Resolución de Empates |
8.6 Mecanismo de solución en caso de empates.
En caso de igualdad en el puntaje final, se privilegiará al oferente que ha obtenido el
mayor puntaje en la evaluación de la experiencia del oferente. De mantenerse el empate,
se escogerá al proponente cuya oferta resulte ser la más económica. De mantenerse aún
el empate, se escogerá al proponente que obtenga el mayor puntaje en el criterio
Evaluación Oferta Técnica. Y de mantenerse aún el empate, se escogerá al proponente
que obtenga el mayor puntaje en el criterio Comportamiento Contractual Anterior.
Finalmente, y de persistir el empate, se escogerá a la oferta que hubiere ingresado
primero al portal www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
9. DE LA RESOLUCIÓN DEL PROCESO
9.1 Adjudicación
La Adjudicación se hará por Resolución del IND, sobre la base del Acta de Evaluación
elaborada por la Comisión Evaluadora.
En el evento que el Adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Oficial de la
Administración www.chileproveedores.cl, deberá hacerlo dentro del plazo de 10 días
hábiles, contado desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudica la licitación.
En caso de no adjudicarse o no resolverse la inadmisibilidad de las ofertas o la deserción
del proceso en el plazo señalado en el cronograma, el Instituto fijará un nuevo plazo de
días hábiles para dictar el acto administrativo respectivo, el cual, se informará a través de
www.mercadopublico.cl junto a las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo
original.
En caso de que el adjudicado no acepte o rechace por cualquier motivo la respectiva
Orden de Compra, en el plazo de 48 horas una vez de enviada a éste, o no de
cumplimiento a los requisitos para celebrar el contrato, el IND se reserva el derecho de
adjudicar la propuesta al siguiente proponente mejor evaluado, o declarar desierto el
proceso.
9.2 Eventual Rechazo de las Ofertas o Declaración de Licitación Desierta.
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El IND, como Órgano del Estado, se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar,
por resolución fundada, al momento en que debe decidir la adjudicación del bien o
servicio, cualquier oferta de algún proponente, cuando estimare que no cumple los
requisitos establecidos en las Bases y/o a partir de la ponderación que haga de los
documentos referidos en los Antecedentes Generales del Oferente.
Asimismo, el IND, por resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no
se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
9.3 Comunicación de resultados de la licitación.
Se comunicará el resultado de la Propuesta a todos los oferentes a través de la
publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la correspondiente Resolución.
9.4 Consultas respecto de la adjudicación.
Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de tres
días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de
la Resolución adjudicatoria. Dichas consultas deberán dirigirse al funcionario de contacto
señalado por el IND en las presentes Bases Administrativas.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes,
a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días hábiles, contados
desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
6. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
6.1 Contenido de las Ofertas.
Cada Oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación.
En consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes
requeridos y necesarios para su calificación. Así, cada Oferta deberá estar conformada
por:
a) Los Antecedentes Generales.
b) La Oferta Técnica; que corresponde a la descripción de los servicios
solicitados y ofertados;
c) La Oferta Económica; que corresponde al precio total a suma alzada de los
servicios ofertados.
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Los oferentes podrán presentar los antecedentes requeridos para participar en el proceso
de licitación, sólo en el período determinado para tal efecto, sin existir plazos
extraordinarios complementarios.
6.1.1 Antecedentes Generales.
Todos los proponentes, deberán generar el antecedente que se singulariza a
continuación, en soporte electrónico y a través de www.mercadopublico.cl:
Declaración jurada sobre requisitos para ofertar, ya sea persona natural o persona
jurídica, la cual consta en línea y se realiza al postular a una licitación en
www.mercadopublico.cl.
Los Oferentes que tengan la calidad de inscritos en www.chileproveedores.cl se
consideran hábiles para contratar con el Estado, por lo que sólo deberán entregar el
antecedente específico que se exige precedentemente. Cabe mencionar que los
oferentes que cuenten con esta declaración adjunta a su ficha de Chileproveedores no
será obligatorio adjuntarla nuevamente a la oferta.
Los Oferentes NO inscritos en www.chileproveedores.cl, deberán acreditar, en su
oportunidad, su habilidad para contratar con el Estado, y contar con la inscripción vigente
en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, como requisito
para celebrar el contrato definitivo.
