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Resolución de Empates |
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En caso de producirse igualdad del Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la oferta que obtenga el
mayor puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente “Ordenamiento de Factores de la Evaluación”, y si
aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente:
Ordenamiento de Factores de la Evaluación
Lugar Nombre del Factor
1° Precio
2° Plazo de entrega
3º Cumplimiento de los Requisitos Formales
En caso de persistir la igualdad, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del portal Mercado
Público, para hacer consultas sobre la adjudicación a través del sistema, mecanismo implementado por el Portal Mercado
Público.
Las consultas referidas a la adjudicación se podrán realizar al correo electrónico que se indicará en la Resolución de
adjudicación correspondiente. Las respuestas se efectuarán por el mismo medio.
La Dirección de Vialidad deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro de los 5 días hábiles siguientes.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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La Dirección de Vialidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido
presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u
obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieren a situaciones no mutables entre
el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán como plazo total de
entrega un día hábil para adjuntarlas a través del Sistema, desde que se realice la consulta en el Foro disponible en el
Portal Mercado Público.
Para determinar la solicitud de antecedentes omitidos, los revisores de ofertas tendrán en cuenta los principios de igualdad
de los oferentes y estricta sujeción a las bases, siempre y cuando no les confiera a esos oferentes una situación de
privilegio respecto de los demás competidores.
Esta situación está establecida como criterio de evaluación.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto
de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las
que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta
el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes
bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto
influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente,
aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los
consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en
conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos
humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante
sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios
Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del
presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad,
legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
3. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
4. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases
de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
5. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como
en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
6. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con
información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de
cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente
señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y
en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto
de la presente licitación, incluidos sus sub oferente adjudicados, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o
fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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9.5. Participantes |
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Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que,
actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, [en adelante UTP], y al momento de la
presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a
contar de la fecha de presentación de ofertas (punto 3.3 de estas Bases). Para este efecto, deberán presentar los
siguientes documentos según sea el caso:
• Proveedores no inscritos en Chileproveedores: deben presentar declaraciones juradas del Anexo N°1, firmadas por
quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también,
para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
• Proveedores inscritos en Chileproveedores que no tengan subidas estas declaraciones en el Portal, deben presentar
declaraciones juradas del Anexo N°1, firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo
proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
• Proveedores inscritos en Chileproveedores que tengan disponibles las declaraciones juradas en el Portal, no
deberán presentarlas.
Las UTP deberán adjuntar a su oferta el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esa
forma y contener las menciones mínimas establecidas en el artículo 67 bis del Decreto Supremo del Ministerio de
Hacienda Nº 250/04 y encontrarse vigente a la fecha de presentación de las ofertas.
La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
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9.6. Forma de cotización |
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Los proponentes deberán presentar sus ofertas, considerando los requerimientos establecidos en las presentes Bases
Administrativas y Especificaciones Técnicas.
De conformidad al artículo 18° de la Ley 19.886, la presente licitación se efectuará por vía electrónica, a través del Sistema
de Compras y Contratación Pública: www.mercadopublico.cl, en adelante “Portal”.
Las ofertas se recibirán bajo soporte electrónico y bajo la funcionalidad de anexos, de acuerdo con lo que se indica en el
punto Nº 4.2 de las presentes Bases Administrativas. Para tales efectos el oferente deberá escanear los documentos
solicitados y proceder a adjuntarlos con su oferta.
Las ofertas y sus antecedentes se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en idioma español, formato PDF u
Office versión 2010 o anterior, en las fechas que se identifican en el punto 3 “Etapas y Plazos” de las presentes Bases
Administrativas. No se aceptarán archivos comprimidos.
