Licitación ID: 941739-24-LP22
REJA CIERRE PERIMETRAL PARCIAL SECTOR EDIFICIO FAE
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE TARAPACA, Dirección de infraestructura y equipamiento
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 14
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Construcción de aceras, veredas, cunetas 1 Global
Cod: 72101703
Habilitación de dependencias ubicadas en Cardenal Caro #350. Según requerimientos en Anexo G.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
REJA CIERRE PERIMETRAL PARCIAL SECTOR EDIFICIO FAE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Universidad en adelante “la mandante”, llama a propuesta pública para adjudicar el proyecto REJA CIERRE PERIMETRAL PARCIAL SECTOR EDIFICIO FAE, cuyas Bases Técnicas de Licitación, comprenden las Especificaciones Técnicas de Construcción y los Planos de Arquitectura. Documentos que se entienden forman parte integrante de la licitación y del contrato. Se incluirá en la oferta toda obra que aparezca en cualquiera de los documentos indicados, referida al Cierre Perimetral. Toda duda sobre la interpretación del proyecto será consultada al Inspector Técnico de la Obra I.T.O. o el profesional en que este la delegue. En todo lo que no se contraponga a lo dispuesto en las presentes Bases, se aplicará en forma supletoria y forma parte del presente contrato, el Reglamento General de Obras de Urbanización yo Edificación de la Universidad de Tarapacá, oficializado por Decreto N 205 de 1985, el que se entiende conocido por los proponentes, las que tendrán carácter supletorio de las presentes Bases Administrativas Especiales.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
UNIVERSIDAD DE TARAPACA
Unidad de compra:
Dirección de infraestructura y equipamiento
R.U.T.:
70.770.800-K
Dirección:
Jose Santos Leiva 070
Comuna:
Arica
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-02-2023 16:00:00
Fecha de Publicación: 02-02-2023 17:05:42
Fecha inicio de preguntas: 08-02-2023 9:00:00
Fecha final de preguntas: 13-02-2023 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-02-2023 22:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-02-2023 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-02-2023 16:05:00
Fecha de Adjudicación: 23-05-2023 10:40:47
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 10-07-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 30 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Ser persona Natural, Jurídica o unión temporal de proveedores.
2.- No se requiere ingresar el Anexo F “Metodología de la evaluación de ofertas” y Anexo H “Check List” porque son de carácter informativo y complementa las bases administrativas.
3.- Aquellos oferentes que presenten su propuesta como Unión temporal del Proveedores, deberán ingresar el documento público o privado que declare dicha unión y que además nombre un apoderado común con poderes suficientes. En dicho documento se deberá establecer la solidaridad entre las partes que conforman las Unión Temporal de Proveedores, respecto de las obligaciones que se generen con la Universidad, y la vigencia de la Unión Temporal de Proveedores, la cual no podrá ser inferior a la vigencia del contrato a suscribir con la Universidad”.
Documentos Técnicos
1.- Programa de trabajo en semanas, desglosado por partidas, de acuerdo a especificaciones técnicas adjunta a las presentes bases. El oferente adjudicado, deberá presentar dentro de los primeros cinco días de iniciados los trabajos, la programación actualizada de la obra, expresado en días corridos, con el detalle de partidas involucradas, incluyendo la ruta crítica, secuencia de sus operaciones, fecha de inicio y término de cada partida de construcción, en concordancia con el plazo de ejecución ofertado y con el presupuesto detallado. Se requerirá presentación en formato digital e impreso, formato que permitirá la evaluación diaria de los avances programados y reales, tanto en el aspecto físico, como financiero del contrato.
 
2.- Acreditación, indicada Anexo G “Especificaciones Técnicas”.
 
3.- Adjuntar Certificado F-30 correspondiente a los Antecedentes laborales (multas) y previsionales (deudas por cotizaciones de previsión en los diferentes organismos de previsión) que la Dirección del Trabajo registra de una determinada empresa, emitido por la Inspección Provincial del Trabajo (IPT) respectiva.
 
4.- VISITA A TERRENO OPCIONAL: El terreno para realizar el proyecto denominado "REJA CIERRE PERIMETRAL PARCIAL SECTOR EDIFICIO FAE", se encuentra ubicada en Cardenal Caro 350, Comuna Arica, Región Arica y Parinacota, los proponentes deberán visitar, si estiman necesario, dicho terreno a su costa, al QUINTO día hábil de haber sido publicada la licitación en el portal de Chilecompra ( JUEVES 09/02/23), a las 11:00 horas. Los proponentes deberán visitar e inspeccionar las zonas de obras y sus alrededores y obtener toda la información que pueda ser necesaria para preparar su oferta y celebrar el contrato para la ejecución de la obra. La visita será guiada por el Inspector Técnico de Obras de la Universidad. (Funcionario de contacto Profesional DLOO, correo jzamora@gestion.uta.cl y fono 058-2205114).
 
5.- El oferente deberá leer, completar e ingresar Anexo G “Especificaciones Técnicas”.
 
Documentos Económicos
1.- La oferta económica se deberá presentar a través del sistema de información del portal www.mercadopúblico.cl en VALOR NETO. Sin perjuicio de lo anterior, la oferta se deberá adjuntar en formulario especial que será entregado por el mandante, con el valor total impuestos incluidos y demás antecedentes indicados: a) Carta oferta (Anexo E) dirigida por el proponente indicando la razón social, persona natural o UTP, nombre del proyecto y monto total de la oferta por el 100% del proyecto, I.V.A. incluido, con una validez de 120 días corridos a contar de la fecha de cierre de la licitación y plazo de ejecución. b) Formulario de Programa Financiero, adjunto a las Bases (Anexo A). c) Formulario de identificación, adjunto a las Bases. (Anexo B). d) Presupuesto detallado y desglosado por partida, de acuerdo con las especificaciones técnicas, indicando, nombre, unidad, cantidad, precio unitario y total. Se indicará a continuación el valor correspondiente a gastos generales y utilidades, e IVA hasta completar el monto exacto de la oferta, según formulario adjunto a las bases. (Anexo D). En caso de que algún interesado, no cuantifique y/o valorice alguna de las partidas solicitadas en el Anexo D, su oferta quedará excluida de la evaluación y en tal caso será declarada inadmisible.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio La evaluación se realizará en base a los criterios y formas de aplicación, señalados en el Anexo F. “Metodología de Evaluación de Ofertas”, de las presentes bases de licitación. 65%
2 Plazo de Ejecución La evaluación se realizará en base a los criterios y formas de aplicación, señalados en el Anexo F. “Metodología de Evaluación de Ofertas”, de las presentes bases de licitación. 18%
3 Experiencia del Oferente La evaluación se realizará en base a los criterios y formas de aplicación, señalados en el Anexo F. “Metodología de Evaluación de Ofertas”, de las presentes bases de licitación. 15%
4 Cumplimiento de Requisitos Formales La evaluación se realizará en base a los criterios y formas de aplicación, señalados en el Anexo F. “Metodología de Evaluación de Ofertas”, de las presentes bases de licitación. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: UNIVERSIDAD DE TARAPACÁ
Monto Total Estimado: 88500000
Justificación del monto estimado Este precio es referencial e incluye impuestos. Con cargo al Centro de Costo 3754