Sin perjuicio de lo anterior, y en el caso de la Unión Temporal de Proveedores, cuando se
trate de adquisiciones inferiores a 1.000UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar además, al momento de ofertar, el documento público o
privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, en conformidad al
reglamento de la ley N° 19.886. Si no se presenta dicho documento, la oferta presentada
será declarada inadmisible.
6.1.2 La Oferta Técnica.
Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de las Bases Técnicas, pero pudiendo
mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los
servicios ofertados, en todos sus aspectos esenciales.
Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, en la
oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones,
normas y políticas de uso del sitio y con los contenidos mínimos establecidos en las
Bases Técnicas.
6.1.2.1 Contenidos mínimos de la oferta técnica
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Deberá cumplir todos los requerimientos establecidos en las bases técnicas, y anexar
especificaciones técnicas del servicio ofertado, en los Anexos N°1 y Anexo N°2, de estas
bases.
Las ofertas que no cumplan con la totalidad de estos requisitos, serán declaradas
inadmisibles, y no continuarán con las siguientes etapas del proceso de evaluación.
6.1.3 La Oferta Económica
Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la
oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones,
normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en
moneda nacional e indicar el monto total a suma alzada correspondiente a los servicios
requeridos en las presentes bases.
El oferente deberá indicar el valor total que asigna a su propuesta, mediante un
itemisado de acuerdo al formato establecido en el ANEXO N° 3 de estas bases.
6.1.4. Costo de formulación de las ofertas
Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus Ofertas, serán de
su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
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DEL CONTRATO |
10. DEL CONTRATO
10.1 Elaboración del contrato
Una vez notificado el proveedor adjudicado, el Instituto Nacional de Deportes de Chile,
Región de O´Higgins, redactará el correspondiente contrato, en conformidad al
contenido de estas Bases, a las consultas y respuestas, a los documentos aclaratorios
intercambiados por las partes, a la oferta del adjudicatario y a las disposiciones
pertinentes de la legislación vigente, todo lo cual se entiende, desde ya, como parte
integrante del texto contractual.
10.2 Ofrecimiento a la firma y plazo.
Una vez elaborado el contrato, el Instituto Nacional de Deportes de Chile, Región de
O´Higgins lo ofrecerá a la firma del adjudicatario otorgándole un plazo máximo de 5 días
hábiles para suscribirlo, contado desde la fecha en que se le notifique, vía correo
electrónico, que el contrato se encuentra a su disposición para tal efecto. Será
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responsabilidad del adjudicatario que su dirección de correo electrónico consignada en el
Portal sea correcta y esté habilitada para todos los efectos de estas bases.
Respecto de las personas jurídicas, en la misma oportunidad y por el mismo medio, el
IND requerirá declaración jurada simple de no estar afecto a la prohibición
contemplada en el artículo 10 de la Ley Nº20.393, la cual deberá ser entregada al
momento de la suscripción del contrato, en las dependencias de la Dirección Regional
del Instituto, ubicadas en Manuel Antonio Matta # 220, ciudad de Rancagua, dentro
del mismo plazo señalado.
En la misma oportunidad y por el mismo medio, el IND podrá requerir cualquier otro
antecedente al Adjudicatario, necesario para acreditar su habilidad para contratar con el
Estado, ya sea en originales o en copias autorizadas ante Notario, los cuales deberán ser
entregados en la Oficina de Partes, de la Dirección Regional, ubicada en Manuel Antonio
Matta # 220, ciudad de Rancagua, dentro del mismo plazo de suscripción señalado.
Entonces una vez entregados los antecedentes señalados, en el caso que fueran solicitados,
se procederá a la suscripción del contrato.
Si el adjudicatario no firma por cualquier razón el contrato, o no da cumplimiento a los
trámites previos a la firma de éste, o no realiza la entrega de la garantía de fiel y oportuno
cumplimiento del contrato, o se desiste de su oferta, o no se inscribe en el registro
electrónico oficial de proveedores del estado dentro del plazo señalado en estas bases, el
Instituto estará facultado para resolver que se adjudica la licitación al siguiente
proponente mejor evaluado, o declarar desierto el proceso.
10.3 Vigencia del Contrato
El contrato entrará en vigencia a contar de la total tramitación de la Resolución que lo
apruebe, la que será notificada al Contratista, otorgándole copia de la misma, sin perjuicio
de su publicación en el Portal Mercado Público.
La duración del contrato será hasta la recepción definitiva sin observaciones, y entera
conformidad del IND de los servicios licitados.
contrato en las situaciones que se señalan en estas Bases.
