Resolución de Empates |
En caso de que se produzca un empate al momento de realizar la evaluación, el orden de las variables a considerar para el desempate será el siguiente:
I. El mayor puntaje en la evaluación en la oferta económica.
II. El mayor puntaje obtenido en la evaluación de la Experiencia.
III. El mayor puntaje obtenido en la evaluación en Servicio Técnico Integrado
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de tres días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicataria. Dichas consultas deberán dirigirse al funcionario de contacto señalado por el Instituto en las presentes Bases Administrativas.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
En el evento que la empresa contratada no dé cumplimiento en aquello que dice relación con el pago de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 4° inciso 2° de la Ley de Compras Públicas, N° 19.886.
El IND no tendrá vínculo jurídico ni laboral alguno con el personal que emplee el adjudicatario para la prestación del servicio. En consecuencia, no será responsable de sus remuneraciones, impuestos, imposiciones previsionales, seguros contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, Seguro de Responsabilidad Civil, Seguro de Vida, todo lo cual será de exclusivo cargo y responsabilidad del adjudicatario.
En caso de accidentes laborales, el contratista deberá responsabilizarse y dar al perjudicado la atención de salud adecuada. Por obligación, el contratista debe cumplir con la ley 16.744 de “Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales”, y poseer todos los seguros obligatorios exigidos por la norma vigente para prestaciones de servicios de seguridad.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, esto es, en tanto no se afecten, a juicio del IND, los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
El IND podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Aceptación de los términos de las Bases |
La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa.
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Interpretación de las Bases |
El IND se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo.
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Aclaraciones y/o modificaciones de oficio a las Bases |
El IND, podrá modificar, complementar o aclarar las bases de la licitación, de oficio o en atención a una consulta realizada por alguno de los oferentes, hasta 48 horas anteriores al día y hora fijados para la recepción de ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. Si se trata de una modificación sustancial, se otorgará la extensión de plazo correspondiente para la debida preparación de las ofertas.
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Antecedentes Generales |
La evaluación de los antecedentes determinará si se acepta o se rechaza una propuesta de acuerdo al rigor del oferente respecto de las bases y al control de su seriedad, capacidad y aptitud para proveer los bienes/servicios requeridos, sin afectar los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las Bases.
Los Oferentes NO inscritos en www.chileproveedores.cl, deberán acreditar, en su oportunidad, su habilidad para contratar con el Estado --como requisito para celebrar el contrato definitivo y dentro del plazo de 5 días hábiles-- con la inscripción vigente en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración.
Los Oferentes inhábiles en www.chileproveedores.cl, En el evento que el oferente adjudicado no se encuentre hábil en el portal de chileproveedores, tendrá un plazo de 5 días hábiles para regularizar su habilidad. De no darse cumplimiento dentro del término indicado el IND se reserva el derecho de readjudicar la licitación al segundo proveedor mejor evaluado y así sucesivamente, o declarar desierta la licitación según corresponda.
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La Oferta Técnica |
Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de estas Bases, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes o servicios ofertados, en todos sus aspectos esenciales, que corresponde a la descripción de los productos/servicios solicitados y ofertados;
Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio y con los contenidos mínimos establecidos en las Bases Técnicas.
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La Oferta Económica |
Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional y corresponderán al total NETO ofertado, es decir, que no deben contener el IVA, pues el propio portal agrega el impuesto.
Para el cálculo de su oferta económica presentada, será responsabilidad del oferente determinar el recurso humano (si correspondiera) necesario para la correcta y completa ejecución de la presente licitación en las condiciones establecidas en las bases.
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Contenidos mínimos de la oferta técnica |
Las ofertas que no cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las bases técnicas, serán declaradas inadmisibles, y no continuarán con las siguientes etapas del proceso de evaluación.
La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalló en la presentación de todos los anexos. La falta de presentación de cualquiera de los Anexos indicados anteriormente, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación; es decir, se declarará inadmisible.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos en los Anexos de las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato Word o Excel según corresponda, en el portal mercado público. Sin perjuicio de lo anterior si el oferente adjunta otro formato su oferta será evaluada siempre que contenga toda la información requerida en los anexos definidos para tales efectos, de lo contrario serán inadmisible. En caso que el oferente quisiera completar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
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Requisito obligatorio para los equipos requeridos |
El servicio ofertado deberá considerar equipos similares a los descritos y solicitados en las Bases técnicas adjuntas y que cumplan con las mismas o similares características técnicas exigidas.
Estos equipos deben ser equipos nuevos y modelos desde el año 2020 en adelante, cualquier oferta que no cumpla con estas exigencias serán declaradas inadmisibles.
En caso de desperfecto de algún equipo este deberá ser reemplazado el mismo día para dar continuidad al servicio.
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Costo de formulación de las ofertas |
Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus Ofertas, serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
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La Comisión Evaluadora |
Las ofertas serán evaluadas, por una Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios del Instituto Nacional de Deportes:
El Sr. Germán Espinaza Álvarez, R.U.N. N°13.048.958-3, o en caso de ausencia, la Sra. Paulina Henríquez Sánchez, RUN 8.770.156-5
El Sr. Cesar Salas Núñez, R.U.N. N° 12.566.802-K, o en caso de ausencia la Srta. Carla Luco Cuellar R.U.N. N° 13.012.163-2.
El Sr. Marcelo Oyarzun Bugueño, RUN. N°16.230.714-2, o en caso de ausencia la Srta. María Elisa Mercado Panades, R.U.N. N°10.796.447-9.
La Comisión será presidida por el funcionario de mayor jerarquía y efectuará la evaluación sobre la base de los antecedentes proporcionados por los proponentes.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases Técnicas. En caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar constancia en el acta.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
c) Evaluar las Ofertas Económicas.
d) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo siguiente:
i. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
ii. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
iii. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio
iv. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
v. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
Nota: En el evento de ser necesario y atendida la alerta sanitaria que nos afecta, la comisión evaluadora podrá sesionar de manera remota utilizando las herramientas tecnológicas que estimen pertinentes.
Asimismo, las actas de evaluación pueden suscribirse mediante cualquier modalidad de firma electrónica simple o bien, cada integrante, sucesivamente, imprimirá el documento, y lo firmará manuscritamente y luego volverlo a escanear. Con todo, las modalidades de firma electrónica simple de un documento son muy diversas y cualquiera de ellas podría ser utilizada.
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Consultas Aclaratorias a Oferentes |
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas.
Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl
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Evaluación mínima de Ofertas Técnicas |
En el caso que en la respectiva licitación se presente solo UN OFERENTE, para que pueda adjudicársela deberá obtener como puntaje mínimo dentro de la evaluación total una nota 3.5, en caso contrario no podrá adjudicarse el proceso licitatorio.
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos contenidos en las presentes bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos serán declaradas inadmisibles.
Sólo a aquellas propuestas admisibles, se evaluará de acuerdo a los criterios establecidos.
Las propuestas globales que no alcancen el puntaje mínimo de tres puntos, serán declaradas inadmisibles, y no continuarán en el proceso de licitación.
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Evaluación Oferta Económica (EOE) |
El valor de la Oferta Económica, para efectos de su evaluación, corresponderá al Valor Total Neto. Las ofertas que hayan calificado técnicamente serán evaluadas económicamente a través de la aplicación de la siguiente fórmula: (OPM/OE)*5
Donde:
OPM: Es el precio menor de todas las ofertas evaluadas.
OE: Es el precio de la oferta evaluada.
5: Es el puntaje mayor.
Los oferentes deberán presentar obligatoriamente el Anexo N°1, en el cual deberán detallar para cada cantidad de volumen (V) estimado el valor correspondiente para:
Costo Fijo (CF) y Costo Variable (CV)
La cantidad o volumen estimado que se requiere mensualmente es de 5.000 hojas por mes aproximadamente.
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Evaluación Experiencia del Oferente (EEX) |
Experiencia del oferente en el rubro de arriendo de impresoras.
Solo se considerara como fecha de inicio aquellas que tengan relación con el rubro o código de SII relacionados con el servicio de arriendo de impresoras.
Acreditación: Anexando Iniciación de Actividades o Situación Tributaria de S.I.I. en el rubro. No se aceptarán declaraciones juradas simples o notariales. Cualquier otro documento se considerará como “No presenta antecedentes”
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Evaluación Servicio Técnico Integrado (STI) |
Certificado de elaboración propia, que debe ser incluido en la oferta.
Se entiende por solicitud el día y hora que se envió o genero el contacto con el proveedor, vía telefónica y por correo electrónico
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Eventual Rechazo de las Ofertas o Declaración de Licitación Desierta |
El IND, como Órgano del Estado, se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar, por resolución fundada, al momento en que debe decidir la adjudicación de la licitación, cualquier oferta de algún proponente, cuando estimare que no cumple los requisitos establecidos en las Bases y/o a partir de la ponderación que haga de los documentos referidos en los Antecedentes Generales del Oferente.
Asimismo, el IND, por resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando, en general, éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales, sin incurrir por todo ello en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas expresamente por los proponentes.
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De la Orden de Compra |
Una vez efectuada la evaluación por parte del IND, se dictará la Resolución de Adjudicación, posteriormente se elaborará el contrato y luego se emitirá la orden de compra nominativa al oferente seleccionado, a través del portal. La orden contendrá los bienes y/o servicios adjudicados, la descripción técnica general y, en su caso, el lugar de entrega. La orden de compra debe ser aceptada a través del portal por el oferente seleccionado en un plazo máximo de 4 días desde su emisión.
La orden de compra NO puede ser cedida a terceros en forma alguna.
El Instituto se reserva el derecho de anular la orden de compra emitida, por incumplimientos del proveedor.
En el caso de las personas naturales y jurídicas, deberán adjuntar declaración jurada simple de no estar afecto a la prohibición contemplada en el artículo 10 de la Ley N° 20.393, esto es, no haber sido condenada, temporal o perpetuamente, a celebrar contratos con los organismos del Estado, en virtud de haberse establecido su responsabilidad penal en delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y delitos de cohecho.
El oferente que resulte adjudicado deberá encontrarse en estado hábil en el registro de Chileproveedores. En el caso de encontrarse inhábil se le otorgara un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para regularizar su estado en el Registro Electrónico.
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Modalidad de pago |
El/los pago/s al proveedor por los bienes adquiridos o servicios contratados por el Instituto, deberá efectuarse dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro. Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos.
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Facturación |
La factura respectiva deberá ser extendida de la siguiente forma:
- Nombre: Instituto Nacional de Deportes de Chile.
- R.U.T N°: 61.107.000-4.
- Domicilio: 21 de mayo N° 511.
- Ciudad: Antofagasta.
- Giro: Actividades de la Administración Pública.
Una vez entregado el servicio, el proveedor debe cumplir con lo siguiente:
a) Primero deben aceptar la OC, y facturar después que la institución genere la RECEPCIÓN CONFORME.
b) Deben enviar el archivo Xml a la casilla de intercambio: indrecepcion@custodium.com"
c) El DTE emitido por el proveedor, debe incluir correctamente el ID de la orden de compra, no incluyendo abreviaturas ni espacios en el ID asignado. Obligatoriamente debe completar el campo 801 (orden de compra) con el número de la OC emitida por nuestra institución.
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Presupuesto disponible |
El instituto Nacional de Deportes, Dirección Regional de Antofagasta, cuenta con un presupuesto disponible anual para la presente licitación de $ 8.000.000.- (Ocho millones de pesos) IVA INCLUIDO, POR LO TANTO CUALQUIER OFERTA QUE SE RECIBA POR SOBRE ESA CANTIDAD SERÁ DECLARADA INADMISIBLE.
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Anticipos y Reajustes |
No se contempla pagos anticipados ni reajustes por ningún concepto.
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Vigencia y duración del contrato |
El contrato entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que lo apruebe, y tendrá una vigencia de 12 meses.
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Renovación del contrato |
El contrato podrá ser renovado por única vez y por mutuo acuerdo de las partes, ateniéndose a la disponibilidad presupuestaria del año correspondiente dada por el Departamento de Administración y Finanzas.
Para renovar el contrato se evaluará el cumplimiento de éste por parte del oferente en lo referido a Calidad de los Servicios (cumplimiento cabal y oportuno de las obligaciones del contratista), como oportunidad en la prestación de los mismos. Además la renovación estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria de la Dirección Regional del IND, del año correspondiente y se fundamenta en la Naturaleza de los Servicios prestados, los que implican que servicio es necesario para el funcionamiento interno del Instituto, y que el Proveedor adjudicado, en el transcurso del Convenio, tendrá un conocimiento de la real importancia de las tareas encomendadas y del sistema de trabajo.
En caso de término de contrato el IND, con la antelación suficiente, procederá a licitar nuevamente este convenio. Con todo, por causas no imputables, si el proceso se extendiese más allá de los tiempos previstos, podrá prorrogar este convenio sólo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de licitación, para un nuevo contrato. Lo anterior, siempre que el monto estimado del contrato a prorrogar no supere las 1.000 UTM.
En caso de verificarse la renovación o la prórroga del presente contrato, será requisito indispensable la entrega previa de la correspondiente boleta de fiel cumplimiento del contrato, que cubra la totalidad de la prórroga o renovación, más 180 días contados desde el inicio de una u otra.
Todo lo anterior, sin perjuicio de la facultad de “El Instituto” de poner término anticipado al contrato en las situaciones que se señalan en estas Bases.
Cualquier modificación a las condiciones contractuales deberá llevarse a efecto previo acuerdo entre las partes (prevaleciendo siempre los intereses del Servicio y suscribiendo ambas un anexo modificatorio de contrato), en los términos y condiciones fijados por la Ley Nº 19.886 y su Reglamento, debiendo quedar por escrito y ser aprobado mediante el acto administrativo que corresponda, totalmente tramitado.
La ampliación o prórroga en la ejecución de los servicios no alterará de ningún modo los valores unitarios comprometidos en el contrato, si dicha ampliación o prórroga procede en virtud de lo señalado en el párrafo anterior.
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Causales de Término Anticipado del Contrato |
Podrán ser causales de modificación y de término anticipado, sin derecho a indemnización alguna, las siguientes:
a) Si el Contratista fuere declarado en quiebra o si éste cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, entendiéndose por tal la ejecución del contrato en términos y condiciones diversas a aquellas que fueron materia de oferta por parte del adjudicatario
c) La resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Si las multas superan al 20% del valor total contratado.
f) Si el Contratista que al momento de contratar registraba saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos dos años no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato.
g) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento, o su contenido, ya sea al momento de la suscripción del contrato o durante la ejecución de los servicios, lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren corresponder.
En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista, el IND pondrá anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
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Contraparte técnica |
Para los efectos de la presente licitación, se entenderá contraparte técnica para la coordinación del servicio de aseo y comunicación con el contratista, será el Encargado de Servicios Generales de la Dirección Regional o quien lo subrogue.
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MULTAS |
El IND podrá, en caso de incumplimiento o infracción contractual por parte el adjudicatario, multar a éste en atención a la gravedad de la infracción, lo que será determinado de acuerdo a lo estipulado en este punto.
TIPO DE INFRACCIÓN:
- Por cada día hábil de atraso en la instalación de todas las IMPRESORAS MULTIFUNCIONALES, una vez aceptada la Orden de Compra y coordinada la misma con las Unidades Requirentes.
- Por cada día hábil de atraso en la entrega de Servicio Técnico, comprometido en la oferta.
MULTA: 1 UF
La aplicación de multas no libera al adjudicatario de otras sanciones, como el término del contrato si procediera.
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Procedimiento de aplicación de multas |
Cuando se verifique un hecho constitutivo de multa de acuerdo a lo establecido en las presentes bases y/o en las Bases Técnicas, se deberá notificar por escrito al proveedor de dicha circunstancia, con indicación expresa de los hechos que se le imputan, concediéndose un plazo de tres días hábiles para que éste efectué sus descargos respectivos adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones.
Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o transcurrido el plazo de tres días hábiles sin que el proveedor haya formulado descargos, deberá formalizarse la medida a aplicar por la contraparte técnica, al departamento de Administración y Finanzas, solicitando la aplicación de la multa en caso que ello sea procedente, mediante resolución fundada, dentro de una plazo de 5 días hábiles. El acto administrativo indicado se publicará oportunamente en el sistema de información.
La medida deberá ser notificada al proveedor personalmente, por correo electrónico o por carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato o en mercado público. La notificación practicada mediante carta certificada, se entenderá ejercida a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
Una vez aplicada la multa al proveedor, se harán efectivas a través de descuentos en los pagos del mes siguiente o el IND podrá facturar el monto de la multa.
El proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha de su notificación. El Instituto resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada.
Asimismo, podrá interponer el recurso jerárquico subsidiariamente con el de reposición, debiendo en este caso elevarse los antecedentes al Director/a Nacional del IND para que conozca del recurso o deducirlo directamente dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes a la notificación del rechazo total o parcial del recurso de reposición.
La autoridad llamada a pronunciarse sobre los recursos referidos tendrá un plazo no superior a 30 días para resolverlo.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
No se aplicaran las multas si se trata de caso fortuito o fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica y alegados dentro de los 5 primeros días hábiles de ocurrido el hecho que impida al contratista cumplir con sus obligaciones. Se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil.
La aplicación de multas no podrá superar al 10% del valor total contratado.
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ADAPTABILIDAD DE LOS SERVICIOS |
El IND, durante el proceso de evaluación y adjudicación o con la mediación de un aviso escrito, despachado con un mínimo de 72 horas de anticipación a la fecha programada para la entrega de los bienes o prestación de servicios, podrá aumentarlos hasta en un 30% o disminuirlos hasta en un 10%. Esta variación no podrá significar una alteración del precio unitario ofertado.
Asimismo, durante la ejecución del contrato el IND podrá aumentar hasta en un 30% o disminuir hasta en un 10% la prestación de bienes o servicios contratada o convenida. Esta variación no podrá significar una alteración del precio unitario ofertado.
Dicha adaptabilidad del contrato en todos los casos, se entenderá como una modificación del mismo por mutuo acuerdo de las partes, conforme a lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 19.886 de Compras Públicas, y por el artículo 77 de su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
El ejercicio de la facultad de adaptabilidad de los servicios a que se refiere el presente punto de las Bases, en ningún caso puede alterar el objeto del contrato, siendo esta consideración una limitante para su materialización. Asimismo, deberá ajustarse el precio contractual, respetando el principio de estricta proporcionalidad y procederá cuando el administrador contractual emita un informe que recomiende la utilización de esta facultad, la cual será aprobada mediante Resolución Exenta fundada.
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CAUSALES DE INADMISIBILIDAD |
Se declararán inadmisibles las ofertas de los proponentes que tengan vínculo de parentesco con funcionarios directivos del Instituto Nacional de Deportes de Chile, o que dichos funcionarios y/o sus parientes formen parte, o posean acciones, derechos o cargos en la respectiva sociedad o empresa, o hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores a la presentación de las ofertas. Todo lo anterior en los términos establecidos en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios.
Evaluación: La presente licitación será evaluada en forma global, teniendo presente que el oferente deberá ofertar por el total de los ítems solicitados y no por parte de ellos, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.
Las ofertas que no cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las bases técnicas, serán declaradas inadmisibles, y no continuarán con las siguientes etapas del proceso de evaluación.
La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalló en la presentación de todos los anexos. La falta de presentación de cualquiera de los Anexos indicados anteriormente, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación; es decir, se declarará inadmisible.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos en los Anexos de las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato Word o Excel según corresponda, en el portal mercado público. Sin perjuicio de lo anterior si el oferente adjunta otro formato su oferta será evaluada siempre que contenga toda la información requerida en los anexos definidos para tales efectos, de lo contrario serán inadmisible. En caso que el oferente quisiera completar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
En el caso que en la respectiva licitación se presente solo UN OFERENTE, para que pueda adjudicársela deberá obtener como puntaje mínimo dentro de la evaluación total una nota 3.5, en caso contrario no podrá adjudicarse el proceso licitatorio.
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos contenidos en las presentes bases.
Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos serán declaradas inadmisibles.
Sólo a aquellas propuestas admisibles, se evaluará de acuerdo a los criterios establecidos.
Las propuestas globales que no alcancen el puntaje mínimo de tres puntos, serán declaradas inadmisibles, y no continuarán en el proceso de licitación.
Estos equipos deben ser equipos nuevos y modelos desde el año 2020 en adelante, cualquier oferta que no cumpla con estas exigencias serán declaradas inadmisibles.
El instituto Nacional de Deportes, Dirección Regional de Antofagasta, cuenta con un presupuesto disponible anual para la presente licitación de $ 8.000.000.- (Ocho millones de pesos) IVA INCLUIDO, POR LO TANTO CUALQUIER OFERTA QUE SE RECIBA POR SOBRE ESA CANTIDAD SERÁ DECLARADA INADMISIBLE.
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SUGERENCIAS AL PROVEEDOR PARA OFERTAR |
Presentar sólo los documentos solicitados en las bases.
En caso de ser varios anexos a presentar como respaldo, subir estos archivos en formato comprimido (WINZIP o WINRAR) y no individualmente.
Procurar que los nombres de los archivos sean abreviados o cortos, ya que al ser muy extensos puede haber problemas al tratar de abrir o descargar.
La iniciación de actividades solicitada para acreditar la experiencia la puede descargar u obtener directamente desde la página del S.I.I. (Consultar situación tributaria de terceros).
Procure adjuntar todos los anexos obligatorios solicitados en la bases.
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