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Clausulas generales administrativas y técnicas |
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BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS
LICITACIÓN PÚBLICA ID. 953-18-LP23
Servicio de Mantenimiento de Aseo, Fumigación y Aplicaciones de Sanitización en Instalaciones Centrales, Áreas Verdes, Plazoleta y Administración Permanente de Dependencias Interiores del Complejo Fronterizo Agua Negra.
ARTÍCULO N° 1 ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LAS BASES
Las presentes bases norman el actual proceso de licitación pública, a través del Portal www.mercadopublico.cl, que desarrolla la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo, para la contratación del el Servicio de Mantenimiento de Aseo, Fumigación y Aplicaciones de Sanitización en Instalaciones Centrales, Áreas Verdes, Plazoleta y Administración Permanente de Dependencias Interiores del Complejo Fronterizo Agua Negra, dependiente de la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo, por el periodo comprendido entre octubre 2023 y octubre 2024, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases y anexos.
ARTÍCULO N° 2 OBJETIVO
La Delegación Presidencial Regional de Coquimbo, indistintamente “la Delegación”, requiere contratar el Servicio de Mantenimiento de Aseo, Fumigación y Aplicaciones de Sanitización en Instalaciones Centrales, Áreas Verdes, Plazoleta y Administración Permanente de Dependencias Interiores del Complejo Fronterizo Agua Negra, cuyo detalle es el siguiente:
Ítem Suministro
1 Servicio de Mantenimiento de Aseo, Fumigación y Aplicaciones de Sanitización en Instalaciones Centrales, Áreas Verdes, Plazoleta y Administración Permanente de Dependencias Interiores del Complejo Fronterizo Agua Negra
El llamado se realizará a través del Portal www.mercadopúblico.cl.
ARTÍCULO N° 3 DEFINICIONES
Para la correcta aplicación de las presentes bases se entederá por:
3.1. Ley de Compras y su Reglamento: Ley N°19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios; el Reglamento aprobado por el D.S N° 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda.
3.2. Portal Mercado Público: www.mercadopublico.cl, Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, utilizado por las áreas o unidades de compra para realizar los procesos de publicación y contratación, de sus bienes y/o servicios, por medio del cual los oferentes deben ingresar las ofertas económicas y los demás antecedentes técnicos y administrativos solicitados en las presentes bases, según lo establecido en la Ley N°19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y su Reglamento, en adelante el “Portal”.
3.3. Comisión Evaluadora: La Comisión Evaluadora estará conformada por funcionarios y/o personas designadas para evaluar las ofertas de la presente licitación. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán recibir donativos, ni conceder reuniones a terceros sobre materias vinculadas a la evaluación, ni tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de acuerdo al Artículo 37 del Reglamento de compras públicas y lo dispuesto en la Ley N° 20.730 que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.
Esta Comisión propondrá la adjudicación de la licitación, presentando un acta de evaluación. Esta última será elaborada por la Comisión Evaluadora basándose en las ofertas publicadas en el portal, los criterios de evaluación y los requisitos de presentación definidos para el proceso de evaluación.
3.4. Oferente o proveedor: Persona natural, jurídica o Unión Temporal de Proveedores, que en conformidad a lo establecido en las presentes bases, presenta su oferta en los procesos de licitación, en adelante “Oferente”.
3.5. Unión Temporal de Proveedores (según lo indicado en el artículo 67 bis del Reglamento de compras públicas): En adelante también UTP, se refiere a la unión de dos o más personas naturales y/o jurídicas, para la participación en un proceso de compra, deberán establecer el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Para contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la Unión Temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si el Servicio exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada oferente de dicha Unión Temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
Las causales de término anticipado de la Orden de Compra, para el caso de una UTP, serán las siguientes, sin perjuicio de las demás establecidas en las presentes bases:
La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
Inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
Disolución de la UTP.
Y, las contempladas en el Artículo 13 de la Ley de compras públicas y en el Artículo 77 del Reglamento de compras públicas,
En caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quién deberá emitir la factura respectiva.
La vigencia de esta Unión Temporal de Proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Artículo 12 del Reglamento de compras públicas.
3.6. Resolución Exenta: Acto administrativo dictado por la delegación, en el cual se contiene una declaración de voluntad realizada en el ejercicio de una potestad pública.
3.7. Bases administrativas y técnicas: En adelante también bases, son los documentos aprobados por el Delegado, que contienen de manera general y/o particular, las etapas del proceso licitatorio; publicación, cierre de ofertas, apertura de ofertas, evaluación, adjudicación y demás aspectos administrativos del proceso de compras. Además, contienen de manera general y/o particular, las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características de la materia de encargo a contratar.
3.8. Formularios y/o anexos: Formatos o documentos elaborados por la Delegación, definidos por las bases, los cuales deberán ser completados por los oferentes interesados en presentar una oferta en el proceso de licitación a través del Portal.
3.9. Materia de encargo: Entiéndase por materia de encargo el ítem requerido en el presente proceso de licitación. El detalle es el siguiente:
Ítem Suministro
1 Servicio de Mantenimiento de Aseo, Fumigación y Aplicaciones de Sanitización en Instalaciones Centrales, Áreas Verdes, Plazoleta y Administración Permanente de Dependencias Interiores del Complejo Fronterizo Agua Negra
3.10. Oferta: Conjunto de antecedentes administrativos, técnicos y económicos que presenta el oferente en el Portal www.mercadopublico.cl.
3.11. Presupuesto referencial o estimativo: El costo preliminar previsto para la adquisición de la materia de encargo.
3.12. Adjudicatario: Oferente cuya oferta es seleccionada y adquiere el compromiso de suministrar o reponer la materia de encargo adjudicada por la Delegación, en las condiciones establecidas en las presentes bases.
3.13. Contrato: Documento de orden administrativo y legal, que regula los derechos y obligaciones entre la Delegación y el adjudicatario. Tiene por objeto formalizar la relación contractual por la adquisición de la materia de encargo.
Sin perjuicio de la definición anterior, la formalización de la relación entre la Delegación y el adjudicatario podrá verificarse de las siguientes maneras, según lo indicado en el Artículo 63 del Reglamento de compras públicas:
Cuando se trate de adquisiciones superiores o igual a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, se formalizará la relación mediante la emisión de la Orden de Compra, siempre y cuando la materia de encargo sea estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las presentes bases.
Cuando se trate de adquisiciones superiores o igual a 1.000 UTM, se formalizará mediante contrato y la respectiva Resolución Exenta que lo apruebe.
3.14. Días corridos: Son todos los días de la semana, incluido sábados, domingos, feriados y festivos. Cuando se indique la palabra “días”, deberá entenderse lo mismo que “días corridos”.
3.15. Días hábiles: Comprende los días de lunes a viernes, excluyendo los sábados, domingos, feriados y festivos.
3.16. Horas hábiles: lunes a jueves de 8:30 a 17:00 horas y viernes de 8:30 a 16:00 horas.
3.17. Fuerza mayor o caso fortuito: El imprevisto a que no es posible resistir, que impide y excusa el cumplimiento de alguna de las obligaciones de la orden de compra, conforme lo dispuesto en el Código Civil en su Artículo 45. En todo caso y siempre que se recurra a esta figura, deberá ser validada por la Delegación.
ARTÍCULO Nº 4 REQUISITOS MÍNIMOS DE PARTICIPACIÓN
Podrán participar en la licitación pública, personas naturales, jurídicas, chilenas, extranjeras, Unión Temporal de Proveedores (UTP), que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases y no presenten las incompatibilidades establecidas en los Incisos 1° y 6° del Artículo 4 de la Ley N°19.886, sin perjuicio de la prohibición contenida en la Ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, regulada en el Artículo 10 de la Ley N° 20.393.
4.1 Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
4.1.1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de la (s) Orden (es) de Compra (s) que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de la (s) Orden (es) de Compra (s) que de ello se deriven.
4.1.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.1.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de ésta.
4.1.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
4.1.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y de las órdenes de compra que de ellos se derivase.
4.1.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
4.1.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
4.1.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes, y/o asesores, y/o agentes, y en general, todas las personas con que éste o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsables de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
ARTÍCULO Nº 5 ANTECEDENTES QUE REGULAN EL PROCESO
La presente propuesta se regirá por lo dispuesto en:
Bases administrativas y técnicas.
