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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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En caso que existan consultas referidas a la adjudicación, se podrán realizar al correo electrónico que se indicará en la Resolución de adjudicación correspondiente. Las respuestas se efectuarán por el mismo medio.
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Subsanación de errores, omisiones formales y solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos. |
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Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.
2.3.1 Durante el proceso de evaluación y para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes, la Comisión podrá solicitar por escrito a éstos SOLO A TRAVÉS DEL FORO INVERSO, aclaraciones a las ofertas presentadas, como asimismo, información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, debiendo sujetarse al Artículo 40 del D.S. Hacienda N.º 250/04.
Dichas aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados y en el plazo de 2 días corridos, contados desde efectuado el requerimiento.
Ningún oferente podrá comunicarse por iniciativa propia con la DOP, respecto a cualquier materia relacionada con su oferta, desde el momento de inicio del proceso hasta el momento del cierre de la licitación.
2.3.2 Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo para corregir las omisiones requeridas será de 2 días hábiles, los que se contarán desde el requerimiento que se efectúe mediante el Portal.
La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el periodo de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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Presentación de antecedentes legales para ser contratado |
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Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán disponibilizar ya sea en la plataforma chileproveedores y/o mediante envío por correo electrónico al ejecutivo de compra a cargo del proceso licitatorio.
Si el oferente es Persona Natural
Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
Anexo N°7. Declaración Jurada para Contratar
Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva. Acreditar en el Registro de Proveedores
Fotocopia de su cédula de identidad.
Si el oferente no es Persona Natural Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta. Acreditar en el Registro de Proveedores
Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
Anexo N°7. Declaración Jurada para Contratar
Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.
Si el oferente es UTP Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores. Acreditar en el Registro de Proveedores
Copia de escritura pública, señalada en el inciso 3° del Artículo 67 Bis del Decreto N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la prorroga si corresponde
Anexo N°7. Declaración Jurada para Contratar
Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva.
Persona Jurídica Extranjera Anexo N°7. Declaración Jurada para Contratar
Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva. Acreditar en el Registro de Proveedores
Documento que otorga y constituye mandato con poder suficiente o documento de constitución de sociedad de nacionalidad chilenas o agencia de la extranjera, de conformidad a lo establecido en el artículo 67 Decreto N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda
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Aumento de plazos |
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El Servicio se reserva el derecho de autorizar, por este acto administrativo, la modificación de los plazos de consultas, cierre y adjudicación del proceso licitatorio, dentro del marco legal y comunicándolo oportunamente por el portal www.mercadopublico.cl.
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Declaración de deserción de la presente licitación |
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La Dirección de Obras Portuarias, se reserva el derecho a declarar desierta la presente licitación pública, si del resultado de la evaluación técnica y/o económica, se concluye que es lo más conveniente para los intereses fiscales. Esto se comunicará mediante publicación de la Resolución fundada que así lo disponga, en el sitio www.mercadopublico.cl. Esta declaración no dará derecho a los oferentes a indemnización de ningún tipo.
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Revocación |
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El Servicio podrá, entre la publicación y la eventual adjudicación, adoptar la decisión de revocar la presente licitación cuando concurran circunstancias que justifiquen fundadamente el desistimiento del proceso concursal, por lo cual, no podrá concluirse con una adjudicación, deteniéndose el proceso irrevocablemente. Este estado será declarado de forma unilateral por la DOP, mediante resolución fundada que así lo autorice, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
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Adjudicación |
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La adjudicación de la licitación, corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio, y que haya obtenido el mayor puntaje final, pudiendo no ser la de menor precio ofertado. Se adjudicará a un solo oferente.
La adjudicación de la propuesta se materializará mediante resolución totalmente tramitada. Formarán parte integrante de esa resolución: las presentes bases, las especificaciones técnicas, las aclaraciones, si las hubiere, y las ofertas presentadas por las empresas.
Antes de subscribir el contrato, el oferente, deberá acreditar la inscripción en el registro de proveedores y/o acreditar que se encuentra habilitado para contratar con unidades que conforman la administración del Estado, entregando la documentación detallada en el numeral 3.2 de las presentes Bases Administrativas. Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforma esta Unión, deberá acreditar la inscripción precitada.
Será la contraparte operativa la encargada de entregar dicha documentación a los ejecutivos de compra a cargo del contrato
LA ORDEN/ES DE COMPRA SERÁ/N EMITIDA/S UNA VEZ FIRMADO EL CONTRATO, y formará/n parte integrante del proceso licitatorio.
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación.
