Pacto de integridad |
Los oferentes y, posteriormente, el proveedor adjudicado, declaran que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, aceptan expresamente este pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, aceptan suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el proveedor adjudicado se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
b. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
d. Revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para el proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
e. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
f. No divulgar, compartir o comercializar por ningún medio de comunicación, la información de carácter confidencial que el Hospital Dipreca proporcione al Proveedor, en razón de la ejecución del contrato respectivo, ya sea, de aquella establecida en el Artículo 10, inciso 4, de la Ley Nº 20.584, sobre los Derechos y Deberes del Paciente; de la establecida en el Artículo 20, inciso 2, de la Ley Nº 19.886, o de cualquier otra información, ya sea, relativa a pacientes, funcionarios, bienes o servicios del Hospital Dipreca, que revista la calidad de secreta, confidencial o sensible, establecida por la ley y/o definida así por el Hospital.
Los oferentes y, posteriormente, el proveedor adjudicado, manifiestan conocer las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, y se comprometen a respetarlas.
Asimismo, reconocen y declaran que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, asegurando la posibilidad de cumplirla en las condiciones y oportunidad ofertadas.
Los oferentes y, posteriormente, el proveedor adjudicado, se obligan a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes, subcontratistas y, en general, todas las personas con que aquél se relacione, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación o del contrato. Por tanto, se harán plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Visita a terreno (OBLIGATORIA) |
Las empresas postulantes, deberán realizar visita a terreno el 5° y 6° día hábil después de la publicación de la presente licitación, a las 11:00 hrs., para lo cual deberán presentarse en la División de Abastecimiento primer piso Hospital, donde registrarán la visita obligatoria en el formulario denominado Acta de Visita a Terreno, el responsable del proceso de licitación de la Unidad de Compras Área no Clínica, se contactará con el ente técnico para concretar esta visita a las dependencias de “EL HOSPITAL”.
La finalidad de la visita a terreno será netamente enfocada al proceso de la licitación. En este evento se podrán realizar consultas referentes a la misma.
El oferente sólo podrá mantener comunicación con la Autoridad Técnica. Por lo tanto, queda prohibido mantener cualquier otro tipo de comunicación o contacto con funcionarios del Hospital o con las dependencias que no se encuentren relacionadas con la presente licitación.
De no cumplirse lo anterior, se pondrá término a la visita a terreno, lo que quedará reflejado en el acta para estos efectos.
Los oferentes que no realicen la visita a terreno, no serán considerados en la evaluación y su oferta será descartada sin previo trámite.
Las consultas del presente proceso de licitación, solo se recibirán a través del Portal Mercado Público, durante el periodo que se establecerá para ello, ya sean de carácter técnico o administrativo las que serán respondidas antes del cierre de la licitación.
Por último, en caso de necesitar algún tipo de información durante el periodo de evaluación del proceso, el Hospital generará las consultas a través del Portal Mercado Público, las que deberán ser respondidas por los oferentes a través del mismo medio, a excepción de caso fortuito ejemplo: falla de la plataforma electrónica (Mercado Público).
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