Resolución de Empates |
- En caso de producirse igualdad del Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente “Ordenamiento de Factores de la Evaluación”, y si aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente:
Ordenamiento Factores de la Evaluación
Lugar
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Nombre del Factor o Subfactor
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1°
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Precio
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2°
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Plazo de entrega
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3°
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Cumplimiento de requisitos formales
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4°
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Desarrollo inclusivo
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- En caso de persistir la igualdad, la Comisión efectuará un sorteo entre los oferentes con igual puntaje, para proceder a la proposición de adjudicación. Dicho sorteo se realizará ante la presencia de todos los integrantes de la Comisión y de su resultado, se levantará acta firmada por los miembros de dicha Comisión.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
En caso que existan consultas referidas a la adjudicación, se podrán realizar al correo electrónico que se indicará en la Resolución de adjudicación correspondiente. Las respuestas se efectuarán por el mismo medio.
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Subsanación de Errores, Omisiones Formales y Solicitud de Certificaciones o Antecedentes Omitidos. |
Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.
Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en las presentes Bases de Licitación, en este sentido la comisión evaluadora para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, señalados en el numeral 3.1 de las presentes B.A (salvo todos aquellos documentos que sean indicados como “obligatorios” y/o esenciales), siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación, como asimismo, información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, debiendo sujetarse al Artículo 40 del D.S. Hacienda Nº 250/04.
Para la presentación de certificaciones o antecedentes la Comisión evaluadora podrá solicitar por escrito a los oferentes SOLO A TRAVÉS DEL FORO INVERSO con un plazo máximo de respuesta de 2 días corridos desde publicado el requerimiento en el foro inverso dispuesto por la plataforma www.mercadopublico.cl
La responsabilidad de revisar oportunamente el sistema de información durante el período de evaluación del proceso licitatorio recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas, indicado en el numeral 1.5 de las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.
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Aumento de Plazos |
El Servicio se reserva el derecho de autorizar, por este acto administrativo, la modificación de los plazos de consultas, cierre y adjudicación del proceso licitatorio, dentro del marco legal y comunicándolo oportunamente por el portal www.mercadopublico.cl.
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Declaración de Deserción de la Presente Licitación |
La Dirección de Obras Portuarias, se reserva el derecho a declarar desierta la presente licitación pública, si del resultado de la evaluación técnica y/o económica, se concluye que es lo más conveniente para los intereses fiscales. Esto se comunicará mediante publicación de la Resolución fundada que así lo disponga, en el sitio www.mercadopublico.cl. Esta declaración no dará derecho a los oferentes a indemnización de ningún tipo.
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Revocación |
El Servicio podrá, entre la publicación y la eventual adjudicación, adoptar la decisión de revocar la presente licitación cuando concurran circunstancias que justifiquen fundadamente el desistimiento del proceso concursal, por lo cual, no podrá concluirse con una adjudicación, deteniéndose el proceso irrevocablemente. Este estado será declarado de forma unilateral por la DOP, mediante resolución fundada que así lo autorice, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
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Adjudicación |
La adjudicación de la licitación se realizara bajo la modalidad de adjudicación múltiple, corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio, y que haya obtenido el mayor puntaje final por línea de cotización, pudiendo no ser la de menor precio ofertado.
Se adjudica a un solo oferente por línea de cotización, no obstante un proveedor se podrá adjudicar las dos líneas de cotización dependido de los puntajes obtenidos. Los fundamentos de la decisión se basarán en la proposición de adjudicación, de acuerdo a lo señalado en el numeral 5 de las BA.
La adjudicación de la propuesta se materializará mediante resolución totalmente tramitada. Formarán parte integrante de esa resolución: las presentes bases, las aclaraciones, si las hubiere, y las ofertas presentadas por las empresas.
Antes de emitir la orden de compra, el oferente, deberá acreditar la inscripción en el registro de proveedores y/o acreditar que se encuentra habilitado para contratar con unidades que conforman la administración del Estado, entregando la documentación detallada en el punto 3.2 de las presentes BA. Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforma esta Unión, deberá acreditar la inscripción precitada.
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Readjudicación |
La Dirección de Obras Portuarias, podrá hacer uso de la modalidad de Re adjudicación existente en la plataforma www.mercadopublico.cl, en un plazo de 90 días corridos desde la adjudicación en el portal, en el caso que el proveedor adjudicado; no pueda, se rehúse o no cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta, podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje, de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
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Notificación de la Adjudicación |
Se entenderá realizada la notificación de inadmisibilidad, declaración de desierta y /o adjudicación, luego de las 24 horas transcurridas, desde el día en que se publiquen en el Portal Mercado Público la respectiva resolución de adjudicación.
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Orden de Compra |
De conformidad con los artículos 22°, N° 8 y 63° del Decreto Supremo de Hacienda N°250/04, y por tratarse de la adquisición de un servicio/bienes de simple y objetiva especificación, la contratación se formalizará a través de la emisión de la Orden de Compra respectiva, mediante el Portal Mercado Público, y la aceptación de la misma por parte del oferente adjudicado.
La Orden de Compra será enviada, una vez recepcionados los documentos señalados en el punto 3.2 y una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación. En el evento de que la Orden de Compra no sea aceptada, la Dirección de Obras Portuarias podrá solicitar su rechazo.
En el caso de no aceptarse la Orden de Compra, ésta se entenderá definitivamente rechazada cuando transcurran 24 horas, después de emitida y enviada al proveedor.
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Vigencia de la Contratación (Orden de Compra) |
La contratación con el oferente adjudicado tendrá una vigencia desde el 1er día hábil siguiente en que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de adjudicación y desde él envió de la orden al compra, hasta la aprobación de la “Recepción Conforme de los productos adquiridos”, señalado en el punto 10 de las BA, por la Contraparte Técnica.
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