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Resolución de Empates |
En caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:
1. Primeramente se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominado “Tiempo Comprometido de Despacho /Entrega de los Productos”, establecido en el número 10.1.3 en la resolución exenta N° 470 que aprueba estas bases.
2. Si luego de aplicar los criterios precedentes, se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominado “Propuesta Económica”, establecido en el número 10.1.1 en la resolución exenta N° 470 que aprueba estas bases.
3. Si luego de aplicar los criterios precedentes, se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominado “Garantía Comprometida para los Productos”, establecido en el número 10.1.2 en la resolución exenta N° 470 que aprueba estas bases.
4. De continuar con el empate, preferirá aquella oferta que hubiese sido ingresada primero en el portal.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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En caso que los oferentes, una vez adjudicada la presente Licitación Pública, quieran aclarar aspectos referentes a la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la entidad licitante a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica a la presente Licitación. Las preguntas y respuestas serán publicadas como Anexos en el portal www.mercadopublico.cl.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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El Oferente adjudicado deberá presentar los Certificados de Antecedentes Laborales y Previsionales actualizados F30 y F30-1, emitidos por la Dirección del Trabajo,
En caso de que el oferente que obtenga la licitación, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el único estado de pago producto del contrato licitado deberá ser destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor a acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas.
La Delegación exigirá que el proveedor proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes, planillas u otros antecedentes idóneos que demuestren el total cumplimiento de la obligación, y su incumplimiento dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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La propuesta es, para todos los efectos, de carácter indivisible. Por consiguiente, y no obstante que para los efectos de su presentación y evaluación se ha separado en una propuesta técnica y otra económica, la falta de una u otra importará indistintamente la falta o no presentación de la propuesta en su totalidad, no siendo objeto de evaluación y declarándose la propuesta inadmisible.
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De La Evaluación |
El proceso de evaluación de las propuestas será interno, ejecutado por la Comisión Evaluadora designada para licitación, en un periodo aproximado de 72 horas hábiles, dentro de la jornada normal de trabajo de cada integrante y se realizará en una etapa, aplicando una escala de notas que fluctúan entre 0 y 10 puntos, siendo 0 la nota mínima y 10 la nota máxima, para cada uno de los criterios de evaluación.
Para una mejor comprensión y detalle ver Punto 10 DE LA EVALUACIÓN, en la resolución exenta N° 470 (adjunta) que aprueba las presentes bases.
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De la Adjudicación |
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La Delegación adjudicará la presente Licitación a quien presente la mejor propuesta, dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al término del período de evaluación, el que será de aproximadamente 72 horas hábiles, conforme a lo establecido en el Punto 10. “De La Evaluación” en resolución exenta N° 470 (adjunta) que aprueba las presentes bases. Se entiende que presentó la mejor propuesta, quien obtenga la nota final más alta entre los oferentes, según los criterios de evaluación antes descritos.
La adjudicación de la presente Licitación Pública se hará a través del correspondiente acto administrativo y será publicado en el portal www.mercadopublico.cl en el ID 953-10-LQ23 que identifica la presente Licitación, una vez que el mismo se encuentre totalmente tramitado.
Con todo, y en caso que el oferente favorecido con la adjudicación no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, ChileProveedores, deberá inscribirse en él, dentro de los 3 días hábiles siguientes de informada la adjudicación en el portal. En caso de no verificarse dicha inscripción, la Delegación podrá proceder a adjudicar, si así lo estima conveniente, al siguiente proveedor mejor evaluado en el proceso según los criterios de evaluación establecidos en el número 10.1 de la resolución exenta N° 470 (adjunta) que aprueba las presentes bases, en orden decreciente.
En caso que los oferentes, una vez adjudicada la presente Licitación Pública, quieran aclarar aspectos referentes a la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la entidad licitante a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica a la presente Licitación. Las preguntas y respuestas serán publicadas como Anexos en el portal www.mercadopublico.cl.
La Delegación declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases. Declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada.
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Modificación Fecha de Adjudicación |
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En caso de no poder efectuar la adjudicación en la fecha indicada, en las presentes bases de licitación, se publicara una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando en esa eventual instancia los motivos de la modificación.
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De la Comisión Evaluadora |
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Esta comisión estará integrada por los siguientes tres (3) miembros:
1. El Secretario(a) Ejecutivo de la Comisión Hídrica de la Delegación Presidencial Región de Coquimbo, o su subrogante.
2. El Encargado(a) del Departamento de Administración y Finanzas de la Delegación Presidencial Región de Coquimbo, o su subrogante.
