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1.-
Plazo de Entrega del Servicio (15%)
Para evaluar este criterio, el oferente deberá indicar en Anexo N°6 los “Plazo de
Entrega del Servicio”, se utilizará la siguiente tabla:
Plazo de Ejecución en días corridos Puntaje
Plazo de ejecución menor o igual a 30 días corridos. 100
Plazo de ejecución mayor a 31 días corridos o menor o igual a 40 días
corridos.
60
Plazo de ejecución mayor a 41 días corridos o menor o igual a 45 días
corridos.
40
Plazo de ejecución mayor a 46 días corridos o menor o igual a 50 días
corridos.
0
Plazo de ejecución mayor a 50 días corridos. Fuera de
bases
Para obtener el puntaje de este Criterio, se multiplicará el puntaje obtenido por 15%.
15
Fórmula de Cálculo:
Puntaje Oferta i = Puntaje x 15%
18.2.3 Representación de la Marca (10%)
Para evaluar este Criterio, se requiere que el Oferente adjunte el ANEXO N°8, declarando
que es actualmente “Representación de la Marca o Filial de la Marca”, firmado por el
Representante Legal del Oferente. Además de lo anterior, deberá adjuntar un
CERTIFICADO emitido por la MARCA correspondiente del producto, indicando que el
proveedor que de la presente licitación posee la representación de su marca original. Dicho
documento debe encontrarse vigente.
La evaluación se realizará mediante la utilización de la siguiente tabla:
ITEM
Marcar
con “X”
El oferente es Representante de la Marca o subsidiaria indirecta de la
marca Trane y/o Trane Technologies PLC y adjunta documento o carta o
certificado, emitido por la marca respectiva, respaldando que es
representante.
100
El oferente no es Representante de la Marca o Subsidiaria indirecta o no
adjunta documento de respaldo alguno requerido o no adjunta documento
o carta o certificado, emitido por la marca respectiva.
0
Fórmula de cálculo:
Puntaje Oferta i= Oferta i x 10%
18.2.4 Plazo de Garantía Técnica del Servicio (5%)
Para evaluar este criterio, el proponente deberá completar Anexo N°7 indicando su
Plazo de Garantía Técnica ofertado para el Servicio objeto de la presente licitación:
Para este efecto, el proveedor deberá ofertar una Garantía Mínima de 6 (seis) meses
contados desde la fecha de Recepción Conforme del Servicio por parte del CRS HPC por la
ejecución del “Servicio de mantenimiento correctivo con suministro e instalación
de repuestos para circuito N°1 de enfriadora de Chiller N°2”.
Si el proveedor oferta un plazo menor a la Garantía Mínima requerida, la Oferta
será declarada FUERA DE BASES y, por lo tanto, no será evaluada.
Se asignará 100 puntos a quien oferte la mayor cantidad de meses de Garantía
del Servicio, indicados en el Anexo N°7. Las ofertas se medirán conforme a la siguiente
ecuación:
16
Fórmula de cálculo:
Puntaje Oferta i = N° Meses Oferta Menor x 100 x 5%
N° Meses Oferta i
18.2.5 Experiencia del Supervisor del Servicio (5%)
Para evaluar la experiencia del supervisor del servicio se considerará como válido lo
siguiente indicado en el anexo N°9:
Experiencia definida como el desempeño como “Profesional Titulado”, de las siguientes
carreras de Ingeniería en: mecánica o climatización o refrigeración y aire
acondicionado, y cuyo título haya sido otorgado por una Universidad, Instituto Profesional
o aquéllos validados en Chile, de acuerdo con la legislación vigente. Debe poseer
experiencia en proyectos y/o mantenimiento y/o gestión de mantenimiento de
sistemas de climatización. La Experiencia Profesional debe ser respaldada mediante
certificados laborales, además del Certificado de Título o Copia del Título, de alguna de las
carreras mencionadas, en caso de no adjuntar dichos documentos quedara fuera de bases.