10.4. Plazo
El servicio será tipo presencial en la ciudad de Rancagua en el mes de Abril de 2024
(domingo 7).
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El IND podrá modificar la fecha y lugar de realización del evento, informando al
adjudicatario con 3 días hábiles de antelación.
Con todo, las partes, de común acuerdo, podrán modificar el plazo establecido en el
párrafo primero de esta disposición, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley
N° 19.886 de Compras Públicas y artículo 77 N° 1 de su Reglamento, contenido en el
Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
10.5 Acreditación del cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de Seguridad
Social.
En caso de que el adjudicatario cuente con trabajadores dependientes, y para que el
Instituto emita la orden de compra respectiva, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días
hábiles, desde la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl, para entregar
el IND un certificado de antecedentes laborales y previsionales de cobertura nacional,
extendido por la inspección del trabajo competente, vigente al momento de la
adjudicación, respecto del cumplimiento de las normas laborales y previsionales, con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
El IND podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier tiempo, mientras dure la ejecución de
los trabajos o servicios, la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones Laborales y
Previsionales, mediante certificado emitido por la Inspección del Trabajo respectiva.
10.6 De la aceptación de la orden de compra.
Se establece un plazo máximo de 48 horas, desde emitida la orden de compra, generada
por concepto de prestación de los servicios contratados, para que el oferente adjudicado
realice la aceptación de dicha orden a través del portal de mercado público.
En caso de que esto no se efectúe, será considerado un incumplimiento grave de él
oferente adjudicado, por lo cual, el mandante procederá a la cancelación de la orden
respectiva, cuya decisión será informada al proveedor, quedando el mandante facultado
para decretar el Término Anticipado del Convenio de Suministro.
10.7 Recepción
La recepción será única por el servicio contraído a través de la emisión de la órden de
compra. Una vez realizado el servicio, y recepcionado conforme por el Administrador del
Contrato, el proveedor entregará la Factura a la Unidad de Administración y Finanzas, del
Instituto Nacional de Deportes, Región de O´Higgins, para su tramitación a pago.
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EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
11. EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
11.1 Administración y Fiscalización de su Cumplimiento
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, el Instituto
designa como su Administrador al Encargado de la Sub Unidad de Deporte de
Participación Social, de la Dirección Regional de O´Higgins, Sr. Omar Olivares Poblete, o
quien lo subrogue o reemplace o el/la Directora/a Regional designe, el que tendrá las
siguientes facultades-responsabilidades:
a) Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato.
b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del
contrato.
c) Revisar y aprobar el pago de los servicios contratos, previa verificación de las
multas a que hubiere lugar.
d) Revisar y aprobar el pago del servicio contratado, previa verificación de las
multas a que hubiere lugar.
e) Certificar la recepción, a entera satisfacción del Instituto, de los servicios
contratados.
f) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que
faciliten la ejecución del contrato y la coordinación interna del Servicio.
Asimismo, el adjudicatario deberá designar un Coordinador Técnico que se relacionará
con el Administrador del Contrato para todos los efectos señalados.
11.2. Multas
El IND podrá, en caso de incumplimiento o infracción contractual por parte del
Adjudicatario, multar a éste en atención a la gravedad de la infracción, lo que será
determinado de acuerdo a lo estipulado en este punto.
Verificada la infracción por el Administrador del Contrato, notificará por escrito al
Adjudicatario, informando que se ha incurrido en una infracción, con indicación de la
multa a aplicar.
La multa procederá por cada incumplimiento o infracción contractual que se produzca, y
será aplicada administrativamente al adjudicatario, para cuyo pago, deberá realizar
transferencia electrónica o depósito a la Cuenta Corriente N°38109100533 de Banco
Estado, a nombre del Instituto Nacional de Deportes de Chile, R.U.T. N° 61.107.000-4, y
remitir el comprobante de pago a pamela.gonzalez@ind.cl.
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La adjudicataria será sancionada con una multa conforme a la siguiente tabla:
La aplicación de multas no libera al Adjudicatario de otras sanciones, como del Término
del Contrato si procediera.
11.3 Causales de Modificación y de Término Anticipado del Contrato.
Sin perjuicio de causales especiales que se señalen en el respectivo contrato, serán
causales de modificación y de término anticipado, sin derecho a indemnización alguna,
las siguientes:
a) La declaración en quiebra, el notorio estado de insolvencia, a menos que se
mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el
cumplimiento del contrato, la terminación, liquidación o disolución de la entidad
adjudicataria.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante,
entendiéndose por tal la ejecución del contrato en términos y condiciones diversas a
aquellas que fueron materia de oferta por parte del adjudicatario
c) La resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a
la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) Si las multas superan el 20% del valor del servicio contratado.
g) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento, o
su contenido, ya sea al momento de la aceptación de la orden de compra o mientras
preste los servicios contratados, lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales que
pudieren corresponder.
h) Por necesidades (Fuerza mayor y/o caso fortuito) del IND, lo cual se avisará
mediante carta certificada con una anticipación mínima de 15 días corridos.
i) Suspensión o cancelación del evento comprendido en la prestación de los
servicios, lo cual se avisará mediante carta certificada con una anticipación mínima de 15
días corridos.
En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista, el IND
pondrá anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la
indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del
derecho común.
INFRACCIÓN MULTA
Cada vez que el servicio no cumpla con las
necesidades solicitadas por la Institución, de
acuerdo a las especificaciones técnicas
indicadas en las Bases Técnicas, o con la
oferta presentada.
UTM 0,5 (cero coma tres Unidades
Tributarias Mensuales), por cada
servicio que no cumpla.
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11.4 Procedimiento para la aplicación de multas o para resolver el término
anticipado:
Verificada la infracción por el Instituto, notificará por escrito al adjudicatario, informando
las causales o razones que se tienen en vista para la aplicación de la multa con indicación
de su monto, o, en su caso para poner el término anticipado al contrato.
El adjudicatario, por su parte, dispondrá de un plazo de 5 días hábiles desde la
notificación para efectuar sus descargos, resolviendo el IND mediante resolución
fundada, si acepta los mismos o ratifica la aplicación de la multa o el término contractual.
11.5 Pago
El pago se efectuara previa recepción conforme del IND de los servicios contratados. El
pago se realizará dentro de los 30 días corridos siguientes de presentada la factura,
debidamente visada por el Administrador del Contrato, y extendida a nombre del
Instituto Nacional de Deportes de Chile, RUT N° 61.107.000-4, domiciliado para estos
efectos en Calle Manuel Antonio Matta N°220, Población Cuadra, Rancagua.
Cada factura debe ser enviada a la casilla: indrecepcion@custodium.com
11.6 Anticipos y Reajustes
No se contempla pagos anticipados por ningún concepto. El precio convenido para el
contrato se considerará invariable y no reajustable.
11.7 Subcontratación de los servicios.
No se contempla la subcontratación de los servicios, el adjudicado deberá prestar en
forma directa los servicios que por esta licitación le sean adjudicados, ya sea por sí
mismo, o a través de sus empleados si los tuviere.
12. ADAPTABILIDAD DE LOS SERVICIOS.
El IND, durante el proceso de evaluación y adjudicación o con la mediación de un aviso
escrito, despachado con un mínimo de 72 horas de anticipación a la fecha programada
para la contratación de los servicios, podrá aumentarlos hasta en un 30% o disminuirlos
hasta en un 10%. Esta variación no podrá significar una alteración del precio unitario
ofertado.
Dicha adaptabilidad del contrato se entenderá como una modificación del mismo por
mutuo acuerdo de las partes, conforme a lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº
19.886 de Compras Públicas, y por el artículo 77 de su Reglamento, contenido en el
Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
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DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
8. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
8.1 La Comisión Evaluadora.
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Las ofertas que inicialmente fueron declaradas admisibles, serán analizadas, por una
Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios del Instituto
Nacional de Deportes de Chile:
a) Encargado de la Sub Unidad de Deporte de Participación Social, don Omar
Olivares Poblete, o quien lo subrogue o reemplace, o finalmente, el Director Regional
designe;
b) Encargado de la Unidad de Actividad Física y Deporte, don Jorge Pedreros Tapia, o
quien lo subrogue o reemplace, o finalmente, el Director Regional designe;
c) Encargada de Sub Unidad de Gestión de Abastecimiento, Ivonne Aguirre Rojas, o
quien la subrogue o reemplace, o finalmente, el Director Regional designe.
8.2 Consultas Aclaratorias a Oferentes.
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá efectuar consultas a uno
o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas.
Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los
oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
8.3 Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la
evaluación.
