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Requisitos técnicos y otras Clausulas. |
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1.10. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas:
PACTO DE INTEGRIDAD: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
1.10.1. NORMATIVA
Este proceso de Licitación se regirá por lo estipulado en las presentes Bases, en lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el D.S. Hacienda Nº 250/04, Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones.
1.10.2. PARTICIPANTES
Podrán participar Personas Naturales o Jurídicas, chilenas o extranjeras, habilitadas para funcionar legalmente en Chile. Todos los proveedores interesados podrán acceder a las Bases Administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los requisitos de encontrarse inscritos en el sitio www.chilecompra.cl
1.10.3. MODIFICACIONES A LAS BASES
La Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la fecha de cierre, a través del Portal electrónico, otorgando además, un plazo prudencial, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos y formarán parte integral de las Bases. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada, las respuestas a las consultas efectuadas se harán por circular aclaratoria o mediante el mismo portal.
1.10.4. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
1.10.4.1 La Dirección de Vialidad requiere para este contrato aproximadamente un volumen aproximado de 1471 m3 de mezcla asfáltica en caliente suelta, previo transporte en camiones tolva.
1.10.4.2 El proponente de la presente Licitación Pública deberá presentar un Certificado de Laboratorio (solicitado en el punto N° 1.5 de la Bases) que incluya la dosificación de la mezcla ofertada, cumpliendo con los parámetros exigidos en las presentes Bases Técnicas.
1.10.4.3 Los materiales de la mezcla asfáltica corresponden a una carpeta de rodadura y deberán cumplir con las exigencias de la cláusula 5.408.2 del Volumen 5 del Manual de Carreteras de la Dirección de Vialidad, teniendo en cuenta lo siguiente: La Granulometría de los áridos de la mezcla deben ajustarse a la Tabla 5.408.201.F del MC-V5 del M.C., la banda a utilizar será la IV– A–12 indicada en la tabla 5.408.201.F del MC–V5 y cemento asfáltico tipo CA 24 que debe cumplir con las tablas 8.301.1.A del MC-V8. Para comprobar las exigencias estipuladas en este Numeral, la Dirección de Vialidad a través de sus Laboratorios, se reserva el derecho de realizar visitas inspectivas a la planta de asfalto que se adjudique el contrato, de manera de comprobar en terreno el cumplimiento de los requisitos de los materiales. Considerar Manual de Carreteras actualizado a la fecha de publicación.
En caso de comprobarse el incumplimiento de las especificaciones técnicas de los materiales utilizados en la fabricación de la mezcla, el Proveedor podrá solicitar un re-muestreo. De persistir el incumplimiento se procederá a rechazar la partida o fabricación de mezcla asociada a cargo y costo del proveedor o si ésta ya fue colocada en terreno, se descontará, en el pago de la factura, íntegramente el monto de la partida o fabricación de mezcla asociada al volumen total del día de colocación en terreno.
Adicionalmente, el proveedor deberá retirar a su costo en el plazo de 5 días, el material defectuoso, dándose termino anticipado al contrato, si no lo efectuare en dicho plazo y procediendo al cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
1.10.4.4 Las propiedades de la mezcla a suministrar deberá cumplir lo señalado en la tabla 5.408.203A y 5.408.203.B, para mezcla asfáltica de rodadura. Considerar Manual de Carreteras actualizado a la fecha de publicación.
1.10.4.5 El lugar de entrega de la mezcla asfáltica corresponderá al camino ubicado en el sector Puente 7 Roa, en la comuna de Florida. La ubicación aproximada se encuentra disponible en el archivo KMZ (Google Earth) “Puente 7 Roa” disponible en los archivos adjuntos de la presente licitación.
Ubicación aprox. del Camino para colocación de asfalto
Rol Comuna Nombre camino Unidad Total m3 aprox. mezcla SUELTA
O-420
Florida
CRUCE RUTA 148 (PUENTE N°7) - CRUCE O-390 (ROA)
m³ 1471
1.10.4.6 El proveedor que se adjudique el contrato de suministro, deberá entregar la mezcla asfáltica en el lugar de las faenas, en camiones apropiados y puesta sobre la terminadora de asfalto (Finisher) de acuerdo a lo señalado en las Bases Técnicas. La cantidad de m3 de mezcla asfáltica a solicitar para un día de faena de colocación, será fijada con un rango de 12 a 24 horas de anticipación por el Inspector fiscal del Contrato, para esto el inspector se contactará y coordinará los despachos con el Coordinador de la planta que se adjudique el contrato. Se utilizarán camiones apropiados y en buen estado, según lo instruido por la Inspección Fiscal y según lo indicado en el punto 1.10.4.8.
1.10.4.7 La programación y materialización de la entrega de la mezcla asfáltica en terreno, debe contemplar lo siguiente:
El primer camión que haga la entrega del material en el lugar de las faenas deberá hacerlo a las 09:30 h A.M. o en horario posterior determinado por el Inspector Fiscal e informado al Coordinador de la Planta, designado por el Proveedor para tales efectos. Dicha modificación horaria para la entrega de mezcla asfáltica será comunicada por el Inspector Fiscal a más tardar el día anterior.
El periodo de desfase entre la llegada de cada camión a la faena será entre 20 y 30 minutos, con un rango de +/-5 minutos.
