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Requerimientos técnicos y otras cláusulas |
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1.10.2.- NORMATIVA:
Este proceso de Licitación se regirá por lo estipulado en las presentes Bases, en lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el Decreto Nº 661/2024, del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones y por la normativa que regule la respectiva actividad comercial.
1.10.3.- PARTICIPANTES:
Podrán participar Personas Naturales o Jurídicas, chilenas o extranjeras, habilitadas para funcionar legalmente en Chile. Todos los proveedores interesados podrán acceder a las Bases Administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los requisitos de encontrarse inscritos en el sitio www.chilecompra.cl.
1.10.4.- MODIFICACIONES A LAS BASES:
La Dirección de Vialidad, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la hora de cierre de la licitación, a través del Portal electrónico, otorgando, además, un plazo prudencial, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos y formarán parte integral de las Bases. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada.
Las consultas efectuadas que no ameriten modificación de bases, se responderán mediante el mismo portal.
Aquellas consultas que, por alguna razón, no alcancen a ser respondidas en el portal, se responderán por circular aclaratoria, en un plazo no mayor a 2 días hábiles, contados desde el término de la Fecha de Publicación de Respuestas, otorgada por la Ficha de licitación correspondiente.
1.10.5.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
1.10.5.1 DESCRIPCIÓN DE LA ADQUISICIÓN:
La Dirección Regional requiere adquirir neumáticos para camionetas y maquinaria, dispuestas para la realización de distintos trabajos de mantención por Administración Directa de caminos de la red Vial de la Región del Biobío”, según el siguiente detalle:
1.10.5.2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
CANT. REQ. MEDIDA APLICACIÓN Garantía de Fabrica
(Mínimo) P.R. INDICE DE CARGA (igual o superior) DOT
(igual o superior) Tipo INDICE DE VELOCIDAD
(igual o superior) PROF DE BANDA
igual o superior (mm)
20 225/65R17 MIXTA 3 meses SL = 4PR 102 4823 AT T (190 Km/h) 10
16 225/75R16 MIXTA 3 meses E= 10PR 115/112 4823 RT Q (160 Km/h) 14,3
16 245/75R16 MIXTA 3 meses E= 10PR 120 4823 RT S (180 Km/h) 14,3
20 255/70R16 MIXTA 3 meses E= 10PR 120 4823 RT S (180 Km/h) 14,3
16 265/70R17 MIXTA 3 meses E= 10PR 123/120 4823 RT S (180 Km/h) 14,3
16 255/70R22.5 MIXTA 3 meses 16PR 140/137 4823 MIXTO M (130Kh/h) 17,5
1.10.5.4 LUGAR DE ENTREGA:
Los neumáticos deben ser entregados en el Taller Operativo de Conservación, ubicado en calle Rozas N°221, Concepción, previa coordinación vía correo electrónico con el Inspector Fiscal.
Horarios: de Lunes a Jueves en horario de 09:30 hrs. a 15:30 hrs. y día viernes de 9:30 a 14:30 hrs,
La Dirección de Vialidad asignará un Inspector Fiscal, el que estará encargado de la recepción de los productos y de velar por el fiel cumplimiento de las presentes Especificaciones Técnicas.
1.10.6.- INGRESO DE OFERTAS:
La documentación referida en el punto Nº 1.5 " Antecedentes para incluir en la oferta" de las Presentes Bases, deberá ser remitida sólo mediante la siguiente extensión: .jpg, .pdf, o algún archivo no modificable y debe ser subida en forma íntegra al portal Mercado Público, en la forma y plazo establecidos en las presentes bases.
1.10.6.1.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del DS 661/2024, se establece que en el presente proceso licitatorio, los oferentes no podrán, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.
Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.
Asimismo, conforme al artículo 60 del Reglamento de Compras, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes a los mismos grupos empresariales o relacionados entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.
1.10.7.- APERTURA DE LICITACIÓN:
1.10.7.1. PROCEDIMIENTO DE APERTURA: Esta será bajo la modalidad de "APERTURA ELECTRÓNICA" y pasarán a la etapa de evaluación de ofertas aquellos Proveedores que hayan cumplido con los requisitos para participar de la licitación punto Nº 1.4 de las presentes Bases.
1.10.7.2. DERECHO A SOLICITAR PRECISIONES: Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los proponentes, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá solicitar a través del foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, durante el proceso de evaluación para salvar errores de hecho u omisiones menores, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre oferentes.
1.10.8 RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio "Económico".
En caso de mantenerse la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate de la adjudicación, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Programas de integridad y ética empresarial”.