Anexos.
Preguntas y respuestas realizadas a través del Portal.
Aclaraciones a las bases, si las hubiere.
Modificaciones a las bases, si las hubiere.
Aclaración de ofertas, si las hubiere.
Oferta del adjudicatario.
En general, todo documento relacionado con el proceso de licitación.
ARTÍCULO Nº 6 ANTECEDENTES NORMATIVOS QUE REGULAN EL PROCESO
La Ley Nº 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
La Ley Nº 19.653, sobre probidad administrativa aplicable de los órganos de la Administración del Estado.
La Ley Nº20.238, que asegura la protección de los trabajadores y la libre competencia en la provisión de bienes y servicios a la Administración pública.
El Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, el cual aprueba el Reglamento de la Ley Nº19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
La Ley N° 20.730, que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.
La Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.
La Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
El Código Civil, especialmente su Artículo 45, que define fuerza mayor o caso fortuito como el imprevisto al que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público.
La Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
La Ley N° 20.659, simplifica el régimen de constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales.
La Ley N° 19.880, establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
La Ley N° 19.983, regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura.
La Resolución Exenta N° 979 B, del 30 de diciembre del 2005, que aprueba las políticas y condiciones de uso para el Registro Nacional de Proveedores, de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas.
La Resolución N° 7, de 2019, y N° 16, de 2020, de la Contraloría General de la República.
Cualquier otra norma relacionada con la materia de encargo.
ARTÍCULO Nº 7 FINANCIAMIENTO
El presente proceso licitatorio se financiará con recursos de la Administración Complejo Fronterizo Agua Negra, dependiente de la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo, para la contratación del Servicio de Mantenimiento de Aseo, Fumigación y Aplicaciones de Sanitización en Instalaciones Centrales, Áreas Verdes, Plazoleta y Administración Permanente de Dependencias Interiores del Complejo Fronterizo Agua Negra, ubicado en el km. 150, de la Ruta CH41, Comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo.
La presente contratación se establecerá para el periodo comprendido entre octubre 2023 y octubre 2024.
ARTÍCULO Nº 8 ORGANISMO LICITANTE
La Delegación, actuará como organismo licitante del presente proceso licitatorio, para efectos de establecer los distintos contactos con los oferentes.
Nombre: Delegación Presidencial Regional de Coquimbo
R.U.T.: 60.511.040-1
Representante Legal: Delegado Presidencial Regional de Coquimbo.
Domicilio: Prat Nº350, La Serena.
ARTÍCULO Nº 9 MODIFICACIÓN A LOS DOCUMENTOS QUE REGULAN EL PROCESO
9.1 Modificación de Bases:
Hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la Delegación podrá modificar las presentes bases, como consecuencia de las aclaraciones a las preguntas efectuadas por los oferentes o por iniciativa propia, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio, lo que deberá ser informado a través del Portal.
En dicho caso la modificación será autorizada por Resolución Exenta, otorgando un mayor plazo para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, debiendo cumplir con las mismas formalidades de la Resolución que aprueba las presentes bases.
Estas modificaciones formarán parte integrante del proceso de licitación y de sus antecedentes, siendo de exclusiva responsabilidad del oferente tomar conocimiento de éstas, no pudiendo alegar desconocimiento de ellas y estarán vigentes desde la total tramitación de la Resolución Exenta que las apruebe.
ARTÍCULO Nº 10 PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Todas las consultas deberán ser ingresadas al foro de preguntas que el Portal habilita para este proceso, de acuerdo a las fechas indicadas en el Cronograma establecido en el Artículo Nº 12 de las presentes bases.
La Delegación podrá dar respuesta escrita y simultánea a todas las preguntas que se reciban a través del mismo foro, las cuales estarán a disposición de los oferentes el día indicado en el cronograma establecido en el Artículo Nº 12 de las presentes bases.
Las preguntas y respuestas complementan las bases, entendiéndose que forman parte integrante de ellas y de sus antecedentes, no pudiendo alegarse desconocimiento de ellas.
Las preguntas y respuestas junto con los documentos que se suban como complemento de éstas a través del foro de preguntas y respuestas serán aprobados en la Resolución Exenta de adjudicación de la licitación, junto con ello, dichos documentos formarán parte integrante del proceso de licitación respectivo, no pudiendo alegarse desconocimiento de ellos.
ARTÍCULO Nº 11 ACLARACIONES A LAS BASES
La Delegación, si lo estima necesario, podrá, por iniciativa propia, o como respuesta a alguna pregunta surgida en el foro, efectuar aclaraciones sobre las bases de licitación, hasta la fecha de cierre de la licitación, comunicándolas a los interesados a través del Portal.
Dichas aclaraciones en ningún caso constituirán modificación de las bases. Las aclaraciones serán entendidas como interpretación de ellas y los demás documentos que rijan en los procesos de licitación, entendiéndose que forman parte integrante de aquellas y de sus antecedentes, no pudiendo alegarse desconocimiento de ellas.
Los documentos que se suban como complemento a las aclaraciones al Portal serán aprobados en la Resolución Exenta de adjudicación de la licitación, junto con ello dichos documentos formarán parte integrante de las bases, no pudiendo alegarse desconocimiento de ellas.
ARTÍCULO Nº 12 CRONOGRAMA DEL PROCESO
El cronograma del proceso de Licitación será de acuerdo al publicado en la plataforma www.mercadopublico.cl con el ID correspondiente a este proceso licitatorio 953-18-LP23.
(*) En caso de que, el término de cada una de las etapas y plazos en el cronograma, que será detallado en la plataforma de Mercado Publico al momento de la publicación de las bases corresponda a un día sábado, domingo o festivo serán modificados al día hábil siguiente correlativamente en las etapas sucesivas.
(**) El plazo de cierre para la recepción de las ofertas, no podrá vencer antes de las 15:00 horas si corresponde a un día lunes o el día siguiente a un día inhábil.
En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Portal, los plazos contemplados en el referido cronograma de la licitación no se suspenderán ni interrumpirán y se sujetará a lo dispuesto en el Artículo 62 del Reglamento de la Ley de compras públicas.
Salvo que se señale expresamente lo contrario, los plazos contenidos en las presentes Bases se entenderán de días corridos.
Si un plazo vence en un día inhábil, éste se prorrogará al día hábil siguiente. Para estos efectos, se entiende que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos.
ARTÍCULO Nº 13 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
No se considera para el presente proceso de licitación.
ARTÍCULO Nº 14 VISITA A TERRENO OBLIGATORIA
Para que los oferentes interesados puedan elaborar de mejor forma sus propuestas, la Delegación contempla una visita en terreno, de carácter obligatoria para los proveedores que presentarán sus ofertas, que se efectuará a partir de las 09:30 horas, del día 31 de agosto de 2023. Se exige puntualidad del oferente interesado en participar (OFERENTE QUE LLEGUE DESDE LAS 09:31 HORAS EN ADELANTE QUEDARÁ EXCLUIDO POR NO CUMPLIR HORARIO SOLICITADO), lo anterior, con el objetivo de verificar ocularmente el terreno y cómo funciona el recinto y sus áreas de mantenimiento, de manera que se formen una visión general de los trabajos a realizar, para lo cual se deberán reunir el día y hora fijado, con el personal de la Delegación Presidencial que guiara la visita, en el Complejo Fronterizo Agua Negra, ubicado en el km 150 de la ruta Internacional CH41, comuna de Vicuña.
Durante esta visita, el personal de la Delegación, levantará un acta, la que será firmada por todos los asistentes a la visita a terreno. La no asistencia y/o presentación en el lugar, el día y hora señalada a la visita técnica obligatoria, determinará la declaración de inadmisibilidad de la oferta que se presente.
La orientación de esta visita estará a cargo del Coordinador Delegado del Complejo Fronterizo o a quién se delegue dicha responsabilidad. Para solo y consultas sobre la visita técnica obligatoria, comunicarse a los números telefónicos (56) 51 2323441 -2323187.