Tanto el tiempo de inicio del primer camión como el periodo de desfase entre camiones podrá sufrir modificaciones y ajustes una vez iniciada la faena, situación que será coordinada y supervisada por el Inspector Fiscal o su subrogante, dependiendo de la disponibilidad de personal y/o maquinaria para su colocación.
Para la coordinación, gestión y solución de imprevistos en la faena, el proveedor deberá estar en contacto permanente con el Inspector Fiscal.
1.10.4.8 El transporte de la mezcla asfáltica suelta a la faena, deberá efectuarse en camiones tolvas de mínimo 8 m3 y máximo 20 m3, dotado de cadenas que permitan regular la abertura del portalón trasero de la tolva, con el objeto de descargar el material en forma controlada y uniforme. El Inspector Fiscal podrá solicitar expresamente la capacidad de la tolva dentro de los rangos establecidos, de manera de poder enfrentar de mejor forma situaciones particulares del camino (pendientes, curvas cerradas, entre otras).
Si la distancia entre las ruedas traseras y la parte final de la Tolva es muy corta, lo que impide que la mezcla pueda ser depositada en el Equipo Pavimentador, los camiones tolvas deberán contar con una extensión o cola de descarga para evitar depositar mezcla sobre la base granular imprimada.
1.10.4.9 El material para ser transportado deberá estar debidamente cubierto, para evitar pérdida de temperatura. La mezcla asfáltica al ser entregada en el lugar de la faena, deberá tener una temperatura superior a 130ºC e inferior a 160ºC, medidos en el camión antes de descargar.
El material con temperaturas menores a la indicada precedentemente (130°C) será causa de rechazo de la partida transportada en el camión. Así también, se rechazará una mezcla sobrecalentada o "quemada". El control de la temperatura lo realizará un funcionario de Vialidad o el personal del proveedor con la supervisión de un funcionario de Vialidad, en ambos casos, designado por el inspector fiscal para tales efectos y quedará consignada en el reverso de la guía, con la firmas de ambos participantes. En el caso del rechazo de la mezcla, por baja temperatura o por sobrecalentamiento, se estimará como no recibida la carga del respectivo camión muestreado y no dará lugar a pago ni indemnización alguna.
1.10.4.10 La Dirección de Vialidad por medio de su Inspector Fiscal se reserva el derecho de efectuar muestreos con el objetivo de verificar el cumplimiento de las exigencias técnicas del material adquirido, mediante sus Laboratorios, así como se reserva el derecho de realizar las mediciones que estime pertinentes por medio de sus topógrafos (o servicio de topografía) de los volúmenes de los camiones tolvas vacíos y con el suministro de mezcla asfáltica, con el fin de verificar la cantidad efectiva de material suministrado que se debe recepcionar en terreno.
1.10.4.11. MODO DE EJECUCIÓN:
a) Para dar inicio al contrato, se enviará la orden de compra proveniente de la licitación.
b) Luego, el Inspector Fiscal del contrato, solicitará a través de correo electrónico al Proveedor adjudicado, la o las cantidades de mezclas asfálticas requeridas para ejecutar las faenas de colocación de asfalto.
c) Terminada la o las entregas, deberá hacer recepción conforme y evaluar al proveedor, entregando vía correo electrónico esta información a la Unidad de Compras. Luego la Unidad de Compras deberá realizar la recepción por hito en la orden de compra correspondiente.
d) También el Inspector Fiscal, una vez realizada la recepción conforme mensual (hito), enviará por correo electrónico a la Unidad de Compras de Conservación Regional, el código FEMN del material a suministrar y el código de bodega Regional correspondiente, para registrar dicha compra.
e) Cada vez que realice la recepción conforme (hito), deberá copiar e informar a Encargado de Bodega Regional, la bodega virtual, donde deberán cargarse las cantidades para los efectos de órdenes de trabajo.
f) La Unidad de Compras de Conservación, entregará el comprobante de recepción conforme a Inspector Fiscal, para que éste informe a Empresa y pueda facturar, además de anexarla al expediente de pago.
1.10.5. INGRESO DE OFERTAS
La documentación referida en el punto Nº 1.5 " Antecedentes para incluir en la oferta " de las Presentes Bases, deberá ser remitida sólo mediante la siguiente extensión: .jpg, .pdf, u otro archivo no modificable y debe ser subida en forma íntegra al portal Mercado Público, en la forma y plazo establecidos en estas bases.
1.10.6. APERTURA DE LICITACIÓN:
1.10.6.1. PROCEDIMIENTO DE APERTURA
Ésta, será bajo la modalidad de "APERTURA ELECTRONICA" y pasarán a la etapa de evaluación de ofertas aquellos Proveedores que hayan cumplido con los requisitos para participar de la licitación punto Nº 1.4 de las presentes Bases.
1.10.6.2. DERECHO A SOLICITAR PRECISIONES
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los proponentes, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá solicitar a través del foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, durante el proceso de evaluación para salvar errores de hecho u omisiones menores, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre oferentes.
1.10.6.3. DERECHO A VARIAR LAS CANTIDADES
La Dirección de Vialidad requiere para este contrato aproximadamente 1471 m3 mezcla asfáltica en caliente. La Dirección de vialidad se reserva el derecho a aumentar o disminuir las cantidades solicitadas hasta en un 30%, cualquiera sea el monto, precio y condiciones. Tal variación, no podrá significar una alteración del precio ofrecido por el proveedor.