Contrato con Renovación: NO
Observaciones La modalidad del contrato será a suma alzada, el valor será expresado en pesos y no se considerará intereses o reajuste de ninguna especie.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Victor Saavedra
e-mail de responsable de pago: egresos@gestion.uta.cl
Nombre de responsable de contrato: Javier Zamora Olivares
e-mail de responsable de contrato: jzamora@gestion.uta.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-58-2205114-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: UNIVERSIDAD DE TARAPACÁ R.U.T: 70.770.800-K
Fecha de vencimiento: 30-09-2023
Monto: 5 %
Descripción: El contratista que resulte adjudicado con la ejecución de la obra, deberá presentar, al momento de suscribir el contrato, una boleta bancaria, póliza u otro documento que permita caucionar el fiel y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones del contrato, esta garantía deberá ser pagadera a la vista y de carácter irrevocable, a favor de: Universidad de Tarapacá Rut: 70.770.800-K y tomada por: indicar nombre o razón social y Rut del oferente o de un tercero a su nombre, y será equivalente al 5% del valor total del contrato. Cuando el precio de la oferta presentada por el oferente a adjudicar sea menor en 20% del oferente que le sigue en precio, la mandante solicitará al contratista una garantía de Fiel Cumplimiento equivalente al 7,5% del valor total del contrato, y cuya glosa, para aquellos documentos que lo permitan, debe indicar: “GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y/O ASEGURAR EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES CON LOS TRABAJADORES DE LOS CONTRATANTES, "REJA CIERRE PERIMETRAL PARCIAL SECTOR EDIFICIO FAE" ID. N° 941739-24-LP22”, dicha garantía deberá ser emitida en pesos, con una validez igual al plazo de vigencia del contrato, más un plazo adicional de 90 días corridos. Para garantía que se presente en forma física deberá ser entregada junto al contrato firmado, en un plazo no superior a 10 días hábiles, desde el envío del contrato por correo electrónico. El horario será de lunes a viernes desde las 8:00 a 12:00 horas y desde las 14:00 a 16:00 horas, en JOSE SANTOS LEIVA N°070, ARICA en la Dirección de Infraestructura y Equipamiento (oficina encargado de contratos). En caso de presentar garantía electrónica deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. El documento en que conste el número de validación del documento o la garantía deberá ser presentada en las mismas condiciones de la garantía física. En caso contrario la Universidad de Tarapacá podrá dejar sin efecto la adjudicación.
Glosa: Para aquellos instrumentos que contengan Glosa deberá indicar: “Garantizar el Fiel cumplimiento de contrato y/o asegurar el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, "REJA CIERRE PERIMETRAL PARCIAL SECTOR EDIFICIO FAE" ID. N° 941739-24-LP22”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía la realizará la Dirección de Administración y Finanzas en un plazo de 10 días hábiles, para ello la Dirección de Infraestructura y Equipamiento, emitirá un oficio solicitando la devolución una vez realizada la recepción provisoria de la obra a entera satisfacción de la mandante, conforme a lo dispuesto en el capítulo VIII de las Recepción de las Obras, del Decreto N° 205/85. La solicitud de devolución de la garantía debe hacerse a la Dirección de Administración y Finanzas de la Universidad, fono de referencia 58-2205946, e-mail: ingresos@gestion.uta.cl.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
DEL FINANCIAMIENTO Y MODALIDAD DEL CONTRATO
La ejecución del proyecto denominado "REJA CIERRE PERIMETRAL PARCIAL SECTOR EDIFICIO FAE", será financiado por la Universidad de Tarapacá (U.T.A.), y tendrá como valor referencial la suma de $ 88.500.000.- (ochenta y ocho millones quinientos mil pesos), para la Obra. La modalidad del contrato será a suma alzada, el valor será expresado en pesos y no se considerará intereses o reajuste de ninguna especie.
DE LOS ANTECEDENTES
Los oferentes podrán obtener toda la información necesaria del llamado a licitación, en el sistema de información del portal www.mercadopúblico.cl La Universidad de Tarapacá, aceptará un máximo de una (1) oferta por proponente. En caso de que, un proponente presente más de una oferta, la Universidad, aceptará sólo la primera, en orden cronológico de ingreso al Portal Mercado Público.
DEL PLAZO PARA CONSULTAS
Las consultas formuladas por los proponentes deberán efectuarse sólo a través del sistema de información, no existirá otro medio de comunicación, ni contacto alguno con los oferentes para las consultas y/o aclaraciones. Exceptuándose solamente en caso de la visita a terreno.
Será de exclusiva responsabilidad del Oferente la no formulación de consultas en el plazo establecido en el punto 3 "Etapas y Plazos de la Licitación".
ADJUDICACIÓN
La mandante, adjudicará la propuesta por Decreto de Rectoría o Resolución Exenta VAF dentro de los plazos indicados en el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl., tomando en consideración los criterios de evaluación definidos en el punto 6 "Criterios de Evaluación" de las presentes bases, y siempre que cumpla con todos los antecedentes solicitados en las presentes bases y demás documentos de la licitación. El proceso de adjudicación será de 60 días corridos como máximo, según el artículo 15° del decreto N° 205/85 de 1985 de la Universidad de Tarapacá, sin perjuicio de los retrasos que por motivos fundados puedan generarse durante el proceso de evaluación y/o aprobación de la adjudicación, lo que deberá ser informado debidamente a través del sistema de información.
Sin perjuicio de lo anterior, la mandante, se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las ofertas o de rechazar algunas o todas, pudiendo declarar inconveniente a sus intereses el resultado del presente llamado a licitación, con expresión de causa y fundadamente por la determinación adoptada, lo que será comunicado por escrito a los oferentes, dentro del plazo de 20 días hábiles desde que ocurre el evento. En el proceso de adjudicación, la Universidad de Tarapacá podrá solicitar mayor información técnica respecto de lo ofertado, a través del sistema de información del portal www.mercadopúblico.cl
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS Y TÉCNICAS
La Universidad adjudicará la propuesta según los siguientes criterios de evaluación:
a) Precio. Se le asignará una ponderación del 65%.
b) Experiencia del Oferente. Se le asignará una ponderación del 15%.
c) Plazo de Ejecución. Se le asignará una ponderación del 18%.
d) Cumplimiento Requisitos Formales. Se le asignará una ponderación del 2%.
La evaluación de las ofertas se realizará en base a los criterios y formas de aplicación, señalados en el Anexo F. “Metodología de Evaluación de Ofertas”, de las presentes bases de licitación. Para todos los efectos el cálculo de las ofertas se realizará en números enteros.
En caso de igualdad en el puntaje final se adjudicará al oferente de menor Precio, y si la igualdad se mantiene, se adjudicará al oferente con mayor puntaje en el criterio Plazo, y de seguir la igualdad se tomará en cuenta el criterio de cumplimiento de requisitos formales.
ESTADO DE PAGO
El pago de las obras ejecutadas se hará por estados de pagos mensuales.
Proceso para el cobro de los Estados de Pago
La determinación del monto del estado de pago la hará el ITO de la Universidad, de acuerdo con el desarrollo o avance de la obra y en el porcentaje que el valor de los trabajos ejecutados represente dentro del valor total del contrato. Para estos efectos, el ITO verificará la cantidad de la obra ejecutada.
