En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
Artículo 26:
La Delegación Presidencial Regional de Tarapacá, de acuerdo con el Artículo 4, adjudicará la propuesta a la empresa que haya obtenido el primer lugar, en la tabla de criterios de evaluación. En el evento que no se pudiera celebrar contrato con la referida empresa, se procederá a contratar con la empresa ubicada en el segundo lugar, y así sucesivamente. Los proponentes que no fueran adjudicados no tendrán derecho a reclamar indemnizaciones de ninguna especie.
Asimismo, en caso de produjese un empate de evaluará la oferta económica, de continuar ésta será la oferta técnica, se persistir el empate de evaluará el servicio post venta de continuar será el plazo de operatividad.