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Readjudicación |
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La Dirección de Obras Portuarias, podrá hacer uso de la modalidad de Re adjudicación existente en la plataforma www.mercadopublico.cl, en un plazo de 90 días corridos desde la adjudicación en el portal, en el caso que el proveedor adjudicado; no pueda, se rehúse o no cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta, podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje, de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
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Notificación de la adjudicación |
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Se entenderá realizada la notificación de inadmisibilidad, declaración de desierta y /o adjudicación, luego de las 24 horas transcurridas, desde el día en que se publiquen en el Portal Mercado Público la respectiva resolución de adjudicación.
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Plazo para la firma del contrato |
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Una vez adjudicada la propuesta, se firmará un contrato dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde fecha de adjudicación en el portal Mercadopublico.
Para suscribir el contrato el proveedor deberá acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo.
Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. También se entenderá como desistimiento si no se acompaña la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento respectiva en los plazos establecidos para ello.
Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito en el Registro de Proveedores.
Formará parte de este convenio, las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, Anexos, las respuestas a las preguntas, aclaraciones y/o Modificaciones, si las hubiere, la oferta aceptada y sus aclaraciones, si las hubiere.
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Modificación del contrato |
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Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, y deberá contar con la debida autorización presupuestaria si fuere procedente.
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Vigencia |
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El contrato tendrá una vigencia de 24 meses, el que comenzará a regir, por razones de buen servicio a contar del día siguiente hábiles de la total tramitación de la resolución que aprueba dicho contrato, en consideración a que el plazo indicado es conveniente a los intereses fiscales.
Formará parte de este convenio, las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, Anexos, las respuestas a las preguntas, aclaraciones y/o Modificaciones, si las hubiere, la oferta aceptada y sus aclaraciones, si las hubiere.
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Término anticipado del contrato |
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La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado, siempre que sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave, la no ejecución o la ejecución parcial, por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases y especificación es técnicas, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. A modo de ejemplo, como incumplimiento grave la no entrega de los trabajos de servicio de mantención y reparación de los vehículos en los plazos ofertados.
2. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
5. Si se disuelve la sociedad o empresa adjudicada.
6. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
7. En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen las UF 4.
8. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
9. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
- De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
- Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
- Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
- Disolución de la UTP
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Prohibición de cesión |
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El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que emanen del desarrollo de la licitación y del Contrato que se suscriba, sin perjuicio que una norma legal especial permita expresamente la cesión de derechos y obligaciones.
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Subcontratación |
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El oferente adjudicado no podrá subcontratar los servicios derivados de la ejecución del Contrato que se suscriba.
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Factoring |
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Se cumplirá lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario, siempre y cuando se le notifique oportunamente a la Contraparte Técnica dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes, conforme a lo establecido en el Artículo 75 del D.S. de Hda. N°250/04, lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en marco legal y normativa vigente.
Cedente - Contratista/Proveedor
Debe firmar en el reverso de la copia cedible (Cuadruplicado), registrar el nombre completo, RUT y domicilio del Cesionario (Factoring) y proceder a su entrega.
Cesionario – Certificación ante Ministro de fe
Certifica la copia cedible de la factura ante notario público y/u oficial del Registro Civil en las comunas donde no haya Notario, para que sea notificada al obligado al pago de la factura (Dirección de Obras Portuarias). La Ley establece dos formas de notificar al Obligado: Por carta certificada adjuntando copias de la cesión certificadas por el ministro de fe, y por entrega presencial con exhibición de copia del respectivo título por parte del Notario Público y/u Oficial del Registro Civil.
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Domicilio |
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Para todos los efectos del Contrato a suscribir con el adjudicatario, éste o su representante legal, las partes deberán fijar domicilio en la ciudad de Santiago de Chile.
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Modalidad de pago |
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El pago al adjudicatario por Servicio de Mantención y /o Reparación de Vehículos, se realizará según el siguiente detalle.
Los precios que regirán los primeros doce meses de contrato serán los contenidos en el Anexo N°1, los siguientes doce meses, los precios se reajustarán según variación de IPC de los últimos 12 meses.
Los pagos se efectuarán dentro de 30 días, previa aprobación de la factura por parte de la Contraparte Operativa designada por el presente contrato.
La Sección de Presupuesto proporcionara el CDP de los años que correspondan según las leyes de presupuesto vigentes.
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Condiciones de pago |
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El pago se efectuará de acuerdo al siguiente procedimiento:
1) Se deja expresa constancia que, en caso que el Adjudicatario incumpla o cumpla de manera parcial o imperfecta su obligación, la Contraparte Operativa, suspenderá el pago de toda suma que deba, por cualquier concepto al Adjudicatario, hasta que se cumpla con esta obligación, a entera satisfacción de la Contraparte Operativa.
2) El adjudicatario deberá emitir la factura una vez recepcionado conforme los trabajos, por los Servicio de Mantención y Reparación de Vehículos y de cualquier servicio requerido, respecto del mes que corresponda, además deberá enviar vía correo electrónico en el mismo plazo a la Contraparte Operativa los documentos indicados en el punto b) del presente número 3 siguiente. El no cumplimiento del envío de la factura electrónica junto a los antecedentes de respaldo mencionados precedentemente en el plazo indicado incurrirá por parte del servicio en el rechazo de la factura.
3) El Adjudicatario deberá emitir el documento tributario respectivo (factura), de acuerdo a lo instruido en Carta Informativa de Diciembre 2016, Complemento N°1 e Instructivos Proveedores-Contratistas-Consultores del Ministerio de Obras Públicas Facturación Electrónica, adjuntos en anexos:
a. Antecedentes de Facturación:
- RUT 61.202.000-0
- Unidad de pago 2240 Nivel_Central_Dirección_Obras_Portuarias
- Razón social: Ministerio de Obras Publica Dirección Gral. de OO PP DCYF
b. Adicionalmente y en el mismo día que se emita el documento tributario (factura), se debe enviar vía correo electrónico a la Contraparte Operativa:
- Una copia del documento tributario Factura
- Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales. F30-1 (emitido por la Dirección del Trabajo).
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales F30.
- Respecto del Contrato de personal, este se entregará por una sola vez, al inicio del convenio, solo en la eventualidad de una nueva contratación deben remitir dicho documento.
En caso que la empresa no envíe los contratos del personal y el formulario F30-1 el mismo día de la emisión de la factura, esta última será reclamada, si ello ocurriera y de acuerdo a disposiciones del SII, el adjudicatario generará un nuevo documento.
De conformidad al cumplimiento normativa, el MOP debe cursar los pagos vía transferencia bancaria, para dar cumplimiento a lo señalado precedentemente y materializar los pagos, el oferente adjudicado deberá, previo a la emisión de la primera factura, descargar de la página web www.dcyf.cl el formulario “Depósito Cuenta Corriente”, el cual se encuentra en la sección “Formularios descargables en Formato PDF para Tramitar”, de la mencionada página. Este formulario deberá ser completado, legalizado ante notario y finalmente, ingresado en Tesorería DCyF del Ministerio de Obras Públicas, ubicado en Morande 71 Santiago centro, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00.
4) Los pagos se efectuarán por medio de transferencia electrónica,
5) La DOP efectuará el pago dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de tales instrumentos. Si el día en que venza el citado plazo no fuere un día hábil, el pago de la factura podrá aplazarse al día hábil siguiente, en caso de factoring los plazos serán los regidos normativamente puesto implica revisión por parte de Fiscalía MOP.
6) La DOP tendrá derecho a suspender o retener el pago de cualquier factura, en los siguientes casos:
a. Si se presentaren reclamos en contra del servicio, derivados del incumplimiento de parte del Adjudicatario de sus obligaciones laborales, previsionales, tributarias y/o de seguridad social.
b. Si el Adjudicatario no cumpliere con cualquiera de las obligaciones que le impone el Contrato.
De conformidad a lo señalado en la ley N° 21.131, que establece pago a 30 días, el proveedor solo podrá facturar cuando los productos /servicios contratados se hayan recepcionados conformes, por parte del Servicio. En caso de no haberse realizado dicha recepción y el proveedor haya emitido la factura u otro instrumento de cobro tributario por los productos y/o servicios de manera anticipada, se procederá al reclamo inmediato del documento de cobro emitido.
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Multas y sanciones |
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Las multas y las sanciones descritas en este punto, se refieren a los atrasos e incumplimientos en los requerimientos del servicio contratado.
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Procedimiento de aplicación de multas |
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En el caso que corresponda la aplicación de una multa, el procedimiento será el siguiente:
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Gastos |
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La Dirección de Obras Portuarias, no se hará responsable de ningún gasto en que hayan incurrido los participantes con motivo de la preparación y presentación de la propuesta, por lo que los participantes no podrán reclamar ningún pago o reembolso por este concepto.
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Solución de controversias |
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Toda controversia entre la DOP y el oferente adjudicado, durante el desarrollo del Contrato, será resuelta por el Director General de Obras Públicas , sin perjuicio de las facultades que correspondan al Sr. Ministro de Obras Públicas, al y a los Tribunales de Justicia competentes.
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Pacto de integridad |
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El oferente, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas y demás documentos integrantes. Especialmente el oferente, acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso Licitatorio, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de licitación, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de la oferta y ejecución del contrato que de ello se deriven.
b. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y el convenio que de ello se derivase.
f. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en las Bases, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el presente proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h. El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación.
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Estándares de probidad y comportamiento ético. |
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El proveedor, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen el suministro y presten el servicio en razón del acuerdo a suscribir, no podrán ofrecer obsequios a funcionarios de la Dirección de Obras Portuarias, ni cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de interés presente o futuro entre las partes del contrato, debiendo observar el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos en conformidad con el título III de la Ley N° 18.575.
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