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Resolución de Empates |
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En caso de igualdad en el puntaje final, se privilegiará al oferente que ha obtenido el
mayor puntaje en la evaluación técnica. De mantenerse el empate, se escogerá al
proponente cuya oferta resulte ser la más económica. De mantenerse aún el empate, se
escogerá al proponente que obtenga el mayor puntaje en el criterio Condiciones de
Empleo y Remuneraciones. Y De mantenerse aún el empate, se escogerá al proponente
que obtenga el mayor puntaje en el criterio Programa de Integridad
Finalmente, y de persistir el empate, se escogerá a la oferta que hubiere ingresado
primero al portal www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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9. DE LA RESOLUCIÓN DEL PROCESO
9.1 Adjudicación
La Adjudicación se hará por Resolución del IND, sobre la base del Acta de Evaluación
elaborada por la Comisión Evaluadora.
En el evento que el Adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Oficial de la
Administración www.chileproveedores.cl, deberá hacerlo dentro del plazo de 10 días
hábiles, contado desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudica la licitación.
En caso de no adjudicarse o no resolverse la inadmisibilidad de las ofertas o la deserción
del proceso en el plazo señalado en el cronograma, el Instituto fijará un nuevo plazo de
días hábiles para dictar el acto administrativo respectivo, el cual, se informará a través de
www.mercadopublico.cl junto a las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo
original.
En caso de que el adjudicado no acepte o rechace por cualquier motivo la respectiva
Orden de Compra, en el plazo de 48 horas una vez de enviada a éste, o no de
cumplimiento a los requisitos para celebrar el contrato, el IND se reserva el derecho de
adjudicar la propuesta al siguiente proponente mejor evaluado, o declarar desierto el
proceso.
9.2 Eventual Rechazo de las Ofertas o Declaración de Licitación Desierta.
El IND, como Órgano del Estado, se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar,
por resolución fundada, al momento en que debe decidir la adjudicación del bien o
servicio, cualquier oferta de algún proponente, cuando estimare que no cumple los
requisitos establecidos en las Bases y/o a partir de la ponderación que haga de los
documentos referidos en los Antecedentes Generales del Oferente.
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Asimismo, el IND, por resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no
se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
9.3 Comunicación de resultados de la licitación.
Se comunicará el resultado de la Propuesta a todos los oferentes a través de la
publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la correspondiente Resolución.
9.4 Consultas respecto de la adjudicación.
Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de tres
días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de
la Resolución adjudicatoria. Dichas consultas deberán dirigirse al funcionario de contacto
señalado por el IND en las presentes Bases Administrativas.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes,
a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días hábiles, contados
desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.
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Presentación de la Propuesta |
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6. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
6.1 Contenido de las Ofertas.
Cada Oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación.
En consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes
requeridos y necesarios para su calificación. Así, cada Oferta deberá estar conformada
por:
a) Los Antecedentes Generales.
b) La Oferta Técnica; que corresponde a la descripción de los servicios
solicitados y ofertados;
c) La Oferta Económica; que corresponde al precio total a suma alzada de los
servicios ofertados.
Los oferentes podrán presentar los antecedentes requeridos para participar en el proceso
de licitación, sólo en el período determinado para tal efecto, sin existir plazos
extraordinarios complementarios.
6.1.1 Antecedentes Generales.
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Todos los proponentes, deberán generar el antecedente que se singulariza a
continuación, en soporte electrónico y a través de www.mercadopublico.cl:
a) Declaración jurada sobre requisitos para ofertar, ya sea persona natural o persona
jurídica, la cual consta en línea y se realiza al postular a una licitación en
www.mercadopublico.cl.
Los Oferentes que tengan la calidad de inscritos en www.chileproveedores.cl se
consideran hábiles para contratar con el Estado, por lo que sólo deberán entregar el
antecedente específico que se exige precedentemente. Cabe mencionar que los
oferentes que cuenten con esta declaración adjunta a su ficha de Chileproveedores no
será obligatorio adjuntarla nuevamente a la oferta.
Los Oferentes NO inscritos en www.chileproveedores.cl, deberán acreditar, en su
oportunidad, su habilidad para contratar con el Estado, y contar con la inscripción vigente
en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, como requisito
para celebrar el contrato definitivo.
Sin perjuicio de lo anterior, y en el caso de la Unión Temporal de Proveedores, cuando se
trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar además, al momento de ofertar, el documento público o
privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, en conformidad al
reglamento de la ley N° 19.886. Si no se presenta dicho documento, la oferta presentada
será declarada inadmisible.