El cálculo del puntaje del Subcriterio “Experiencia del supervisor del servicio” se
efectuará utilizando la siguiente tabla:
Descripción Puntaje
Experiencia como profesional superior o igual a 5 años. 100
Experiencia como profesional superior o igual a 3 años e inferior a 5
años.
50
Experiencia como profesional menor a 3 años o no acredita
experiencia.
0
Puntaje Oferta i = N° años experiencia x 100 x 5%
N° años experiencia i
18.2.6 Certificaciones del Supervisor del Servicio (5%).
Para evaluar las “Certificaciones del Supervisor del Servicio”, se considerarán como
válidas sólo las siguientes certificaciones y/o cursos del Supervisor del servicio propuesto
por el oferente:
N° Certificaciones o Cursos Requeridos
1 Liderazgo y Gestión de Personal.
2 Eficiencia Energética.
3 Mantenimiento de Chiller Centrífugos, Tornillo o Scroll de 140 TR o más.
17
Los puntajes se asignan de acuerdo a lo indicado en la siguiente y tabla:
N° Cantidad de certificaciones entregadas Puntaje
1 Presenta 3 certificaciones entregadas. 100
2 Presenta 2 certificaciones entregadas. 75
3 Presenta 1 certificación entregada. 40
4 No presenta certificaciones válidas. 0
Para obtener el puntaje final del Criterio “Certificaciones del Supervisor del Servicio”,
se realizará según se indica:
Puntaje Oferta i = N° de certificaciones x 100 x 5%
N° de certificaciones i
18.2.7 Calidad del Servicio (5%)
Para la evaluación del criterio “Calidad del Servicio”, se puntuará en base a tres (3)
referencias, de la forma en que se indica a continuación, con la presentación de
evaluaciones suscritas por tres clientes distintos del oferente, relacionadas con la
prestación de “Servicio de mantenimiento correctivo y/o ejecución de proyectos
de climatización centralizada mediante Chiller y/o suministro e instalación de
repuestos de marca Trane para equipos Chiller”. Cada institución evaluadora de la
calidad del oferente deberá completar el Anexo N°5, con sus datos de referencia.
Para considerarse válidos, cada uno de los certificados “Anexo N°5” de “Certificado
de Calidad del Servicio”, deberá estar firmado por la institución en que prestó el servicio,
adjuntando copia del contrato u orden de compra. Cabe señalar que el objeto de los
certificados y contratos a presentar deberá tener relación directa a “Servicios de
mantenimiento correctivo para equipos Chiller de compresor centrífugo,
compresor de tornillo ó compresor scroll, con potencias iguales o superiores a
140 TR (Toneladas de refrigeración) de marca TRANE o proyectos de ejecución
de la especialidad de climatización con instalación de equipos Chiller, con
capacidad igual o superior a 140 TR y/o con montos total bruto superiores a
$18.000.000” (Respaldada con 3 órdenes de compra y/o contratos distintas y
separadas). Cada uno de los tres certificados, deberá presentarse indistinta y
separadamente según Anexo N°5 y deberá ser suscrito por el Director del
Establecimiento, Subdirector Administrativo, Jefe Proyecto o Contraparte Técnica de la
institución a quien el oferente prestó sus servicios durante los últimos 4 años, contados
desde la fecha de cierre de la presente licitación.
Para evaluar este criterio, la Comisión Evaluadora deberá revisar los Certificados de Calidad
ingresados por el proponente, tomando en consideración lo siguiente, para validarlos. En
caso de no ser válido algún Certificado ANEXO N°5, no se considerará para la evaluación.
a) La evaluación se realizará en base a Certificados de Calidad que presenten los Oferentes
relacionados con el servicio de mantenimiento correctivo del equipo de enfriamiento Chiller
N°2.
b) Se considerarán para evaluación sólo los Certificados ingresados con calificación
“Excelente” y “Bueno” según ANEXO N°5.-
18
c) Sólo serán válidos los Certificados emitidos por Establecimientos de Salud Públicos o
Privados, de mediana o alta complejidad.
d) Para validar cada Certificado de Calidad, se deberá adjuntar Contratos u Órdenes de
Compra o Facturas, que hayan dado origen a dichos Certificados.
