Artículo 19º: De la resolución de empates. En el evento de que una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio en el orden de procedencia siguiente:
a) Disponibilidad para contar con requerimientos extraordinarios.
b) Precio.
c) Cumplimientos técnicos ficha BMP.
d) Control de plagas.
e) Cumplimiento de requisitos formales.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl.