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DE LA RECEPCIÓN DE CONSULTAS Y RESPUESTAS Y LA ENTREGA DE RESPUESTAS |
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5. DE LA RECEPCIÓN DE CONSULTAS Y RESPUESTAS Y LA ENTREGA DE RESPUESTAS
5.1 Recepción de consultas y solicitudes de aclaración.
Los oferentes podrán hacer las consultas y solicitudes de aclaración que estimen
procedentes respecto de las disposiciones contempladas en las presentes Bases
Administrativas, Técnicas y Anexos, las que se formularán a través del Portal de Compras
Públicas www.mercadopublico.cl, conforme a lo establecido en el cronograma de estas
Bases.
5.2 Respuestas.
La totalidad de las consultas y solicitudes de aclaración que formulen los oferentes serán
respondidas o evacuadas en el plazo indicado en el cronograma de las presentes Bases
Administrativas, quedando tales respuestas a disposición de todos los interesados en el
portal www.mercadopublico.cl. Las respuestas señaladas serán parte integrante de las Bases
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Administrativas, Técnicas y Anexos, en su caso, del contrato resultante del presente proceso
licitatorio.
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. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA |
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6. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
6.1 Contenido de las Ofertas.
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Cada Oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación.
En consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes
requeridos y necesarios para su calificación. Así, cada Oferta deberá estar conformada por:
a) Los Antecedentes Generales.
b) La Oferta Técnica; que corresponde a la descripción de los bienes solicitados y
ofertados;
c) La Oferta Económica; que corresponde al precio total a suma alzada de los bienes
ofertados.
Los oferentes podrán presentar los antecedentes requeridos para participar en el proceso
de licitación, sólo en el período determinado para tal efecto, sin existir plazos
extraordinarios complementarios.
6.1.1 Antecedentes Generales.
Todos los proponentes, deberán generar el antecedente que se singulariza a continuación,
en soporte electrónico y a través de www.mercadopublico.cl:
a) Declaración jurada sobre requisitos para ofertar, ya sea persona natural o persona
jurídica, la cual consta en línea y se realiza al postular a una licitación en
www.mercadopublico.cl.
Los Oferentes que tengan la calidad de inscritos en www.chileproveedores.cl se
consideran hábiles para contratar con el Estado, por lo que sólo deberán entregar el
antecedente específico que se exige precedentemente. Cabe mencionar que los oferentes
que cuenten con esta declaración adjunta a su ficha de Chileproveedores no será obligatorio
adjuntarla nuevamente a la oferta.
Los Oferentes NO inscritos en www.chileproveedores.cl, deberán acreditar, en su
oportunidad, su habilidad para contratar con el Estado, y contar con la inscripción vigente en
el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, como requisito para
celebrar el contrato definitivo.
Sin perjuicio de lo anterior, y en el caso de la Unión Temporal de Proveedores, cuando se
trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar además, al momento de ofertar, el documento público o
privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, en conformidad al
reglamento de la ley N° 19.886. Si no se presenta dicho documento, la oferta presentada
será declarada inadmisible.
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6.1.2 La Oferta Técnica.
Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de las Bases Técnicas, pero pudiendo
mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los
productos ofertados, en todos sus aspectos esenciales.
Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, en la
oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y
políticas de uso del sitio y con los contenidos mínimos establecidos en las Bases Técnicas.
6.1.2.1 Contenidos mínimos de la oferta técnica
Deberá cumplir todos los requerimientos establecidos en las bases técnicas, adjuntar
imagen y características técnicas de los productos ofertados, indicar plazo de entrega en
días corridos, y adjuntar los Anexos N°1 y N°2 de estas Bases.
En el caso de las líneas 1 y 2, se requiere adjuntar además de lo anterior, imagen real o
muestra física del producto.
En el caso de las líneas 3 y 4 se requiere adjuntar además de lo indicado en el párrafo
primero, imagen y muestra física del diseño de las medallas (oro, plata, bronce) y lanyard.
Y en el caso la línea 5, se requiere adjuntar además de lo indicado en el párrafo primero,
muestra digital y física del diseño de medalla y lanyard.
Las ofertas que no cumplan con la totalidad de estos requisitos, serán declaradas
inadmisibles, y no continuarán con las siguientes etapas del proceso de evaluación.
6.1.3 La Oferta Económica
Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la
oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y
políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda
nacional e indicar el monto total a suma alzada correspondiente a los productos requeridos
en las presentes bases.
El oferente deberá indicar el valor total que asigna a su propuesta, mediante un itemisado
de acuerdo al formato establecido en el ANEXO N° 3. Los oferentes podrán postular por
uno, varios o todos los ítems. Ya que la evaluación se realizará por cada uno de ellos.
6.1.4. Costo de formulación de las ofertas
Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus Ofertas, serán de su
exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
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DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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8. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
8.1 La Comisión Evaluadora.
Las ofertas que inicialmente fueron declaradas admisibles, serán analizadas, por una
Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios del Instituto
Nacional de Deportes de Chile:
a) Encargado (s) del Área Regional Deporte de Competición, don Francisco Celis Palma, o
quien lo subrogue o reemplace, o finalmente, el Director Regional designe;
b) Encargada de la Unidad Regional de Actividad Física y Deportes, doña Eliara Klein Higor, o
quien la subrogue o reemplace, o finalmente, el Director Regional designe;
c) Encargada del Área Regional de Compras y Abastecimiento, doña Ivonne Aguirre Rojas, o
quien la subrogue o reemplace, o finalmente, el Director Regional designe.
8.2 Consultas Aclaratorias a Oferentes.
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá efectuar consultas a uno o
más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas.
Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los
oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
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8.3 Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la
evaluación.
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que
salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u
omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los
demás, esto es, en tanto no se afecten, a juicio del IND, los principios de estricta sujeción a
las bases y de igualdad de los oferentes.
8.4 Criterios de Evaluación de las Ofertas.
Las ofertas recibidas serán evaluadas mediante un Acta de Evaluación, la cual será
confeccionada de acuerdo a los criterios de evaluación que se indican a continuación:
8.4.1 Evaluación de Ofertas Técnicas (OT): 30%
La Evaluación de las Ofertas Técnicas se realizará de acuerdo con la siguiente tabla:
Porcentaje de
Ponderación
Cumple con todos los requisitos técnicos, medidas, color calidad,
material, etc. 100 puntos
Ofrece producto distinto a lo solicitado. Inadmisible
8.4.2 Evaluación de Plazo de Entrega (PE): 10%
La Evaluación del plazo de entrega se realizará de acuerdo con la siguiente tabla:
Porcentaje de
Ponderación
Entrega entre 25 o menos días corridos 100 puntos
Entrega entre 26 - 35 días corridos 50 puntos
Entrega entre 36 o más días corridos 0 puntos
No indica Inadmisible
8.4.3 Evaluación Ofertas Económicas (OE): 48%
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La evaluación de las ofertas económicas se realizará aplicando la siguiente fórmula:
Oferta económica más baja x 100
Oferta económica en evaluación
8.4.4 Comportamiento Contractual Anterior (CCA): 10%
La Evaluación del Comportamiento Contractual Anterior de los oferentes, se realizará en
conformidad a la información existente en la ficha de los proveedores a cargo de la
Dirección de Compras y Contratación Pública, en conformidad al artículo 151 del Decreto N°
661 del 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886,
de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de
acuerdo con la siguiente tabla:
Medición:
No presenta multas o sanciones en el registro ficha de
proveedores
100 puntos
Presenta una (1) multa o sanción en el registro ficha de
proveedores 50 puntos
Presenta entre dos (2) y cuatro (4) multas o sanciones en el
registro ficha de proveedores 25 puntos
Presenta cinco (5) o más multas o sanciones en el registro ficha
de proveedores 0 puntos
8.4.5. Evaluación Programa de Integridad (PI): 2%
El Oferente deberá indicar (Anexo N°4) si cuenta con programa de integridad y si este es
conocido o no por sus trabajadores. Para acreditar deberá adjuntar el Programa de Integridad,
además de documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento
de dicho programa. La Evaluación se realizará de acuerdo a lo señalado en la siguiente tabla:
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Porcentaje de ponderación
Oferente cuenta con programa de
integridad
100 puntos
Oferente NO cuenta con programa de
integridad
0 puntos
8.4.6. Evaluación General de las Propuestas.
Las ofertas obtendrán un puntaje final que resultará de la suma de los puntajes de los
criterios evaluados multiplicados por su respectiva ponderación. Esto mediante la siguiente
fórmula:
Puntaje Final = (OT*(% pond))+(PE*(% pond))+(OE * (% pond)+(CCA*(%pond)+(PI*(%pond))
8.5 Mecanismo de solución en caso de empates.
En caso de igualdad en el puntaje final, se privilegiará al oferente cuya oferta resulte ser la
más económica. De mantenerse el empate, se escogerá al proponente que ha obtenido el
mayor puntaje en la evaluación técnica. De mantenerse el empate, se escogerá al
proponente cuyo plazo de entrega sea el más breve. De mantenerse el empate, se escogerá
al proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio comportamiento contractual
anterior. Y de mantenerse el empate, se escogerá al proponente que obtenga mayor puntaje
en el criterio pacto de integridad.
Finalmente, y de persistir el empate, se escogerá a la oferta que hubiere ingresado primero
al portal www.mercadopublico.cl.
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DE LA RESOLUCIÓN DEL PROCESO |
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9. DE LA RESOLUCIÓN DEL PROCESO
9.1 Adjudicación
La Adjudicación se hará por Resolución del IND, sobre la base del Acta de Evaluación
elaborada por la Comisión Evaluadora.
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Podrán realizarse adjudicaciones parciales o múltiples dependiendo de la cantidad de
productos adjudicados por oferente.
En el evento que él o los Adjudicatario(s) no se encuentre(n) inscrito(s) en el Registro Oficial
de la Administración www.chileproveedores.cl, deberá(n) hacerlo dentro del plazo de 10 días
hábiles, contado desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudica la licitación.
En caso de que el adjudicado no acepte o rechace por cualquier motivo la respectiva Orden
de Compra, en el plazo de 48 horas una vez de enviada a éste, o no de cumplimiento a los
requisitos para celebrar el contrato (aceptación de la orden de compra), el IND se reserva el
derecho de adjudicar la propuesta al siguiente proponente mejor evaluado, o declarar
desierto el proceso.
9.2 Eventual Rechazo de las Ofertas o Declaración de Licitación Desierta.
El IND, como Órgano del Estado, se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar,
por resolución fundada, al momento en que debe decidir la adjudicación del bien o servicio,
cualquier oferta de algún proponente, cuando estimare que no cumple los requisitos
establecidos en las Bases y/o a partir de la ponderación que haga de los documentos
referidos en los Antecedentes Generales del Oferente.
Asimismo, el IND, por resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se
presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
9.3 Comunicación de resultados de la licitación.
Se comunicará el resultado de la Propuesta a todos los oferentes a través de la publicación
en el portal www.mercadopublico.cl de la correspondiente Resolución.
9.4 Consultas respecto de la adjudicación.
Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de tres días
hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la
Resolución adjudicatoria. Dichas consultas deberán dirigirse al funcionario de contacto
señalado por el IND en las presentes Bases Administrativas.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a
través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días hábiles, contados desde el
vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.
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DEL CONTRATO |
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10. DEL CONTRATO
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De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 117 del Reglamento de la Ley de Compras, el
contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y aceptación de ésta
por parte del Proveedor.