El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes y las siguientes condiciones:
a. LAS OFERTAS (ANEXOS FORMULARIOS DEL N°1 AL N° 5 DEBEN EMANAR DE QUIEN O QUIENES TENGAN
FACULTADES PARA REPRESENTAR AL RESPECTIVO PROPONENTE, TANTO PARA OFERTAR, ASÍ COMO
TAMBIÉN, PARA SUSCRIBIR CONTRATOS, EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICADO.
b. Los oferentes deberán presentar sus ofertas, solamente, ingresándolas en el Portal, dentro del plazo señalado en el
punto 3.3, de lo contrario, no serán considerados en el proceso de licitación, salvo lo señalado en el Artículo 62°,
numeral 2 del D.S. de Hda. 250/04.
c. En el caso que los precios indicados en el Anexo N°2, sean diferentes a los ingresados en la Ficha de la Adquisición
del Portal, prevalecerán los indicados en el Anexo N°2, salvo que exista un error evidente, como incluir IVA si no se
ha solicitado.
d. Los oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas determinarán qué antecedentes presentarán para
ser considerados en la evaluación señalada en el punto 6 de las presentes Bases Administrativas, siempre y cuando
lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno
de los integrantes de esta (art. 67, inciso 5°, Decreto Supremo de Hda. 250/04).
e. Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el portal, serán descargados al momento de la apertura
electrónica de las ofertas, por ende, se solicita identificar los archivos de los formularios anexos con los nombres
señalados en estas bases, con el fin de facilitar el proceso.
f. Las ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las presentes Bases Administrativas,
Especificaciones Técnicas y Circulares Aclaratorias si las hubiere. Serán de exclusivo cargo de los oferentes todos
los costos directos e indirectos asociados a la preparación y presentación de los antecedentes exigidos en las Bases
Administrativas, no siendo la Dirección de Vialidad, en ningún caso, responsable de éstos.
g. En la etapa de Apertura Electrónica, la Dirección recibirá todas las ofertas ingresadas al Portal, las que serán
derivadas a los revisores de ofertas, que deberán verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las
presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
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9.7. Plazo de validez de la oferta. |
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Las ofertas deberán tener una validez mínima de 30 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de
ofertas de la Licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
Durante el período de vigencia de las ofertas, la Dirección de Vialidad deberá resolver acerca de la adjudicación de la
presente Licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los oferentes podrán revalidar sus Ofertas por el
plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad.
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9.8. Precios y monedas |
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Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA
y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes, seguros, gastos generales y cualquier otro
gasto que sea requerido para la entrega de los productos en las condiciones presentadas por las presentes Bases de
Licitación.
Es importante señalar que, el valor total final propuesto por los oferentes, no contempla ningún tipo de reajuste.
Solo se aceptará una oferta por oferente, en los casos en que un oferente presente más de una oferta, los revisores de
ofertas escogerán sólo la que resulte más conveniente para el Servicio, los motivos de esta decisión quedarán
establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente.
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9.9. Contraparte Técnica |
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Actuará como contraparte técnica de esta contratación el Encargado del Taller de Puentes, quien deberá realizar la
recepción conforme de los productos, velar por el fiel cumplimiento del contrato y evaluar el comportamiento del
proveedor. Visará la documentación de pago el Subdirector de Obras.
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9.10. Evaluación de antecedentes y aceptación de la propuesta |
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Las ofertas serán evaluadas por al menos un funcionario público de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras
Públicas. Los revisores de ofertas podrán requerir las asesorías y los antecedentes que estimen pertinentes, para el
cumplimiento de su labor. La evaluación deberá ser oficializada mediante un Acta de Evaluación de Ofertas que detalle
todos los aspectos considerados en la misma.
Los revisores de ofertas tomarán conocimiento de la información de mercado obtenida para la confección de las
correspondientes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la presente adquisición, señalada en el artículo
13 ter del Decreto Supremo de Hacienda N°250/04.
9.10.1. Procedimiento de Evaluación
a. Los revisores de ofertas recibirán todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Portal, para su revisión y
evaluación de conformidad a las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas.
b. Los revisores de ofertas propondrán declarar inadmisibles:
• Las ofertas que no cumplan con la presentación de la documentación señalada en el punto 9.5 de las
presentes Bases Administrativas, en el caso de las UTP y con la presentación de los ANEXOS N° 2 y 3,
indicados en el numeral 4 por tratarse de documentos esenciales, salvo lo indicado en el punto 9.11 (Derecho
a solicitar Aclaraciones y Antecedentes) de estas Bases Administrativas.
c. Los revisores de ofertas propondrán declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el artículo 9° de la
Ley 19.886:
• Cuando no se presenten ofertas o
• Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, el cual deberá
contener las materias señaladas en el artículo 40° bis del D.S. del Ministerio de Hacienda Nº 250/2004.
