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DE LA EVALUACION |
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El proceso de evaluación será interno, se efectuará de acuerdo con los criterios establecidos en las presentes bases y estará a cargo de una Comisión Evaluadora, la que estará
integrada, con mayoría de funcionarios públicos.
1. Encargado de la Sub Unidad de Infraestructura, Sr. Rafael Recabal Sánchez, o quien lo subrogue o reemplace.
2. Encargada de Sub Unidad de Administración y Gestión de Abastecimiento, Sra. Ivonne Aguirre Rojas, o quien la subrogue o reemplace.
3. Profesional de apoyo Sub Unidad de Gestión de Recintos, Dirección de O´Higgins del IND, Sra. Marcela Larenas Sandoval.
Esta Comisión podrá requerir las asesorías y los antecedentes que estime pertinentes para el cumplimiento de su labor y será presidida por el funcionario de mayor jerarquía
administrativa.
5.1. VERIFICACIÓN DE LA CORRECTA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La Comisión Evaluadora, en primer lugar, verificará respecto de cada propuesta que haya sido presentada siguiendo las indicaciones entregadas en las bases y que no exista
ninguna deficiencia en ella que pueda alterar los principios de igualdad entre los oferentes y de estricta sujeción a las bases, contenidos en los artículos 6 y 10 de la ley de Compras.
De acuerdo a lo anterior, se considerará fuera de bases a la(s) propuesta(s) respecto de la(s) cual(es) se presente una o más de las siguientes situaciones:
1. Falta de alguno de los documentos exigidos en las bases para la presentación de las propuestas.
2. Inobservancia de las indicaciones específicas entregadas para la presentación de las propuestas.
3. No cotización de alguna(s) de las partidas contempladas en el itemizado.
Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes, a través del portal Mercado Público, que salven errores u omisiones formales, quienes deberán
responder dentro del plazo de 48 horas de formulada la solicitud, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a éstos una situación de
privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Del mismo modo, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes la presentación de antecedentes que permitan corroborar la exactitud y veracidad de la informacióncontenida en alguno de los documentos que componen las propuestas. Dicha solicitud deberá ser fundada y atendida por el respectivo proponente dentro de 72 horas de
formulada por el Portal Mercado Público.
5.2. COMPONENTES Y FACTORES DE EVALUACIÓN.
Las ofertas que cumplan con todos los requisitos establecidos en las bases y demás documentos de la licitación, serán sometidas a un proceso de evaluación.
El proceso de evaluación contempla un componente técnico y uno económico, los cuales estarán valorizados por los factores de ponderación que se indican. Cada componente
será evaluado en forma independiente y su resultado será representado por una calificación, la cual, ponderada por el respectivo factor (FP), arrojará el puntaje final de la oferta.
En la tabla siguiente se establecen los factores de ponderación de cada componente:
COMPONENTE FACTOR DE
PONDERACION
1 Evaluación Oferta Técnica (EOT) 0.4
2 Evaluación Oferta Económica (EOE) 0.5
3 Evaluación garantía post venta (EG) 0,1
Total 1,0
El puntaje final de aquellas ofertas que hayan cumplido con todos los requisitos mínimos, será calculado con la siguiente fórmula:
Puntaje Final = EOT*FPT + EOE*FPE+EG*FPT
5.2.1. EVALUACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA
La evaluación de las ofertas técnicas se efectuará aplicando los criterios que se indican a continuación:
a) Experiencia acumulada del oferente en metros cuadrados: Los oferentes deberán acreditar su experiencia en obras de infraestructura del tipo y envergadura de la que se
licita.
Se considerarán únicamente las obras ejecutadas en Chile o en extranjero en los últimos siete años calendario y con límite máximo global de 15.000 m2 (quince mil metros
cuadrados).
b) Plazo propuesto para la ejecución de las obras: Se evaluará el plazo que ofrezca el proponente, de acuerdo al ANEXO N° 1, el que en todo caso deberá ajustarse al plazo máximo establecido en cronograma (120 días corridos).
La asignación de puntajes respecto de cada uno de los criterios de evaluación señalados será la que se indica en el siguiente cuadro.
N° Criterio de
Evaluación Técnica
(Cr.)
Mecanismo de Asignación
de Puntajes
Factor de Ponderación
(FP)
1 Experiencia del
oferente, de acuerdo al
formulario de
experiencia
acumulada, acreditada
con los
correspondientes
documentos.