La ejecución de la obra será pagada por estados de pago mensuales OBLIGATORIOS, según el avance físico real y programado de las obras, que deberá ser compatible con el programa de trabajo, y el programa financiero presentado en la propuesta por el contratista. De la programación mencionada, se deben estimar retrasos máximos y multas por el no cumplimiento.
Toda la documentación relativa al estado de pago deberá ingresarse a la unidad fiscalizadora de la obra, al día hábil siguiente de la fecha correspondiente al estado de pago; el cual tendrá un plazo de cinco días corridos para su revisión y llevará el visto bueno del Inspector Técnico de Obra (I.T.O), de la Universidad. La empresa adjudicada entregará la factura del estado de pago que corresponda, sólo una vez que dicho estado de pago sea autorizado por el ITO, conforme al estado de avance de las obras.
En cada estado de pago debe adjuntarse:
• Certificado F30 de la Inspección del Trabajo, que acredite que el contratista y los subcontratistas, si los hubiere, no tienen reclamaciones laborales relacionadas con el proyecto.
• Certificado F30-1 Junto a las Planillas de cotizaciones previsionales al día si correspondiere.
• Nómina del personal de la obra (tanto del contratista como de los subcontratistas) y
• Set de 20 fotografías a color del avance de la obra.
Los estados de pagos se harán efectivos mediante vale vista, cheque nominativo y/o depósito en cuenta corriente de la empresa contratista adjudicada, en un plazo máximo de quince días hábiles luego de otorgado el visto bueno por parte del ITO y habiendo recibido la factura junto a todos los documentos mencionados. Asimismo, queda estrictamente prohibido a la empresa contratista adjudicada, utilizar el sistema factoring con las facturas correspondientes a estos estados de pago.
Retenciones
En cada estado de pago, se deben incluir retenciones por el 10% del valor del estado de pago, hasta completar el 5% del valor del contrato. Estas retenciones podrán canjearse por boletas de garantías bancarias, vale vista, pólizas u otro documento pagadero a la vista e irrevocable, tomadas a nombre de la Universidad de Tarapacá, cuya glosa debe indicar el nombre del proyecto, expresadas en pesos con fecha de vencimiento no inferior al plazo máximo de ejecución de las obras aumentado en 365 días corridos.
Facturación
La facturación de los trabajos deberá hacerse a nombre de la Universidad de Tarapacá (RUT. Nº 70.770.800-K; domicilio, Avenida General Velásquez Nº 1775, Arica), indicando claramente el nombre del proyecto y estado de pago a cobrar.
Reserva de Derecho
La Universidad se reserva el derecho a estudiar la modificación de determinadas partidas del proyecto y llevar a cabo ésta en conformidad a lo establecido en cláusula AUMENTO Y DISMINUCIÓN DE OBRAS, EXTRAORDINARIAS, MODIFICACIÓN DE OBRAS PREVISTAS, EJECUCIÓN DE OBRAS NUEVAS Y EMPLEO DE MATERIALES NO PREVISTOS de las presentes Bases Administrativas Especiales.
Suscripción del Contrato

La Universidad de Tarapacá y él proveedor seleccionado, suscribirán un Contrato Definitivo, el que deberá  basarse  en las condiciones pactadas en la presentes Bases de Licitación y en los antecedentes de la presente licitación. El contrato deberá  ser suscrito por el representante legal de la Universidad de Tarapacá o quien tenga delegada dicha representación y por el representante legal, persona natural, o apoderado,  según corresponda del proveedor adjudicado en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la fecha de envío del contrato al correo electrónico del proveedor adjudicado. Además, deberá  acompañar a dicho contrato la declaración jurada para contratar correspondiente al anexo Nº C de las bases de licitación y la garantía de fiel cumplimiento de contrato. La no comparecencia del proveedor seleccionado a la firma del contrato dentro  del plazo señalado, la no entrega del anexo Nº C o la no entrega de la garantía de fiel cumplimiento, da pleno derecho  a la Universidad de Tarapacá para Re adjudicar al proveedor que sigue en puntaje. En caso de que la propuesta sea adjudicada a una persona jurídica, el contrato será firmado por el representante legal de la Universidad de Tarapacá o a quien se le haya delegado esta facultad  y por el representante legal del proveedor, quien será el único responsable de la ejecución de la totalidad del contrato, incluidos los pagos y demás obligaciones de la misma.

Días Hábiles
Se entiende por días hábiles para todos los efectos derivados de las presentes bases, los días lunes a viernes en horario de oficina, esto es, de 8:30 a 14:30 horas, exceptuando los días sábados, domingos, festivos y de recesos universitarios.
Entrega de Terreno
Se hará en un plazo máximo de cinco días hábiles contados desde la fecha en que la Resolución Exenta que oficializa el contrato haya sido tomado razón por la Contraloría Interna de la Universidad de Tarapacá, levantándose la correspondiente acta para su constancia.
Derecho a la Inspección
La supervisión e inspección técnica de la obra y la administración del contrato, corresponde al Inspector Técnico de la Obra de la Universidad de Tarapacá. En todo caso el contratista dará todas las facilidades necesarias para el desempeño de las funciones de los referidos profesionales.
Responsabilidad del Contratista
El contratista será el único responsable de las relaciones con su personal, del cumplimiento de la legislación y normativa vigente en materia de remuneración, obligaciones laborales y provisionales y de seguridad, y de cualquier deterioro causado por éstos en instalaciones, construcciones, maquinarias, enseres, dentro del recinto en que se desarrollan las obras, ello sin perjuicio de las responsabilidades solidarias y subsidiarias que prescriben los artículos 183- A y siguientes del Código del Trabajo. En todo caso el contratista será responsable ante el mandante de la correcta ejecución del contrato de obra.
El período de permanencia obligatorio del PROFESIONAL RESPONSABLE técnicamente de la obra designado por el contratista será, como mínimo, de 24 horas semanales, en horario de oficina de la Universidad de Tarapacá, para todo efecto de control, asistencia que deberá inscribirla en el libro de asistencia durante todo el período de ejecución de la construcción. El incumplimiento de la permanencia del profesional responsable de la obra estará afecto a multa, indicada en la cláusula MULTA POR PERMANENCIA DE LOS PROFESIONALES SEÑALADOS EN cláusula RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA y cláusula SEGURIDAD de las presentes bases.
El profesional tendrá dedicación exclusiva durante todo el transcurso de las obras y será el interlocutor válido en todos los aspectos técnicos de las mismas, entre la empresa, y el ITO de la Universidad de Tarapacá.
Aseguramiento de la Calidad en Obras de Construcción
El contratista es responsable de cumplir con todos los requisitos y especificaciones técnicas del contrato, realizar a su costo y cargo los ensayos y análisis necesarios para el debido control de calidad de las obras, que se hayan señalado en las especificaciones técnicas y que le sean requerido por el ITO. El contratista no podrá dar inicio a las obras, sin antes haber obtenido el Visto Bueno por parte del ITO de la partida que desea iniciar.
Anotaciones al Libro de Obras
Las anotaciones al Libro de Obra sólo podrán ser efectuadas por la Inspección Técnica de Obras (Inspector Técnico) de la Universidad de Tarapacá y por el Profesional Responsable de la Obra designado por el Contratista.
Gastos Adicionales de Funcionamiento
Cualquier gasto de energía eléctrica, agua u otro servicio básico (alcantarillado, etc.) que se genere durante el transcurso de la obra, será de cargo de la empresa contratista (Para lo cual deberá instalar a su costo remarcadores y/o empalmes de faenas en cada caso).