d. Los revisores de ofertas efectuarán la evaluación técnica y económica de las ofertas, aplicando los criterios
definidos en el numeral 9.10.2. de las presentes Bases Administrativas.
e. Los revisores de ofertas tendrán el plazo señalado en el punto 3.8 de las presentes Bases Administrativas, para
presentar el Acta de Evaluación de las Ofertas ingresadas en el Portal, proponiendo la adjudicación, de conformidad
a lo establecido en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, a la oferta más conveniente para el
interés del Servicio, y que haya obtenido el mayor puntaje final.
f. Los revisores de ofertas rechazarán las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las
Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a lo señalado en el
artículo 37°, inciso 1º del D.S. del Ministerio de Hacienda Nº 250/2004.
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9.11. Contacto en etapa de evaluación de ofertas |
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Durante el proceso de evaluación y para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes,
los revisores podrá solicitar a través del Foro disponible en el Portal por escrito a éstos, aclaraciones, como asimismo,
información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u
omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, debiendo
sujetarse al Artículo 40° del D.S. Hda. Nº 250/04.
Las aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a
los puntos solicitados en el plazo de 2 días hábiles, contados desde efectuado el requerimiento.
Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar
al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento
del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Desde la fecha de publicación en el Portal, los revisores de ofertas podrán mantener contacto con los oferentes de la
licitación para los efectos de la solicitud de aclaraciones y antecedentes, que ésta pudiese requerir durante la evaluación
y que hubiesen sido previstas en las bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Asimismo,
sus integrantes no podrán tener contacto con terceros, referidos a esta licitación ni recibir donativos.
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9.12. Derecho a desestimar las ofertas |
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La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, cuando éstas superen
el 30% del monto estimado de la contratación, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se
incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas. En tales casos, los oferentes no podrán reclamar indemnización alguna en
contra de La Dirección de Vialidad.
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9.13. Derecho a variación de cantidades |
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La Dirección de Vialidad se reserva el derecho a disminuir o aumentar las cantidades originalmente solicitadas, hasta en
un 30% del total de la oferta, cualesquiera sean sus montos, precios y condiciones, en la adjudicación. Si al aplicar el
porcentaje indicado, resulta una cifra con decimales, se asumirá la unidad superior correspondiente.
Tal variación no podrá significar una alteración del precio unitario. En el caso de aumentarse la cantidad, el plazo de
entrega de los adicionales deberá ser señalado por el proponente, mediante carta respuesta a la solicitud de precisión
que podrá realizar la Dirección de Vialidad durante el estudio de las ofertas; el plazo de entrega de esta parcialidad podrá
ser distinto al de la oferta original y no afectará la evaluación correspondiente.
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9.14. Adjudicación de la licitación |
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La adjudicación de la licitación se materializará mediante Resolución fundada de la Dirección de Vialidad. Formarán parte
integrante de esta Resolución dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases: las presentes Bases
Administrativas y Especificaciones Técnicas, las ofertas presentadas por los oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.
La adjudicación de la licitación corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio y que haya obtenido
el mayor puntaje final, pudiendo no ser la de menor precio ofertado. Los fundamentos de la decisión se basarán en el
Acta de Evaluación, en lo que corresponda.
El plazo de evaluación de ofertas podrá ser ampliado según las necesidades del servicio, indicando las razones que
justifican dicha necesidad, el que será publicado en el apartado “Fechas” de los archivos adjuntos de la ID de la licitación
en el Sistema de Información Portal Mercado Público.
El oferente adjudicado deberá acreditar la inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado:
Chileproveedores, antes de suscribir el Contrato señalado en el punto 3.7 de las presentes Bases Administrativas.
Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforma esta Unión deberá acreditar la inscripción precitada.
ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE, NO SE CONTRATARÁ LA OFERTA DE AQUEL OFERENTE QUE SE ENCUENTRE
INHABILITADO PARA CONTRATAR CON LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.
9.14.1. Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación, haciéndose efectiva la garantía de seriedad de la
oferta respectiva:
a. En caso de que el proveedor adjudicado no acepte orden de compra.
b. En caso de incumplimiento del pacto de integridad.
c. En caso de que el proveedor adjudicado rechace la orden de compra.
d. Si el oferente adjudicado no acredita su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado:
www.chileproveedores.cl
e. Si el oferente adjudicado corresponde a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, no acreditan
su inscripción en el Registro señalado.
Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente
proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores no inhábiles, no obstante, lo
anterior, la oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación se hará mediante la
presentación de la modificación a la escritura pública, en el plazo máximo de 07 días hábiles, contados desde la
notificación de la adjudicación.
f. Si el oferente adjudicado no cumple con los requisitos para contratar establecidos en el punto 5 de las presentes
Bases Administrativas.
La Dirección de Vialidad podrá efectuar una nueva adjudicación, dentro del plazo de 30 días contados desde la
publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo totalmente tramitado, recaerá en el proponente que
haya obtenido el segundo más alto puntaje y así sucesivamente y teniendo presente lo señalado en el punto 9.16 de
las presentes Bases Administrativas.
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9.15. Notificación y aceptación de orden de compra |
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La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la
Resolución de Adjudicación. De acuerdo con el Art. 6° del Reglamento de la Ley 19.886, se entenderá por notificado el
proveedor adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique en Mercado
Público, la Resolución objeto de la notificación.
Asimismo, el adjudicatario deberá aceptar en plazo máximo de 2 días hábiles posteriores a la fecha de envío de la
respectiva orden de compra remitida a través del Portal Mercado Público. De lo contrario, la Dirección de Vialidad podrá
cancelar dicha orden de compra.
En caso de que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la orden de compra a través del Portal Mercado Público
y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerara que el plazo de entrega
comenzó el segundo día hábil de enviada la orden de compra.
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9.16. Readjudicación de la licitación |
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La Dirección de Vialidad podrá, en caso de que el proveedor adjudicado no cumpla con los requisitos para contratar
establecidos en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, se desista de su oferta o sea inhábil
para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje
de acuerdo con la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y se procederá a una nueva adjudicación.
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9.17. Cesión del contrato |
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La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.
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9.18. Gestión del contrato |
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9.18.1. Firma del Contrato
De acuerdo con cláusula 3.7 de las presentes bases.
9.18.2. Habilidad de proveedores
La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el registro ChileProveedores, debiendo
encontrarse en calidad de Hábil.
Si durante el periodo del Contrato el Oferente adjudicado perdiera la habilidad para contratar con el Estado, deberá
regularizar su situación en ChileProveedores en un plazo máximo de 10 días hábiles, de lo contrario será causal de
término anticipado del Contrato.
9.18.3. Evaluación de proveedores
La Dirección de Vialidad, evaluará, antes de tramitar el pago correspondiente, a través del Anexo establecido por la
Dirección ChileCompra, el comportamiento que tuvo el Oferente adjudicado
Los factores a medir son:
▪ Oportunidad de entrega
▪ Calidad
▪ Cumplimiento especificaciones técnicas
▪ Desempeño en general
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9.19. Vigencia del contrato |
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El periodo de vigencia del contrato será el que corresponda al plazo de entrega ofertado y adjudicado más 20 días hábiles,
contados desde la aceptación de la orden de compra. En el caso de que exista ampliación en el plazo de entrega y por
lo tanto de la vigencia del contrato.
Plazo de entrega
Los oferentes deberán indicar en el Anexo Nº 3, el plazo de entrega de los artículos. Estos plazos deben ser expresados
en horas hábiles, contadas desde la aceptación de la orden de compra, según lo indicado en el punto 9.10 de las Bases
Administrativas, este plazo no podrá exceder los 10 días corridos.
Si con posterioridad a la adjudicación de la propuesta, el adjudicatario no pudiere cumplir con el plazo aceptado por causa
de fuerza mayor debidamente calificadas por la Dirección, podrá solicitar una ampliación.
Esta ampliación, deberá ser solicitada antes de la fecha de vencimiento del plazo de entrega original, con los antecedentes
sustentatorios que lo justifiquen. No obstante, lo anterior, esta solicitud, no obliga de modo alguno a la Dirección, siendo
ésta la soberana para conceder, disminuir o denegar el aumento de plazo solicitado.
En caso de que la Contraparte Técnica verifique fallas en la entrega de los productos dentro de los 10 días hábiles
siguientes a la entrega de los productos el proveedor tendrá 10 días hábiles para su reposición.
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9.21. Condiciones de pago |
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El pago al proveedor se realizará dentro de los 30 días corridos, posteriores a la presentación de la factura, previa
recepción conforme de la totalidad de los productos entregados.
Las facturas electrónicas al momento de su emisión deben indicar en las “Referencias” o en la glosa de la factura, la
siguiente descripción:
Código Nº: UDP 2190
Nombre Unidad de Pago: NIVEL_CENTRAL_DIRECCIÓN_DE_VIALIDAD_SUB_ABASTECIMIENTO.
Las facturas electrónicas deben ser enviadas al siguiente correo electrónico: mop_dte@paperless.cl
Se establece que la Dirección de Vialidad tendrá un plazo máximo de 8 días corridos para efectuar la recepción conforme
de los productos o servicios, contados desde la fecha de recepción del documento tributario. En caso de no concretarse
la recepción conforme, el documento será reclamado de acuerdo con lo que establece la ley.
El documento tributario debe ser extendido con los siguientes antecedentes:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCION GRAL DE OO PP DCYF
Dirección: Morandé 71, Primer Piso
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
El pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el proveedor deberá completar y entregar en la
Tesorería de la Dirección de Contabilidad y Finanzas, Morandé 71, Primer Piso, Santiago, el Formulario de autorización
de pagos a través de Bancos disponible en www.dcyf.cl.
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9.22. Modificación y término anticipado del contrato |
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El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales, sin perjuicio de lo dispuesto
sobre la materia en el artículo 77° del Reglamento de la Ley de Compras, contenido en el Decreto Supremo del Ministerio
de Hacienda N°250 del año 2004:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes
sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores
o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
f) Incumplimiento del pacto de integridad.
Nota: b) se entiende por incumplimiento grave:
• No dar cumplimiento en la entrega de los productos en la forma requerida en las presentes bases.
• Llevar un atraso superior a 10 días hábiles en la entrega de los productos.
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9.23. Multas y sanciones |
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La contraparte técnica deberá informar por escrito al Subdepartamento de Abastecimiento, para las medidas
pertinentes, si existen multas relacionadas con la calidad del producto adjudicado, de acuerdo con lo indicado en el
Anexo Nº3.
9.23.1. Sanciones por atraso:
El incumplimiento en la entrega de los productos se multará con un 1% del valor total de la oferta aceptada, impuestos
incluidos por cada día de atraso en la entrega con un tope de 10 días corridos y con un 1% del valor total de la oferta
aceptada, impuestos incluidos por cada día de atraso en la entrega de la reposición de los productos con un tope de 10
días corridos.
La multa que corresponda será descontada del pago correspondiente.
La aplicación de multa debe ser informada por la Contraparte Técnica detallando el punto de incumplimiento, luego
informar mediante oficio al Subdepartamento de Abastecimiento, los cuales notificarán a la Empresa.
9.23.2. Procedimiento para la aplicación de multas:
En el caso que corresponda la aplicación de una multa, el procedimiento será el siguiente:
a. La Contraparte Técnica comunicará mediante Oficio al proveedor contratado que ha incurrido en una causal de
incumplimiento que amerita el cobro de multa, dando cuenta de la causal específica que justifica dicha medida, así
como de los hechos que la configuran.
Dicha Contraparte Técnica conocerá y analizará los descargos del proveedor contratado, quien los podrá presentar
(en soporte papel o electrónico) en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del Oficio remitido por la
Contraparte Técnica. Si este último estima que aún existe incumplimiento, derivará los antecedentes al Director de
Vialidad solicitando que se aplique la multa que corresponda, indicando la causal del incumplimiento y el monto de la
multa.
b. El Director de Vialidad, analizará los antecedentes y si es procedente, aplicará la multa mediante resolución fundada
que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si
existieren, y que deberá publicarse oportunamente en el Portal Mercado Público. Esta resolución deberá ser notificada
por escrito al proveedor contratado, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde que se encuentre totalmente
tramitada. Se deberá enviar copia de dicha notificación al Subdepartamento de Abastecimiento.
