- Posteriormente la comisión verificara que las ofertas cumplan con todos aquellos antecedentes que no tienen la característica de obligatorios verificando que cumplan en tiempo y forma con la exigido en las presentes bases, en caso de detectar errores u omisiones o falta de algún antecedente, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que corrijan errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. En caso de no recibir respuesta a solicitudes de corrección de errores u omisiones formales, la comisión de evaluación se reserva el derecho de evaluar dichas ofertas o declararlas inadmisibles.
En el caso de faltar algún antecedente, la entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo y el periodo de evaluación. En caso de no recibir respuesta a estas solicitudes, la comisión de apertura se reserva el derecho declarar inadmisible la oferta.
La entrega de respuesta no podrá ser superior a 2 días hábiles, luego de hecha la solicitud al oferente a través del foro inverso.
La comisión de apertura y evaluación también podrá solicitar antecedentes durante el proceso de evaluación de ofertas.