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PROCESO DE MULTAS |
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11. EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
11.1 Administración y Fiscalización de su Cumplimiento
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, el Instituto
designa como su Administrador al Encargado (s) del Área Regional Deporte de Competición,
de la Dirección Regional de O´Higgins don Francisco Celis Palma, o quien lo subrogue o
reemplace, o el Director Regional designe, el que tendrá las siguientes facultadesresponsabilidades:
a) Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato.
b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
c) Revisar y aprobar el pago de los productos adquiridos, previa verificación de las
multas a que hubiere lugar.
d) Certificar la recepción, a entera satisfacción del Instituto, de los Productos adquiridos.
e) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la
ejecución del contrato y la coordinación interna del Servicio.
11.2 Multas
El IND podrá, en caso de incumplimiento o infracción contractual por parte del Adjudicatario,
multar a éste en atención a la gravedad de la infracción, lo que será determinado de
acuerdo a lo estipulado en este punto.
Verificada la infracción por el Administrador del Contrato, notificará por escrito al
Adjudicatario, informando que se ha incurrido en una infracción, con indicación de la multa a
aplicar.
La multa procederá por cada incumplimiento o infracción contractual que se produzca, y
será aplicada administrativamente al adjudicatario, para cuyo pago, deberá realizar
transferencia electrónica o depósito a la Cuenta Corriente N°38109100533 de Banco
Estado, a nombre del Instituto Nacional de Deportes de Chile, R.U.T. N° 61.107.000-4, y
remitir el comprobante de pago a pamela.gonzalez@ind.cl.
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La adjudicataria será sancionada con una multa conforme a la siguiente tabla:
INFRACCIÓN MULTA
Cada vez que un producto
entregado esté defectuoso por problemas
de fabricación y el adjudicatario no lo
cambie dentro de las 72 hrs. siguientes.
UTM 0,1 (cero coma un
Unidades Tributarias Mensuales),
por producto, con un tope del
20% del monto total contratado
Cada vez que un producto no
cumpla con las especificaciones técnicas
indicadas en las Bases Técnicas.
UTM 0,3 (cero coma tres
Unidades Tributarias Mensuales),
por producto, con un tope del
20% del monto total contratado
Cada vez que no se cumplan con los
plazos de entrega y cantidades indicadas en
Anexo N°2 y N°3.
2% del valor del ítem con
incumplimiento, por cada día de
atraso, con un tope del 20% del
monto total contratado.
La aplicación de multas no libera al Adjudicatario de otras sanciones, como el término del
Contrato si procediera.
Se hace presente, que el valor de la UTM será el de la fecha de pago de la multa.
11.3 Causales de Modificación y de Término Anticipado del Contrato.
Sin perjuicio de causales especiales que se señalen en el respectivo contrato, serán causales
de modificación y de término anticipado, sin derecho a indemnización alguna, las causales o
circunstancias previstas en el artículo 13 bis, de la Ley de Compras o del artículo 130, del
Reglamento de la Ley de Compras, que son las siguientes:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la
personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se
encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.
d) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones
entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del
contrato.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados,
cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del Reglamento
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de la Ley de Compras Públicas. En tal caso, el IND sólo pagará el precio por los bienes
y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda,
durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de
cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá
que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del
Reglamento la Ley de Compras Públicas
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Las demás establecidas en la ley, en las presentes Bases de la licitación o en el
contrato.
h) Por necesidades (Fuerza mayor y/o caso fortuito) del IND, lo cual se avisará mediante
carta certificada con una anticipación mínima de 15 días corridos.
11.4 Causales de incumplimiento grave
Sin perjuicio de lo señalado, el Instituto podrá poner además término anticipado al contrato,
en las siguientes situaciones, las que serán consideradas incumplimientos graves a las
obligaciones que impone el contrato:
a) Incumplimiento de los plazos relacionados con el pago de eventuales multas.
b) Incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por el Administrador del
Contrato.
c) Todo incumplimiento en las obligaciones que emanen de esta contratación, ya sea por
cumplimiento parcial o tardío, que impidan llevar a cabo los objetivos para los cuales se
contrató el servicio.
e) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento, o su
contenido, ya sea al momento de la aceptación de la orden de compra o mientras preste los
servicios contratados, lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren
corresponder.
f) Por la aplicación de multas por un monto superior al 20% del total del contrato.
En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista, el IND
pondrá poner anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la
indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del
derecho común.
11.5 Procedimiento para la aplicación de multas o para resolver el término anticipado:
Verificada la infracción por el Instituto, notificará por escrito al adjudicatario, informando
las causales o razones que se tienen en vista para la aplicación de la multa con indicación de
su monto, o, en su caso para poner el término anticipado al contrato.
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El adjudicatario, por su parte, dispondrá de un plazo de 5 días hábiles desde la notificación
para efectuar sus descargos, resolviendo el IND mediante resolución fundada, si acepta los
mismos o ratifica la aplicación de la multa o el término contractual.
11.6 Entrega de los Productos
El adjudicatario deberá realizar la entrega de los productos en días hábiles, en el Complejo
Hermógenes Lizana, de la Dirección Regional de O´Higgins, del IND, ubicado en Alameda
#269, Rancagua, de lunes a viernes, desde las 9:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 17:00 horas,
previa coordinación con el administrador del contrato.
11.7 Pago
El pago se efectuara previa recepción conforme del IND de los servicios contratados. El pago
se realizará dentro de los 30 días corridos siguientes de presentada la factura, debidamente
visada por el Administrador del Contrato, y extendida a nombre del Instituto Nacional de
Deportes de Chile, RUT N° 61.107.000-4, domiciliado para estos efectos en Calle Manuel
Antonio Matta N°220, Población Cuadra, Rancagua.
Cada factura debe ser enviada a la casilla: indrecepcion@custodium.com.
11.8 Anticipos y Reajustes
No se contempla pagos anticipados por ningún concepto. El precio convenido para el
contrato se considerará invariable y no reajustable.
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ADAPTABILIDAD DE LOS SERVICIOS |
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12. ADAPTABILIDAD DE LOS SERVICIOS.
El IND, durante el proceso de evaluación y adjudicación o con la mediación de un aviso
escrito, despachado con un mínimo de 72 horas de anticipación a la fecha programada para
la contratación de los servicios, podrá aumentarlos hasta en un 30% o disminuirlos hasta en
un 10%. Esta variación no podrá significar una alteración del precio unitario ofertado.
Dicha adaptabilidad del contrato se entenderá como una modificación del mismo por mutuo
acuerdo de las partes, conforme a lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 19.886 de
Compras Públicas, y por el artículo 129 de su Reglamento, contenido en el Decreto N° 661
de 2024 del Ministerio de Hacienda.
El ejercicio de la facultad de adaptabilidad de los servicios a que se refiere el presente
punto de las Bases, en ningún caso puede alterar el objeto del contrato, siendo esta
consideración una limitante para su materialización. Asimismo, deberá ajustarse el precio
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contractual, respetando el principio de estricta proporcionalidad y procederá cuando el
administrador contractual emita un informe que recomiende la utilización de esta facultad,
la cual será aprobada mediante Resolución Exenta fundada.
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PACTO DE INTEGRIDAD. |
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13. PACTO DE INTEGRIDAD.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una
de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto
de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente
acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y
exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
a) El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del
trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que
significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos
mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se
produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de
Naciones Unidas.
b) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la
ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a
ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente
en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución
del o los contratos que de ello se deriven.
c) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o
formas.
d) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que
sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia de la misma.
e) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética,
moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
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f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que
de ellos se derivase.
g) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas
bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
h) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a
la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
i) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con
que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la
presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de
las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que
también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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