Experiencia oferente a
evaluar x 100
Mayor experiencia ofertada,
Dentro del límite global.
0.8
2 Plazo total ofertado
para ejecutar la obra Menor plazo ofertado x
100
Plazo oferta a evaluar
0.2
De acuerdo a lo anterior, el puntaje de la oferta técnica corresponderá a la sumatoria del puntaje obtenido para cada uno de los criterios, multiplicado por el correspondiente
factor de ponderación (0.4), tal como se expresa en la siguiente fórmula:Puntaje EOT = Puntaje Cr1*FP + Puntaje Cr2*FP
5.2.2.EVALUACION OFERTA ECONOMICA (E.O.E.)
La evaluación de las Ofertas Económicas se efectuará a través de asignar a cada oferente un factor que se obtiene de dividir la propuesta de menor valor por el de la propuesta
de dicho oferente. El factor obtenido respecto de cada oferente se multiplica por cien y el resultado de ello corresponderá al puntaje de evaluación de la oferta económica, tal
como se expresa en la siguiente fórmula:
Puntaje EOE = Oferta de menor valor * 100
______________________
Oferta a evaluar
5.2.3. EVALUACIÓN GARANTÍA POST VENTA (E.G)
La evaluación de la garantía post venta se efectuará en conformidad a la evaluación del plazo de duración de esta, conforme a la siguiente formula:
Entre 24 meses o más 1
Entre 18 a 23 meses 0.5
Entre 17 y menos meses 0
No indica Inadmisible
La garantía debe cubrir reparación y/o reemplazo de los productos ofertados.
5.3. INFORME DE LA COMISION EVALUADORA
La Comisión Evaluadora deberá emitir un Informe dirigido al Director Regional del Instituto, en el que se deberá referirse a las siguientes materias:
a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas;
b) Las ofertas que hayan sido declaradas inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
c) La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no
resultan convenientes a los intereses del Instituto;
d) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de
aplicar los criterios de evaluación, y
e) La proposición de adjudicación, dirigida al Director Regional del IND, según corresponda, para la adopción de la decisión final.
5.4. MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATE:
En caso de igualdad en el puntaje final, se privilegiará al oferente que ha obtenido el mayor puntaje en la evaluación técnica.
De mantenerse aún el empate se escogerá entre esas ofertas, al proponente que haya obtenido mayor puntuación en la evaluación de su experiencia y, en caso de persistir el
empate, se resolverá a favor del proponente con mayor puntuación en el plazo de ejecución.
Finalmente y de persistir aún el empate se escogerá a la oferta que hubiese sido ingresada primero al portal de compras.
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DEL CONTRATO |
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REQUISITOS PARA CONTRATAR CON EL INSTITUTO
Para firmar el contrato, el adjudicatario deberá cumplir con los requisitos mínimos de las categorías IND de acuerdo al valor total, neto, que se pretenda contratar:
CATEGORÍAS IND
PRIMERA: SOBRE 80.000 UTM.
SEGUNDA: DESDE 20.001 A 80.000 UTM.
TERCERA: DESDE 10.001 UTM HASTA 20.000 UTM.
CUARTA: DESDE 5.001 UTM HASTA 10.000 UTM.
QUINTA: HASTA 5.000 UTM.
Para esta obra, considerada como quinta categoría IND se requiere cumplir con los requisitos que se señalan a continuación
REQUISITOS
Se darán por acreditados los requisitos para contratar establecido en la letra a), b) y c) siguientes, si el adjudicatario presenta la certificación de tener inscripción vigente en el
Registro 6OC del Ministerio de Obras Públicas de la categoría respectiva o superior (a partir de la Tercera A MOP) de una antigüedad máxima de 60 días corridos, contados
desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas.
Del modo señalado, si el adjudicatario tiene certificación MOP 6OC Tercera A podrá contratar obras de hasta tercera categoría IND, si tiene certificación 6OC Segunda Categoría del señalado Ministerio podrá contratar obras de hasta segunda categoría IND, y si cuenta con certificación de Primera Categoría del mismo registro MOP podrá
contratar obras de cualquiera de las categorías del IND.
En caso de no contar con la referida certificación, los requisitos se acreditarán con los documentos que a continuación se señalan para la tercera categoría IND:
a)Requisito idoneidad del equipo que ejecutará las obras:
EQUIPO MÍNIMO
Jefe de proyecto.
