5.33. OBLIGACIONES DE PROBIDAD E INTEGRIDAD EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA.
La Institución deberá resguardar la probidad y transparencia en los procesos de contratación, para lo cual deberán dar estricto cumplimiento a las disposiciones del Capítulo VII, de la Probidad Administrativa y Transparencia en la Contratación Pública, de la Ley de Compras, las del Decreto N° 661/2024, del Ministerio de Hacienda y otras leyes aplicables.
En este contexto, el proveedor adjudicado declara que acepta expresamente las cláusulas de probidad e integridad en la contratación pública, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en este, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que se considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos.
a) El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los principios rectores de derechos humanos y empresas de naciones unidas.
b) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
d) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
e) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
i) Confidencialidad y propiedad de la información.
j) Toda la información, informes, antecedentes, trabajo, etc., que sea obtenida a partir de la ejecución de las prestaciones que por este proceso se licitan será de propiedad exclusiva de Carabineros de Chile.
k) Las partes le otorgan el carácter de reservado a toda la información perteneciente a la Institución que se recopile, entregue o desarrolle en virtud del contrato, no pudiendo el proponente adjudicado darla a conocer a terceros, ni directa, ni indirectamente. Ante su incumplimiento la Institución se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que resultaren pertinentes.
l) El proponente adjudicado, deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes que conozca de Carabineros de Chile con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a los que esta licitación y el contrato requieran, y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder sin autorización; copiar, reproducir, interferir, interceptar, sin autorización y siempre que no contraponga los términos señalados en este numeral; alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización, por el período de 3 (tres) años.
m) Esta prohibición afecta al proponente adjudicado, su personal directo e indirecto, en cualquier calidad, que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración del contrato, por el período de 3 (tres) años.
n) El proponente adjudicado sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a las presentes Bases.
- o) Respecto a la seguridad y confidencialidad de los documentos electrónicos, rige lo regulado en el Decreto N°83, publicado en el Diario Oficial el 12.01.2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que “Aprueba Norma Técnica para los Órganos de la Administración del estado Sobre Seguridad y confidencialidad de los Documentos Electrónicos”, aplicándose las políticas de seguridad desarrolladas por Carabineros de Chile.
p) Toda la información, informes, antecedentes, trabajo, etc., que sea obtenida a partir de esta licitación y consecuente contrato, será de propiedad exclusiva de Carabineros de Chile.
q) El proveedor no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de la Institución. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la Institución o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos.
r) El proveedor deberá regresar o eliminar la Información de la Institución que posea, custodie o controle, cuando así lo indique la Institución.