1.10.7. RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio "Económico".
En caso de mantenerse la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate de la adjudicación, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Sustentable”.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingreso primero en el portal www.mercadopublico.cl
1.10.8. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA
Se adjudicará esta licitación, al oferente obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, de acuerdo al Acta de Evaluación de la Comision Evaluadora, que estará integrada por funcionarios de la Dirección de Vialidad y estudiará los antecedentes emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente. Así mismo, podrá declarar desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad Región del Biobío. Además, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación. El Proceso de licitación contempla las siguientes etapas:
1.10.8.1. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN
Se adjudicará a través de una resolución del Director de Vialidad Region del Biobio.
1.10.8.2. NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL PORTAL
Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario, mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
1.10.8.3. ENVÍO ORDEN DE COMPRA
La Orden de Compra, será emitida una vez recibida a plena conformidad garantía de fiel cumplimiento de contrato y tramitada la resolución que aprueba el contrato por parte del Director Regional de Vialidad.
Este contrato comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta el último día del correspondiente mes (día 28, 29, 30, o 31).
Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para solicitar su aceptación, entendiéndose rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
1.10.9. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la Dirección de Vialidad Región del Biobío, dirigiendo sus consultas a la dirección señalada en la licitación, indicada en el Punto 1.1, “Organismo Demandante” de la presente licitación. Las consultas efectuadas, serán respondidas mediante oficio al proveedor que realiza la consulta. Estas preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos de la presente licitación.
1.10.10. PLAZO DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
El plazo del contrato de suministro de mezcla asfáltica será de 100(cien) días de corridos o hasta que se ejecuten en su totalidad las obras, lo que ocurra primero. El primer mes del contrato, comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta el último día del correspondiente mes (día 28, 29, 30, o 31).
Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para solicitar su aceptación, entendiéndose rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
1.10.11. GESTION DEL CONTRATO
a) TRASPASO DEL CONTRATO: La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.
b) HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil"; en el caso de no se encuentre hábil, el proveedor adjudicado dispondrá de 10 (diez) dias corridos, para regularizar su situacion.
c) EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Oportunidad de entrega / calidad / cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general. Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura. El formulario de evaluacion es el siguiente:
Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable 4 es bueno y 5 es muy Bueno.
d) VIGENCIA DEL CONTRATO, el contrato tendrá una vigencia de 100 (cien) dias de corrido y regirá, desde su aprobación por la respectiva resolución, hasta incluso con posterioridad al pago hasta de la devolución y recepción por parte del proveedor de la correspondiente garantía que hubiere caucionado el fiel cumplimiento del contrato o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.
e) PREVENCIÓN DE RIESGOS: La Dirección de Vialidad, requiere que las Empresas que participen en nuestros suministros, deben dar cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos. Iniciado el contrato, el personal que efectúa la descarga, debe contar con los elementos de protección personal. Esta información, será verificada por el Inspector Fiscal y su falta dará motivo para aplicación de sanciones de incumplimiento de contrato.
f) MODIFICACIONES O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente de conformidad al artículo Nº 13 de la Ley Nº 19.886 de 2003 y artículo Nº 77 del DS Hacienda Nº 250 de 2004, en los siguientes casos:
f.1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
f.2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá incumplimiento grave la acumulación de multas equivalentes al 10 % o más del total facturado IVA incluido.
f.3) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
f.4) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
f.5) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratatados en los últimos dos años, a la mitad el periodo de ejecución del contrato, con un máximo de cuatro meses.
f.6) Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
f.7) En el caso de la disolucion de la Unión Temporal de Proveedores (UTP), o el retiro de un integrante que hubiese reunido una o mas caracteristicas objeto de evaluación.
f.8) La constatacion de que los integrantes de la Union Temporal de Proveedores (UTP) constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia y que remitiran los antecedentes a la Fiscalía Nacional Economica, en su caso.
g) SUSPENSIÓN O PARALIZACIÓN: El contrato se podrá suspender o paralizar en casos justificados, debiéndose mantener vigentes las garantías respectivas. Son casos justificados las condiciones climáticas, emergencias naturales, las cuales constituyan un impedimento efectivo para acceder al lugar de ejecución del contrato u otra razón de fuerza mayor que impida la correcta recepción de este suministro, lo que será así calificado por el director regional, en resolución fundada.
La suspensión será ordenada por el Director Regional, mediante resolucion fundada. Al efecto el Inspector Fiscal deberá remitir la solicitud y todos los antecendentes que sirvan de fundamento, a la Unidad de Compra correspondiente, quien derivará al Director Regional la Respectiva solicitud.
Para el especial caso de situaciones relacionadas con la Pandemia Mundial Covid 19, considerando que es posible que personal de la empresa adjudicataria adquiera el virus, o entre en contacto estrecho con personas contagiadas, producto de lo cual, deba incluso cerrarse temporalmente las instalaciones del proveedor, o disminuir significativamente el número de personal activo con ocasión del cumplimiento de cuarentena y medidas de aislamiento dispuestas por la autoridad sanitaria, se establece:
• Que el adjudicatario o proveedor podrá solicitar suspender actividades, sin ser objeto de sanciones por dicha causa, respecto del día que se detecte la presencia de la enfermedad con certificado PCR positivo.
La indicación precedente es referencial y se aplicará a todos los casos de incumplimiento respecto de obligaciones cuyo cumplimiento requiere la normal asistencia del personal. Por ello, lo anterior no regirá respecto de las multas por otra índole.