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes
que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos
vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto
de los demás, esto es, en tanto no se afecten, a juicio del IND, los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
8.4 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes
que presenten antecedentes omitidos.
Para ello, la Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la
correspondiente solicitud de aclaración, indicando los antecedentes que faltan.
Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes
que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar las ofertas o se refieran a situaciones no hayan mutado entre el vencimiento
del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes deberán
entregar el /los antecedentes faltantes dentro del plazo indicado en la solicitud.
8.5 Criterios de Evaluación de las Ofertas.
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Las ofertas recibidas serán evaluadas mediante un Acta de Evaluación, la cual será
confeccionada de acuerdo a los criterios de evaluación que se indican a continuación:
8.5.1 Evaluación de Ofertas Técnicas (OT): 10%
La evaluación de la oferta técnica se realizará en base al cumplimiento de los oferentes
en su oferta, a las especificaciones técnicas obligatorias establecidas en las bases
técnicas, y de acuerdo a la siguiente tabla:
CUMPLE CON LO
SOLICITADO EN EL ANEXO
2 (detalla la propuesta;
indica el "plus" o "extra"
que aportará al evento;
indica nombre y
experiencia del staff; la
información es
contrastable).
100 puntos
CUMPLE CON EL ANEXO 2
DE MANERA PARCIAL
(entrega información
incompleta; información
no contrastable; no aporta
un "Plus" al evento).
20 puntos
NO CUMPLE CON EL
ANEXO 2 (no entrega
información o no es
contrastable).
Inadmisible
8.5.2 Evaluación Ofertas Económicas (OE): 20%
La evaluación de las ofertas económicas se realizará según lo indicado por el oferente en
el Anexo N°3, aplicando la siguiente fórmula:
Precio mínimo x 100
Precio de oferta en evaluación
8.5.3 Evaluación de la Experiencia del Oferente (EO): 60%
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La experiencia del oferente, se evaluará de acuerdo a la cantidad de eventos deportivos
similares (sobre 1000 personas) en la Región de O´Higgins, demostrables a través de
certificados emitidos por el mandante (servicio público, municipalidad, o institución
deportiva que organizó).
La Evaluación de la Experiencia del Oferente, se realizará de acuerdo con la siguiente
tabla:
6 o más eventos deportivos en la Región 100
puntos
3 a 5 eventos deportivos en la Región 20
puntos
1 a 2 eventos deportivos en la Región
10
puntos
No ha ejecutado eventos deportivos en la región o no
acredita. 0 puntos
8.5.4 Comportamiento Contractual Anterior (CCA) 10%
La Evaluación del Comportamiento Contractual Anterior de los oferentes, se realizará
en conformidad a la información existente en el registro de proveedores a cargo de la
Dirección de Compras y Contratación Pública, en conformidad al artículo 96 bis
del Decreto N° 250 del 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento
de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y de
Prestación de Servicios, de acuerdo con la siguiente tabla:
Medición:
No presenta multas o sanciones en el registro ficha de
proveedores
100 puntos
Presenta una (1) multa o sanción en el registro ficha de
proveedores 50 puntos
Presenta entre dos (2) y cuatro (4) multas o sanciones en el
registro ficha de proveedores 25 puntos
Presenta más de cinco (5) multas o sanciones en el registro
ficha de proveedores 0 puntos
Evaluación General de las Propuestas.
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Las ofertas obtendrán un puntaje final que resultará de la suma de los puntajes de los
criterios evaluados multiplicados por su respectiva ponderación. Esto mediante la
siguiente fórmula:
Puntaje Final = (OT * (0,10)) + (OE * (0,20)) + (EO * (0,60) + (CCA* (0,10)).
8.6 Mecanismo de solución en caso de empates.
En caso de igualdad en el puntaje final, se privilegiará al oferente que ha obtenido el
mayor puntaje en la evaluación de la experiencia del oferente. De mantenerse el empate,
se escogerá al proponente cuya oferta resulte ser la más económica. De mantenerse aún
el empate, se escogerá al proponente que obtenga el mayor puntaje en el criterio
Evaluación Oferta Técnica. Y de mantenerse aún el empate, se escogerá al proponente
que obtenga el mayor puntaje en el criterio Comportamiento Contractual Anterior.
Finalmente, y de persistir el empate, se escogerá a la oferta que hubiere ingresado
primero al portal www.mercadopublico.cl.
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