e) Los Certificados deberán corresponder a productos adquiridos en una fecha no superior
a los 4 años anteriores a la fecha de cierre de la presente licitación.
f) Cada Certificado deberá corresponder a evaluaciones suscritas por clientes distintos del
oferente.
g) No se considerarán válidos los Certificados de Calidad firmados por el mismo
proponente.
h) Cada institución evaluadora deberá completar toda la información requerida en el
ANEXO N°5.
i) Los documentos de respaldo (Contrato u Orden de Compra o Factura) deben contar con
datos que coincidan con la información contenida en cada Certificado de Calidad firmado
por cada cliente del proponente. Es decir, no serán validados los Certificados que no sean
acompañados por Contrato u Orden de Compra o Factura, cuyos datos no coincidan
(producto/servicio prestado, período, plazo, razón social de entidad firmante u otros).
j) En caso que los oferentes no adjunten la orden de compra o contrato o factura que dio
origen al Certificado, dicho Certificado no se considerará para el proceso de evaluación.
k) Cada uno de los certificados, deberá presentarse indistinta y separadamente según
ANEXO N°5 y deberá ser suscrito por el Director del Establecimiento, Subdirector
Administrativo, Contraparte Técnica o cargo equivalente.
l) El CRS se reserva la facultad para contactar a la Institución o Persona que originó el
certificado con el fin de verificar la veracidad de la información; para tal efecto el oferente
deberá incluir en cada certificado la información necesaria que permita efectuar la
verificación de los antecedentes presentados.
m) La Comisión Evaluadora no podrá pedir documentación de respaldo faltante (Contratos
u Órdenes de Compra o Factura) o Certificados de Calidad, a través del Foro Inverso.
n) La Comisión Evaluadora no podrá validar Certificados de Calidad (ANEXO N°5)
incompletos o que no cumplan con las condiciones establecidas en el presente artículo.
o) La evaluación deberá ser calificada por cada Cliente del Oferente de acuerdo a lo
indicado en ANEXO N°5.-
Los puntajes para evaluar este criterio, se otorgarán a través de la siguiente Tabla:
N° Cantidad de certificaciones entregadas Puntaje
1 Presenta 3 certificaciones entregadas. 100
2 Presenta 2 certificaciones entregadas. 75
3 Presenta 1 certificación entregada. 40
4 No presenta certificaciones válidas. 0
Fórmula de cálculo Oferta por Línea:
Se requiere completar el Anexo N° 5 en el formato solicitado y se da la posibilidad de
adjuntar otros formatos, siempre y cuando contenga la misma información solicitada en
el Anexo N°5.
Cada Certificado deberá corresponder al Equipo al cual se ofrece realizar el
mantenimiento, con una antigüedad de no más de 4 años.
Puntaje i = Puntaje oferta x 5%
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No se considerarán en la evaluación los certificados ingresados con calificación
“Regular” o “Malo”.
18.2.8 Programa de Integridad Implementado (3%)
Quien oferte debe declarar en Anexo N°4, y adjuntar respaldo si cuenta con Programa de
Integridad Implementado.
El Programa de Integridad de una empresa u organización, se entiende como un conjunto
de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus integrantes un comportamiento
apegado a determinados valores que contribuyan a instalar estándares de integridad
fortaleciendo una conciencia ética que permita combatir la corrupción.
Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de
integridad es conocido por el personal o trabajadores, tales como: un comunicado interno,
mail masivo, impresión de pantalla del sistema o programa, pudiendo ser otro documento
verificable.
El puntaje será asignado de acuerdo a lo que se indica en la siguiente tabla:
PROGRAMA DE INTEGRIDAD IMPLEMENTADO Puntaje
Oferente cuenta con programa de integridad implementado y
entrega respaldos de verificación.
100 puntos
Oferente no cuenta con programa de integridad implementado o
no entrega respaldos de verificación.
0 puntos
Fórmula de cálculo:
Puntaje Oferta i= Oferta i x 3%
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