Multa por plazo ejecución de la obra
En caso de que el adjudicatario no cumpla sus obligaciones dentro del plazo previsto en lo indicado en el Anexo E, de las Bases, se contempla la aplicación de una multa de un 0,5% (cero coma cinco por ciento) del monto total del contrato, por cada día corrido de retraso, con un tope máximo de 15%, del valor del contrato. La que se deducirá de los estados de pagos, de las retenciones hechas al contratista, y si aquellas no fueran suficientes; de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
Multa por permanencia de los profesionales señalados en cláusulas Responsabilidad del Contratista y Seguridad
Según cláusulas RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA y SEGURIDAD de las presentes bases, por cada hora de ausencia de los profesionales de la obra (Profesional responsable y Prevencionista de riesgo), se aplicará una multa de $ 35.000.- (treinta y cinco mil pesos), con un tope máximo de un 0,3% del monto total contratado.
Multa por incumplimiento del avance del programa financiero (Anexo A)
En el caso de que el adjudicatario no cumpla con la programación financiera de la obra, informada en el Anexo A, la que deberá estar alineada con el programa de ejecución de la obra, en virtud de lo solicitado en cláusula PROCESO PARA EL COBRO DE LOS ESTADOS DE PAGO de las presentes bases, se aplicará las siguientes multas:
a. Entre un 15% y 20% de diferencia entre los montos = multa 1% del monto por avance parcial programado del estado de pago.
b. Entre un 20,1% y 25% de diferencia entre los montos = multa 1,5% del monto por avance parcial programado del estado de pago.
c. Entre un 25,1% y 30% de diferencia entre los montos = multa 2% del monto por avance parcial programado del estado de pago.
d. La no presentación en la fecha del estado de pago correspondiente al período programado con sus antecedentes indicados en cláusula ESTADO DE PAGO Y PROCESO PARA EL COBRO DE LOS ESTADOS DE PAGO de las presentes bases; incurrirá en multa equivalente al 2% del monto del estado de pago parcial programado.
Aplicación de Multas
En el caso de ocurrencia de incumplimientos o eventos que ameriten aplicación de sanciones o multas, cualquiera sea su naturaleza, estás serán informadas formalmente por el Inspector Técnico de Obras (I.T.O.) de la Universidad, al Director de Infraestructura y Equipamiento de la Universidad, quien determinará y aplicará dichas multas o sanciones, directa y administrativamente, por Resolución Exenta de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas, con el solo mérito de lo informado por escrito por el Inspector Técnico de Obras (I.T.O.).
El contratista podrá recurrir ante el Vicerrector de Administración y Finanzas de la Universidad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de la notificación del acto administrativo que aplica la sanción o la multa. El recurso debe plantearse en forma escrita, y ser fundado. Podrá interponerse personalmente por el contratista o por intermedio de su apoderado. La notificación por carta certificada se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda. En lo demás se actuará según lo dispuesto en el artículo 46 y 59° de la ley Nº19.880, de 2003, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Recepciones
La Empresa Contratista deberá entregar la obra completamente limpia y libre de escombros, materiales sobrantes interiores y exteriores.
La Contratista, se responsabilizará por el cuidado de las obras hasta el día de la Recepción Provisoria.
Permisos y Derechos
La tramitación de permisos y obtención de recepciones y/o certificaciones, serán por cuenta del contratista.
Seguridad
La empresa contratista deberá considerar un Profesional en Prevención de Riesgos en la nómina de profesionales de la obra, el cual deberá tener una permanencia de 24 horas semanales, incluyendo feriados y festivos en los cuales la empresa trabaje turnos extra. Sin perjuicio de lo anterior, la Universidad de Tarapacá, a través de su experto en Prevención de Riesgos, podrá supervisar la obra cuando así lo estime conveniente, dejando constancia en el libro del prevencionista de riesgos de la obra.
Modificación de las Bases
La Universidad de Tarapacá podrá modificar los documentos de la Propuesta, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de publicación de la Propuesta y antes de la fecha de la apertura, otorgando un plazo prudencial, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, para cumplir con el principio de igualdad entre los proponentes. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a todos los oferentes, a través de Decreto o Resolución de Modificación de Bases, con toma de razón de Contraloría de la Universidad de Tarapacá, el que será debidamente notificado mediante la plataforma electrónica de mercadopublico. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases.
Solicitudes mayores antecedentes
Se aplicará lo dispuesto en cláusula ERRORES, OMISIONES Y ACLARACIONES.
Derecho a desestimar ofertas
La Universidad de Tarapacá se reserva el derecho de aceptar o desestimar parcial o totalmente cualquiera de las ofertas, independientemente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés de la Institución, con expresión de causa por la resolución adoptada.
Inscripción en Chileproveedores
La Universidad contratará el suministro de Bienes y Servicios con aquellos proveedores que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Proveedores. Por lo tanto, la Universidad de Tarapacá enviará la respectiva orden de compra a través de la Plataforma Electrónica de Mercadopúblico al proveedor adjudicado, una vez que éste se encuentre inscrito y habilitado en el registro de Chileproveedores. En caso de que el proveedor no cumpla con este requisito durante el proceso de licitación y dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha de adjudicación, la Universidad podrá readjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado y que cumpla con los requisitos para contratar.
Apertura y Evaluación de las Propuestas
Las ofertas deberán ser ingresadas vía Portal Mercado Público, por el monto total licitado, sin IVA. Además, se deben ingresar como archivo adjunto los antecedentes requeridos, conforme a las presentes Bases Administrativas Especiales y Técnicas según corresponda.
Sobre la Comisión Evaluadora:
La comisión encargada del proceso de Evaluación de las Licitaciones Pública y/o Privadas de la Universidad de Tarapacá, estará integrada por los funcionarios que se detallan a continuación, de acuerdo con lo establecido en el decreto exento N° 00.154/2022:
• Sr. Director de Infraestructura y Equipamiento, quien la preside.
• Sr. Director de Administración y Finanzas.
• Sr. o Sra. Director(a) de Planificación y Proyectos.
• Sr. Inspector Técnico de Obras de la Universidad de Tarapacá.
• Sr. o Sra. Jefe de Unidad y/o Proyecto, responsable del centro de costo.
Asistirán a la referida comisión, sin formar parte de su constitución:
• Abogado de la Universidad de Tarapacá, con la finalidad de prestar asesoría legal de conformidad a la normativa legal vigente.
• Sr. o Sra. Secretario (a), en su calidad de Ministro de Fé.
• Srta. Secretaria de Actas, con el objeto de levantar acta de lo acordado por la comisión.
Comisión Evaluadora, posterior al acto de apertura, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando no se afecte el principio de estricta sujeción a las Bases, de igualdad de los oferentes y que se realice a través del portal Mercado Público. Los oferentes deberán presentar sus respuestas por el mismo medio, limitándose exclusivamente a los puntos solicitados.
La comisión Evaluadora deberá analizar el contenido de los antecedentes que se presenten, rechazando todas las ofertas que no cumplan con los requisitos administrativos, técnicos y económicos establecidos en las Bases Administrativas y técnicas de la licitación.
La pauta de evaluación se aplicará sólo sobre aquellas ofertas que se aprueben en el proceso, es decir, sólo se evaluarán las ofertas que cumplan con todos los requisitos establecidos en las Bases.