• Al efecto, el adjudicatario, deberá acreditar la circunstancia con el respectivo contrato de trabajo y examen PCR del o los trabajadores con coronavirus, o justificar el contacto estrecho de manera fehaciente, ante el inspector Fiscal, quien remitirá los antecedentes a la Dirección Regional.
• Que igual que en el caso anterior, la Dirección Regional, dictará resolución fundada declarando la fuerza mayor y la suspensión del contrato, por el lapso que corresponda.
• Que el contratista deberá, a su costa, mantener vigente la garantía del contrato, por el lapso adicional que resulte de la suspensión.
• Que dado que la Dirección Regional ha programado la aplicación de mezcla asfáltica, se establece que en ningún caso, la suspensión del contrato podrá terminar posterior a la de término del contrato.
De esta manera, si el contrato debiere suspenderse por tener casos activos de corona virus, entre el personal o contactos estrechos de éstos, y ello terminare una fecha posterior al término de contrato, se pondrá término al contrato, con esa fecha, procediéndose al pago de lo efectivamente entregado, más no se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento, por haber concurrido al efecto, la fuerza mayor.
1.10.12. INSPECCIÓN FISCAL:
La Dirección de Vialidad Regional designará un Inspector Fiscal para fiscalizar el estricto cumplimiento de lo estipulado en las Bases de Licitación.
El Encargado de Adquisiciones del departamento de Conservación Regional, enviará copia de los antecedentes necesarios para la inspección del suministro, entre ellos la Orden de Compra al correo electrónico del Inspector Fiscal designado, a fin de contabilizar y dar cumplimiento al plazo de entrega de este suministro.
El Inspector Fiscal emitirá un acta de recepción conforme en el que indicará la aprobación o no de las facturas correspondientes y enviará a pago, en su caso. Dicho informe deberá adjuntar certificados de laboratorio y efectuar cálculo de multas, si procede. Una vez terminado la recepción de las entregas parciales, deberá realizar calificación del proveedor según formulario indicado en punto 1.10.11 Gestión del Contrato, letra c).
1.10.13. FORMA DE PAGO Y FACTURACIÓN:
1.10.13.1. FACTURACION
El proveedor adjudicado, deberá de facturar a la Dirección de Vialidad Región del Biobío, de acuerdo a lo siguiente:
1) Los pagos se realizarán en forma periódica (1 pago mensual) según las entregas de mezcla asfálticas que efectué el proveedor y que hayan sido solicitadas a través de la recepción conforme por hito en www.mercadopublico.cl, por instrucción del Inspector Fiscal.
2) La Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a que el MOP es un contribuyente electrónico.
3) Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación.
4) Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código 972, REG_08 DIRECCION_DE_VIALIDAD_CONSERVACIÓN.
5)La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.
6) En la eventualidad de que el proveedor adjudicado no tenga realizado su trámite para transferencia del o los pago(s) correspondientes, de acuerdo lo señalado por la ley N°21.289 de presupuestos año 2021, que estipula que los pagos deberán hacerse por transferencia electrónica de fondos, según lo dispone el artículo 8°. Se adjunta documento para realizar dicho trámite en anexos de licitación.
Debido a la contingencia actual y Transitoriamente, mientras se pueda normalizar el acceso a notaría, los proveedores y contratistas MOP podrán remitir por mail:
1. Formulario adjunto, respaldado con la copia del RUT de la empresa, copia de la escritura que acredite el representante legal y fotocopia de RUT del representante.
2. Paralelo a ello (1), deben hacer llegar este formulario en original y antecedentes por correo privado a : Prat 501, 3er piso MOP DCYF - CONCEPCION, o bien dejarlo directamente en un sobre (mismo datos) en los buzones disponibles para ello en el acceso de entrada al edificio Institucional.
3. Pasada la contingencia, se normalizará este trámite y deberán hacer llegar el original firmado ante notario a oficinas de DCyF MOP de la región en la cual presentó formulario.
4. Recordar FIRMAR EL FORMULARIO ADJUNTO.
1.10.13.2. RECEPCIÓN
El Inspector Fiscal, recibirá conforme las entregas parciales, suscribiéndolo así en el acta de recepción conforme y la respectiva factura, si se cumplen los siguientes requisitos:
1) Que se haya acreditado el cumplimiento de las leyes laborales. Para verificar el cumplimiento de la Leyes Laborales, el Encargado de Abastecimiento de Conservación, adjuntará el Certificado de Habilidad de Chileproveedores. Esta documentación será fotocopiada y quedará respaldada en la Unidad de Abastecimiento Regional.
2) De existir toma de muestras del Laboratorio de Vialidad, se deben tener los certificados respectivos.
La circunstancia de haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, constará en el acta de recepción conforme del Inspector Fiscal, la que será anexada a la recepción conforme de respectiva Orden de Compra emitida por www.mercadopublico.cl y que acompañará a la factura, para disponer su pago.
1.10.13.3. PAGO
Se realizarán estados de pago mensuales (1 al mes), en los cuales se cancelará la cantidad de m3 suministrados y efectivamente recepcionados por el Inspector Fiscal y que hayan sido solicitadas a través del envío de la orden de compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl, por instrucción del Inspector Fiscal, quien a su vez efectuara recepción conforme, dejando constancia de ello en el Acta y Orden de Compra respectiva de www.meercadopublico.cl
El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días desde la recepción de la factura.