3. El Encargado(a) de Compras Públicas de la Delegación Presidencial Región de Coquimbo, o su subrogante.
Los integrantes de la comisión evaluadora deberán tener la calidad de funcionarios públicos y/o agente público. Para el caso que sea necesario cambiar a algún miembro de la comisión, se dictará una resolución con la o las nuevas designaciones. La integración de la comisión evaluadora será publicada en el portal www.mercadopublico.cl
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Modalidad de Pago |
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El pago de la contratación por la adquisición y entrega de los cincuenta y cinco (55) rollos aprox. de geomembrana lisa HDPE GM13, se efectuará bajo los siguientes parámetros:
a) El precio total bruto (impuestos incluidos)adjudicado, deberá ser expresado en Pesos ($) en la facturación; el cual, será pagado por parte de la Delegación Presidencial Región de Coquimbo, de acuerdo a lo señalado, dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura correctamente emitida y previa certificación de recepción conforme por la totalidad de los cincuenta y cinco rollos por parte del Secretario(a) Ejecutivo de la Comisión Hídrica y el Encargado (a) del Departamento de Administración y Finanzas de la Delegación y/o los subrogantes designados para tal efecto.
b) Se realizará en un solo pago, una vez entregados/recibidos conformes la totalidad de los rollos requeridos, de acuerdo a lo establecido en el presente proceso licitatorio.
c) La factura electrónica deberá ser enviada junto con la documentación escaneada exigida en los Términos Técnicos de Referencia, Punto 4 “Características en la Entrega”, por cada uno de los despachos /entregas de rollos, según corresponda, a los correos electrónicos finanzasintcoquimbo@interior.gob.cl y/o lgarcias@interior.gob.cl; considerando que, la documentación original correspondiente a cada guía o formulario de despacho/entrega de los rollos de geomembrana lisa HDPE GM13, a cada Junta de Vigilancia deberán remitirse físicamente y formalmente a la Comisión Hídrica de la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo mediante nuestra Oficina de Partes, ubicada en calle Arturo Prat N° 350, Comuna de La Serena, Región de Coquimbo.
d) La factura electrónica deberá ser emitida a nombre de la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo señalando como “Giro”: Servicio de Gobierno y como “Dirección”: Arturo Prat N° 350, Comuna de La Serena.
En todo caso, el pago estará condicionado a que el acto administrativo aprobatorio del contrato, según corresponda, que se celebre con el adjudicatario de la licitación se encuentre totalmente tramitado.
Ahora bien, se hace presente que el pago que se deberá efectuar durante el año 2023; considerando que sólo podrá cursar en la medida que la respectiva transferencia de fondos se encuentre vigente para ello.
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Suscripción o Formalización del Contrato |
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
i) Bases de licitación.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes, si lo hubiere.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
La relación contractual tendrá vigencia mientras se ejecute la entrega total del producto bajo las condiciones preestablecidas, comprometidas y aceptadas por ambas partes, cuyo inicio será considerado desde la total tramitación del acto administrativo que lo sancione; por lo consiguiente, la adquisición objeto de la presente licitación se formalizará mediante la suscripción de un contrato a suma alzada sin reajuste e intereses, entre la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo y el oferente adjudicado, y su firma se realizará en las dependencias de esta Delegación Presidencial, ubicadas en Prat 350, comuna de La Serena, Región de la Coquimbo, en la fecha y hora que será previamente acordada con el proveedor adjudicado; la aceptación y firma del contrato por parte del proveedor, da por entendido que es también por todas las cláusulas mencionadas y/o estipuladas en la presente licitación; una copia del contrato totalmente tramitado se le entregará al adjudicatario.
Una vez suscrito el contrato, esta Delegación Presidencial decretará una resolución exenta que dé por aprobado dicho contrato; además de lo señalado precedentemente el adjudicatario deberá de la entrega de la respectiva garantía de fiel cumplimiento de contrato, en el plazo y conforme a lo establecido en el punto 9.2 en resolución exenta N° 470 (adjunta) que aprueba las presentes bases.
Al momento de la firma del contrato, el adjudicatario deberá encontrarse con registro vigente en Chileproveedores y/o en su efecto presentar toda la documentación pertinente y exigida por la Ley y Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas para demostrar que se encuentra hábil y sin ninguna afectación de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, a que aluden los artículos 8 y 10, del artículo primero de la ley N° 20.393.
Si el adjudicatario se desistiera de la firma del contrato correspondiente o no diera cumplimiento a la obligación de la entrega de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la Delegación estará facultada para proceder a re-adjudicar, siempre y cuando la administración de la Delegación así lo estime conveniente, al siguiente proveedor mejor evaluado en el proceso según los criterios de evaluación establecidos en el número 10.1 de la resolución exenta N° 470 (adjunta) que aprueba las presentes bases, en orden decreciente.