Evaluadas todas las ofertas, corresponderá a la Comisión Evaluadora confeccionar una propuesta de adjudicación o deserción, la que será remitida a la autoridad correspondiente para su tramitación posterior.
Junto con la propuesta de adjudicación o deserción deben acompañarse los siguientes antecedentes:
• Copia del acta de apertura firmada por todos sus integrantes (incluida el acta de apertura que arroja el portal electrónico).
• Copia de las observaciones que se realicen al acto de apertura en el portal electrónico.
• Informe de la Comisión Evaluadora (en donde se incluya la evaluación aplicada a las ofertas), firmada por todos sus integrantes.
• Copia de todos los antecedentes de los proponentes, cuya oferta fue aceptada en el acto de apertura (inclusive los antecedentes de las ofertas que hayan sido rechazada en el proceso de evaluación). Deberán incluirse también, los antecedentes requeridos en las Bases que estén como documentos acreditados en ChileProveedores.
• Otros antecedentes relevantes en el proceso licitatorio.
Readjudicación
Se procederá a la readjudicación en los siguientes casos:
1.- Cuando el oferente no presente la Garantía de fiel cumplimiento de contrato solicitado en el punto N° 8 "Garantía Requeridas", de las bases o la Declaración Jurada para Contratar (Anexo C ), en los plazos previstos.
2.- Cuando el oferente no mantenga su oferta posterior al proceso de adjudicación.
3.- Cuando el oferente incurra en quiebra o estado de insolvencia.
4.- Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el Registro Nacional de Chileproveedores en el plazo establecido en las Bases de Licitación.
5.- Cuando el proveedor no haga entrega de los documentos requeridos en la cláusula "Documentos requeridos para la confección del contrato", dentro del plazo señalado en ella.
En aquellos casos, la mandante procederá nuevamente a la evaluación de las empresas restantes, descartando la oferta inicial, pudiendo readjudicar al proveedor que reúna las condiciones más ventajosas, siempre y cuando la oferta sea conveniente para la Universidad de Tarapacá y cumpla con los requisitos exigidos en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la Licitación.
Envío de orden de compra
Una vez adjudicado el proceso, la mandante enviará al proveedor una Orden de Compra, siempre que se cumplan las siguientes condiciones copulativas:
1. Que el proveedor haga entrega de la Garantía de fiel cumplimiento de contrato.
2. Que el proveedor entregue la documentación requerida para la confección del contrato definitivo.
3. Que el contrato haya sido firmado por las partes y el acto administrativo que lo aprueba se encuentre totalmente tramitado.
4. Que se haga entrega oficial del terreno mediante acta suscrita por las partes del contrato.
La orden de compra será enviada una vez se cumplan los puntos anteriormente descritos, a través de la plataforma electrónica www.mercadopublico.cl y deberá ser aceptada por el proveedor dentro de las 24 hrs. siguientes a su envío”.
Plazo de vigencia del contrato
El contrato suscrito entre la mandante y el proveedor adjudicado, comenzará a regir una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto que aprueba el contrato y una vez que se haya entregado terreno y firmado la correspondiente acta y tendrá una vigencia hasta que se efectúe la liquidación del mismo.
Regulación del Proceso de compra
Este contrato se regirá en todo momento por lo dispuesto en la ley 19.886 y su reglamento, las presentes bases y condiciones contractuales. Asimismo, formarán parte de las mismas, las Modificaciones y Aclaraciones escritas que emita la Universidad de Tarapacá, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes o bien impartidas por la mandante.
El proceso de Adquisición se ceñirá a los siguientes documentos según el orden de prelación que se señala a continuación:
i.- Bases administrativas, Especificaciones Técnicas y sus anexos.
ii.- Legislación supletoria aplicable en la materia según párrafo final del punto N°1 de las presentes bases Administrativas Especiales.
iii.- Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases si las hubiere.
iv.- Oferta de él o los adjudicatarios respectivamente.
v.- Orden de Compra emitida por la Unidad solicitante.
vi.- Contrato definitivo entre el adjudicatario y la Universidad de Tarapacá.
Responsabilidad técnica de la licitación
El funcionario responsable del seguimiento, supervisión y cumplimiento técnico de las bases de la licitación será el Director de Infraestructura y Equipamiento o quien lo subrogue, de la Universidad de Tarapacá, la que para el correcto desempeño de la función descrita en este punto se hará asesorar por el inspector técnico de obras de la Universidad de Tarapacá, quien entregara la respectiva visación.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Aumento y disminución de obras, obras extraordinarias, modificación de obras previstas, ejecución de obras nuevas y empleo de materiales no previstos
Disminución y Aumento de obras:
La mandante podrá disminuir las cantidades de obras contempladas en el contrato hasta en un 30% de su valor total, en cuyo caso el contratista no tendrá derecho a indemnización, conforme la facultad prevista en el artículo 24° del decreto N° 205 de 1985. Asimismo, la Universidad de Tarapacá podrá aumentar las cantidades de obra del contrato hasta en un 40% de cada partida del presupuesto, en cuyo caso el contratista tendrá derecho a su pago, de acuerdo con los precios unitarios contratados y aumento del plazo proporcional al que haya tenido el contrato inicial, sin derecho a indemnización, salvo que se convenga otro, conforme lo señalado en el artículo 24° del decreto N° 205 de 1985. Que, sin perjuicio de lo anterior, y en atención a la naturaleza de suma alzada de la contratación, los aumentos o disminuciones, deben entenderse referidos a aquellas obras que deriven de un cambio de proyecto que no pudo tener en cuenta el contratista al momento de presentar su oferta y que sean necesarias para llevar a mejor termino la obra.
Obras Extraordinarias:
En casos calificados, la Universidad podrá disponer aumento en las cantidades de obras contratadas más allá del 40% indicado en el punto anterior, siempre que estas obras sean ordenadas dentro del plazo de ejecución del contrato y correspondan a modificación o complementación de la obra contratada inicialmente, fijándose previamente los precios unitarios de común acuerdo con el contratista, como asimismo, el aumento de plazo que corresponda, sin derecho a indemnización.
Modificación de Obras Previstas, Ejecución de Obras Nuevas y Empleo de Materiales no previstos
Cuando se disponga la modificación de las obras previstas, la ejecución de obras nuevas o el empleo de materiales no previstos en el contrato, los precios serán convenidos anticipadamente con el contratista y, a falta de acuerdo, podrá procederse en la misma forma establecido en el punto anterior, sin derecho a indemnización. Cualquier modificación del contrato será reducida a Escritura Pública y suscrita por el propietario y el adjudicatario. Las modificaciones que den origen a nuevas obras, se empezaran a ejecutar de acuerdo al presupuesto aprobado y a partir de la anotación efectuada por el ITO., en el libro de obra. El pago de estas nuevas obras sólo se podrá cursar una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo.
Los aumentos efectivos de un contrato, provenientes de aumentos de obra, obras nuevas o extraordinarias, modificación de las obras previstas o el empleo de materiales no considerados, no podrán sobrepasar, en conjunto, el 30% del monto total del contrato, contabilizando las disminuciones convenidas.