1.10.14. FACTORING
El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la Dirección de Vialidad y se efectué la cesión de conformidad a la Ley
1.10.15. SANCIONES
1.10.15.1 Por atraso en la entrega
Si la empresa adjudicada entrega el suministro de mezcla asfáltica en cantidades inferiores a las solicitadas por el Inspector Fiscal para la faena respectiva, será multada de acuerdo a la siguiente tabla:
Tabla 1.10.15.1
Despacho diario Multa en Pesos Chilenos IVA Incluido por entregas diarias
Entrega menor a lo solicitado por el Inspector fiscal m3/día 2 UF por cada m3 de mezcla asfáltica faltante para completar cantidad de m3 solicitada por el inspector fiscal para la faena respectiva.
La multa se descontará administrativamente del monto a pagar conforme a la cantidad de material efectivamente suministrado.
Si en el mes calendario respectivo, el proveedor fuere objeto de esta multa, por un día o más, en dos semanas seguidas o cuatro días en el mes, la Dirección de Vialidad, podrá poner término anticipado al contrato
Notas:
- El medio de verificación de los m3 solicitados por el Inspector fiscal, serán los m3 indicados en el respectivo correo en que se programó.
- La multa se descontará administrativamente del monto de la factura mensual.
- La UF para calcular multa, corresponderá al día de ocurrido el incumplimiento.
1.10.15.2 Por incumplimiento de las especificaciones técnicas
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de realizar en cualquier momento muestreos aleatorios para verificar el contenido de asfalto suministrado a faena, para lo cual se adoptará el siguiente procedimiento:
• El Laboratorio de Vialidad procederá en forma aleatoria la toma de muestras de mezcla asfáltica en jornada diaria de trabajo.
• En cada jornada diaria de trabajo se tomarán 2 muestras de mezclas asfálticas extendidas en forma longitudinal sobre la plataforma del camino, distanciadas en al menos 100 m. En caso en que en la jornada diaria no se alcance el distanciamiento de 100m por el nivel de avance de obra, se tomará solo una muestra, a menos que el Inspector Fiscal indique lo contrario.
• El Laboratorio de Vialidad procederá a informar los resultados del contenido de asfalto de las muestras mediante certificado de Laboratorio.
• Los resultados del contenido de asfalto para muestras individuales y muestras grupales (promedio de las muestras individuales) deberán expresarse redondeados con una (1) cifra decimal.
1.10.15.2.1 Multa por Incumplimiento de Condición Individual
Se aplicará una multa del 100% del valor de la cantidad de asfalto suministrada en la jornada diaria correspondiente, en el caso de que el contenido de asfalto de alguna de las muestras individuales no cumpla con la especificación -0,5% ≤ Pb ≤ +0.5%, en donde Pb corresponde al contenido de asfalto optimo en la dosificación visada por el Laboratorio de Vialidad y presentada por el proveedor.
1.10.15.2.2 Multa por Incumplimiento de Condición Grupal (Promedio diario de ambas muestras)
Se aplicarán las multas estipuladas en la Tabla 1.10.15.2 si el promedio diario del contenido de asfalto de ambas muestras, no cumple con las especificaciones establecidas en dicha Tabla.
Tabla 1.10.15.2
VARIACIÓN ABSOLUTA DEL CONTENIDO DE ASFALTO (%) MULTA
Menor o igual a 0,3 Sin multa
Mayor que 0,3 y menor que o igual que 0,4 25% del valor total de suministro de mezcla entregado en la jornada de trabajo
Mayor que 0,4 y menor que o igual que 0,5 50% del valor total de suministro de mezcla entregado en la jornada de trabajo
Mayor que 0,5% 100% del valor suministrado de mezcla entregado en la jornada de trabajo.
La multa se descontará administrativamente del monto mensual a pagar IVA incluido (estado de pago).
La multa total a cursar por incumplimiento del contenido de asfalto, será calculada a partir de la suma aritmética de las multas para muestras individuales y las multas para muestras grupales.
1.10.15.4 Cobro de documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato
La Dirección de Vialidad, en caso de incumplimiento del Contrato, efectuará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y se informará mediante Resolución Fundada, la que será publicada en “Comportamiento Contractual” de la correspondiente ficha de Chileproveedores.
Entre otras situaciones, procederá el término anticipado al contrato de suministro si la empresa adjudicada acumula multas que representen un 10 % o más del total facturado IVA incluido, en el respectivo mes.
1.10.16. PROCEDIMIENTO DE APELACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES:
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva
Procedimiento para aplicación de multas:
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa. En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación de dicho oficio se hará personalmente, por carta certificada o correo electrónico. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la multa o modificar la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
Procedimiento para aplicación de otras sanciones como el término anticipado:
El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles. La notificación de dicho oficio se hará personalmente, por carta certificada o correo electrónico. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existieren, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión respecto de la medida de termino de contrato propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
1.10.17. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.
Para acreditar el cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en Chileproveedores. Para el caso en que el Proveedor se encuentre "inhábil", tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, para regularizar su situación, de lo contrario su oferta será desestimada. Esta situación será informada a la empresa que se encuentre “Inhábil”, a través de un correo electrónico, durante la revisión de los documentos para contratar.
1.10.18. FORMULARIOS
FORMULARIO Nº 1
(Para ofertar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, "SUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE, PARA COLOCACIÓN DE CAPA DE PROTECCIÓN SOBRE BASE GRANULAR EN EL CAMINO CRUCE RUTA 148 (PUENTE N°7) - CRUCE O-390 (ROA), DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, PROVINCIA DE CONCEPCION, REGIÓN DEL BIOBÍO", declara bajo juramento que no ha sido condenado por prácticas antisindicales.
