Resolución de Empates |
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más
proponentes que hayan obtenido el mismo Puntaje Total, quedando más de uno en condiciones de
resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio
de evaluación a continuación por orden de prelación, hasta que se rompa el desempate:
1. PRECIO DE LA OFERTA.
2. OFERTA TECNICA.
3. EXPERIENCIA DEL OFERENTE.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se envió primero en el
portal www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro y según fechas indicadas en
cronograma de licitación pública, publicadas en portal de mercado público,
www.mercadopublico.cl, o a través del correo electrónico juan.murillo@munispa.cl.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Disminución, aumentos de obra y obras extraordinarias |
La Unidad Técnica, previa autorización del Mandante podrá agregar o suprimir partidas, como,
asimismo, disminuir o aumentar las cantidades de obras de cada partida del presupuesto, en cuyo
caso el Contratista también tendrá derecho a su pago de acuerdo con los precios unitarios
contratados,y a un aumento o disminución del plazo proporcional al aumento o disminución que
haya tenido el contrato inicial, sin perjuicio de lo que se convenga en este sentido. Lo anterior se
aplicará sólo tratándose obras nuevas o extraordinarias que deriven de un cambio de proyecto
que no pudo tener en cuenta el contratista al momento de presentar su oferta conformea los
antecedentes de la licitación, y fueren indispensables para dar cumplimiento del respectivo
contrato.
Toda modificación que se realice (aumento, disminución de obras, empleo de materiales no
considerados, obras nuevas o extraordinarias), una vez obtenidas las aprobaciones precedentes,
será informada por la I.T.O. al Contratista y se expresará en la pertinente modificación del
contrato. En casos de aumentos de obras, deberá complementarse la o las garantías
acompañadas; en caso de reducción de obras, podrá disminuirse el valor delas garantías.
El Contratista deberá hacer llegar a la Unidad Técnica las solicitudesde aumento/disminución de obras
u obras extraordinarias, dentro de los 15 días siguientes a la detección de su causa
La Unidad Técnica dispondrá de 15 días para realizar la solicitud pertinenteal Mandante,
acompañando la carta del Contratista y antecedentes de respaldo.
La inspección técnica, en caso de aprobar la solicitud del Contratista, informará a la Unidad
Técnica, para que se realice la solicitud pertinente al Mandante, acompañando la carta del
Contratista y antecedentes que respalden las causas esgrimidas.
Con todo, los aumentos de obra y obras extraordinarias tendrán un carácter excepcional, dada las
características del contrato, donde es el Oferente quien determina las cubicaciones de cada
partida. La información que seentregue en el proceso de evaluación (cubicaciones, planos, etc.) es
sólo de carácter referencial y el Oferente debe corroborar dicha información en terreno.
Si el Contratista inicia la ejecución material del aumento o la modificaciónde obras o de las
obras extraordinarias, antes que se encuentren totalmente tramitados los respectivos actos
administrativos que los autorizan, incluyendo la autorización del Mandante, lo hará bajo su
cuenta y riesgo. Lo anterior, salvo que apareciere que hubo necesidad de ejecutarlas de
inmediato para evitar detener la marcha de la obra u otras circunstancias urgentes, siempre que
existiera autorización en el Libro de Obras por partede la I.T.O, y ello solamente hasta en un
cinco por ciento de la obra, debiendo pagársele al Contratista en tal hipótesis, si en definitiva,
por cualquier motivo, no se autoriza el aumento o modificación de obras o las obras
extraordinarias, solamente los gastos directos comprobados, sin considerar gastos generales,
utilidad, ni indemnizaciones de ninguna especie.
MEJORAMIENTO CAPILLA SEQUITOR, COMUNA SAN PEDRO DE ATACAMA.
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Toda modificación de contrato, lo que comprende las siguientes gestiones: solicitudes del
Contratista y la Unidad Técnica, reevaluación técnico- económica, aprobación del cambio
presupuestario, modificación del contrato y modificación de garantías-, deberá ser efectuada
antes de vencido el plazode ejecución
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Responsabilidad contractual |
El Contratista deberá ejecutar correcta y oportunamente las obras contratadas. Será responsable
de culpa leve por todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los
perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento
contractual. La Unidad Técnica, por su parte, responderá sólo por su culpa grave.
MEJORAMIENTO CAPILLA SEQUITOR, COMUNA SAN PEDRO DE ATACAMA.
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El Contratista será el único responsable, salvo fuerza mayor o caso fortuitoo causa no
imputable a aquél, de obtener las autorizaciones correspondientes para la instalación de faenas
y/o labores contratadas, así como delsuministro, transporte, instalación, mantención y suficiencia
de dicha instalación, requerida para el normal desarrollo de las obras y/o cumplimiento de sus
obligaciones.
Corresponderá al Contratista demostrar haber procedido con la diligencia debida según las
circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales
y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.
Los aumentos de plazo, así como el retardo en la entrega del terreno, o en la elaboración de
cualquier acto administrativo que se relacione con las obras, incluidos los referidos al pago,
incluso si fueran imputables exclusivamente a errores u omisiones de la Unidad Técnica y/o del
Mandante, no darán derecho a indemnizaciones de ninguna especie, salvo que se acredite dolo
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