6.1.2 La Oferta Técnica.
Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de las Bases Técnicas, pero pudiendo
mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los
servicios ofertados, en todos sus aspectos esenciales.
Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, en la
oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones,
normas y políticas de uso del sitio y con los contenidos mínimos establecidos en las
Bases Técnicas.
6.1.2.1 Contenidos mínimos de la oferta técnica
Deberá cumplir todos los requerimientos establecidos en las bases técnicas, anexar
especificaciones técnicas del servicio ofertado, y acreditar año de fabricación de los
vehículos. Para lo anterior, se deberá acompañar el padrón, revisión técnica y seguro
obligatorio a los días (válidos y vigentes) de todos los vehículos ofertados.
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Las ofertas que no cumplan con la totalidad de estos requisitos, serán declaradas
inadmisibles, y no continuarán con las siguientes etapas del proceso de evaluación.
6.1.3 La Oferta Económica
Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la
oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones,
normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en
moneda nacional e indicar el monto total a suma alzada correspondiente a los servicios
requeridos en las presentes bases.
El oferente deberá indicar el valor total que asigna a su propuesta, mediante un
itemisado, debidamente llenado, y de acuerdo al formato establecido en el ANEXO N° 2
de estas bases.
6.1.4. Costo de formulación de las ofertas
Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus Ofertas, serán de
su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
7. APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura se efectuará en la oportunidad indicada en el Cronograma de las presentes
bases de licitación, a través del portal Mercado Público el día y a la hora señalada en el
Cronograma de la Licitación, oportunidad en la cual, se revisará inicialmente el
cumplimiento del contenido de las ofertas, establecido en el punto 6.1. de las presentes
Bases.
Tras dicha apertura y revisión, se procederá a levantar un acta de lo obrado, en la que se
consignará todo otro hecho pertinente que se le solicite por alguno de los eventuales
oferentes participantes y/o por los funcionarios que asistan, como también los motivos
de eventuales inadmisibilidades.
Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la
apertura electrónica de las ofertas, a través del portal www.mercadopublico.cl.
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De las evaluaciones de las ofertas |
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8. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
8.1 La Comisión Evaluadora.
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Las ofertas que inicialmente fueron declaradas admisibles, serán analizadas, por una
Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios del Instituto
Nacional de Deportes de Chile:
a) Encargada de la Unidad de Deporte de Alto Rendimiento y Competitivo, doña
Eliara Klein Higor, o quien la subrogue o reemplace, o finalmente, el/la Directora/a
Regional designe;
b) Analista Deporte Competitivo, don Francisco Celis Palma, o quien lo subrogue o
reemplace, o finalmente, el/la Directora/a Regional designe;
c) Encargada de la Sub Unidad de Administración y Gestión de Abastecimiento, doña
Ivonne Aguirre Rojas, o quien la subrogue o reemplace, o finalmente, el/la Directora/a
Regional designe.
8.2 Consultas Aclaratorias a Oferentes.
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá efectuar consultas a uno
o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas.
Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los
oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
8.3 Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la
evaluación.
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes
que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos
vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto
de los demás, esto es, en tanto no se afecten, a juicio del IND, los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
8.4 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes
que presenten antecedentes omitidos.
Para ello, la Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la
correspondiente solicitud de aclaración, indicando los antecedentes que faltan.
Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes
que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar las ofertas o se refieran a situaciones no hayan mutado entre el vencimiento
del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes deberán
entregar el /los antecedentes faltantes dentro del plazo indicado en la solicitud.
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8.5 Criterios de Evaluación de las Ofertas.
Las ofertas recibidas serán evaluadas mediante un Acta de Evaluación, la cual será
confeccionada de acuerdo a los criterios de evaluación que se indican a continuación:
8.5.1 Evaluación de Ofertas Técnicas (OT): 38%
La evaluación de la oferta técnica se realizará en base a la acreditación de los años de
fabricación de los vehículos ofertados, mediante el padrón y revisión técnica al día, de
acuerdo a la siguiente tabla:
Año de Fabricación de todos los transportes, 2018 al
2024
100 PUNTOS
Año de Fabricación de uno o todos los transportes
menores al 2017 inclusive.
0 PUNTOS
No acredita año de fabricación de uno o todos los
transportes.