Del término anticipado del contrato
El Contrato podrá terminarse anticipadamente por la Universidad de Tarapacá sin derecho a indemnización alguna para el (los) proveedor(es) adjudicado (s), si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
i. Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
ii. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, según lo indicado en el artículo 72 del Reglamento General para las Obras de Urbanización y/o Edificación de la Universidad de Tarapacá.
iii. Por quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
iv. Cuando no cumpla con lo dispuesto en la letra b Nº 1 de la ley 20.238. v. Si el contratista demora más de cinco días en la iniciación de las obras, plazo que se contará a partir de la fecha de entrega del terreno señalado en el acta de entrega terreno y en el libro de obras.
vi. Si el contratista paraliza los trabajos por más de cinco días sin causa justificada, lo que será calificado por el Inspector Técnico de la Universidad.
vii. Por incumplimiento del contratista a órdenes impartidas por el I.T.O. que perjudiquen la ejecución.
En las causales contempladas en las letras ii, iii, iv, v, vi y vii, la Universidad de Tarapacá, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato. En caso de término anticipado, el proveedor adjudicado deberá satisfacer íntegramente las órdenes de compra aceptadas antes de la notificación del referido término anticipado.
Procedimiento
A continuación se detalla el procedimiento asociado a la aplicación del respectivo Termino Anticipado de Contrato.
1.- Detectada una situación que amerite la aplicación del Termino Anticipado de Contrato, el Director de Infraestructura y Equipamiento notificará inmediatamente de ello al Director de Administración y Finanzas, quien a su vez notificará al adjudicatario por carta certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.
2.- A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el adjudicatario tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito (acompañando todos los antecedentes que lo respalden) ante el Vicerrector de Administración y Finanzas, quien junto al responsable de contrato evaluarán los antecedentes.
3.- Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se haya presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de Decreto y/o Resolución de la autoridad correspondiente.
4.- El Decreto y/o Resolución que termina anticipadamente el contrato deberá ser fundado y su procedimiento de acuerdo con lo prevenido en el artículo 79 ter del decreto N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, y será notificado de la forma establecida en el artículo 46° de la Ley 19.880 que estable Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, es decir, por escrito mediante carta certificada o personalmente. El adjudicatario podrá recurrir ante la Autoridad correspondiente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de notificación del acto administrativo. El recurso debe plantearse en forma escrita y ser fundado. Podrá interponerse personalmente por el adjudicatario o por intermedio de un representante designado por él. En lo demás se actuará según lo dispuesto en el artículo 46° y 59° de la Ley N°19.880 del 2003, sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La reclamación será resuelta por la Autoridad correspondiente dentro del plazo de treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la carta de reclamo. En la resolución que acoja el recurso, se podrá, modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado; en todo lo demás, se aplicará el artículo 59° de la Ley 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado y será informado a través del sitio web www.mercapublico.cl. En lo no contemplado en el procedimiento anterior, se aplicará supletoriamente lo dispuesto en la Ley 19.880 de Bases de procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.
De las Recepciones de Obras
Recepción Provisoria de la Obra: Una vez terminadas las obras, el adjudicatario solicitara su recepción provisoria; el mandante nombrará por resolución exenta, una comisión de tres o más funcionarios quien fijara dentro de los cinco días hábiles siguientes de recibida tal petición, las condiciones pertinentes para su recepción provisoria. La obra de no merecer reparos al mandante, se darán por provisoriamente recibida. En cambio, si la inspección que haga la comisión para la recepción provisoria de la obra, constatara deficiencias en conformidad con los planos y especificaciones técnicas, se dejara constancia de ellas en el acta de observación y se entregara un informe detallado a la autoridad correspondiente, fijando un plazo para que el adjudicatario ejecute, a su costo, los trabajos para su reparación. En lo demás se actuará según el procedimiento señalado en el artículo 67 del decreto número 205 del año 1985 que oficializa el Reglamento General para las Obras de Urbanización y/o Edificación de la Universidad de Tarapacá.
Cobro de documento de garantía
Se podrá hacer efectiva la Garantía por fiel cumplimiento de contrato en las siguientes situaciones:
- Cuando el adjudicatario no cumpla con la calidad técnica del servicio encargado por la Universidad, lo que será calificado por el I.T.O de la Universidad.
- Cuando el adjudicatario no cumpla con la confección total de la obra de construcción encargada por la Universidad.
- Cuando el adjudicatario no entregue la nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato, dentro de los diez días hábiles luego de haber firmado la modificación de contrato (aumento y/o disminución de obras, obras extraordinarias, modificación de obras previstas, ejecución de obras nuevas y empleo de material no previstos y aumento de plazo).
- Cuando el adjudicatario demore más de cinco días en la iniciación de las obras, plazo que se contará a partir de la fecha de entrega del terreno señalado en el libro de obras, sin causa justificada.
- Cuando el adjudicatario paralice los trabajos por más de cinco días sin causa justificada, lo que será calificado por el I.T.O. de la Universidad;
- Por incumplimiento del adjudicatario a órdenes impartidas por el I.T.O. de las obras que perjudiquen la ejecución.
- Por quiebra, notoria insolvencia o celebración de convenios judiciales con los acreedores del adjudicatario.
- Por incapacidad técnica manifiesta del adjudicatario en la ejecución de la obra, lo que será calificado por el I.T.O. de la Universidad; y
- Por incumplimiento grave de parte del adjudicatario de las obligaciones contraídas en virtud del contrato de obras y sus modificaciones.
Procedimiento para el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento:
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación del respectivo cobro de la garantía de fiel cumplimiento:
1. Detectada una situación que amerite la aplicación del cobro de la boleta de garantía de fiel cumplimiento, el Director de Infraestructura y Equipamiento, notificará inmediatamente de ello al director de Administración y Finanzas, quien a su vez notificará al adjudicatario, por carta certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.
2. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el adjudicatario tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito (acompañando todos los antecedentes que lo respalden) ante el Director de Administración y Finanzas, quien junto al responsable de contrato evaluarán los antecedentes.
3. Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una Resolución Exenta de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas, la cual se harán sin forma de juicio.
4. Si el adjudicatario adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Universidad tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
Declarar desierta la licitación
La Universidad de Tarapacá declarará desierto el proceso licitatorio cuando concurra alguna de las causales que señala a continuación:
1. Cuando no se presenten ofertas.
2. Cuando la(s) oferta(s) recibida(s) no cumpla(n) con los requerimientos técnicos mínimos solicitados o no cumplan con los requisitos administrativos.
3. Cuando las ofertas no resulten convenientes a los intereses de la mandante.
4. Las demás causales que contemple el decreto N° 250 del 2009 y sus modificaciones que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886.
Validez de la oferta
El plazo de validez de las ofertas que participen en esta licitación será de 120 días corridos, contados desde la fecha de cierre de la licitación, en los términos y plazos indicados en las presentes Bases.
El sólo hecho de la presentación de una oferta significa que el oferente acepta su vigencia durante todo el proceso licitatorio, sin necesidad expresa al respecto.
Forma de presentación de estados de pago
En cada estado de pago debe adjuntarse:
• Certificado F30 de la Inspección del Trabajo, que acredite que el contratista y los subcontratistas, si los hubiere, no tienen reclamaciones laborales relacionadas con el proyecto.
• Certificado F30-1 Junto a las Planillas de cotizaciones previsionales al día si correspondiere.
• Nómina del personal de la obra (tanto del contratista como de los subcontratistas) y
• Set de 20 fotografías a color del avance de la obra.