Si se mantiene el empate, se establece como tercer mecanismo de desempate, que se adjudicará al proveedor que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl
1.10.9. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA:
Se adjudicará esta licitación, por ítem, al oferente que presente la oferta más conveniente y obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, de acuerdo al Acta de Evaluación de los Revisores, que estará integrada por funcionarios de la Dirección de Vialidad y estudiará los antecedentes emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente. Así mismo, declarará desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad Región del Biobío. Además, la Dirección de Vialidad Región del Biobío.
Además, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, declarará inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación.
En este caso, la Entidad licitante considerará, para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores de los mismos grupos empresariales o relacionados entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente (ofertas temerarias).
El Proceso de licitación contempla las siguientes etapas:
1.10.9.1. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN: Se adjudicará a través de una resolución del Director de Vialidad, Región del Biobío.
1.10.9.2. NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL PORTAL: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario, mediante el Portal www.mercadopublico.cl;
1.10.9.3 ENVÍO ORDEN DE COMPRA: La Orden de Compra será emitida una vez que el proveedor de cumplimiento a lo estipulado en el punto N° 1.6 “Antecedentes para contratar” de las presentes bases de licitación.
El plazo de su ejecución comenzará a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada durante el plazo de notificación, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso segundo del Art. 117 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas que señala lo siguiente: “En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud”.
Para dar cumplimiento a lo anterior, la Unidad Compradora, hará la acción de dejar en estado de “cancelada la orden de compra”.
1.10.10.- MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la Dirección de Vialidad Región del Biobío, dirigiendo sus consultas a la dirección señalada en la licitación, indicada en el Punto 1.1, "Organismo Demandante" de la presente licitación.
Las consultas efectuadas, serán respondidas mediante Oficio al proveedor que realiza la consulta. Estas preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos de la presente licitación.
1.10.11.- GESTIÓN DEL CONTRATO
a) CESIÓN DEL CONTRATO: La Empresa adjudicataria, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.
b) HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil", en el caso que no se encuentre hábil, el proveedor adjudicado dispondrá de 10 días hábiles, para regularizar su situación. En la eventualidad que no regularice dicha situación, se procederá a poner
término anticipado del contrato, y al cobro de la garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento.
c) EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Oportunidad de entrega / calidad / cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general. Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la(s) Factura(s) y entregada a Unidad de compras de Conservación, para subir la orden de compra respectiva de plataforma www.mercadopublico.cl.
Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable 4 es bueno y 5 es muy Bueno.
d) PLAZO DE ENTREGA Y VIGENCIA DEL CONTRATO: EL plazo de entrega será de 10 (diez) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl. El contrato regirá, desde la aceptación de la orden de compra, hasta incluso con posterioridad al pago, luego de la devolución y recepción por parte del proveedor de la correspondiente garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.
En la eventualidad de que el último día de plazo coincida con un fin de semana o día feriado, éste se prorrogará al día hábil siguiente.
e) PREVENCIÓN DE RIESGOS: La Dirección de Vialidad, requiere que las Empresas que participen en nuestros suministros, den cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos. Para ello, Iniciado el contrato, el personal que efectúa la descarga y entrega, debe contar con los elementos de protección personal. Esta condición, será verificada por el Inspector Fiscal y su falta dará motivo para aplicación de sanciones de incumplimiento de contrato, conforme lo establecido en el punto 1.10.15.1.2.
f) MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:
f.1. Modificación del contrato:
El contrato podrá modificarse durante su vigencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley de compras, y art. 129 del Decreto 661/2024, por las siguientes causas:
a) Por mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Por razones de interés público y seguridad nacional.
c) Para hacerse cargo de situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificadas por esta Dirección de Vialidad, acaecidas durante la vigencia del contrato y que incidan en su normal desarrollo.
En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales de la contratación u orden de compra inicial. Se entenderá que se alteran en los casos/situaciones explícitamente referidos en el artículo 129 del Decreto 661/2024. Tampoco se podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los oferentes.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente numeral, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas a la contratación o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
La Dirección de Vialidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero de la contratación y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
f.2. Término anticipado del contrato:
La contratación podrá terminarse anticipadamente, conforme a lo indicado en el artículo N° 13 bis de la ley de compras, y art. 130 del Decreto 661/2024, por las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar la contratación de conformidad con el artículo 13. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia de la contratación. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento de la contratación obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado.
h) Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
1.10.12.- INSPECCIÓN FISCAL:
La Dirección de Vialidad Regional designará mediante resolución fundada un Inspector Fiscal para garantizar el estricto cumplimiento de lo estipulado en las Bases de Licitación. Toda comunicación entre la empresa adjudicada y el Inspector Fiscal, será vía correo electrónico.
El Encargado de Adquisiciones del Departamento de Conservación Regional, enviará copia de los antecedentes necesarios para la correcta recepción y posterior pago, entre ellos la Orden de Compra al correo electrónico del Inspector Fiscal designado, a fin de contabilizar y dar cumplimiento al plazo de entrega.