DOCUMENTOS DE ACREDITACIÓN
Título técnico.
b) Requisito de experiencia de la empresa:
M2 CONSTRUIDOS MÍNIMOS
Un mínimo de 1.000 m2 construidos o remodelados.
DOCUMENTOS DE ACREDITACIÓN
Documentos oficiales o certificados del Mandante que acredite los m2 construidos o remodelados por la empresa.
c) Requisito de patrimonio y conducta comercial de la empresa.
PATRIMONIO Y COMPORTAMIENTO COMERCIAL MÍNIMO
Capital mínimo equivalente al 10% del valor del contrato.
DOCUMENTOS DE ACREDITACIÓN
Certificado bancario.Informe Comercial sin protestos vigentes de la empresa y del(os) representante(s) legal(es).
d) Requisito de Inscripción vigente en Chileproveedores.
El adjudicatario deberá tener inscripción vigente en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estadowww.chileproveedores.cl a más tardar dentro de los diez días
hábiles siguientes al de la publicación de la resolución adjudicatoria.
El contrato se deberá firmar entre el Instituto y el Adjudicatario, dentro del plazo contemplado en el cronograma de actividades de la licitación.
7.2. ASPECTOS BÁSICOS DEL CONTRATO
El contrato a suscribirse contendrá las condiciones básicas que se indican en el siguiente cuadro:
Cesión de Derechos No se permite, excepto en el caso de
fusión, absorción o división de la empresa
contratista, situación en que las
obligaciones se traspasarán al continuador
legal, en las mismas condiciones
establecidas en el contrato.
En estos casos el contratista deberá
informar al Instituto a la brevedad posible,
respecto de la fusión, absorción o división.
Además, el Instituto podrá solicitar al
continuador legal la entrega de una nueva
boleta de garantía que reemplazará a la
que haya entregado el contratista de
acuerdo al punto 7.6.
Reajustes No se contempla ningún tipo de reajustes.
Vigencia del contrato A contar de la fecha de notificación al
contratista de la resolución que aprueba el
contrato, totalmente tramitada, sin perjuicio
de su publicación en el Portal Mercado Público. Dicha notificación se efectuará mediante correo electrónico que el
adjudicatario tenga registrado en el portal
de mercado público.
Plazo para la ejecución de la Obra Corresponde al plazo en días corridos
ofertado por el contratista y se cuenta
desde la fecha de entrega de terreno. Este
plazo podrá ser prorrogado por resolución
fundada del Instituto por causas
estrictamente no imputables al contratista,
incluidas el caso fortuito y la fuerza mayor. Cuando el mejor cumplimiento de las
finalidades institucionales lo aconsejen, el
Instituto Nacional de Deportes de Chile, a
recomendación de la inspección fiscal,
podrá modificar el programa de trabajo,
indemnizando al contratista -sólo en este
caso y si procediere- los mayores gastos
generales proporcionales al aumento de
plazo en que se incurra.
Duración del contrato Se iniciará a partir de su entrada en
vigencia y se extenderá hasta la liquidación
definitiva del contrato.
Monto total contratado Estará determinado por el precio ofertado
por el licitante adjudicado.
Documentación integrante del
contrato
Se considerará como parte integrante del
Contrato las Bases Administrativas y
Técnicas, Anexos Especificaciones
Técnicas; así como las Aclaraciones y
Modificaciones a las Bases; las Preguntas y
Respuestas del período de consultas; la Oferta Técnica y Económica.
Solución de controversias y
legislación aplicable
El contrato se regirá por las leyes chilenas y
en el caso de existir desacuerdos que no
puedan ser solucionados entre las partes,
serán sometidos al conocimiento de los
Tribunales Ordinarios de Justicia.
Lo anterior, se entenderá sin perjuicio de las demás menciones que deba contener el contrato de acuerdo a lo establecido en estas bases.
7.3. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTADeberá ejecutar el contrato de acuerdo con todos los antecedentes del proyecto, sus condiciones específicas y los precios establecidos en el presupuesto de la oferta.
7.3.1 Programa Oficial de Trabajo
Dentro de los primeros 5 días desde que le sea notificada la resolución que aprueba el contrato, el contratista someterá a la aprobación de la Inspección Técnica de Obras un Programa Oficial de Trabajo, consistente con el programa de trabajo presentado en su oferta, con los ajustes debidamente aceptados por el Instituto, en soporte papel y en medio digital (disco compacto).