Asimismo, si el adjudicatario incurre en alguna de las situaciones establecidas en el número 13.3 de la resolución exenta N° 470 (adjunta) que aprueba estas bases, la Delegación queda facultada para dar término anticipado al contrato.
El contrato comenzará su vigencia una vez que el acto administrativo que lo sancione, se encuentre totalmente tramitado y la Orden de Compra, que lo formaliza se encuentre aceptada por el oferente adjudicado.
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Multas y Sanciones |
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Si el contratista no cumpliera cabal e íntegramente con algún requerimiento mandante con respuesta comprometida por el proveedor, sea respecto de los rollo de geomembrana lisa HDPE o de la logística de despacho/entrega del producto solicitado y consignado al proveedor adjudicado y demás condiciones contenidas en su propuesta de suministro, por razones que le fueren imputables a él, la Delegación estará facultada para aplicar las siguientes multas:
Ver detalle en Punto 13.1 Multas y sanciones, de la resolución exenta N° 470 (adjunta) que aprueba las presentes bases.
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De la Vigencia de los Servicios Licitados y su Término Anticipado |
La vigencia del contrato será el equivalente al periodo de garantía post-venta comprometida por el proveedor o el periodo propuesto por el mismo para el despacho/entrega total del producto, lo que ocurra en último evento y comenzará a regir desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, no obstante los servicios podrán comenzar a prestarse por razones de buen servicio una vez ejecutada la suscripción y/o la firma del contrato, por parte del proveedor adjudicado, en todo caso, el pago por el total requerimiento efectivamente ejecutado estará condicionado a que el acto administrativo aprobatorio de la adquisición y/o prestación se encuentre totalmente tramitado.
Sin perjuicio del plazo de vigencia estipulado, la Delegación unilateralmente podrá poner término anticipado a la adquisición que por esta vía se licita, sin forma de juicio y por resolución fundada, en los siguientes casos:
1. Estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
4. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
Para la aplicación de la presente causal, se entenderá que constituyen incumplimiento grave las siguientes situaciones:
• Si el proveedor fuera declarado en quiebra.
• Si el proveedor se excediera reiteradamente en los tiempos de despacho/entrega del producto pre-comprometidos por el mismo, para el requerimiento.
• Si se disolviese la sociedad contratada.
• En caso de no entregar una nueva garantía, en los términos señalados en la letra b), del punto 13.1 de la resolución exenta N° 470 (adjunta) que aprueba las presentes bases.
• Si el proveedor no mantuviese la debida reserva sobre las informaciones y procedimientos confidenciales de la Delegación, a que tuvo acceso por motivo de este contrato.
• Si el Proveedor no diera cumplimiento a sus obligaciones de presentación de pago de cotizaciones de seguridad social de sus actuales trabajadores.
• Cuando sus trabajadores incurran en faltas tales graves, como ingerir alcohol o drogas durante el desarrollo o ejecución de sus funciones, o se vean involucrados comprobadamente en situaciones delictuales o de faltas a la probidad, durante el periodo comprometido de despacho/entrega del producto.
• Cuando el nivel de multa por atraso en el despacho/entrega del producto y/o incumplimiento de la garantía post-entrega durante los respectivos periodos comprometidos por el proveedor adjudicado, sobrepasen el máximo establecido en el punto de las Multas y Sanciones en las presentes bases.
• Cuando por razones ajenas a la gestión y cuya determinación escapen de la administración de la Delegación Presidencial Región de Coquimbo, donde confluyan factores financieros y/o, resolutivos que impidan ejecutar el desarrollo del contrato.
Asimismo, las partes podrán poner término anticipado al convenio por resciliación o mutuo acuerdo.
De ocurrir el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la Delegación sólo dar pago a las obligaciones ya cumplidas y/o ejecutadas que se encuentren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.
La decisión de poner término anticipado a la adquisición licitada se efectuará por medio de una carta certificada que la Delegación hará llegar a la contraparte con, a lo menos, siete (7) días hábiles de anticipación, decisión que en todo caso se materializará mediante la expedición del pertinente acto administrativo.
Con todo, y tal como lo dispone el artículo 72, del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, en caso de incumplimiento del Proveedora de las obligaciones que le imponen las presentes Bases, la Delegación estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Delegación pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Se deja expresa constancia que el incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del proveedor.
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Competencia Delegada |
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Para los efectos de esta licitación, las partes fijan su domicilio en la ciudad de La Serena y se someten a la competencia de sus tribunales.
