Resolución de Empates |
- En caso de producirse igualdad del Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente “Ordenamiento de Factores de la Evaluación”, y si aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente:
Ordenamiento Factores de la Evaluación
Lugar
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Nombre del Factor o Subfactor
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1°
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Precio
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2°
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Plazo de entrega
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3°
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Cumplimiento de requisitos formales
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- En caso de persistir la igualdad, la Comisión efectuará un sorteo entre los oferentes con igual puntaje, para proceder a la proposición de adjudicación. Dicho sorteo se realizará ante la presencia de todos los integrantes de la Comisión y de su resultado, se levantará acta firmada por los miembros de dicha Comisión.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
En caso que existan consultas referidas a la adjudicación, se podrán realizar al correo electrónico que se indicará en la Resolución de adjudicación correspondiente. Las respuestas se efectuarán por el mismo medio.
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AUMENTO DE PLAZOS |
El Servicio se reserva el derecho de autorizar, por este acto administrativo, la modificación de los plazos de consultas, cierre y adjudicación del proceso licitatorio, dentro del marco legal y comunicándolo oportunamente por el portal www.mercadopublico.cl.
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DECLARACIÓN DE DESERCIÓN DE LA PRESENTE LICITACIÓN |
La Dirección de Obras Portuarias, se reserva el derecho a declarar desierta la presente licitación pública, si del resultado de la evaluación técnica y/o económica, se concluye que es lo más conveniente para los intereses fiscales. Esto se comunicará mediante publicación de la Resolución fundada que así lo disponga, en el sitio www.mercadopublico.cl. Esta declaración no dará derecho a los oferentes a indemnización de ningún tipo.
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REVOCACIÓN |
El Servicio podrá, entre la publicación y la eventual adjudicación, adoptar la decisión de revocar la presente licitación cuando concurran circunstancias que justifiquen fundadamente el desistimiento del proceso concursal, por lo cual, no podrá concluirse con una adjudicación, deteniéndose el proceso irrevocablemente. Este estado será declarado de forma unilateral por la DOP, mediante resolución fundada que así lo autorice, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
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ADJUDICACIÓN |
La adjudicación de la licitación se realizara bajo la modalidad de adjudicación múltiple, corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio, y que haya obtenido el mayor puntaje final por línea de cotización, pudiendo no ser la de menor precio ofertado.
Se adjudica a un solo oferente por línea de cotización, no obstante un proveedor se podrá adjudicar las dos líneas de cotización dependido de los puntajes obtenidos. Los fundamentos de la decisión se basarán en la proposición de adjudicación, de acuerdo a lo señalado en el numeral 5 de las BA.
La adjudicación de la propuesta se materializará mediante resolución totalmente tramitada. Formarán parte integrante de esa resolución: las presentes bases, las aclaraciones, si las hubiere, y las ofertas presentadas por las empresas.
Antes de emitir la orden de compra, el oferente, deberá acreditar la inscripción en el registro de proveedores y/o acreditar que se encuentra habilitado para contratar con unidades que conforman la administración del Estado, entregando la documentación detallada en el punto 3.2 de las presentes BA. Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforma esta Unión, deberá acreditar la inscripción precitada.
LA ORDEN/ES DE COMPRA SERÁ/N EMITIDA/S UNA VEZ TRAMITA LA RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN, y formará/n parte integrante del proceso licitatorio.
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación.
a. Si el oferente adjudicado no acredita su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado: www.chileproveedores.cl, previo a la emisión de la Orden de Compra.
Si el oferente adjudicado corresponde a una UTP, y uno o más de sus integrantes, en forma individual, no acredita su inscripción en el Registro señalado.
Lo anterior, no aplicará en el caso de afectar esta causal de inhabilidad a algún integrante de la UTP, y ésta decida continuar con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma.
b Si el oferente adjudicado no acepta la Orden de Compra, en los términos señalados de estas BA o no diera cumplimiento a lo señalado en el Pacto de Integridad (punto 15, de estas BA).
c. Si el oferente adjudicado no diera cumplimiento a lo establecido en el punto 3.2, de estas BA.
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READJUDICACIÓN |
La Dirección de Obras Portuarias, podrá hacer uso de la modalidad de Re adjudicación existente en la plataforma www.mercadopublico.cl, en un plazo de 90 días corridos desde la adjudicación en el portal, en el caso que el proveedor adjudicado; no pueda, se rehúse o no cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta, podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje, de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
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