Resolución de Empates |
a. En caso de producirse igualdad del Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente “Ordenamiento de Factores de la Evaluación”, y si aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente:
Ordenamiento Factores de la Evaluación
Lugar
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Nombre del Factor o Subfactor
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1°
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Precio
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2°
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Plazo de entrega
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3°
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Garantía técnica
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4°
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Presentación de Antecedentes
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b. En caso de persistir la igualdad, la Comisión efectuará un sorteo entre los oferentes con igual puntaje, para proceder a la proposición de adjudicación. Dicho sorteo se realizará ante la presencia de todos los integrantes de la Comisión y de su resultado se levantará acta firmada por los miembros de dicha Comisión.
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Preguntas y respuestas |
Los oferentes sólo podrán efectuar consultas, respecto del presente proceso licitatorio, sus Bases Administrativas y Anexos, a través de la funcionalidad Preguntas y Respuestas del sitio www.mercadopublico.cl, dentro del período establecido en el punto 1.5 Letras B y C, no pudiendo contactarse de ninguna otra forma con la DOP, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso.
La DOP, podrá asimismo efectuar aclaraciones o rectificaciones respecto de la presente licitación, junto con las respuestas a las consultas que efectúen los oferentes.
Las respuestas a las preguntas, serán publicadas en el Portal de Mercado Público, de acuerdo a lo señalado en el punto 1.5 letra d) de las BA.
Las aclaraciones y/o modificaciones que la DOP estime necesario hacer a las presentes BA y anexos, serán aprobadas mediante acto administrativo totalmente tramitado y publicado en el portal, y formarán, para todos los efectos legales y contractuales, parte integrante de las presentes BA y anexos, obligando a los oferentes
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Contactos Durante la Evaluación |
Al tenor de lo dispuesto en el artículo N° 39 del Reglamento de la Ley Nº19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, durante el período de evaluación, los oferentes solo podrán mantener contacto con la DOP para efecto de las mismas, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación y que hubiesen sido previstas en las Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
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Subsanación de Errores u Omisiones Formales |
Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el punto 3.3, “DOCUMENTOS SOLICITADOS PARA OFERTAR”, de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.
La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40 del reglamento de la ley 19.886 y en las presentes bases.
Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en el numeral 1.5 de las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.
2.4 Durante el proceso de evaluación y para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes, la Comisión podrá solicitar por escrito a éstos SOLO A TRAVÉS DEL FORO INVERSO, aclaraciones a las ofertas presentadas, como asimismo, información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, debiendo sujetarse al Artículo 40 del D.S. Hacienda Nº 250/04.
Dichas aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados y en el plazo de 2 días corridos, contados desde efectuado el requerimiento.
Ningún oferente podrá comunicarse por iniciativa propia con la DOP, respecto a cualquier materia relacionada con su oferta, desde el momento de inicio del proceso hasta el momento del cierre de la licitación.
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Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos |
La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 2 días corridos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informara a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el periodo de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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Aumento de plazos del proceso licitatorio |
El Servicio se reserva el derecho de autorizar por este acto administrativo la modificación los plazos de consultas, cierre y adjudicación del proceso licitatorio, dentro del marco legal y comunicándolo oportunamente por el portal www.mercadopublico.cl
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Declaración de Deserción de la Presente Licitación |
La Dirección de Obras Portuarias se reserva el derecho a declarar desierta la presente licitación pública, si del resultado de la evaluación técnica y/o económica se concluye que es lo más conveniente para los intereses fiscales. Esto se comunicará mediante publicación de la Resolución fundada que así lo disponga, en el sitio www.mercadopublico.cl. Esta declaración no dará derecho a los oferentes a indemnización de ningún tipo.
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Revocación |
El Servicio podrá, entre la publicación y la eventual adjudicación, adoptar la decisión de revocar la presente licitación cuando concurran circunstancias que justifiquen fundadamente el desistimiento del proceso concursal, por lo cual no podrá concluirse con una adjudicación, deteniéndose el proceso irrevocablemente. Este estado será declarado de forma unilateral por la DOP, mediante resolución fundada que así lo autorice, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl
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Adjudicación |
La adjudicación de la licitación, corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicios, y que haya obtenido el mayor puntaje final, pudiendo no ser la de menor precio ofertado. Se adjudicará a un solo oferente. Los fundamentos de la decisión se basarán en la proposición de adjudicación, de acuerdo a lo señalado en el punto 5 de las BA.
La adjudicación de la propuesta se materializará mediante resolución totalmente tramitada. Formarán parte integrante de esa resolución: las presentes bases, los anexos, las aclaraciones y/o modificaciones, si las hubiere, y las ofertas presentadas por las empresas.
Antes de emitir la orden de compra, el oferente deberá acreditar la inscripción en el registro de proveedores y/o acreditar que se encuentra habilitado para contratar con unidades que conforman la administración del Estado, entregando la documentación detallada en el punto 3.5 de las presentes Bases Administrativas. Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforma esta Unión, deberá acreditar la inscripción precitada.
LA/LAS ORDEN/ES DE COMPRA formará parte integrante del proceso licitatorio.
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación
a. Si el oferente adjudicado no acredita su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado: www.chileproveedores.cl
Si el oferente adjudicado corresponde a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, no acreditan su inscripción en el Registro señalado.
Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores hábiles. Esta comunicación se hará mediante la presentación de la modificación a la escritura pública señalada en las presentes BA, en el plazo máximo de 07 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación. La presentación de la modificación a la escritura pública debe ser enviada a la Contraparte Técnica.
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Re adjudicación |
La Dirección de Obras Portuarias, podrá hacer uso de la modalidad de Re adjudicación existente en la plataforma www.mercadopublico.cl, en un plazo de 90 días corridos desde la adjudicación en el portal, en el caso que el proveedor adjudicado; no pueda, se rehúse o no cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta, podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
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Notificación de la Adjudicación |
Se entenderá realizada la notificación de: Inadmisibilidad, declaración de desierta y/o adjudicación, luego de las 24 horas transcurridas, desde el día en que se publique en el Portal Mercado Público la Resolución de adjudicación correspondiente.
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