c. En contra de la resolución que apruebe la aplicación de una multa, el proveedor contratado podrá interponer los
siguientes recursos: 1) Recurso de Reposición, ante la autoridad señalada en el punto anterior (Director de Vialidad),
y subsidiariamente, 2) Recurso Jerárquico, ante el Director General de Obras Públicas.
d. Los recursos señalados en la letra “c” anterior, deberán ser por escrito y fundados e interponerse conjuntamente en
el mismo escrito, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que apruebe la
aplicación de multa.
e. Las autoridades llamadas a pronunciarse sobre los recursos a que se refieren la letra “c”, tendrán un plazo no superior
a 30 días hábiles para resolverlos, contados desde la recepción de los antecedentes.
f. La multa respectiva, se pagará mediante Vale Vista a nombre del Ministerio de Obras Públicas, dentro de los 7 días
hábiles siguientes, a contar del día siguiente de la notificación de la multa. En caso contrario, descontada del pago
correspondiente.
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9.24. Solución de controversias |
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Los reclamos que se susciten durante la ejecución del servicio serán sometidos al Departamento de Prevención de
Riesgos y Salud Ocupacional, quien emitirá un informe en derecho, sin perjuicio de las facultades que correspondan al
Director General de Obras Públicas y al Sr. Ministro de Obras Públicas, al Contralor General de la República y a los
Tribunales de Justicia.
La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo
probatorio —de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos.
Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo con la naturaleza del asunto
debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.
Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo
dispuesto por la ley 19.880.
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9.25. Jurisdicción y domicilio |
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Para todos los efectos legales de este contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago, y prorrogan la
competencia a los tribunales de su jurisdicción.
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9.26. Responsabilidad del oferente adjudicado |
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Con la finalidad de proteger la vida y salud de todos los trabajadores que se desempeñan en dependencias del Ministerio
de Obras Públicas, durante la ejecución de las tareas encomendadas, el contratista deberá respetar la legislación vigente
asociada a la Ley N° 16.744, que establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Para garantizar el cumplimiento y fiscalización de las normativas legales indicadas en el párrafo anterior, se deberá
asegurar el complimiento de las disposiciones señaladas y que serán auditadas por la Dirección de Vialidad a través de
su unidad de Prevención de Riesgos.
El oferente adjudicado establecerá, en un reglamento Interno de Higiene y Seguridad, debidamente autorizado por la
Dirección del Trabajo, las condiciones de control de seguridad de sus trabajadores en el marco del presente contrato
(revisión de los efectos personales de sus trabajadores cuando esta le sea requerida por los Coordinadores Operativos),
sin afectar los derechos constitucionales de los mismos, derivados de su dignidad, honra y privacidad.
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9.27. Interpretación e información |
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Las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre
sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en
el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica
aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en
las Bases, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los
documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos
necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo
todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e
interpretación de la información disponible o que se obtenga.
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9.28. Confidencialidad y Seguridad de la Información |
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a) El CONTRATISTA y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de
información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio
o con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del presente Contrato como con posterioridad a su finalización.
b) El CONTRATISTA, durante su gestión y mientras dure el presente Contrato, debe cumplir las normas,
procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se
encuentran publicadas en el portal WEB del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie,
tangible o intangible a las que el CONTRATISTA pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que
realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los
intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como
confidencial.
d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo
con las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad
de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el CONTRATISTA como
por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio
que se contrata, el MOP dará término anticipado al presente Contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones
legales que correspondan.
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9.29. DÍAS INHÁBILES |
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Los plazos de días corridos que se establezcan en las presentes BA y BT, cuyo vencimiento recayeren en día inhábil, se
entenderá prorrogado para el día hábil siguiente a su vencimiento.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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El oferente deberá presentar junto con la documentación de la oferta a la Dirección de Vialidad, una declaración firmada por el Representante Legal (Anexo Nº 4), donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años y un Certificado de Antecedentes Laborales vigente a la fecha de ingreso de las ofertas. Posteriormente, el oferente que resulte adjudicado deberá presentar al momento de facturar, un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales vigente emitido por la Dirección del Trabajo (F-30), donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados. El órgano comprador podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas. En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
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