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Modificación del Contrato |
Las partes de común acuerdo podrán modificar en general las prestaciones, aumentándolos o disminuyéndolos en el equivalente de hasta en un 30% del valor total bruto de éstos.
En todo caso, no podrán alterarse los alcances y características técnicas aprobadas por las presentes Bases.
En el caso de aumentar el precio de las prestaciones, la garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá también aumentarse en proporción al monto de la modificación que se suscriba.
En caso de aumentar o disminuir las prestaciones los valores a considerar, serán aquellos establecidos y presentados por el proveedor adjudicado en su Anexo N° 2.
Las modificaciones o prorroga, que se pacten durante la vigencia de las prestaciones, se incorporarán en un nuevo anexo, el que, para todos los efectos legales y formará parte integrante de la adquisición adjudicada y no se podrá alterar la naturaleza de la misma.
El anexo deberá ser suscrito por ambas partes y autorizado por el respectivo acto administrativo.
En lo específico sobre eventuales modificaciones que se realicen durante el desarrollo del contrato no podrán superar el 30% del valor total bruto del contrato.
Ante y cuando se requiera contratar una eventual prórroga del contrato, adquisición, o contratar servicios conexos, respecto del contrato suscrito con anterioridad, por considerarse indispensable para las necesidades de la entidad y por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de Compras, siempre que el monto de dicha prorroga no supere las 1.000 UTM.
Con todo, las eventuales modificaciones que se pacten no producirán efecto alguno sino desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
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Subcontratación |
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El proveedor no podrá concertar con terceros la prestación de la adquisición y/o servicio de forma parcial; solo se permitirá sub-contratar los servicios específicos cuando el proveedor adjudicado no posea las pertinencias técnicas, disposiciones logísticas y/o autorizaciones para aplicarlos o ejecutarlos y esto sea comunicado y autorizado previamente por la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo.
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Derecho a Veto |
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La Delegación podrá, por razones de una buena logística en el despacho/entrega del producto bajo las condiciones preestablecidas, solicitar el cambio de algún(os) trabajador(es) expresando la causa del veto formulado. El proveedor deberá reemplazar al personal vetado, dentro del plazo que se le indique. La decisión de la Delegación se comunicará por escrito a la empresa precisando las causas que motivan la solicitud, con a lo menos un (1) día hábil de anticipación a la fecha en que se solicita deje de prestar servicios en el despacho/entrega del producto, el trabajador que se indique.
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Obligaciones Contractuales del Proveedor con sus Funcionarios y/o Colaboradores |
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El proveedor será empleador único y exclusivo de los trabajadores que se desempeñen en las funciones que son objeto de las presentes Bases, y por consiguiente, directamente responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, tribunales de justicia, organismos previsionales y en general, ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones legales y contractuales que le afecten en dicha calidad, como también de las que recaigan sobre sus subcontratistas. Del mismo modo, se deja expresa constancia que la Delegación se encuentra exento de toda responsabilidad resultante de algún hecho que no le sea imputable y a consecuencia del cual se produzcan daños en las personas o bienes de los trabajadores del adjudicatario.
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Primicia de las Bases |
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En caso de existir disconformidad entre las presentes bases de licitación y la información contenida en la ficha de la licitación que figure en el portal www.mercadopublico.cl primarán las presentes bases, las cuales se encontraran dentro de los archivos adjuntos de la ficha de licitación.
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Ampliación de Plazos |
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Sin perjuicio de lo estipulado en la cláusula 3.5 de la de la resolución exenta N° 470 (adjunta) que aprueba las presentes Bases, la Delegación podrá modificar, previo a su vencimiento, cualquiera de los plazos de la presente licitación pública, debiendo dictarse el acto administrativo correspondiente, el cual será publicado en el portal www.mercadopublico.cl
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Servicios Conexos |
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Ante eventuales requerimientos de servicios y/o tareas extraordinarias de mayor cuantía respecto de lo contratado y relacionado con el rubro o partidas, será posible la contratación directa por medio de resolución y/o cotización con el contratante prestador adjudicado; previa a evaluación de los antecedentes técnicos y/o requerimientos presentados y de sus análisis financieros sobre los costos de los mismos; reservándose la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo el derecho de cotizar y/o contratar dichos servicios con otra institución ajena o distinta del contratante adjudicado.
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Especificaciones Técnica del Requerimiento y/o Servicio la Adquisición |
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Ver detalle en Punto 24.ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL REQUERIMIENTO Y/O SERVICIO, de la resolución exenta N° 470 (adjunta) que aprueba las presentes bases o en el Anexo TÉRMINOS TÉCNICOS DE REFERENCIA.
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