Nombre Representante Legal
Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2021.
FORMULARIO Nº 2
(Para Ofertar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, "SUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE, PARA COLOCACIÓN DE CAPA DE PROTECCIÓN SOBRE BASE GRANULAR EN EL CAMINO CRUCE RUTA 148 (PUENTE N°7) - CRUCE O-390 (ROA), DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, PROVINCIA DE CONCEPCION, REGIÓN DEL BIOBÍO", declara bajo juramento no haber sido condenado por infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, en los últimos 2 años, anteriores al cierre de la presente licitación.
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2021.
FORMULARIO Nº 3
(Para Ofertar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública "SUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE, PARA COLOCACIÓN DE CAPA DE PROTECCIÓN SOBRE BASE GRANULAR EN EL CAMINO CRUCE RUTA 148 (PUENTE N°7) - CRUCE O-390 (ROA), DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, PROVINCIA DE CONCEPCION, REGIÓN DEL BIOBÍO" declara bajo juramento no haber sido condenado por los delitos concursales establecidos en artículos 463 y siguientes de Código Penal, en los últimos 2 años, anteriores al cierre de la presente licitación.
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2021.
FORMULARIO Nº 4
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, "SUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE, PARA COLOCACIÓN DE CAPA DE PROTECCIÓN SOBRE BASE GRANULAR EN EL CAMINO CRUCE RUTA 148 (PUENTE N°7) - CRUCE O-390 (ROA), DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, PROVINCIA DE CONCEPCION, REGIÓN DEL BIOBÍO", declara bajo juramento que:
• El adjudicado no está unido a alguno de los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad por los vínculos de parentesco descrito en el artículo 4º de la Ley 19.886, Ley de Compras Públicas.
• Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad o las personas unidas a ello por los vínculos de parentesco descritos en el Artículo 4° de la Ley N° 19.886, Ley de Compras Públicas, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima vierta en aquellos o éstas personas sean accionistas, ni una sociedad abierta en aquellos o estas sean dueños de acciones que representan el 10% o más del capital, y
• No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior.
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2021.
FORMULARIO Nº 5
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública "SUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE, PARA COLOCACIÓN DE CAPA DE PROTECCIÓN SOBRE BASE GRANULAR EN EL CAMINO CRUCE RUTA 148 (PUENTE N°7) - CRUCE O-390 (ROA), DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, PROVINCIA DE CONCEPCION, REGIÓN DEL BIOBÍO", declara bajo juramento no haber sido condenado por la Ley 20.393, con prohibición de contratar.
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2021.
FORMULARIO Nº 6
OFERTA ECONOMICA
"SUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE, PARA COLOCACIÓN DE CAPA DE PROTECCIÓN SOBRE BASE GRANULAR EN EL CAMINO CRUCE RUTA 148 (PUENTE N°7) - CRUCE O-390 (ROA), DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, PROVINCIA DE CONCEPCION, REGIÓN DEL BIOBÍO"
IDENTIFICACION DEL PROVEEDOR
EMPRESA PROVEEDORA : __________________________________
RUT EMPRESA : __________________________________
DIRECCION (casa matriz) : __________________________________
NOMBRE CONTACTO : __________________________________
TELEFONO CONTACTO : __________________________________
E-MAIL CONTACTO : __________________________________
Si es un Proveedor de Unión Temporal (UTP), indicar nombre apoderado.
Si es un Proveedor de Unión Temporal (UTP), indicar nombre y Rut. Empresa que presentará Factura
:
SUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE SUELTA, PARA COLOCACIÓN DE CAPA DE PROTECCIÓN SOBRE BASE GRANULAR EN EL SIGUIENTE CAMINO: Precio neto por m3
Mezcla asfáltica suelta para el camino: CRUCE RUTA 148 (PUENTE N°7) - CRUCE O-390 (ROA)
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2021.
FORMULARIO N° 7
CONTRATO
“SUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE, PARA COLOCACIÓN DE CAPA DE PROTECCIÓN SOBRE BASE GRANULAR EN EL CAMINO CRUCE RUTA 148 (PUENTE N°7) - CRUCE O-390 (ROA), DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, PROVINCIA DE CONCEPCION, REGIÓN DEL BIOBÍO"
En Concepción, a XX de xx de 2021, entre la DIRECCIÓN REGIONAL DE VIALIDAD, RUT 61.202.000-0, representada por el Sr. Director Regional de Vialidad Región del Biobío o su subrogante ambos con domicilio en Prat 501, piso 5º, Concepción, en adelante VIALIDAD y la empresa xxx, RUT: xxxxxx, representada por don xx, RUT: xx con domicilio en xxx, Comuna de xxx, Ciudad de xxx, en adelante LA EMPRESA, se suscribe el presente Contrato:
1. LA EMPRESA acepta la adjudicación de la Licitación “SUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE, PARA COLOCACIÓN DE CAPA DE PROTECCIÓN SOBRE BASE GRANULAR EN EL CAMINO CRUCE RUTA 148 (PUENTE N°7) - CRUCE O-390 (ROA), DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, PROVINCIA DE CONCEPCION, REGIÓN DEL BIOBÍO" adjudicada por Resolución Exenta DRV Nº xxx, de fecha xx de xxx de 2021.-
2. Las partes estipulan que las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Aclaraciones de la Licitación por “SUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE, PARA COLOCACIÓN DE CAPA DE PROTECCIÓN SOBRE BASE GRANULAR EN EL CAMINO CRUCE RUTA 148 (PUENTE N°7) - CRUCE O-390 (ROA), DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, PROVINCIA DE CONCEPCION, REGIÓN DEL BIOBÍO", convocada por VIALIDAD y la Oferta presentada por LA EMPRESA, que dan origen a este Contrato, forman parte del mismo, para todos los efectos legales y prevalecerán sobre este Contrato.