INADMISIBLE
8.5.2 Evaluación Ofertas Económicas (OE): 50%
La evaluación de las ofertas económicas se realizará aplicando la siguiente fórmula,
considerando el costo total del servicio considerando todos los recorridos:
Precio mínimo x 100
Precio de oferta en evaluación
8.5.3 Evaluación de Condiciones de Empleo y Remuneraciones (CER) 10%
En conformidad al Artículo 38 Decreto N° 250 del 2004, del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el Reglamento de la Ley N° 19886, de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministro y de Presentación de Servicios, en el caso de servicios habituales se deberá
contemplar este criterio, el cual será evaluado a través de los niveles de remuneraciones
y beneficios otorgados a sus trabajadores tales como bonos, viáticos, etc. para lo cual, el
oferente deberá adjuntar la documentación que lo demuestre (para lo anterior debe ser
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demostrado subiendo su medio de verificación, por ejemplo, contratos, planillas de pago,
beneficios, etc).
La evaluación de las condiciones de empleo y remuneraciones se realizará de acuerdo a
la siguiente tabla:
Condiciones Puntaje
Oferente otorga mejores niveles de renta y beneficios u
oferente no tiene trabajadores
100
puntos
Oferente otorga salarios mínimos y sin beneficios 50 puntos
Oferente no acredita 0 puntos
8.5.4 Evaluación Programa de Integridad (PI) 2%
El Oferente deberá indicar (Anexo N°3) si cuenta con programa de integridad y si este es
conocido o no por sus trabajadores. Para acreditar deberá adjuntar el Programa de
Integridad, además de documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran
en conocimiento de dicho programa. La Evaluación se realizará de acuerdo a lo señalado
en la siguiente tabla:
Porcentaje de ponderación
Oferente cuenta con programa de
integridad
100 puntos
Oferente NO cuenta con programa de
integridad
0 puntos
8.5.5 Evaluación General de las Propuestas.
Las ofertas obtendrán un puntaje final que resultará de la suma de los puntajes de los
criterios evaluados multiplicados por su respectiva ponderación. Esto mediante la
siguiente fórmula:
Puntaje Final = (OT * (0,38)) + (OE * (0,50)) + (CER * (0,10) + (PI * (0,02)).
8.6 Mecanismo de solución en caso de empates.
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En caso de igualdad en el puntaje final, se privilegiará al oferente que ha obtenido el
mayor puntaje en la evaluación técnica. De mantenerse el empate, se escogerá al
proponente cuya oferta resulte ser la más económica. De mantenerse aún el empate, se
escogerá al proponente que obtenga el mayor puntaje en el criterio Condiciones de
Empleo y Remuneraciones. Y De mantenerse aún el empate, se escogerá al proponente
que obtenga el mayor puntaje en el criterio Programa de Integridad
Finalmente, y de persistir el empate, se escogerá a la oferta que hubiere ingresado
primero al portal www.mercadopublico.cl
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Del Contrato |
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10. DE LA ORDEN DE COMPRA Y DEL CONTRATO
10.1 De la aceptación de orden de compra
Se establece un plazo máximo de 48 horas, desde emitida la orden de compra generada
por concepto de la presente licitación, para que el oferente adjudicado realice la
aceptación de dicha orden a través del portal mercadopublico.
En el caso que esto no se efectúe, el Instituto procederá a la cancelación de la orden
respectiva, cuya decisión será informada al proveedor, procediendo en forma posterior a
adjudicar a la segunda oferta más conveniente o a declarar desierto el proceso
10.2 Elaboración del contrato
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de la Ley de Compras, el
contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra por el Servicio y
aceptación de ésta por parte del Proveedor.
10.3 Vigencia del Contrato
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El contrato entrará en vigencia a contar de la total tramitación de la Resolución que lo
apruebe, la que será notificada al ADJUDICATARIO, otorgándole copia de la misma, sin
perjuicio de su publicación en el Portal Mercado Público.
La duración del contrato será hasta la recepción definitiva sin observaciones, y entera
conformidad del IND de los servicios licitados.
o al
contrato en las situaciones que se señalan en estas Bases.
10.4 Plazo
La programación de los viajes dependerá de la planificación deportiva regional en
conjunto con lo dispuesto por la organización según itinerario indicado en el punto 3.1 de
las bases técnicas.
Para el evento Final Nacional los transportes no serán utilizados durante la estadía, se
contempla solo traslados de ida y regresos según tabla 3.1, desde y hasta los puntos de
salida de las delegaciones indicados en cada itinerario.
Para el evento clasificatorio de Natación los buses permanecerán a la espera de los
deportistas durante toda la duración de la jornada de competencia para llevarlos de
regreso según lo indicado en tabla 3.1. La fecha del evento se podría modificar posterior
a la adjudicación.
En el caso de alguna modificación de las fechas de viaje por alguna contingencia, será
informado previamente al adjudicado por parte de la Encargada Regional del Deporte de
Alto Rendimiento y Competición.
Con todo, las partes, de común acuerdo, podrán modificar el plazo establecido en el
párrafo primero de esta disposición, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley
N° 19.886 de Compras Públicas y artículo 77 N° 1 de su Reglamento, contenido en el
Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
10.5 Acreditación del cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de Seguridad
Social
En caso de que el adjudicatario cuente con trabajadores dependientes, y para que el
instituto emita la orden de compra respectiva, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días
hábiles, desde la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl, para entregar
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el IND un certificado de antecedentes laborales y previsionales de cobertura nacional,
extendido por la inspección del trabajo competente, vigente al momento de la
adjudicación, respecto del cumplimiento de las normas laborales y previsionales, con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
El IND podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier tiempo, mientras dure la prestación
de los servicios, la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones Laborales y
Previsionales.
10.6 Recepción
La recepción será única por el total del servicio contratado. Una vez realizado el servicio,
y recepcionado conforme por el Administrador del Contrato, quien emitirá un informe, el
proveedor entregará la Factura a la Unidad de Administración y Finanzas, del Instituto
Nacional de Deportes, Región de O´Higgins, para su tramitación a pago.
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EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
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11. EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
11.1 Administración y Fiscalización de su Cumplimiento
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, el Instituto
designa como sus Administradora a la Encargada de la Unidad de Deporte de Alto
Rendimiento y Competitivo, doña Eliara Klein Higor, o a quien la subrogue o reemplace, o
el/la Directora/a Regional designe, la cual, tendrá las siguientes facultades responsabilidades:
a) Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato.
b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del
contrato.
c) Revisar y aprobar el pago de los servicios contratos, previa verificación de las
multas a que hubiere lugar.
d) Certificar la recepción, a entera satisfacción del Instituto, de los servicios
contratados.
e) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que
faciliten la ejecución del contrato y la coordinación interna del Servicio.
Asimismo, el adjudicatario deberá designar un Coordinador Técnico que se relacionará
con el Administrador del Contrato para todos los efectos señalados.
11.2. Multas
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El IND podrá, en caso de incumplimiento o infracción contractual por parte del
Adjudicatario, multar a éste en atención a la gravedad de la infracción, lo que será
determinado de acuerdo a lo estipulado en este punto.
Verificada la infracción por el Administrador del Contrato, notificará por escrito al
Adjudicatario, informando que se ha incurrido en una infracción, con indicación de la
multa a aplicar.
La multa procederá por cada incumplimiento o infracción contractual que se produzca, y
será aplicada administrativamente al adjudicatario, para cuyo pago, deberá realizar
transferencia electrónica o depósito a la Cuenta Corriente N°38109100533 de Banco
Estado, a nombre del Instituto Nacional de Deportes de Chile, R.U.T. N° 61.107.000-4, y
remitir el comprobante de pago a pamela.gonzalez@ind.cl.
La adjudicataria será sancionada con una multa conforme a la siguiente tabla:
INFRACCIÓN MULTA
Atraso en el retiro de las delegaciones, en
relación con el horario establecido en la orden
de compra, y desperfecto de la máquina. Se
considerará atraso, a la demora en el retiro de
las delegaciones, superior a 20 minutos, en el
punto de salida.
1 UTM (Una Unidad Tributaria
mensual por incumplimiento).
Cualquier otro incumplimiento a lo establecido
en las bases técnicas del servicio requerido o a
la oferta presentada.
3 UTM (Tres Unidades
Tributarias Mensuales), por
incumplimiento.
La aplicación de la multa no libera al adjudicatario de otras sanciones, como el término
del contrato si procediera.
Se hace presente, que el valor de la UTM será el de la fecha de pago de la multa.
11.3 Causales de Modificación y de Término Anticipado del Contrato.
Sin perjuicio de causales especiales que se señalen en el respectivo contrato, serán
causales de modificación y de término anticipado, sin derecho a indemnización alguna,
las siguientes:
a) La declaración en quiebra, el notorio estado de insolvencia, la terminación,
liquidación o disolución de la entidad adjudicataria.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante,
entendiéndose por tal la ejecución del contrato en términos y condiciones diversas a
aquellas que fueron materia de oferta por parte del adjudicatario
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c) La resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a
la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) Si las multas superan el 20% del valor del servicio contratado.
g) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento, o
su contenido, ya sea al momento de la aceptación de la orden de compra o mientras
preste los servicios contratados, lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales que
pudieren corresponder.
h) Por necesidades (Fuerza mayor y/o caso fortuito) del IND, lo cual se avisará
mediante carta certificada con una anticipación mínima de 30 días corridos.
i) Suspensión o cancelación de la Competencia, Actividad o Eventos de los
programas IND comprendidos para la prestación de los servicios, lo cual se avisará
mediante carta certificada con una anticipación mínima de 30 días corridos.
En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista, el IND
pondrá anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la
indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del
derecho común.
11.4 Procedimiento para la aplicación de multas, para resolver el cobro de la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato o para resolver el término
anticipado:
Verificada la infracción por el Instituto, notificará por escrito al adjudicatario, informando
las causales o razones que se tienen en vista para la aplicación de la multa con indicación
de su monto, o, en su caso para poner el término anticipado al contrato.
El adjudicatario, por su parte, dispondrá de un plazo de 5 días hábiles desde la
notificación para efectuar sus descargos, resolviendo el IND mediante resolución
fundada, si acepta los mismos o ratifica la aplicación de la multa o el término contractual.
11.5 Pago
El pago se efectuara previa recepción conforme del IND de los servicios contratados. El
pago se realizará dentro de los 30 días corridos siguientes de presentada la factura,
debidamente visada por el Administrador del Contrato, y extendida a nombre del
Instituto Nacional de Deportes de Chile, RUT N° 61.107.000-4, domiciliado para estos
efectos en Calle Manuel Antonio Matta N°220, Población Cuadra, Rancagua.
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Cada factura debe ser enviada a la casilla: indrecepcion@custodium.com
11.6 Anticipos y Reajustes
No se contempla pagos anticipados por ningún concepto. El precio convenido para el
contrato se considerará invariable y no reajustable.
11.7 Subcontratación de los servicios.
El adjudicatario podrá subcontratar hasta en un 60% los servicios contratados, para
asegurar la continuidad operativa del contrato, cumpliendo con las condiciones
establecidas en el presente numeral. En caso de subcontratación, el adjudicatario deberá
conservar los parámetros técnicos y administrativos del servicio, establecidos en las
bases técnicas, respetando la oferta, y mantendrá la responsabilidad, tanto contractual
como extracontractual, frente al Instituto y/o frente a terceros.
Todo el personal y las actuaciones de los subcontratistas serán considerados como del
adjudicatario para efectos de estas bases y del contrato.
Para lo anterior, y previamente, el adjudicatario deberá informar al Administrador del
Contrato, nombre y RUT de los subcontratados, y condiciones de la prestación del servicio
subcontratado, para que sea analizada y autorizada por este. Sin dicha autorización
previa, el adjudicatario no podrá realizar la subcontratación de los servicios.
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ADAPTABILIDAD DE LOS SERVICIOS. |
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12. ADAPTABILIDAD DE LOS SERVICIOS.
El IND, durante el proceso de evaluación y adjudicación o con la mediación de un aviso
escrito, despachado con un mínimo de 72 horas de anticipación a la fecha programada
para la contratación de los servicios, podrá aumentarlos hasta en un 30% o disminuirlos
hasta en un 10%. Esta variación no podrá significar una alteración del precio unitario
ofertado.
Dicha adaptabilidad del contrato se entenderá como una modificación del mismo por
mutuo acuerdo de las partes, conforme a lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº
19.886 de Compras Públicas, y por el artículo 77 de su Reglamento, contenido en el
Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
El ejercicio de la facultad de adaptabilidad de los servicios a que se refiere el presente
punto de las Bases, en ningún caso puede alterar el objeto del contrato, siendo esta
consideración una limitante para su materialización. Asimismo, deberá ajustarse el
precio contractual, respetando el principio de estricta proporcionalidad y procederá
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cuando el administrador contractual emita un informe que recomiende la utilización de
esta facultad, la cual será aprobada mediante Resolución Exenta fundada.
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PACTO DE INTEGRIDAD. |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada
una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el
resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el
oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada
necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus
trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la
República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo
485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos
humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los
derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos
efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos
y Empresas de Naciones Unidas.
b) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública,
ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni
tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o
indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos
o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre
competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos
acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de
sus tipos o formas.
d) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que
deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas
que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia,
precisión y vigencia de la misma.
e) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética,
moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y
condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los
contratos que de ellos se derivase.
g) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas
bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
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h) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos
ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las
condiciones y oportunidad ofertadas.
i) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas
con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de
la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable
de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales
que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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