7.3.2 Subcontratos
El Contratista podrá subcontratar las obras hasta el 10% por ciento, sin perjuicio de lo cual, será el Contratista el que mantendrá la responsabilidad ante Instituto por la calidad,
contenido y oportunidad de las obras contratadas y por los daños directos, previstos imprevistos o perjuicios de cualquier naturaleza que se causen por el Contratista, sus
dependientes o subcontratistas, en conformidad a la ley.
Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al contratista un certificado que acredite el monto y estado de
cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, respecto de sus trabajadores. Asimismo, se exigirá la referida
documentación respecto de las obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos los derechos que le asisten al Instituto Nacional de Deportes de Chile de ser informado y de retención consagrados en los incisos 1° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria
derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D de la citada ley.
El Contratista deberá solicitar al funcionario designado como Inspector Técnico de Obras (I.T.O.) la autorización para que intervengan los subcontratistas en la ejecución de las
obras.
7.3.3 Responsabilidad y Cuidado de las Obras.
El contratista será el único responsable, hasta la recepción provisional sin observaciones, por el suministro, suficiencia, estabilidad, seguridad, protección, construcción,
demolición, retiro, transporte y mantención, de la totalidad de los elementos que componen la obra, y de adoptar las medidas para asegurarlas de todo riesgo, debiendo
reponerlos, reconstruirlos o re ejecutarlos a su costa, en casos que se pierdan o resulten dañados o inadecuados.
El contratista responde por la calidad de la obra y de los materiales empleados por el término de 5 años a contar desde la fecha de la recepción provisional.
7.3.4 Responsabilidad en Obras Accesorias y Provisorias.
El costo de todas las obras accesorias y provisorias necesarias para realizar las contratadas, se considerará incluido en el valor del contrato.
7.3.5 Contrato, Remuneraciones e Imposiciones de los Trabajadores.
El pago de las remuneraciones a los trabajadores, cotizaciones y otros pagos que corresponda otorgar, se realizará en estricto apego a la legislación vigente.
Si el contratista no acredita a la fecha de la presentación del estado de pago respectivo, el pago de remuneraciones y leyes sociales de los trabajadores de la obra, no se cursará
dicho estado de pago.
7.3.6 Daños a instalaciones de Terceros.
Todo daño de cualquier naturaleza que con motivo de la ejecución de las obras se cause a instalaciones de terceros será de responsabilidad y costo exclusivo del contratista.
El Contratista deberá adoptar todas las medidas de precaución para preservar de cualquier daño a la propiedad ajena y asumirá la responsabilidad de subsanar cualquier daño
que en opinión del Inspector Técnico sea atribuible a la realización de las obras, o a consecuencia de ellas.
7.3.7 Señalización y Seguridad de Faenas.
De acuerdo con las Bases de Prevención de Riesgos, el contratista deberá mantener la seguridad en el trabajo, instalando las señalizaciones y medidas de seguridad en
conformidad a las normas legales que regulan esta materia, para lo cual deberá equipar a su personal con todos los elementos de seguridad adecuados.
7.3.8 Aseguramiento de la Calidad en Obras de Construcción.
El contratista es responsable de cumplir con los requisitos y especificaciones técnicas del contrato, realizar a su costo y cargo los ensayos y análisis necesarios para el debido
control de la calidad de las obras, que se hayan señalado en las especificaciones técnicas y le sean requeridos por la I.T.O..
7.3.9 Personal mínimo requerido.
El contratista se obliga a mantener todo el personal que sea necesario para la correcta y oportuna ejecución de la obra, sin perjuicio del equipo mínimo que debió acreditar comorequisito para contratar con el IND.
7.4. GASTOS INCLUIDOS EN LOS PRECIOS DE LA OFERTA.
Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demande la ejecución de las obras contratadas y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales.
El precio de la oferta incluirá, para cada ítem, todos los gastos concernientes a maquinarias y equipos, mano de obra, leyes sociales, suministro, adquisición, fletes y
almacenamiento de todos los materiales y elementos requeridos para la ejecución de las obras. Asimismo, están incluidos todos los transportes desde cualquier distancia de
aquellos materiales obtenidos y procesados por el Contratista, así como el transporte a botaderos, de todos los materiales de desecho.
También se considerarán incluidos en el precio de la oferta, los gastos generales, utilidades e impuestos.
7.5. MODALIDAD DE CONTRATACION.
La modalidad del contrato será a suma alzada, en que las cantidades de obras de las partidas a ejecutar para completar totalmente la construcción del proyecto se entienden
inamovibles y serán de exclusiva responsabilidad del contratista.
