Los oferentes y,
posteriormente, el proveedor adjudicado, declaran que, por el sólo hecho de
participar en la presente licitación, aceptan expresamente este Pacto de Integridad,
obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de
licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, aceptan
suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y
exigida de acuerdo con las presentes Bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos:
a. Respetar los derechos
fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en
la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º,
6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo.
Asimismo, el proveedor adjudicado se compromete a respetar los derechos
humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos
adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o
servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los
Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
b. No ofrecer ni conceder, ni
intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos,
cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en
relación con su oferta, con el proceso de Licitación Pública, ni con la
ejecución de el o los Contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco
a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o
indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del Contrato que de ello se derive.
c. No intentar ni efectuar
acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto
influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la
conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones,
actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o
formas.
d. Revisar y verificar toda la
información y documentación que deba presentar para el proceso licitatorio,
tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad,
integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
e. Ajustar su actuar y cumplir
con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente
proceso licitatorio y en la ejecución del Contrato.
f. No divulgar, compartir o
comercializar por ningún medio de comunicación, la información de carácter
confidencial que el Hospital Dipreca proporcione al proveedor, en razón de la
ejecución del Contrato respectivo, ya sea, de aquella establecida en el
Artículo 10, inciso 4, de la Ley Nº 20.584, sobre los Derechos y Deberes del
Paciente; de la establecida en el Artículo 20, inciso 2, de la Ley Nº 19.886, o
de cualquier otra información, ya sea, relativa a pacientes, funcionarios,
bienes o servicios del Hospital Dipreca, que revista la calidad de secreta, confidencial
o sensible, establecida por la ley y/o definida así por el Hospital.
Los oferentes y,
posteriormente, el proveedor adjudicado, manifiestan conocer las reglas y
condiciones establecidas en las Bases de Licitación y en el Contrato
respectivo, y se comprometen a respetarlas.
Asimismo, reconocen y declaran
que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con
información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, asegurando la posibilidad de cumplirla en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
Los oferentes y,
posteriormente, el proveedor adjudicado, se obligan a tomar todas las medidas
que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean
cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes, subcontratistas y,
en general, todas las personas con que aquél se relacione, directa o
indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación o del
Contrato. Por tanto, se harán plenamente responsables de las consecuencias de
su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también
procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.