De la subcontratación
El contratista podrá subcontratar parte de las obras, siempre que se extienda una solicitud por tal materia, a través de carta dirigida al responsable del contrato, o bien a través de una nota en el libro de obras. La mandante podrá aceptar o rechazar la solicitud, en un plazo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación del requerimiento. Dicha aceptación o Rechazo será informada por la Universidad a través de carta o mediante nota del I.T.O. en el libro de obras. La mandante se reserva el derecho de aceptar o rechazar sin expresión de causa dicho subcontrato; en caso de conceder dicha autorización, la mandante podrá fijar las condiciones que estime necesarios para la mejor ejecución de la obra. En todo caso, el adjudicatario será responsable de todas las obligaciones contraídas con la Universidad en virtud del contrato, como asimismo del pago de todas las obligaciones con los obreros, empleados, proveedores u otros que omita pagar el subcontratista.
Errores, Omisiones y Aclaraciones
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Universidad de Tarapacá podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de carácter subsanable y no esencial, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 3 días hábiles, el cual se informará a través del portal de mercado público, según sea el caso, para responder lo solicitado por la Universidad de Tarapacá, si al concluir dicho plazo, no existiere respuesta por el proveedor, la Universidad de Tarapacá podrá evaluar su oferta, pero en ningún caso se podrá adjudicar mientras no subsane los errores de carácter subsanable. La Universidad de Tarapacá, solicitará estas aclaraciones a través del sistema de información no pudiendo los proveedores contactarse de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios por la respectiva licitación durante el curso del proceso; y los oferentes deberán dar respuesta a las consultas planteadas por ese mismo medio, salvo que exista problemas de operatividad, conexión, etc. de la plataforma mercadopublico.cl.
Para efectos de esclarecer lo indicado en el párrafo precedente se hace necesario definir, lo que para estos efectos, corresponden a antecedentes esenciales (no sujetos a modificación) y a los subsanables, en razón de la posibilidad de su enmienda o correcciones de errores u omisiones:
Carácter Esencial: Son aquellos elementos dentro de los documentos, antecedentes o formularios que no admiten corrección, rectificación o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con una o más de las exigencias consideradas en esta categoría, la oferta será declarada inadmisible.
Los antecedentes que para estos efectos no pueden ser objeto de modificación y corrección corresponden a los siguientes:
• Ingreso del Formulario Anexo D “Presupuesto Detallado”
• Ingreso del Formulario Anexo B “Formulario de Identificación”
• Ingreso del Formulario Anexo E “Carta de Oferta”
• Cualquier otro documento o antecedente necesario para la evaluación de ofertas.
• Presentación de las garantías en la fecha establecida en las bases de licitación.
Carácter Subsanable: Corresponden a los elementos dentro de los documentos, antecedentes o Formularios que adolecen de defectos de forma o errores no esenciales, que obedecen a una justa causa de error u omisión, siempre que lo defectuoso, omitido u erróneo no se refiera a elementos de carácter esencial, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes participantes de la presente licitación. No obstante, lo anterior, al igual que en el caso de tener que efectuar cambios de forma no considerados como esenciales de acuerdo a lo indicado anteriormente, la oferta que presente enmiendas correcciones obtendrá una calificación inferior en el Criterio de Evaluación: Cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de las ofertas.
Los antecedentes que podrán ser objeto de modificación o corrección corresponden a los siguientes:
• Firma o dato de pie de firma de cualquier formulario.
• Ingreso del Formulario Anexo A “Programa Financiero”.
• Ingreso del Formulario Anexo G “Especificaciones Técnicas”.
Prórroga de la garantía de fiel cumplimiento de contrato
En caso de ampliación del plazo original de la obra o de aumento de obra o de obras extraordinarias u obras nuevas, debidamente autorizadas por la mandante, en virtud de lo dispuesto en los artículos 24, 25 y 26 del Reglamento de General para Obras de Urbanización y/o Edificación de la Universidad de Tarapacá, el proveedor deberá prorrogar la garantía original por el plazo de ampliación convenido, más un plazo adicional de 90 días corridos.
Declaración Jurada Para Contratar
El proveedor adjudicado debe entregar la declaración jurada para contratar (ver Anexo C ) dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación del acto administrativo que aprueba la adjudicación, dicha declaración deberá ser entregada en la Dirección de Infraestructura y Equipamiento, en el siguiente horario de 09:00 a 17:00 horas En caso que el proveedor no entregue la declaración jurada referida, la mandante procederá a readjudicar al oferente mejor evaluado.
Inadmisibilidad de las ofertas
Serán consideradas siempre inadmisibles las ofertas extemporáneas, las que omitan algunos de los antecedentes solicitados y aquellas que no den cumplimiento a las exigencias de estas bases, o que, habiendo sido objeto de errores u omisiones formales, no los hubiesen subsanado o corregido en el plazo otorgado.
Cualquiera de los siguientes hechos permitirá declarar la inadmisibilidad de una oferta en cualquiera etapa del proceso, aun cuando haya sido declarada admisible administrativa y técnicamente.
1. Cuando el oferente por cualquier medio de a conocer a la mandante su oferta económica antes de la apertura económica.
2. Cuando la información que entregue el oferente no conste en los anexos solicitados por la mandante y/o en los campos dispuestos para tales efectos.
En los casos que todas las ofertas sean declaradas inadmisibles, se procederá a declarar desierta la licitación.
Documentos De Garantía
En caso que un proveedor entregue dentro del plazo la garantía de fiel cumplimento de contrato, y que esta tenga error en la fecha, monto o alguna otra identificación de carácter menor y meramente formal, se podrá declarar admisible su oferta administrativa, con la condición que esta será enmendada dentro de los 3 días hábiles desde su recepción, lo que será fundamental para validar técnicamente la oferta del proveedor.
Revocación de la Licitación
La mandante se reserva el derecho de dejar sin efecto el proceso de licitación publicado en el portal de mercado público cuando no pueda continuar con su flujo normal que conduce a la adjudicación. La revocación deberá ser fundada en razones de mérito, conveniencia u oportunidad, no pudiendo revocarse la licitación: a) cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente; b) Cuando la ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos; o, c) Cuando, por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto", conforme lo dispuesto en el artículo 61 de la ley N° 19.880 -que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El estado de revocado del proceso de licitación produce el efecto de detenerlo definitivamente aun existiendo ofertas.
Suspensión de la Licitación
La mandante podrá suspender el procedimiento administrativo en el ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 57 de la ley N° 19.880 -de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado-, cuando concurran las condiciones que establece este último precepto. Asimismo, se suspenderá el procedimiento administrativo cuando lo decrete el Tribunal de Contratación Pública, por resolución fundada, conforme lo previene el inciso segundo del artículo 25 de la ley 19.886, de 2003, o cuando otra instancia jurisdiccional ordenen esta medida.