7.6. GARANTIA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y CORRECTA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
El Contratista deberá entregar, al momento de la firma del contrato, una o más Garantías de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de las obras, la que
deberá tener las siguientes características:
Tipo de documento Boleta Bancaria, Vale Vista o Póliza de Seguro de Ejecución Inmediata, Depósito
a la Vista y Certificado de Fianza, como
además, toda otra que asegure el cobro
de la misma manera rápida y efectiva, y
que cumpla las condiciones dispuestas en
el artículo 31 del Decreto Supremo N°250,
de 2004, del Ministerio de Hacienda, que
contiene el reglamento de la Ley
N°19.886.
Beneficiario Instituto Nacional de Deportes de Chile, Rol Único Tributario 61.107.000-4.
Pagadera A la vista
Vigencia mínima Su vigencia será igual al plazo de
ejecución de las obras, aumentado en 18
(dieciocho) meses.
Expresada en Pesos chilenos.
Monto Equivalente en pesos al 10% del valor
total del contrato, excluido impuesto.
Glosa “Para garantizar el fiel y oportuno
cumplimiento del contrato y correcta
ejecución de las obras “CONSERVACIÓN
MULTICANCHA ENTRENAMIENTO
COMPLEJO H. LIZANA, DIRECCIÓN
REGIONAL IND O’HIGGINS”, CÓDIGO
BIP 40023325-0” y el cumplimiento de las
obligaciones laborales y sociales de los
trabajadores. Lo anterior cuando el
documento lo permita.
Forma y oportunidad de restitución Una vez que se haya liquidado el contrato, mediante el correspondiente finiquito.
Estas boletas serán recibidas al Adjudicatario a cambio de la Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta.
Se hace presente que estas garantías además, caucionarán el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, de acuerdo a lo
dispuesto por el artículo 11 de la Ley de Compras.
La no renovación de las garantías, por al menos otros 60 días del plazo original, faltando 30 días para su vencimiento en aquellos casos en que sea necesaria su prolongación,
constituirá una falta grave por parte del contratista, facultando al Instituto para hacerla efectiva.
7.7. SEGURO DE DAÑOS CONTRA TERCEROS.
El Contratista deberá contratar un Seguro de Responsabilidad Civil ante Terceros, para cubrir desde el inicio de las obras todos los daños que con motivo de su ejecución se
causen a terceros.
La póliza correspondiente deberá ser entregada al Instituto en forma previa a que se dé curso al primer estado de pago:El monto de esta póliza ascenderá al 3 % del total del valor original del contrato, expresado en Unidades de Fomento con valor al último día del mes anterior a la fecha de la
suscripción del contrato; sin embargo, de producirse daños a terceros por montos que superen el valor de la póliza contratada, el Contratista será el único responsable
pecuniariamente de las diferencias entre el monto de la póliza y los daños que efectivamente deban ser indemnizados o reparados.
La póliza, cuyo beneficiario será el Instituto Nacional de Deportes de Chile, deberá contener una cláusula de renovación automática que permita cubrir todo el período de
construcción de las obras y hasta la recepción definitiva de las mismas.
Esta póliza, que deberá ser pagada al contado, contendrá en forma específica, dentro de la glosa correspondiente, la materia asegurada, el número y fecha de la resolución que
adjudica y dispone el contrato, y los daños e indemnizaciones asegurados, sin exclusiones en cuanto al origen de esos daños y sin deducibles de ninguna especie.
7.8. DAÑOS EN LAS OBRAS
Todo daño de cualquier naturaleza, incluyendo fuerza mayor o caso fortuito, que por razones ajenas al Instituto, sufran las obras durante el período de construcción, será de
exclusiva responsabilidad del contratista y deberá ser reparado a su costa y cargo, sin perjuicio de la facultad que le asiste de tomar los seguros que estime pertinentes. Cualquier costo eventualmente no cubierto por el seguro, incluyendo deducibles, será igualmente de cargo del contratista.
7.9. PÉRDIDAS CAUSADAS POR INCENDIOS U OTROS ACCIDENTES.
Las pérdidas causadas por incendio u otros accidentes, serán de cargo del contratista, quien podrá asegurar la obra por su cuenta, hasta la recepción provisional.
Sin perjuicio de lo anterior, el contratista deberá responder por el costo de los perjuicios no cubiertos por cualquier causa por el seguro.
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