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Resolución de Empates |
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Al término de la evaluación se confeccionará un cuadro comparativo, que establecerá el
orden de prelación entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por la nota que
obtenga cada uno. De existir dos o más ofertas calificadas con igual puntaje, se aplicará
en forma progresiva las siguientes reglas de desempate:
1. Mayor puntaje en Criterio Oferta Económica.
2. Mayor puntaje en Criterio Oferta Técnica.
3. Mayor puntaje en Criterio Oferta Plazo de Entrega.
4. Mayor puntaje en Criterio Monto Mínimo de Despacho.
5. Aquel oferente que primero haya ingresado su oferta en el portal Mercado Público.
Al presentarse sólo un proveedor en una línea de producto será adjudicada la oferta si
cumple los requisitos técnicos, pero se debe tener presente que el monto total de la
compra no debe superar el presupuesto disponible.
Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las ofertas, con sus
respectivos porcentajes de ponderación:
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
1. 1. Plazo de Entrega 8%
2. Oferta Técnica 22%
3. Oferta Económica 60%
4. Monto mínimo de despacho 8%
5. Cumplimiento de Requisitos Formales 2%
Sumatoria del Puntaje Ponderado en cada Criterio de Evaluación
(Puntaje Final). 100%
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Posteriormente la Comisión Evaluadora verificará que las ofertas cumplan con todos
aquellos antecedentes que no tienen la característica de obligatorios verificando que
cumplan en tiempo y forma con lo exigido en las presentes bases. En caso de detectar
errores u omisiones o falta de algún antecedente, la entidad licitante podrá solicitar a los
oferentes que corrijan errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones
de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los
demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a
las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los
oferentes a través del Sistema de Información. En caso de no recibir respuesta a
solicitudes de corrección de errores u omisiones formales, la comisión de evaluación se
reserva el derecho de evaluar dichas ofertas o declararlas inadmisibles.
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En el caso de faltar algún antecedente, la entidad licitante podrá permitir la presentación
de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento
de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan
producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o
se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo y el período de
evaluación. En caso de no recibir respuesta a esta solicitud, la Comisión de Apertura se
reserva el derecho declarar inadmisible la oferta.
La entrega de respuesta no podrá ser superior a 48 horas corridas, luego de hecha la
solicitud al oferente a través del Foro Inverso.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada
una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en
el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el
oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada
necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública,
ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni
tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o
indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos
o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre
competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos
acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de
sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que
deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas
que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia,
precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad,
ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y
condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los
contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en
estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la
misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es
una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos
ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las
condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas
con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de
la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable
de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales
que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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