3. LA EMPRESA acepta entregar a VIALIDAD, el Producto descrito en su oferta:
3.1. Descripción: Mediante el presente documento, se contratara “SUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE, PARA COLOCACIÓN DE CAPA DE PROTECCIÓN SOBRE BASE GRANULAR EN EL CAMINO CRUCE RUTA 148 (PUENTE N°7) - CRUCE O-390 (ROA), DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, PROVINCIA DE CONCEPCION, REGIÓN DEL BIOBÍO", de acuerdo a Certificado de Laboratorio (solicitado en el punto N° 1.5 de la Bases) que incluya la dosificación de la mezcla ofertada, cumpliendo con los parámetros exigidos en Bases Técnicas.
Los materiales de la mezcla asfáltica deberán cumplir con las exigencias de la cláusula 5.408.2 del Volumen 5 del Manual de Carreteras de la Dirección de Vialidad (MC-V5), teniendo en cuenta lo siguiente: La Granulometría de los áridos de la mezcla deben ajustarse a la Tabla 5.408.201.F del MC-V5 del M.C., la banda a utilizar será la IV–A–12 indicada en la tabla 5.408.201.F del MC–V5 y cemento asfaltico tipo CA 24.Las propiedades de la mezcla a suministrar deberán cumplir con lo señalado en la tabla 5.408.203A, para mezcla asfáltica de rodadura.
3.2. El lugar de entrega de la mezcla asfáltica corresponderá al camino ubicado en el sector Puente 7 Roa, en la comuna de Florida. La ubicación aproximada se encuentra disponible en el archivo KMZ (Google Earth) “Puente 7 Roa” disponible en los archivos adjuntos de la presente licitación.
4. VIGENCIA DEL CONTRATO, el contrato tendrá una vigencia de 100 (cien) dias de corrido. El contrato regirá, desde su aprobación por la respectiva resolución, hasta incluso con posterioridad al pago hasta de la devolución y recepción por parte del proveedor de la correspondiente garantía que hubiere caucionado el fiel cumplimiento del contrato o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.
5. LA EMPRESA no podrá ceder a terceros el presente Contrato.
6. El monto del contrato asciende a un monto aproximado de $ x (x pesos)
7. FORMA DE PAGO El Precio del m3 de mezcla asfáltica será de $ xxxxxx.- IVA incluido. El pago se hará en forma periódica (1 pago al mes), según entrega y hasta completar el monto contratado y LA EMPRESA deberá enviar la factura al correo mop_dte@paperless.cl.
El proveedor adjudicado, deberá de facturar a la Dirección de Vialidad Región del Biobío, de acuerdo a lo siguiente:
7.1) Los pagos se realizarán en forma periódica (1 pago mensual) según las entregas de mezcla asfálticas que efectué el proveedor y que hayan sido solicitadas a través de la recepción conforme por hito en www.mercadopublico.cl, por instrucción del Inspector Fiscal.
7.2) La Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a que el MOP es un contribuyente electrónico.
7.3) Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación.
7.4) Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código 972, REG_08 DIRECCION_DE_VIALIDAD_CONSERVACIÓN.
7.5)La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.
7.6) En la eventualidad de que el proveedor adjudicado no tenga realizado su trámite para transferencia del o los pago(s) correspondientes, de acuerdo lo señalado por la ley N°21.289 de presupuestos año 2021, que estipula que los pagos deberán hacerse por transferencia electrónica de fondos, según lo dispone el artículo 8°. Se adjunta documento para realizar dicho trámite en anexos de licitación.
Debido a la contingencia actual y Transitoriamente, mientras se pueda normalizar el acceso a notaría, los proveedores y contratistas MOP podrán remitir por mail:
1. Formulario adjunto, respaldado con la copia del RUT de la empresa, copia de la escritura que acredite el representante legal y fotocopia de RUT del representante.
2. Paralelo a ello (1), deben hacer llegar este formulario en original y antecedentes por correo privado a : Prat 501, 3er piso MOP DCYF - CONCEPCION, o bien dejarlo directamente en un sobre (mismo datos) en los buzones disponibles para ello en el acceso de entrada al edificio Institucional.
3. Pasada la contingencia, se normalizará este trámite y deberán hacer llegar el original firmado ante notario a oficinas de DCyF MOP de la región en la cual presentó formulario.
4. Recordar FIRMAR EL FORMULARIO ADJUNTO
8. GARANTÍA FIEL DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
LA EMPRESA entrega ________________ Nº _______________ por garantía de fiel cumplimiento de contrato por un monto de $____________________.- ( ) con fecha de vencimiento al ___ de ________ del __________.
Si no hubiere causal para su cobro, la devolución se gestionará en Unidad de Abastecimiento Conservación Regional de la Dirección de Vialidad, transcurridos los 60 días corridos de vigencia.
9. VIALIDAD, El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente de conformidad al artículo Nº 13 de la Ley Nº 19.886 de 2003 y artículo Nº 77 del DS Hacienda Nº 250 de 2004, en los siguientes casos:
9.1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
9.2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, se entendera incumplimiento grave la acumulacion de multas equivalentes al 10% o más del total facturado IVA incluido.
9.3) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
9.4) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
9.5) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratatados en los últimos dos años, a la mitad el periodo de ejecución del contrato, con un máximo de cuatro meses.
9.6) Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
9.7) En el caso de la disolucion de la Unión Temporal de Proveedores (UTP), o el retiro de un integrante que hubiese reunido una o mas caracteristicas objeto de evaluación.
9.8) La constatacion de que los integrantes de la Union Temporal de Proveedores (UTP) constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia y que remitiran los antecedentes a la Fiscalía Nacional Economica, en su caso.
10. SANCIONES
10.1 Por atraso en la entrega
Si la empresa adjudicada entrega el suministro de mezcla asfáltica diaria en cantidades inferiores a las solicitadas en cada jornada diaria por el Inspector Fiscal para la faena respectiva, será multada de acuerdo a la siguiente tabla:
Tabla 1.10.15.1
Despacho diario (Considerar mezcla asfáltica suelta) Multa en Pesos Chilenos IVA Incluido por entregas diarias
Entrega menor a lo solicitado por el Inspector fiscal m3/día 2 UF por cada m3 de mezcla asfáltica suelta faltante para completar lo solicitado por el inspector fiscal para la faena respectiva.
La multa se descontará administrativamente del monto a pagar conforme a la cantidad de material efectivamente suministrado.
Si en el mes calendario respectivo, el proveedor fuere objeto de esta multa, por un día o más, en dos semanas seguidas o cuatro días en el mes, la Dirección de Vialidad, podrá poner término anticipado al contrato.
Notas:
- El medio de verificación de los m3 solicitados por el Inspector fiscal, serán los m3 indicados en el respectivo correo en que se programó.
- La multa se descontará administrativamente del monto de la factura mensual.
- La UF para calcular multa, corresponderá al día de ocurrido el incumplimiento.
10.2 Por incumplimiento de las especificaciones técnicas
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de realizar en cualquier momento muestreos aleatorios para verificar el contenido de asfalto suministrado a faena, para lo cual se adoptará el siguiente procedimiento:
• El Laboratorio de Vialidad procederá en forma aleatoria la toma de muestras de mezcla asfáltica en jornada diaria de trabajo.
• En cada jornada diaria de trabajo se tomarán 2 muestras de mezclas asfálticas extendidas en forma longitudinal sobre la plataforma del camino, distanciadas en al menos 100 m. En caso en que en la jornada diaria no se alcance el distanciamiento de 100m por el nivel de avance de obra, se tomará solo una muestra, a menos que el Inspector Fiscal indique lo contrario.
• El Laboratorio de Vialidad procederá a informar los resultados del contenido de asfalto de las muestras mediante certificado de Laboratorio.
• Los resultados del contenido de asfalto para muestras individuales y muestras grupales (promedio de las muestras individuales) deberán expresarse redondeados con una (1) cifra decimal.
10.2.1 Multa por Incumplimiento de Condición Individual
Se aplicará una multa del 100% del valor de la cantidad de asfalto suministrada en la jornada diaria correspondiente, en el caso de que el contenido de asfalto de alguna de las muestras individuales no cumpla con la especificación -0,5% ≤ Pb ≤ +0.5%, en donde Pb corresponde al contenido de asfalto optimo en la dosificación visada por el Laboratorio de Vialidad y presentada por el proveedor.
10.2.2 Multa por Incumplimiento de Condición Grupal (Promedio diario de ambas muestras)
Se aplicarán las multas estipuladas en la Tabla 1.10.15.2 si el promedio diario del contenido de asfalto de ambas muestras, no cumple con las especificaciones establecidas en dicha Tabla.
Tabla 1.10.15.2
VARIACIÓN ABSOLUTA DEL CONTENIDO DE ASFALTO (%) MULTA
Menor o igual a 0,3 Sin multa
Mayor que 0,3 y menor que o igual que 0,4 25% del valor total de suministro de mezcla entregado en la jornada de trabajo
Mayor que 0,4 y menor que o igual que 0,5 50% del valor total de suministro de mezcla entregado en la jornada de trabajo
Mayor que 0,5% 100% del valor suministrado de mezcla entregado en la jornada de trabajo.
La multa se descontará administrativamente del monto mensual a pagar IVA incluido (estado de pago)
La multa total a cursar por incumplimiento del contenido de asfalto, será calculada a partir de la suma aritmética de las multas para muestras individuales y las multas para muestras grupales.
10.3. Cobro de documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato
La Dirección de Vialidad, en caso de incumplimiento del Contrato, efectuará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y se informará mediante Resolución Fundada, la que será publicada en “Comportamiento Contractual” de la correspondiente ficha de Chileproveedores.
Entre otras situaciones, procederá el término anticipado al contrato de suministro si la empresa adjudicada acumula multas que representen un 10 % o más del total facturado IVA incluido, en el respectivo mes.
10.4. Procedimiento de Apelación de Multas y otras sanciones
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva
Procedimiento para aplicación de multas:
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa. En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación de dicho oficio se hará personalmente, por carta certificada o correo electrónico. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la multa o modificar la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
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