ARTÍCULO Nº 15 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Los oferentes deberán presentar todos los antecedentes administrativos, oferta técnica y económica, debiendo adjuntar la totalidad de los formularios que forman parte de las bases, en formato electrónico o digital, en el plazo de recepción de ofertas señalado que se indica en el Artículo 12 de las bases administrativas.
Cada participante podrá presentar solamente una propuesta para la adquisición de los servicios que se licitan. En caso de ser presentada más de una, solamente continuará el proceso de evaluación la propuesta que haya sido ingresa al último.
La presente licitación pública se realizará en una etapa. Por consiguiente, existirá sólo una apertura de ofertas técnicas y económicas.
15.1 Casos Excepcionales de apertura en soporte papel
La Delegación podrá efectuar los procesos de compras y la recepción total o parcial de ofertas fuera del Portal www.mercadopublico.cl si concurriera alguna de las causales del Artículo 62 del Decreto N° 250/04, que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
En estos casos los oferentes deberán seguir el siguiente procedimiento para el envío de los documentos físicos de sus ofertas:
15.1.1.- El oferente deberá entregar en la Oficina de Partes de la Delegación, ubicada en Prat N° 350, La Serena, los siguientes antecedentes:
a) Propuesta Técnica.
b) Propuesta Económica.
15.1.2.- Los documentos descritos en Artículo N°15.1.1, deberán entregarse en sobre cerrado y caratulado, consignándose en forma visible y clara, el nombre, número de licitación (ID), domicilio y nombre del oferente.
15.1.3.- La entrega del sobre con los antecedentes señalados en el Artículo N°15.1.1, se hará dentro de un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad de la plataforma de Mercado Publico (www.mercadopublico.cl) entregado por la Dirección de Compras Públicas. Dicho certificado deberá ser enviado a la Oficina de Partes de la Delegación, ubicada en Prat N° 350, La Serena.
15.1.4.- La Delegación, efectuará la apertura de las propuestas técnicas y económicas, presentadas en soporte papel, conjuntamente con la apertura electrónica de las restantes ofertas, si las hubiere.
15.1.5.- Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas, las que deberán efectuarse a través del Portal. En el caso de apertura de ofertas en soporte papel, podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta que se levantará especialmente para tal efecto, de acuerdo al inciso final del artículo 33 del Reglamento de compras públicas.
ARTÍCULO Nº 16 VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán vigencia de 30 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor que el requerido será desestimada por la Delegación, declarándose inadmisible y no siendo objeto de evaluación.
ARTÍCULO Nº 17 DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA OFERTAR
17.1 Normas comunes
Todos los documentos que correspondan a las ofertas deberán presentarse a través del Portal o en soporte físico (según circunstancias previstas en el Artículo 62 del Reglamento de compras públicas), en carpetas o archivos, adjuntando los documentos que más adelante se indican, los cuales deberán ser ingresados en idioma español (con excepción de las certificaciones emitidas en el extranjero), de preferencia archivos en formato PDF y Excel, según corresponda.
La propuesta respectiva deberá estar conformada por una oferta técnica y una económica. El oferente que no presente su propuesta de conformidad a lo dispuesto en estas bases y cuya oferta no cumpla con presentar uno o cualquiera de los antecedentes administrativos exigidos, será declarada inadmisible y no será evaluada.
17.2 Oferta técnica
La propuesta técnica deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl en el ID 953-18-LP23 que identifica esta licitación. La oferta técnica deberá formularse en la forma y de acuerdo a los términos y requisitos establecidos a continuación.
Se ha dispuesto que las ofertas técnicas sean presentadas de acuerdo al formato indicado en el Anexo N° 2 y N° 4, en sus correspondientes tablas, contenidos en la parte final de este pliego de condiciones, los cuales serán publicados en el sitio www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación.
Será responsabilidad de los interesados entregar todos los antecedentes que permitan evaluar adecuadamente sus propuestas.
17.3 Oferta Económica
La propuesta económica deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación.
La oferta económica deberá estar expresada en pesos. Con el fin de simplificar el análisis de la propuesta económica, se ha dispuesto que dichas ofertas sean presentadas en un formato único, según lo indicado en el Anexo N° 2, contenido en la parte final de estas bases administrativas, el cual deberá ser publicado en el sitio www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación.
17.4 Falta u omisión de propuesta
La propuesta es, para todos los efectos, de carácter indivisible. Por consiguiente, y no obstante que para efectos de su presentación y evaluación se ha separado en una propuesta técnica y otra económica, la falta de una u otra importará indistintamente la no presentación de la oferta en su totalidad, declarándose su inadmisibilidad.
17.4.1. Falta u omisión de propuesta técnica y de los elementos que ésta debe contener.
Los oferentes que no presenten propuesta técnica, o bien, la presenten con prescindencia de alguno de los Anexos y/o documentos exigidos, quedarán fuera de este proceso de licitación, declarándose inadmisibles.
17.4.2. Falta u omisión de propuesta económica
Los oferentes que no presenten propuesta económica, o bien presentándola, ésta no cumpla con lo señalado en las bases, quedarán fuera del presente proceso de licitación, declarándose inadmisibles.
ARTÍCULO Nº 18 APERTURA DE OFERTAS
La apertura de las ofertas presentadas por los oferentes se realizará a través del Portal según lo establecido en el Artículo N°12 de las presentes bases y en la ficha digital del Portal www.mercadopublico.cl. En esta etapa se aceptarán todas las ofertas ingresadas al Portal y en soporte papel, cuando se verifiquen los supuestos del Artículo 62 del Reglamento.
El acto de apertura se formalizará mediante “Acta Electrónica” emitida por el Portal y/o Acta de Apertura en soporte papel cuando se dé el caso descrito en el Artículo N° 15.1 de las presentes bases.
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas, las que deberán efectuarse a través del Portal, de acuerdo al inciso final del Artículo 33 del Reglamento de compras públicas.
ARTÍCULO Nº 19 RECHAZO DE OFERTAS EN EL ACTO DE APERTURA
Las causales de rechazo de las ofertas en la etapa de apertura son las siguientes:
19.1.- Si el Oferente no presentare carpetas digitales (técnicas y económicas) de manera íntegra y completa.
19.2.- Si se verifica el no cumplimiento de alguno de los requerimientos señalados en las presentes bases y cuya sanción sea la inadmisibilidad de la oferta.
ARTÍCULO Nº 20 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
El proceso de evaluación de las propuestas será interno, ejecutado por la Comisión Evaluadora designada para licitación, en un periodo aproximado de 48 horas hábiles, dentro de la jornada normal de trabajo de cada integrante y se realizará en una etapa, aplicando una escala de notas que fluctúan entre 0 y 10 puntos, siendo 0 la nota mínima y 10 la nota máxima, para cada uno de los criterios de evaluación.
La evaluación de las propuestas presentadas se hará sobre la base de los criterios de evaluación detallados a continuación:
Parámetro Ponderación
Oferta Económica 25%
Oferta Técnica – Planificación de Entrega de Servicio 15%
Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración 25%
Costo Subida de Emergencia 15%
Costo Aplicaciones de Servicios Fumigación Mensual y Servicios de Sanitización Diaria 20%
Total 100%
El puntaje final se obtendrá sumando las cifras parciales que de acuerdo a los porcentajes de los criterios de evaluación se consignen.
Oferta Económica 25%
Para realizar la evaluación económica se realizará de acuerdo a la información proporcionada en Anexo N° 2, para ello se utilizará una escala de puntajes de 0 a 10, asignando el puntaje más alto (10 puntos) a la oferta económica de menor valor, que cumplan con los requerimientos definidos en las bases técnicas. Los siguientes puntajes se asignarán en función de la diferencia entre cada propuesta y el valor de la menor propuesta económica en su conjunto.
PUNTAJE OFERTA = Precio Menor Oferta Aceptada ($) X 10
ECONOMICA Precio Oferta Proveedor Evaluado ($)
Costo subida emergencia 15%
La evaluación se realizará mediante la siguiente fórmula, considerando los antecedentes aportados por el oferente y adjuntado en el Anexo N°2 y que tienen directa relación con la necesidad de tener un funcionario de manera extraordinario por solicitud de la administración del complejo fronterizo debido al incremento importante del flujo de personas por 7 días:
PONDERACION COSTO = Menor Costo Ofertado Aceptado x 10
SUBIDA EMERGENCIA Costo Ofertado Oferente Evaluado
Costo Aplicaciones de Fumigación Mensual y Servicios de Sanitización, Desratización y Desinsectación Diarios 20%
Sub-Factor Mensual: Valor Aplicación Fumigación Mensual (Desinsectar, Sanitizar y Desratizar) Mensual a la Totalidad Complejo Fronterizo (esto considerando las superficies estructurales interiores y exteriores a sanitizar, desratizar y desinsectar mensualmente. Se da a entender que esto incluye todas las dependencias del complejo fronterizo).
Sub-Factor Diaria: Valor Aplicación de Sanitización Diaria en área específica de todos los Baños Públicos Exteriores / Interiores (esto se considera la aplicación solo a los baños públicos una o más veces).
Lo anterior, considerando que los costos según las áreas a aplicar los servicios enunciados, son de distintas dimensiones de superficie especificaciones y la cantidad de aplicaciones mensuales o diarias, según corresponda, podría variar conforme la afluencia de usuarios; por lo que se requiere de los valores unitarios de cada aplicación, conforme al servicio a aplicar (Fumigación o Sanitización) y a la superficie a cubrir. Este planteamiento debería traspasarse también (expresarse) en el requerimiento del Anexo N° 2.
Para la ponderación de ambos Sub-factores se aplicará la siguiente fórmula:
PONDERACION = Menor Precio Ofertado Aceptado x 10
SUB-FACTOR Precio Oferente Evaluado
Luego de las ponderaciones ejecutadas por cada uno de los Sub-factores se efectuará la Ponderación Total del Costo de Aplicaciones Mensual y Diaria (P.T. CAMD) aplicando la siguiente fórmula:
P.T. CAMD = Sub-Factor Mensual + Sub-Factor Diaria
2
Oferta Técnica – Planificación Entrega de Servicio 15%
Se evaluará al proponente con un puntaje de 0 a 10 de acuerdo a la información presentada en el Anexo N° 3 de acuerdo a lo siguiente: Este criterio evalúa la presentación de un programa de mantención y aseo o Carta Gantt detallada, incluyendo periodicidad, insumos, número de trabajadores, turnos. En este documento debe constar cómo se ejecutarán los trabajos ofertados. Este programa deberá desarrollarse en el Anexo N° 3, y se ingresarán en el sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación, como parte de la oferta técnica.
Serán evaluados de acuerdo a lo siguiente:
Programa de trabajo Puntaje
CRITERIO PUNTAJE
Presenta programa y/o carta Gantt con todas las indicaciones señaladas: 1 Periodicidad, 2 número de trabajadores, 3 turnos, 4 equipamiento, 5 insumos. 10
Presenta programa y/o carta Gantt con 4 indicaciones señaladas de manera obligatorio: 1 Periodicidad, 2 número de trabajadores, 3 turnos, 4 equipamiento, 5 insumos. 5
Presenta programa y/o carta Gantt con 3 o menos indicaciones señaladas de manera obligatorio: 1 Periodicidad, 2 número de trabajadores, 3 turnos, 4 equipamiento, 5 insumos. 0
Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración 25%:
Se evaluará al proponente de acuerdo al siguiente criterio:
Remuneración Líquida
La evaluación la disposición y nivel de remuneraciones, propuesto por el oferente, para el personal a contratar que cumplirá sus funciones exclusivamente en nuestras dependencias y bajo las directrices y confianza de la Delegación; se medirá, para todos los efectos, a partir sobre los parámetros expuestos y exigidos en las presentes bases, contemplando la remuneración liquida igual o superior a $470.000.-, que estén sobre el nivel exigido como ingreso mínimo remuneracional para el trabajador que tenga contrato en jornada de faena 7 x 7; haciendo presente que este monto deberá reajustarse en la misma proporción en que se reajuste el ingreso mínimo, en caso de que este varíe.
Como antecedente a considerar para el cálculo del sueldo líquido, no se deben considerar variables como horas extras o algún tipo de bono a no ser que estos sean fijo y/o permanentes.
La evaluación se realizará de acuerdo a lo ofertado en el Anexo N° 4; conforme a la aplicación de la siguiente formula de ponderación:
POND. REM. LIQ. PROPUESTA = Rem. Liq. Compr. por Oferente ($) X 10
COMPROMETIDA X OFERENTE Rem. Liq. Mayor Compr. Aceptada ($)
Puntaje Total de Evaluación:
De la suma de cada una de las ponderaciones correspondientes a los cinco (5) criterios de evaluación, se obtiene el puntaje final de cada oferta aceptada para evaluación, según y como se indica:
PUNTAJE TOTAL = Of. Económica: Ptje. Pond. x 25% + Of. Técnica: Ptje. Pond. x 15% + Cond. Empl. Remuneración: Ptje. Pond. x 25% + Sub. Emergencia: Ptje. Pond. x 15% + Apl. Fumigación: Ptje. Pond. 20%
ARTÍCULO Nº 21 EVALUACIÓN DE OFERTAS
21.1 Generalidades:
La evaluación se llevará a cabo en el plazo máximo estipulado conforme a lo enunciado en el Artículo N°12 de las presentes bases, a contar de la apertura de la licitación en el Portal, salvo que el plazo de adjudicación haya sido modificado e informado mediante el Portal, o bien exista alguna otra modificación de las bases de licitación aprobadas por Resolución Exenta.
Durante el estudio y evaluación de las ofertas, no se aceptarán entrevistas personales, documentos adicionales a los ya entregados o correcciones de estos.
La declaración de inadmisibilidad de la oferta, así como la declaración desierta de la licitación conforme lo dispuesto en el Artículo 9 de la Ley N°19.886, no dará derecho a indemnización alguna a los oferentes.
De las ponderaciones y evaluación final realizadas por la Comisión Evaluadora se levantarán actas, con su propuesta de adjudicación, inadmisibilidad o deserción, según corresponda.
21.2 Comisión de Evaluación:
Esta Comisión estará integrada por los siguientes tres (3) miembros:
El Coordinador Delegado del Complejo Fronterizo Agua Negra, o profesional que lo subrogue
El Encargado(a) del Departamento de Administración y Finanzas de la Delegación o su subrogante.
El Encargado(a) de Compras Públicas de la Delegación, o su subrogante
La Comisión verificará el contenido de las ofertas y desestimará aquellas que no se ajusten a los requerimientos de la licitación, en consideración a los antecedentes solicitados en las presentes bases, respuestas a preguntas de oferentes y aclaraciones.
Corresponderá por tanto a la Comisión:
21.2.1 Verificar la admisibilidad de las ofertas en conformidad lo previsto el Artículo N°19 de las presentes bases y demás disposiciones contenidas a lo largo de las mismas.
21.2.2 Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.
21.2.3 Elaborar de las Actas de Ponderaciones y Evaluación Final de las Ofertas y proponer la adjudicación o deserción, según corresponda.
En el evento que alguno de los miembros de la Comisión detectara que tiene algún conflicto de interés con uno o más de los oferentes, deberá así manifestarlo y abstenerse de participar en la evaluación.
En tal caso se dejará constancia de dicha circunstancia en el acta y se procederá al inmediato reemplazo del funcionario inhabilitado, por medio de la tramitación de la Resolución Exenta correspondiente.
Excepcionalmente, en el caso de que algún integrante de la Comisión de Evaluación se encuentre con licencia médica y/o con feriado legal en el momento de la evaluación, se dejara constancia en el acta respectiva y se seguirá con el proceso de evaluación, siempre y cuando se cuente con el mínimo de integrantes que se exige en el Artículo 37 del Reglamento de compras públicas.
21.3 Errores u omisiones de las ofertas presentadas:
La Comisión de Evaluación, podrá solicitar a través del Portal, de conformidad a lo establecido en el inciso primero del Artículo 40 del Reglamento de compras públicas, que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal. Las respuestas realizadas por el oferente formarán parte integrante de su oferta.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado o para acompañar aclaraciones u omisiones formales requeridos por éste. No se considerarán las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo.
En el evento que la Comisión Evaluadora observe que no se han salvado, corregido o aclarado los errores u omisiones requeridos dentro del plazo fijado para tal efecto, la oferta será declarada inadmisible, por no dar cumplimiento a lo establecido en las presentes bases.
21.4.1 Presentación de certificaciones o antecedentes omitidos en las ofertas presentadas:
La Comisión de Evaluación, podrá solicitar a través del Portal, de conformidad a lo establecido en el inciso segundo del Artículo 40 del Reglamento de compras públicas, que los oferentes presenten certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre y cuando dichas certificaciones o antecedentes omitidos no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal. Las respuestas realizadas por el oferente formarán parte integrante de su oferta.
Dichas certificaciones o antecedentes que se omitieron al momento de presentar las ofertas deberán haberse producido u obtenido con anterioridad al plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
ARTÍCULO Nº 22 RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:
Primeramente, se resolverá el empate en favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominado “oferta económica”.
Si luego de aplicar los criterios precedentes, se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominado “oferta técnica”.
En caso de empates sucesivos, se resolverá el empate en favor de la oferta que ingresó primero al portal www.mercadopublico.cl
ARTÍCULO Nº 23 REVOCACIÓN DE LA LICITACIÓN
De acuerdo a lo indicado en el Artículo 61 de la Ley N° 19.880 que establece Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, se podrá otorgar el estado “revocada” a una licitación que ya se encuentre publicada en el Portal, en base a una decisión debidamente justificada, en donde el organismo se desiste, de seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación.
Este estado es similar al estado “desierta” pero con la salvedad de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado de forma unilateral por el organismo.
La licitación podrá ser revocada por el organismo desde su publicación en el Portal hasta antes de la respectiva adjudicación.
No procederá la revocación, según lo indicado en el Artículo 61 de la Ley N° 19.880, en los siguientes casos:
Cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente;
Cuando la Ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos; o
Cuando, por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto.
ARTÍCULO Nº 24 SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN
De acuerdo a lo indicado en el Artículo 57 de la Ley N° 19.880 que establece Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, una licitación podrá pasar al estado de suspendida, esto es, que dicho proceso licitatorio quedara congelado por una cantidad determinada de días y posteriormente seguir con el curso normal de la licitación, cuando el Tribunal de Contratación Pública ordena la suspensión de la licitación, indicando a través del respectivo oficio el período de días en que el procedimiento estará suspendido.
La licitación podrá ser suspendida por el Tribunal de Contratación Pública desde la aprobación de las Bases, hasta la adjudicación.
La suspensión, será tramitada siempre que concurra alguno de los supuestos que contemple el citado Artículo 57 de la Ley N° 19.880, medida que puede ser ordenada tanto a petición del interesado como de oficio, en concordancia con lo establecido en el Artículo 8 de la Ley N° 18.575 y 32 de la Ley N° 19.880.
ARTÍCULO Nº 25 DE LA ADJUDICACIÓN, READJUDICACIÓN Y DESERCIÓN.
25.1 Adjudicación
La Delegación adjudicará la presente licitación a quien presente la mejor propuesta, dentro del plazo indicado y/o descrito en el formulario destinado y definido para tal efecto, en la plataforma portal www.mercadopublico.cl y posterior al término del período de evaluación. Se entiende que presentó la mejor propuesta quien obtenga la nota final más alta entre los oferentes, según los criterios de evaluación antes descritos.
La adjudicación de la presente licitación pública se hará a través del correspondiente acto administrativo y será publicado en el portal www.mercadopublico.cl en el ID 953– 18–LP23 que identifica la licitación, una vez que el mismo se encuentre totalmente tramitado.
Con todo, y en caso que el oferente favorecido con la adjudicación no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, Chile Proveedores, deberá inscribirse en él, dentro de los 3 días hábiles siguientes de informada la adjudicación en el portal. En caso de no verificarse dicha inscripción, la Delegación podrá proceder a adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado en el proceso según los criterios de evaluación establecidos en las bases, en orden decreciente.
En caso que los oferentes, una vez adjudicada la presente licitación pública, quieran aclarar aspectos referentes a la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la entidad licitante a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica a la presente licitación. Las preguntas y respuestas serán publicadas como Anexos en el portal www.mercadopublico.cl.
25.1.1 Modificaciones a la fecha de adjudicación
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en la ficha del Portal de la licitación, se publicará una nueva fecha y hora en el icono “mostrar fechas” de la licitación, señalando las razones de incumplimiento del plazo de adjudicación inicial.
Las razones de un eventual incumplimiento del plazo de adjudicación inicialmente establecido podrán ser las siguientes:
No se logró conformar la Comisión Evaluadora dentro de las fechas correspondientes.
En caso de que las ofertas recibidas requieran mayor tiempo de estudio por parte de la Comisión de Evaluación debido a su complejidad.
Por requerir aclaraciones a las ofertas no previstas en los plazos determinados para el proceso de evaluación.
Retraso de las firmas del Acta de Evaluación de Ofertas.
Retraso en las firmas de la Resolución Exenta que aprueba la adjudicación, lo anterior por compromisos de los miembros de la Comisión de Evaluación o del Delegado.
Por motivos de fuerza mayor, emergencia o imprevistos.
Por tramitación del respectivo Decreto de asignación presupuestaria.
La nueva fecha de adjudicación no podrá exceder la vigencia de la oferta estipulada en el Artículo N° 16 de las presentes bases.
25.2 Deserción e inadmisibilidad de las ofertas
25.2.1. Inadmisibilidad de las ofertas:
El organismo rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisibles aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos exigidos en las presentes bases.
25.2.2. Deserción:
Se declarará desierta la licitación (según lo indicado en el Artículo N° 9 de Ley 19.886), en los siguientes casos:
Si no se presentan ofertas.
Si la materia de encargo ofertada o las condiciones ofertadas no son convenientes para los intereses de la institución.
En ambos casos deberá formalizada mediante Resolución Exenta correspondiente.
En los casos detallados en párrafos precedentes, cuando se declare desierta la licitación, el organismo podrá efectuar un nuevo llamado a licitación pública, llamado a licitación privada o adquirir mediante trato directo, de acuerdo al Artículo N° 10, N° 7, Letra l) del Reglamento de compras públicas.
25.3 Re adjudicación
El organismo podrá re adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, mediante la emisión de un nuevo acto administrativo, dejando sin efecto la adjudicación previa y aprobando el re adjudicación correspondiente, en los siguientes casos:
Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento de la Orden de Compra.
Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del Artículo 4 de la Ley N° 19.886 o en virtud de la ley N° 20.393, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
No encontrarse inscrito y hábil en el registro oficial de proveedores, Chile Proveedores, dentro del plazo máximo de 3 días hábiles desde la adjudicación.
Si se constata que el adjudicatario presentó documentación falsa o adulterada.
En caso de re adjudicar se elegirá la oferta con el segundo mejor puntaje. Si esta oferta no se puede re adjudicar se continuará con la siguiente y así sucesivamente.
En caso de no existir más ofertas, el organismo podrá declarar desierta la licitación o efectuar un nuevo llamado a licitación pública o privada; o adquirir mediante trato directo, de acuerdo al Artículo N° 10, N° 7, Letra l) del Reglamento de compras públicas.
ARTÍCULO Nº 26 MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
De acuerdo a lo indicado en los Artículos 26, 27 y 41, Inciso 4° del Reglamento de la Ley Nº 19.886, en caso de producirse consultas relacionadas a la adjudicación o deserción de la licitación, estas deberán formularse a través del Portal, el organismo dará respuesta a las mismas por el mismo medio. El plazo para realizar dichas consultas no podrá superar las 24 horas desde la notificación de la adjudicación en el Portal.
ARTÍCULO Nº 27 GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El Oferente cuya oferta sea adjudicada, deberá hacer entrega de una garantía por fiel cumplimiento del contrato.
Dicha garantía deberá tener el carácter de irrevocable, que no devengue intereses, ni reajustes, y sea pagadera a la vista, podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, con las siguientes características:
Beneficiario Delegación Presidencial Regional de Coquimbo, RUT 60.511.040-1
Vigencia mínima Vigencia de a lo menos 60 días hábiles después de la fecha de término prevista para el contrato.
Expresada en Pesos chilenos
Monto Esta garantía ascenderá a un monto equivalente al 5% del valor bruto total del contrato.
Descripción El adjudicatario deberá presentar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato física o electrónicamente.
Tratándose de la presentación de la garantía electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799, sobre documentos electrónicos de firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y a lo indicado en el inciso 3ro del Artículo 31 del Reglamento de la Ley N°19.886.
En el caso que se trate de garantías no electrónicas, deberán ser presentadas en soporte físico en dependencias de la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo.
La entrega de la Garantía deberá presentarse en un sobre cerrado, indicando como mínimo el nombre e ID de la licitación respectiva.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cual fuere la forma de entrega (física o electrónica), deberá ser entregada dentro de un plazo de 5días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación.
Glosa La garantía de fiel cumplimiento, deberá contener la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la propuesta pública para la contratación del Servicio de Mantenimiento de Aseo, Fumigación y Aplicaciones de Sanitización en Instalaciones Centrales, Áreas Verdes, Plazoleta y Administración Permanente de Dependencias Interiores del Complejo Fronterizo Agua Negra”, junto con el ID que identifica la licitación.
Restitución La garantía de fiel cumplimiento, será restituida al adjudicatario dentro de los 7 días hábiles siguientes a la fecha de su vencimiento, en las Oficinas del Departamento de Administración y Finanzas de la Delegación, entre las 09.00 y 16:00 horas.
ARTÍCULO Nº 28 DOCUMENTOS LEGALES PARA CONTRATAR
El adjudicatario deberá cumplir con la inscripción en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl) dentro de un plazo máximo de 3 días hábiles contados desde la fecha en que se realice la adjudicación del proceso de licitación en el Portal. La no inscripción se entenderá como desistimiento de la oferta, teniendo el organismo que re adjudicar al oferente que hubiese resultado como segundo mejor evaluado, y así sucesivamente hasta incluso declarar desierto el proceso de licitación.
ARTÍCULO Nº 29 FORMALIZACIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
i) Bases de licitación.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes, si lo hubiere.
v) Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos singularizados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las bases.
La relación contractual tendrá una vigencia de trece (13) meses, contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo sancione. El servicio objeto de la presente licitación se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta y, por ende, de todas las cláusulas mencionadas en la presente licitación, por parte del proveedor adjudicado, en un plazo no superior a 24 horas contados desde la notificación al oferente adjudicado, además de la entrega de la respectiva garantía de fiel cumplimiento de contrato.
Los servicios que se licitan deberán ser entregados en los plazos que se acuerden previamente entre las partes y a requerimiento de la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo, lo que en todo caso, deberá ser coincidente con las fechas indicadas en la Orden de Compra respectiva.
Al momento de la aceptación de la orden de compra, el adjudicatario deberá estar con registro vigente en Chile proveedores y/o en su efecto presentar toda la documentación pertinente y exigida por la Ley y Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas para demostrar que se encuentra hábil y sin ninguna afectación de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, a que aluden los Artículos 8 y 10, del Artículo Primero de la ley N° 20.393.
Si el adjudicatario se desistiera de aceptar la orden de compra correspondiente o no diera cumplimiento a la obligación de la entrega de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la Delegación estará facultada para proceder a re adjudicar, siempre y cuando la administración de la Delegación así lo estime conveniente, al siguiente proveedor mejor evaluado en el proceso según los criterios de evaluación establecidos en las bases, en orden decreciente.
Asimismo, si el adjudicatario incurre en alguna de las situaciones establecidas en el artículo N° 34 la Delegación queda facultada para dar término anticipado al contrato.
El contrato, podrá ser renovado fundadamente por el mismo periodo y por una sola vez y/o prorrogado por un tiempo definido, según las circunstancias requeridas; esto, siempre y cuando la Delegación Presidencial Región de Coquimbo lo determine así, considerando que la continuidad de los servicios son esenciales para la mantención de las condiciones de higiene en condiciones de seguridad y salubridad en la gestión y funcionamiento de las dependencias, ya sean por motivos de urgencia, emergencia y/o imprevistos, evaluando adicionalmente los informes, antecedentes y apreciaciones de los servicios prestados y que se invoquen como fundamento para tal renovación,, de conformidad a lo previsto en el Artículo 12 del Reglamento.
La Delegación se reserva el derecho de fijar, cuando lo estime conveniente, reuniones formales aclaratorias sobre aspectos logísticos y técnicos acerca de los servicios que le son encargados al arrendador, para lo cual se comunicará con la entidad seleccionada con un mínimo de 24 horas de anticipación, no obstante, en caso de emergencia la disponibilidad debe ser inmediata. Los datos del representante del arrendador para este contrato (nombre, RUT, mail y teléfono), deberá ser entregado junto con la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
ARTÍCULO Nº 30 PAGOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO
Serán de exclusivo cargo del adjudicatario, los siguientes gastos:
Gastos de garantías.
Todos los derivados de la las gestiones propias para la ejecución del servicio en las dependencias del Complejo Fronterizo, entre otros.
ARTÍCULO Nº 31 RECEPCIÓN CONFORME
La recepción conforme de la materia de encargo se realizará por el encargado de la licitación, esto es, el Coordinador Delegado Complejo Fronterizo Agua Negra.
ARTÍCULO Nº 32 MULTAS
Si el adjudicatario no cumpliera cabal e íntegramente con lo ofertado, sea respecto del servicio ofrecido, plazos de respuestas y demás condiciones contenidas en su oferta técnica, por razones que le fueren imputables a él o a sus trabajadores, la Delegación estará facultada para aplicar las siguientes multas:
Detalles Monto multa
Demora en el plazo de entrega del servicio 0.5 UF por día de atraso con un tope de 10 días corridos.
ARTÍCULO Nº 33 PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS
La Delegación llevará un registro de los incumplimientos y multas imputables al adjudicatario y procederá a notificar en forma escrita de tal situación al mismo, indicando el porcentaje acumulado de sanción hasta la fecha. Asimismo, indicará los hechos que originan la multa y su monto. Las comunicaciones que se efectúen al adjudicatario en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante carta certificada dirigida a su domicilio, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de despachada la carta por correo.
El adjudicatario dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que acrediten fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas. Si el adjudicatario no presenta sus descargos en el plazo señalado, se dictará la pertinente Resolución por parte de la Delegación que aplique la multa.
Si se han presentado descargos oportunamente, el Delegado Presidencial resolverá sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente los descargos presentados. De lo resuelto, se notificará al adjudicatario.
El adjudicatario podrá reclamar del acto administrativo que aplica la multa mediante los recursos que la Ley N° 19.880 franquea y dentro de los plazos que establece la normativa vigente.
En caso de quedar ejecutoriada la multa, el contratista podrá pagarla directamente dentro del plazo de 5 días hábiles desde su notificación. Si así no lo hiciere, la Delegación, a su arbitrio y fundadamente, podrá:
a) Descontar del estado de pago correspondiente, el monto de la multa, y/o
b) Hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En este caso, la Delegación solicitará, con 5 días de anticipación al cobro de la garantía primitiva, la presentación de una nueva garantía de fiel cumplimiento, en los mismos términos establecidos previamente, lo anterior, como reemplazo de la que será cobrada. Ante tal evento, el adjudicatario deberá hacer entrega de la garantía de reemplazo antes del cobro de la garantía primitiva, con el objeto de mantener la continuidad de la cobertura de los bienes o servicios objeto de la presente licitación. La infracción a lo señalado en este literal será considerada como incumplimiento grave. Una vez recibida la garantía de reemplazo, se hará cobro de la primera garantía de fiel cumplimiento de contrato, y procederá la devolución de los saldos a favor al adjudicado en un plazo de 10 días hábiles, si existieran.
ARTÍCULO Nº 34 DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
34.1 Término anticipado del contrato:
La vigencia del contrato comenzará a regir desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, no obstante, los servicios podrán comenzar a prestarse por razones de buen servicio una vez ejecutada la aceptación de la respectiva Orden de Compra por parte del proveedor adjudicado y/o suscrito el contrato si los hubiere, en todo caso, los pagos estarán condicionados a que el acto administrativo aprobatorio de las prestaciones de los servicios se encuentre totalmente tramitado.
Sin perjuicio del plazo de vigencia estipulado, la Delegación unilateralmente podrá poner término anticipado a los servicios que por esta vía se licitan, sin forma de juicio y por resolución fundada, en los siguientes casos:
Estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores a la mitad del período de prestación de los servicios, con un máximo de seis meses.
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista.
Resolución sanitaria por cierre de frontera que impida el funcionamiento del complejo fronterizo.
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista.
Para la aplicación de la causal respectiva, se entenderá que constituyen incumplimiento grave las siguientes situaciones:
Si el contratista fuera declarado en insolvencia o liquidación forozasa o voluntaria.
Si el contratista se excediera en más de 10 días corridos el plazo de entrega del servicio.
Si se disolviese la sociedad contratada.
En caso de no entregar una nueva garantía, en los casos que se solicite su reemplazo.
Si el contratista no mantuviese la debida reserva sobre las informaciones y procedimientos confidenciales de la Delegación, a que tuvo acceso por motivo de este contrato.
Si el contratista no diera cumplimiento a sus obligaciones de presentación de comprobantes y planillas de pago de cotizaciones de seguridad social de sus actuales trabajadores.
Cuando sus trabajadores incurran en faltas tales graves, como ingerir alcohol o drogas en sus turnos tanto al interior como al exterior de las instalaciones del Complejo Fronterizo Agua Negra.
Cuando el nivel de multa por atraso en la entrega de los servicios, sobrepase el máximo establecido en el punto de las Multas en las presentes bases.
Cuando por razones ajenas a la gestión y cuya determinación escapen de la administración de la Delegación, donde confluyan factores financieros y/o, resolutivos que impidan ejecutar el desarrollo del contrato.
Asimismo, las partes podrán poner término anticipado al convenio por resciliación o mutuo acuerdo.
De ocurrir el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la Delegación sólo dar pago a las obligaciones ya cumplidas y/o ejecutadas que se encuentren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.
La decisión de poner término anticipado al servicio licitado se efectuará por medio de una carta certificada que la Delegación hará llegar a la contraparte con, a lo menos, quince días de anticipación, decisión que en todo caso se materializará mediante la expedición del pertinente acto administrativo.
Con todo, y tal como lo dispone el Artículo 72, del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le imponen las presentes bases, la Delegación estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Delegación pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Se deja expresa constancia que el incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario.
ARTÍCULO Nº 35 FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
39.1 Generalidades:
El precio que irrogue la ejecución del contrato será expresado pesos y será pagado de manera mensual y/o proporcional, según corresponda y sólo por los servicios efectivamente ejecutados en el periodo de trece (13) meses en que tenga vigencia el contrato, de acuerdo a los valores señalados por el oferente en el Anexo N° 2. Los pagos periódicos, se realizarán, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la recepción de la factura por parte de la Delegación, previa certificación de conformidad del servicio contratado por el Coordinador Delegado del Complejo Fronterizo Agua Negra y/o el profesional que le subrogue.
El incumplimiento de cualquier obligación laboral o previsional del adjudicatario respecto de cualquiera de los trabajadores que se desempeñen en los servicios que se licitan, facultará a la Delegación para retener los estados de pago que se devenguen en virtud de los mismos. En este caso la Delegación está facultada para pagar con el dinero retenido todo o parte de las obligaciones laborales y/o previsionales pendiente de pago a los trabajadores y/o Instituciones Previsionales y de Seguridad Social.
En todo caso, los pagos del precio del servicio estarán condicionados a que el acto administrativo aprobatorio del contrato celebrado que se celebre con el adjudicatario de la licitación se encuentre totalmente tramitado, en caso de corresponder.
ARTÍCULO Nº 36 FACTORING
De acuerdo al Artículo 75 del Reglamento de compras públicas, el organismo deberá cumplir con lo establecido en el contrato de factoring suscrito por el adjudicatario, siempre y cuando se notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
ARTÍCULO Nº 37 SUBCONTRATACIÓN
El arrendador no podrá concertar con terceros la prestación del servicio de forma parcial.
ARTÍCULO N° 38 PROPIEDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
Toda la información, informe, antecedente, trabajo, etc., que sea obtenida a partir de la prestación de los servicios que se licitan y regulan en las presentes bases será de propiedad exclusiva de la Delegación.
El proveedor y sus trabajadores deberán guardar absoluta confidencialidad sobre cualquier información, antecedente o procedimiento, reservados o no, de la Delegación que conozca durante el desarrollo del contrato, quedándole expresamente prohibido difundirlos por cualquier medio. Esta obligación subsistirá una vez terminada la vigencia del contrato.
La divulgación de cualquier información relativa a la adquisición que se haga de forma previa o posterior a ella, será efectuada única y exclusivamente por la Delegación o con la autorización previa y por escrito de ésta.
Lo anterior, sin perjuicio de las normas sobre transparencia y publicidad que informan los procesos de licitación pública y en general el ejercicio de la función administrativa.
En caso de incumplimiento de la presente obligación por parte del adjudicatario o sus trabajadores, la Delegación podrá ejercer las acciones legales correspondientes en contra de aquel, con el fin de que se indemnice todo perjuicio causado y se determinen las responsabilidades penales correspondientes, sin perjuicio de la facultad de poner término anticipado.
ARTÍCULO N° 39 CESIÓN DEL CONTRATO
Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o totalmente a un tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación pública o del contrato que se suscriba con éste.
ARTÍCULO N° 40 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Las partes de común acuerdo podrán modificar en general los servicios, aumentándolos o disminuyéndolos en el equivalente de hasta en un 30% del valor total bruto de éstos. En todo caso, no podrán alterarse los alcances y características técnicas aprobadas por las presentes bases. En el caso de aumentar el precio de servicio, la garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá también aumentarse en proporción al monto de la modificación que se suscriba.
En caso de aumentar o disminuir los servicios los valores a considerar, serán aquellos establecidos y presentados por el proveedor adjudicado en su Anexo N° 2.
Las modificaciones o prórroga, que se pacten durante la vigencia del servicio, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales y formarán parte integrante del servicio adjudicado y no se podrá alterar la naturaleza del servicio.
Los anexos deberán ser suscritos por ambas partes y autorizados por el respectivo acto administrativo.
Cuando se requiera contratar una eventual prórroga del contrato, servicio, o contratar servicios conexos, respecto del contrato suscrito con anterioridad, por considerarse indispensable para las necesidades de la entidad y por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de compras, siempre que el monto de dicha prórroga no supere las 1.000 UTM.
Con todo, las eventuales modificaciones que se pacten requerirán un informe técnico previo que las justifique y no producirán efecto alguno sino desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
ARTÍCULO N° 41 SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
En caso de que el oferente que se adjudique la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, en un plazo un máximo de seis meses, contados desde el inicio de la vigencia del mismo.
La Delegación exigirá que el adjudicatario proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes, planillas u otros antecedentes idóneos que demuestren el total cumplimiento de la obligación, y su incumplimiento dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato.
ARTÍCULO N° 42 PRIMACÍA DE LAS BASES.
En caso de existir disconformidad entre las presentes bases de licitación y la información contenida en la ficha de la licitación que figure en el portal www.mercadopublico.cl primarán las presentes bases, las cuales se encontraran dentro de los archivos adjuntos de la ficha de licitación.
ARTÍCULO N° 43 DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Para todos los efectos legales emanados de la licitación a que se refieren estas bases, las partes fijan domicilio en la ciudad de La Serena y prorrogan la competencia ante sus tribunales de justicia.
ARTÍCULO 44 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
LICITACIÓN PÚBLICA ID. 953-18-LP23
Servicio de Mantenimiento de Aseo, Fumigación y Aplicaciones de Sanitización en Instalaciones Centrales, Áreas Verdes, Plazoleta y Administración Permanente de Dependencias Interiores del Complejo Fronterizo Agua Negra
REQUERIMIENTOS DEL SERVICIO.
Los servicios a contratar corresponden al mantenimiento de aseo, fumigación y aplicaciones diarias de sanitización para las dependencias centrales interiores y exteriores del Complejo Fronterizo Agua Negra, así como el cuidado y mantenimiento de las áreas verdes circundantes, plazuelas aledañas a las dependencias del complejo y eventuales baños públicos estacionarios en sector de la Tenencia Juntas del Toro de Carabineros de Chile; además de administrar las dependencias interiores del edificio central, bajo los parámetros y directrices que emanen de la administración de la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo. Se deberá considerar, la contratación de 01 persona por turno, como mínimo para las prestaciones habituales de los servicios o más conforme a lo evalúe el proveedor respecto al requerimiento; considerando, cuando sea necesario reforzar el servicio a requerimiento del mandante al existir una mayor demanda ante un aumento del flujo de usuarios (considerar en enero 02 personas por turno en su oferta económica); dando cumplimiento a la legislación laboral vigente. En lo referente, a la estadía laboral del personal; las instalaciones cuentan con Habitaciones y baños disponibles y servicios (cocina, utensilios, vajilla, etc.) a disposición del (los) ;funcionario(s) de la empresa contratista adjudicada; compartidas, en camaradería con personal de otras empresas e instituciones públicas que prestan sus servicios durante la temporada (04 a 07 personas); sin embargo, al no haber servicios de casino y hotelería, tanto los suministros para la alimentación como la preparación de los mismos, serán de consideración y responsabilidad del oferente adjudicante o de la coordinación de su personal a cargo.
Las prestaciones deberán considerar las buenas condiciones de presentación operativa y permanente de las dependencias y del mantenimiento programado de las instalaciones relacionadas con la administración del Complejo Fronterizo. Se deberá velar, por la conservación de la limpieza y orden operativo de las dependencias, de manera diaria, tanto en interiores como exteriormente en la totalidad de las diferentes áreas del Complejo Fronterizo, las cuales tienen que estar en constante servicio, conforme a pautas dictadas por la administración de la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo, durante el periodo de apertura; siendo de responsabilidad, del contratista las faltas u omisiones de presupuesto que se incurran asumiendo el costo de ellas.
Respecto a la sanitización de las instalaciones deberá ser diaria en todo el Complejo Fronterizo y 01 veces al día en los baños públicos tanto interiores como exteriores, inclusive se podrán solicitar más aplicaciones, dependiendo de la contingencia y solicitud del coordinador delegado.
MANTENIMIENTO DE ASEO Y ÁREAS CIRCUNDANTES Y ADMINSTRACION DEL ÁREA INTERNA SECTOR HABITACIONAL, BAÑO PÚBLICOS DEL COMPLEJO FRONTERIZO
El Complejo consta de una infraestructura central donde se encuentran las dependencias (oficina de turismo, enfermería, cocina de servicio sala de estar-comedores, baños públicos interiores, exteriores y sector habitacional) y anden de control fronterizo, donde los organismos públicos involucrados ejecutan sus funciones fronterizas (PDI, Aduana, SAG y Dirección de Turismo); además de las áreas circundantes (plazuelas, áreas verdes y alrededores de 05 cabañas correspondientes a sector habitacional de los organismos públicos y Carabineros de Chile) y un eventual sector, al lado de la Tenencia Juntas del Toro, donde se podrían ubicar tres o cuatro baños químicos, en apoyo a la demanda de los Usuarios.
Para lo cual se requiere:
• Servicio de Aseo general de las dependencias del Complejo Fronterizo, antes de su apertura (interior y exterior). Servicio único a los estados mensuales de la prestación.
• Administrar y coordinar el área interna que corresponde a las dependencias habitacionales, cocina, sala de estar-comedor, sala de radio, bodegas, enfermería, etc.
• Aseo y Mantenimiento permanente de todas las dependencias del Complejo Fronterizo (interior y exterior).
• Proveer, dispensar y reposición, cuando sea necesario, de papel higiénico y toallas desechables en baños del Complejo Fronterizo y mantener el aseo diario de los mismos (5 baños habitacionales compartidos, 04 áreas de baños públicos, 01 baño para minusválidos y 08 baños de oficinas).
• Mantenimiento y limpieza diaria de muebles.
• Mantenimiento y limpieza de paredes del inmueble.
• Encerados y aspirado de pisos del Complejo Fronterizo (según corresponda), por lo menos dos veces por semana.
• Limpieza de vidrios una vez por semana.
• Limpieza y desinfección diaria de todos los servicios higiénicos de las dependencias.
• Mantenimiento odorífero del Complejo Fronterizo, de acuerdo a necesidad o requerimiento.
• Limpieza y desinfección de cocina existente en el Complejo Fronterizo.
• Coordinar y extraer la totalidad de residuos y basura de las instalaciones del Complejo Fronterizo y eliminación de las mismas en vertedero municipal autorizado por la autoridad de salud competente eliminación por incineración en Incinerador Pirolítico (previa coordinación con SAG).
• Llevar basura a lugar de acopio donde se dispondrá de un contenedor.
• Regado y mantenimiento de Jardines y Plazuela existentes en el entorno exterior de las instalaciones.
• Ocupar diariamente su uniforme de trabajo y E.P.P.
• Dar cuenta semanal de las labores realizadas en las instalaciones fronterizas.
• Cumplir estrictamente el turno propuesto por el empleador regido por la legislación laboral.
• Velar por la limpieza diaria de los servicios higiénicos, si es necesario, en más de una ocasión.
• Respecto a la sanitización de las instalaciones deberá ser diaria en todo el Complejo Fronterizo y 01 vez al día en los baños públicos tanto interiores como exteriores, inclusive se podrán solicitar más aplicaciones, dependiendo de la contingencia y solicitud del coordinador delegado.
Proveer de todos los insumos, materiales, maquinarias y utensilios necesarios para que el personal asignado a las dependencias ejecute las funciones propias del servicio contratado.
• Contar con vehículo y/o transporte para el traslado de personal y suministros hacia y desde las instalaciones del Complejo Fronterizo.
Servicios de apoyo a contingencia en dependencias del Complejo Fronterizo, estas procederán bajo costo de la administración del Complejo Fronterizo, Delegación Presidencial Regional de Coquimbo, previo a lo siguiente:
• Conforme a requerimiento de la administración del complejo fronterizo, a la situación específica y/o particular efectuado al contratista del servicio.
• Evaluación de la situación presentada y análisis de los costos de reparación y solicitud presupuestaria al Depto. de Administración y Finanzas de la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo, por parte del Coordinador Delegado.
• Determinación de la Administración del Complejo, el procedimiento para la ejecución del Servicio de apoyo determinado por el grado de complejidad del mismo.
Medidas Sanitarias
• Cada funcionario de la empresa que preste los servicios solicitados en la presente licitación, deberá contar con todos sus elementos de protección personal y contar con el stock suficiente en las instalaciones fronterizas.
Servicio de Fumigación.
Servicio de Fumigación, cuyas aplicaciones se deberán ejecutar durante el periodo comprendido entre octubre de 2023 y octubre 2024, de acuerdo a la siguiente pauta de aplicación:
DESINSECTACIÓN: Control residual de insectos rastreros y voladores (vinchuca, arácnidos, etc.)
DESRATIZACIÓN: Control de roedores (instalación de cebos exteriores e interiores y monitoreo).
DESINFECCIÓN: Control de microorganismos sanitización (interior edificación central complejo fronterizo).
Área del servicio:
a). - 5 cabañas de 84 mts.2 cada una, constituidas por dormitorios, cocina y baño (interior y exterior)
b). - Sector de atención de público de 1,900 mts.2 aprox., constituido por oficinas, dormitorios, baños privados y públicos, cocina, bodegas, comedor, sala de estar, pasillos y área de control de vehículos. El Servicio solicitado debe incluir tanto la parte interior como el área exterior, esta última, constituida por el entorno de las edificaciones.
c). - Perímetro externo del área (1.000 mts.2) correspondiente a dependencias de la Tenencia Fronteriza Juntas del Toro de Carabineros de Chile.
Plazos y condiciones de entrega del servicio de fumigación y desratización.
1. Primera aplicación de fumigación, diciembre de 2023.
2. Segunda aplicación de fumigación, enero 2024.
3. Tercera aplicación, febrero 2024.
4. Cuarta aplicación, abril 2024.
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