escrito y ser aprobado mediante el acto administrativo que corresponda, totalmente tramitado. La ampliación o prórroga en la ejecución de los servicios no alterará de ningún modo los valores unitarios comprometidos en el contrato, si dicha ampliación o prórroga procede en virtud de lo señalado en el párrafo anterior.
Modalidad de pago
El pago se efectuará en cuotas iguales o proporcionales y de carácter mensual, en pesos chilenos, dentro de 30 días siguientes a la fecha de recepción de la factura respectiva. En todo caso el pago solo se cursará contra entrega de la totalidad de los servicios prestados y, previa recepción conforme de la unidad requirente del servicio. Además, junto a las facturas, y para los efectos del pago, el Adjudicatario deberá acompañar los siguientes documentos: 1.- Informe de cumplimiento que dé cuenta de la recepción conforme de los servicios, emitido por la Contraparte Técnica del Servicio. 2.-Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de la empresa emitido por la Dirección del Trabajo, comprobante de pago de las remuneraciones y cotizaciones previsionales, Certificado F30-1, liquidaciones de sueldos firmadas y/o depósitos bancarios del pago realizado, contratos vigentes y finiquitos si corresponde, del personal que haya participado en el contrato. Para este efecto, esta documentación será fotocopiada y quedará respaldada en el expediente técnico del contrato. 3.- Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la empresa, emitido por la Dirección del Trabajo. 4.- Certificado individual de pago de cotizaciones previsionales del periodo emitido por la Dirección del Trabajo. Lo anterior, para verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que afecten a los trabajadores del contratista. En el evento que el Adjudicatario no dé cumplimiento en aquello que dice relación con el pago de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 4° inciso 2° de la Ley de Compras Públicas, N° 19.886.
Facturación
La factura respectiva deberá ser extendida de la siguiente forma: - Nombre: Instituto Nacional de Deportes de Chile. - R.U.T N°: 61.107.000-4. - Domicilio: 21 de mayo N° 511. - Ciudad: Antofagasta. - Giro: Gobierno Central. Una vez entregado el servicio, el proveedor debe cumplir con lo siguiente: a) Primero deben aceptar la OC, y facturar después que la institución genere la RECEPCIÓN CONFORME. b) Deben enviar el archivo Xml a la casilla de intercambio: indrecepcion@custodium.com" c) El DTE emitido por el proveedor, debe incluir correctamente el ID de la orden de compra, no incluyendo abreviaturas ni espacios en el ID asignado. Obligatoriamente debe completar el campo 801 (orden de compra) con el número de la OC emitida por nuestra institución. El IND, podrá solicitar otra documentación a la empresa si lo estima necesario. El IND, estará facultado para suspender o retener el pago de cualquier factura, además, en los siguientes casos: i. Si se presentaren reclamos en contra del servicio derivados del incumplimiento por parte del Adjudicatario de sus obligaciones laborales, previsionales, tributarias y/o de seguridad social. ii. Por no solución a inconvenientes que ocurriesen por los servicios contratados y no ejecutados. iii. Si el Adjudicatario no cumpliere con cualquiera de las obligaciones que se establecen en el marco de la contratación.
Causales de Modificación o Término Anticipado del Contrato
Podrán ser causales de modificación y de término anticipado, sin derecho a indemnización alguna, las siguientes: a) Si el Contratista fuere declarado en quiebra o si éste cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, entendiéndose por tal la ejecución del contrato en términos y condiciones diversas a aquellas que fueron materia de oferta por parte del adjudicatario c) La resciliación o mutuo acuerdo de las partes. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Si las multas superan al 5% del valor total contratado. f) Si el Contratista que al momento de contratar registraba saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos dos años no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato. g) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento, o su contenido, ya sea al momento de la suscripción del contrato o durante la ejecución de los servicios, lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren corresponder. i) Si los documentos que se solicitan en el Punto N°12.1 Fotocopia de las liquidaciones de sueldo firmadas por los trabajadores que prestaron servicios en el mes anterior al que se está pagando, dan cuenta a montos distintos del Total Haberes pactados y comprometidos en la licitación, de acuerdo a Anexo N°3 “Declaración Jurada” Condiciones de Empleo y Remuneraciones comprometidas. En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista, el IND pondrá anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
Contraparte técnica
Para los efectos de la presente licitación, se entenderá contraparte técnica para la coordinación del servicio de aseo y comunicación con el contratista al Administrador General de Recintos Deportivos o en su defecto quien subrogue.
FACTORING
El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique al Instituto y dicho proceso se realice en conformidad a la ley
MULTAS
El IND podrá, en caso de incumplimiento o infracción contractual por parte el adjudicatario, multar a éste en atención a la gravedad de la infracción, lo que será determinado de acuerdo a lo estipulado en este punto. El adjudicatario será sancionado de la siguiente manera: El IND podrá, en caso de incumplimiento o infracción contractual por parte el adjudicatario, multar a éste en atención a la gravedad de la infracción, lo que será determinado de acuerdo a lo estipulado en este punto. El adjudicatario será sancionado, conforme al siguiente procedimiento:  INFRACCIÓN: - Daños, perjuicios o deterioros en los bienes muebles o inmuebles del IND y pérdidas o hurtos de bienes del Instituto o de sus funcionarios, todos los cuales hayan sido ocasionados por su personal. - Incumplimiento de la normativa laboral, previsional y contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. - El retraso en la puesta en marcha del servicio contratado, por causa imputable a la empresa adjudicada, dará motivo a terminar el contrato en forma anticipada. - En el caso que el incumplimiento de los turnos de guardias que se encuentran descritos en las Especificaciones Técnicas, por cada día de incumplimiento de turnos. Para efectos de constatar ese incumplimiento, el Coordinador Operativo, deberá consignarlo en el Libro de Novedades, correspondiente. - En el caso que el personal de guardias (Guardias, Jefes de Turno,) sea sorprendido durmiendo durante el cumplimiento de la jornada laboral, que sea detectado consumiendo o bajo los efectos del alcohol y/o drogas así como también incurra en maltrato verbal o físico con funcionarios u otras personas que concurran al recinto. - En el caso que el personal de guardias (Guardias, Jefes de Turno), hagan uso indebido de las dependencias.  MULTA: 10 UF  INFRACCIÓN: - Incumplimiento de las órdenes e instrucciones emanadas por la contraparte técnica del IND - Incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario establecidas en las bases técnicas. - No cambiar al o los trabajadores, a solicitud de la contraparte técnica del Instituto, dentro de 24 horas, contadas desde la solicitud, según lo señalado en las bases técnicas.  MULTA: 5 UF  INFRACCIÓN: - No utilización del uniforme o de los elementos de protección personal dispuestos para los/a trabajadores/as. - Inasistencia sin reemplazo de algún trabajador.  MULTA: 3 UF La aplicación de multas no libera al adjudicatario de otras sanciones, como el término del contrato si procediera. El monto máximo de las multas aplicadas, durante todo el periodo de vigencia del Contrato, por cualquier concepto, no podrá exceder el 5% del monto total del Contrato IVA incluido. Si esto ocurre, el IND estará facultado para poner término anticipado al Contrato, procediéndose al cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento.
Procedimiento de aplicación de multas
Cuando se verifique un hecho constitutivo de multa de acuerdo a lo establecido en las presentes bases y/o en las Bases Técnicas, se deberá notificar por escrito al proveedor de dicha circunstancia, con indicación expresa de los hechos que se le imputan, concediéndose un plazo de tres días hábiles para que éste efectué sus descargos respectivos adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones. Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o transcurrido el plazo de tres días hábiles sin que el proveedor haya formulado descargos, deberá formalizarse la medida a aplicar por la contraparte técnica, al departamento de Administración y Finanzas, solicitando la aplicación de la multa en caso que ello sea procedente, mediante resolución fundada, dentro de una plazo de 5 días hábiles. El acto administrativo indicado se publicará oportunamente en el sistema de información. La medida deberá ser notificada al proveedor personalmente o por carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato o en mercado público. La notificación practicada mediante carta certificada, se entenderá ejercida a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente. Una vez aplicada la multa al proveedor, se harán efectivas a través de descuentos en sus respectivos pagos. Se considerará el valor de la UF del día en que envíe la notificación al proveedor. El proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha de su notificación. El Instituto resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada. Asimismo, podrá interponer el recurso jerárquico subsidiariamente con el de reposición, debiendo en este caso elevarse los antecedentes al Director Nacional del IND para que conozca del recurso o deducirlo directamente dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación del rechazo total o parcial del recurso de reposición. La autoridad llamada a pronunciarse sobre los recursos referidos tendrá un plazo no superior a 30 días para resolverlo. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. No se aplicaran las multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica. La aplicación de multas no podrá superar al 5% del valor total contratado.
Anticipos y Reajustes
No se contempla pagos anticipados ni reajustes por ningún concepto
Presupuesto disponible
El instituto Nacional de Deportes, Dirección Regional de Antofagasta, cuenta con un presupuesto disponible para la presente licitación de $ 60.000.000 IVA INCLUIDO.- (Sesenta millones de pesos), por lo tanto cualquier oferta que se reciba por sobre esa cantidad será declarada inadmisible. Este monto es a razón de $10.000.000 IVA INCLUIDO mensuales.
Subcontratación
Durante la prestación del servicio, el adjudicatario sólo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas, lo que deberá ser solicitado por escrito, para la autorización de la Contraparte Técnica a quien corresponderá calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la Dirección del Instituto Nacional De Deportes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.