El Inspector Fiscal emitirá un acta de recepción conforme, donde constará haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, si corresponde.
1.10.13. RECEPCIÓN, FACTURACIÓN, Y FORMA DE PAGO
1.10.13.1. RECEPCIÓN: El Inspector Fiscal, recibirá conforme los neumáticos, suscribiéndolo así en la respectiva factura, si se cumplen los siguientes requisitos:
1) Que se haya efectuado la entrega, de acuerdo a las especificaciones técnicas.
2) Que se haya obtenido el certificado de habilidad del proveedor, por el encargado de abastecimiento respectivo.
3) Formulario de evaluación del proveedor.
La circunstancia de haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, constará en el acta de recepción conforme del Inspector Fiscal, la que será anexada a la recepción conforme de respectiva Orden de Compra emitida por www.mercadopublico.cl y que acompañará a la factura, para disponer su pago.
1.10.13.2 FACTURACIÓN.
El proveedor adjudicado, deberá facturar a la Dirección de Vialidad Región del Biobío, de acuerdo a lo siguiente:
1) Deberá aceptar orden de compra respectiva y ésta, deberá encontrarse en estado de "Recepción Conforme"
2) La Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl.
3) Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código:
972, REG_08_DIRECCIÓN_ DE_ VIALIDAD_CONSERVACION
4) Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación.
5) La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.
En la eventualidad de que el proveedor adjudicado no tenga realizado su trámite para transferencia del o los pago(s) correspondientes, de acuerdo lo señalado por la ley N°21.722 de presupuestos año 2025, que estipula que los pagos deberán hacerse por transferencia electrónica de fondos, según lo dispone el artículo 8°. los proveedores deberán efectuar el trámite a través de la plataforma digital https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio, para ingresar los datos bancarios asociados a su empresa. La inscripción de la cuenta en el Sistema SICOF será requisito para la recepción conforme de lo contratado.
6) 1.10.13.3. PAGO
El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días corridos desde la recepción de la factura, previa recepción conforme por el Inspector Fiscal.
1. 10.14.- FACTORING
El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la Dirección de Vialidad y de conformidad a la Ley. (Art. 127 del Reglamento de la Ley de Compras).
1.10.15.- SANCIONES
Los incumplimientos serán sancionados con multas y con término anticipado del contrato, según su gravedad.
1.10.15.1. MULTAS. Las multas se aplicarán de acuerdo a lo descrito en el Punto 1.10.15.3. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS y se descontarán administrativamente del valor de la respectiva factura incluyendo en éste el IVA.
1.10.15.1.1. MULTA POR ATRASO EN LA ENTREGA.
Si el adjudicatario no cumple con la entrega del total de los productos que ofertó, en el plazo de 10 (diez) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra, por cada día de atraso, se aplicará una multa equivalente 2 UTM, con un tope de 5 días hábiles. Transcurrido dicho tope, la Dirección de Vialidad procederá a poner término anticipado del contrato, y hará efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
En el evento que exista entrega parcial (solo alguno/s de los neumáticos requeridos), la Dirección de Vialidad pagará el proporcional equivalente a lo efectivamente recepcionado.
NOTA: El valor de la UTM, señalada en la multa, corresponderá al mes en que ocurra.
1.10.15.1.2. MULTA POR INCUMPLIMIENTO EN MATERIA DE PREVENCION DE RIESGOS:
En caso de que el personal de la empresa no disponga de los elementos de prevención de riesgos, se procederá a cursar una multa equivalente a 3 UTM, por cada vez que el Inspector Fiscal, sorprenda a cualquier integrante del equipo de trabajo de la empresa, sin sus elementos de prevención de riesgos respectivos, lo cual será consignado por el IF vía correo electrónico a la empresa. Además, el inspector fiscal suspenderá la entrega, cada vez que detecte esta infracción, y sólo los reanudará una vez sea subsanada. El máximo de incumplimientos permitidos en esta materia será de 3 oportunidades, de superarlo, será sancionado con término anticipado de contrato.
1.10.15.2 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Se pondrá término anticipado del contrato, administrativamente, y se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, cuando haya incumplimiento grave de las obligaciones establecidas en las bases, y especialmente:
a) Si la empresa adjudicada entrega el o los productos con más de 5 días hábiles de atraso, contados desde el vencimiento del plazo establecido para la entrega.
b) Si durante la entrega de los productos, la empresa adjudicada incumple las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos, en más de tres oportunidades.
c) Si la empresa adjudicada entrega productos que no cumplen con las especificaciones técnicas ofertadas.
d) Si la empresa no regulariza su habilidad en el Registro de Proveedores en el plazo establecido en el punto 1.10.11 letra b).
1.10.15.3. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES:
Procedimiento para aplicación de multas:
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa.
En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la multa o modificar la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE OTRAS SANCIONES, COMO EL TÉRMINO ANTICIPADO:
El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles. La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos.
En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo , la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existieren, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión respecto de la medida de termino de contrato propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
1.10.16. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.
Para acreditar el cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en Registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Para el caso en que el Proveedor se encuentre "inhábil", tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, para regularizar su situación, de lo contrario su oferta será desestimada. Esta situación será informada a la empresa que se encuentre “Inhábil”, a través de un correo electrónico, durante la revisión de los documentos para contratar.
1.10.17.- OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de Compras, esta Dirección de Vialidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
Para estos efectos, el o los funcionarios a cargo de la revisión de ofertas, al momento de analizar el valor económico que hace suponer que se está frente a una oferta temeraria, deberán calcular la media aritmética de las demás propuestas que no sean consideradas riesgosas y calcular el cociente entre el valor de la “propuesta temeraria” y valor de la media aritmética. Si el valor obtenido es inferior a 0,40 y el monto de la propuesta es inferior al 50% de valor del presupuesto estimado (o disponible), se establecerá que la oferta es riesgosa o temeraria.
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, previamente esta Dirección analizará la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
a) La Comisión o la persona evaluadora solicitará, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
b) La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y, en un plazo de cinco días hábiles, evacuará su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.
De ser adjudicada la oferta, esta Dirección de Vialidad solicitará al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
1.10.18.- FORMULARIOS ANEXOS
FORMULARIO Nº 1
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, “ADQUISICIÓN DE NEUMÁTICOS PARA CAMIONETAS Y MAQUINARIAS DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, REGIÓN DEL BIOBÍO", declara bajo juramento que:
• El adjudicado no está unido a alguno de los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad por los vínculos de parentesco descritos en el artículo 4º de la Ley N° 19.886, ley de Compras Públicas.
• Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, ley de Compras Públicas, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, y No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior.
___________________________________ ___________________________________
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ del 2025
FORMULARIO Nº 2
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, “ADQUISICIÓN DE NEUMÁTICOS PARA CAMIONETAS Y MAQUINARIAS DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, REGIÓN DEL BIOBÍO", declara bajo juramento no haber sido condenado por la Ley 20.393, con prohibición de contratar.
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ del 2025
FORMULARIO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
Programas de integridad y ética empresarial
En ____ de Chile, a _______ de ________________del 20__, don/doña ____________________________________, RUT __________________________, con domicilio en ___________________, en su calidad de persona natural o representante legal de _________________, viene en declarar que:
MARQUE CON UNA X SEGÚN CORRESPONDA:
Es persona natural o jurídica, con personal contratado, y tiene programas de integridad y ética empresarial, los que son conocidos y aplicados por su personal, en conformidad al artículo 17 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Es persona natural, sin personal contratado, pero tiene programas de integridad y ética empresarial que acompaña.
Es persona natural o jurídica, sin personal contratado al momento de ofertar, tiene programas de integridad y ética empresarial (que acompaña), y por la presente declaración se compromete a implementar y difundir dichos programas, si eventualmente contrata trabajadores.
Nota: En caso de declarar que tiene programas de integridad y ética empresarial y que son conocidos y aplicados por su personal, debe adjuntar los documentos que permitan acreditar ambas circunstancias.
Para el caso de la persona natural, sin personal contratado, igualmente debe acompañar sus programas de integridad y ética empresarial.
En el caso de persona natural o jurídica, sin personal contratado a la fecha de ofertar, y que con posterioridad contrata trabajadores, deberá acompañar, para efectos de la recepción del servicio o suministro (según corresponda) la documentación que permita acreditar que los programas son conocidos por su personal.
_____________________
Nombre, RUT y Firma
Oferente o Representante (s) Legal (es)*
* Debe tener facultades para ofertar y suscribir contratos por montos iguales o superiores a lo ofertado.
OBSERVACIÓNES:
1. Si el oferente es una UTP, debe presentar este formulario por cada empresa que forme parte de la UTP
2. La Comisión de Evaluación podrá verificar lo informado mediante la presente declaración jurada.
FORMULARIO Nº 4
“CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, "ADQUISICIÓN DE NEUMÁTICOS PARA CAMIONETAS Y MAQUINARIAS DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, REGIÓN DEL BIOBÍO", declara que los neumáticos ofrecidos para la presente licitación, cumplen con las especificaciones técnicas, de acuerdo a lo siguiente:
MEDIDA MARCA MODELO APLICACIÓN Garantía de Fabrica
(Mínimo) P.R. INDICE DE CARGA (igual o superior) DOT
(igual o superior) Tipo INDICE DE VELOCIDAD
(igual o superior) PROF. DE BANDA
(igual o superior (mm)
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2025
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