Daños a bienes muebles o inmuebles
Cualquier daño ocasionado a bienes muebles o inmuebles de propiedad de la mandante o en mera tenencia en razón del servicio, imputable a la actividad del oferente adjudicado, sus empleados, o dependientes, será de responsabilidad del adjudicatario, quién deberá hacer las reparaciones o indemnizaciones que correspondan a su costo. Si en esta eventualidad no se cumplieran los plazos que defina la Universidad, para la reparación o indemnización, podrá aplicar una multa de UF 50 (cincuenta unidades de fomento), sin perjuicio de la obligación de ejecutar tales trabajos o pagar las indemnizaciones. Las multas no serán aplicables en caso de fuerza mayor o caso fortuito conforme a la definición del Artículo 45 del código civil, actos de terceros ajenos al adjudicatario, y en general por motivos no imputables a éste, lo cual será definido por la mandante y, en caso de discrepancia, por los Tribunales de Justicia. Si por cualquier omisión o hecho doloso o culposo de la Universidad de Tarapacá o de su personal, o de terceros totalmente ajenos al adjudicatario, o por causa de fuerza mayor o caso fortuito, se produjeren atrasos, interrupciones o incumplimientos en la prestación de los servicios u obligaciones materia del contrato, el adjudicatario quedará liberado de las eventuales multas que estuvieren asociadas al incumplimiento de dichos servicios u obligaciones, extendiéndose dichos tiempos o plazos automáticamente por el mismo número de días u horas que hubiera durado el incumplimiento, atraso o contingencia; o excepcionalmente por un número superior de días u horas, previa justificación por escrito del adjudicatario aprobada por la mandante. La Universidad de Tarapacá se reserva el derecho de definir la oportunidad de cobro de las multas, las que necesariamente deberán ser cobradas a más tardar al segundo mes de la ocurrencia del evento que las genere. Las multas fijadas, previo informe del Administrador del Contrato, serán notificadas al adjudicatario por el departamento de Administración y Finanzas mediante carta y/o correo electrónico, en los que conste la infracción que las motiva, debiendo ser pagadas tan pronto se efectúe dicha notificación, según lo señalado en la cláusula "Plazo de entrega y multas por atraso", no obstante lo anterior, para estos casos regirá el mismo mecanismo de apelación indicado en la cláusula “Plazo de entrega y multas por atraso”.
Procedimiento para el cobro por daños a bienes muebles o inmuebles:
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación del respectivo cobro:
1. Detectada una situación que amerite la aplicación del cobro por reparación o indemnización por daños a bienes muebles o inmuebles, el Director de Infraestructura y Equipamiento, notificará inmediatamente de ello al Vicerrector de Administración y Finanzas, quien a su vez notificará al adjudicatario, por carta certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.
2. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el adjudicatario tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito (acompañando todos los antecedentes que lo respalden) ante el Vicerrector de Administración y Finanzas, quien junto al responsable de contrato evaluarán los antecedentes.
3. Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una Resolución Exenta de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas, la cual se harán sin forma de juicio.
4. Si el adjudicatario adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la mandante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del adjudicatario, para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
5. La multa se deducirá de los estados de pagos y/o de las retenciones hechas al contratista.
Liquidación del contrato
Una vez efectuada la recepción definitiva de parte de la mandante, sin observaciones de ningún tipo (lo que constará en un Acta firmada por los miembros de la comisión), se procederá a la liquidación del contrato, en un plazo de sesenta (60) días corridos. Dicho documento deberá ser suscrito por el adjudicatario, protocolizado ante notario, y autorizado por Decreto respectivo. El adjudicatario que haya aceptado la liquidación podrá reclamar de ella, dentro del plazo de 60 días, contados desde la tramitación del decreto pertinente. Transcurrido ese plazo, la liquidación se entenderá aceptada por el adjudicatario.
De las Recepciones de Obras
Recepción Provisoria de la Obra: Una vez terminadas las obras, el adjudicatario solicitara su recepción provisoria al ITO; este verificará el estado de las obras y solicitará conformar comisión de Recepción Final de Obras. La obra de no merecer reparos al mandante, se darán por recibida. En cambio, si la inspección que haga la comisión para la recepción de la obra, constatara deficiencias en conformidad con los planos y especificaciones técnicas, se dejara constancia de ellas en el acta de observación y se entregara un informe detallado a la autoridad correspondiente, fijando un plazo para que el adjudicatario ejecute, a su costo, los trabajos para su reparación.
POLÍTICA INTEGRAL CONTRA EL ACOSO SEXUAL, LA VIOLENCIA Y LA DISCRIMINACIÓN DE GÉNERO, PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS, DELITOS FUNCIONARIOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y CÓDIGO DE ÉTICA DE LA UNIVERSIDAD DE TARAPACÁ
En este acto las partes contratantes declaran conocer y se obligan a dar estricto cumplimiento a las normas dispuestas en la Ley N°21.369, que regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación arbitraria en el ámbito de la Educación Superior que dispone el deber de todas las instituciones de educación superior a adoptar las medidas que sean conducentes para prevenir, investigar, sancionar y erradicar el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género, entendiéndose incorporadas al presente acto toda la normativa interna emitida por la Universidad en cumplimiento de la referida ley, aprobado por Decreto Exento N°00.630/2022, de fecha 13 de septiembre de 2022. Asimismo declaran conocer el Manual para la prevención del Lavado de Activos, delitos funcionarios y financiamiento del terrorismo aprobado por Decreto Exento Universitario N°00.369/2021 y, las disposiciones contenidas en el Código de Ética de la Universidad de Tarapacá, aprobado por Decreto Exento Universitario N°00.360/2021, obligándose, en ambas casos, a dar estricto cumplimiento a las normas contenidas en ellos".
DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA CONFECCIÓN DEL CONTRATO
El proveedor deberá entregar en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del acto administrativo que oficializa el resultado de la adjudicación, los siguientes documentos, en caso de no encontrarse disponibles en a plataforma de chileproveedores: En caso de ser persona natural deberá acompañar fotocopia de su cédula de identidad y en caso de ser el proveedor una persona jurídica, habrá que distinguir, en caso que el proveedor sea una Sociedad, deberá acompañar: 1. Copia la cédula de identidad del representante legal. 2. Copia simple de la escritura donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación y suscribir el contrato correspondiente. 3. Copia del Rol Único Tributario. 4. Copia simple de escritura de Constitución de la Sociedad. 5. Copia simple de Extracto de Constitución de la Sociedad. 6. Certificado de vigencia de la sociedad con anotaciones marginales vigentes de una data no superior a 2 meses, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces. En caso de ser el proveedor una Corporación o Fundación deberá acompañar: 1. Fotocopia de la cédula de identidad del Presidente, Director o Fundador, según lo establecido en sus estatutos. 2. Certificado de vigencia de la personalidad Jurídica. En caso de ser una unión temporal deberá acompañar: cédula de indentidad de los proveedores que integren la unión temporal, y la documentación relativa a la celebración de la unión temporal (escritura pública) individualizando al apoderado para tal efecto. En dicho documento se deberá establecer la solidaridad entre las partes que conforman la unión temporal de proveedores, respecto de las obligaciones que se generen con la entidad pública. En el caso que el proveedor no entregue los documentos requeridos en el plazo señalado, constituirá causal de Re adjudicación.
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
De acuerdo a los dispuesto en el artículo 13 de la Ley 19.886 y en el Nº77 del Reglamento de la Ley 19.886, el contrato podrá ser modificado por mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre y cuando no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado. Debiendo emitirse el respectivo Decreto o Resolución que autorice, debidamente tramitada, y dejarse constancia por escrito en el respectivo Addendum firmado por ambas partes, el cual formará parte integrante del contrato. Dicha modificación será, especialmente, y sin que sea taxativa, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito.