1.10.4.1 La Dirección de Vialidad requiere para este contrato aproximadamente un volumen aproximado de 1400 m3 de mezcla asfáltica en caliente suelta, previo transporte en camiones tolva.
1.10.4.2 El proponente de la presente Licitación Pública deberá presentar un Certificado de Laboratorio (solicitado en el punto N° 1.5 de la Bases, Antecedentes Técnicos) que incluya la dosificación de la mezcla ofertada, cumpliendo con los parámetros exigidos en las presentes Bases Técnicas.
1.10.4.3 Los materiales de la mezcla asfáltica corresponden a una carpeta de rodadura y deberán cumplir con las exigencias de la cláusula 5.408.2 del Volumen 5 del Manual de Carreteras de la Dirección de Vialidad, teniendo en cuenta lo siguiente: La Granulometría de los áridos de la mezcla deben ajustarse a la Tabla 5.408.201.F del MC-V5 del M.C., la banda a utilizar será la IV– A–12 indicada en la tabla 5.408.201.F del MC–V5 y cemento asfáltico tipo CA 24 que debe cumplir con las tablas 8.301.1.A del MC-V8. Para comprobar las exigencias estipuladas en este Numeral, la Dirección de Vialidad a través de sus Laboratorios, se reserva el derecho de realizar visitas inspectivas a la planta de asfalto que se adjudique el contrato, de manera de comprobar en terreno el cumplimiento de los requisitos de los materiales. Considerar Manual de Carreteras actualizado a la fecha de publicación.
En caso de comprobarse el incumplimiento de las especificaciones técnicas de los materiales utilizados en la fabricación de la mezcla, el Proveedor podrá solicitar un re-muestreo. De persistir el incumplimiento se procederá a rechazar la partida o fabricación de mezcla asociada a cargo y costo del proveedor o si ésta ya fue colocada en terreno, se descontará, en el pago de la factura, íntegramente el monto de la partida o fabricación de mezcla asociada al volumen total del día de colocación en terreno.
Adicionalmente, el proveedor deberá retirar a su costo en el plazo de 5 días, el material defectuoso, dándose termino anticipado al contrato, si no lo efectuare en dicho plazo y procediendo al cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
1.10.4.4 Las propiedades de la mezcla a suministrar deberá cumplir lo señalado en la tabla 5.408.203A y 5.408.203.B, para mezcla asfáltica de rodadura. Considerar Manual de Carreteras actualizado a la fecha de publicación.
1.10.4.5 El lugar de entrega de la mezcla asfáltica corresponderá al camino ubicado en el sector Curamavida, en la comuna de Santa Juana. La ubicación aproximada se encuentra disponible en el archivo KMZ (Google Earth) “Curamavida” disponible en los archivos adjuntos de la presente licitación.
Ubicación aprox. del Camino para colocación de asfalto
Rol
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Comuna
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Nombre camino
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Unidad
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Total m3 aprox. mezcla SUELTA
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O-886
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Santa Juana
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CRUCE O-882 (CURAMÁVIDA) - BALSEADERO A SAN ROSENDO
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m³
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1400
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1.10.4.6 El proveedor que se adjudique el contrato de suministro, deberá entregar la mezcla asfáltica en el lugar de las faenas, en camiones apropiados y puesta sobre la terminadora de asfalto (Finisher) de acuerdo a lo señalado en las Bases Técnicas. La cantidad de m3 de mezcla asfáltica a solicitar para un día de faena de colocación, será fijada con un rango de 12 a 24 horas de anticipación por el Inspector fiscal del Contrato, para esto el inspector se contactará y coordinará los despachos con el Coordinador de la planta que se adjudique el contrato. Se utilizarán camiones apropiados y en buen estado, según lo instruido por la Inspección Fiscal y según lo indicado en el punto 1.10.4.8.
1.10.4.7 La programación y materialización de la entrega de la mezcla asfáltica en terreno, debe contemplar lo siguiente:
El primer camión que haga la entrega del material en el lugar de las faenas deberá hacerlo a las 09:30 h A.M. o en horario posterior determinado por el Inspector Fiscal e informado al Coordinador de la Planta, designado por el Proveedor para tales efectos. Dicha modificación horaria para la entrega de mezcla asfáltica será comunicada por el Inspector Fiscal a más tardar el día anterior.
El periodo de desfase entre la llegada de cada camión a la faena será entre 20 y 30 minutos, con un rango de +/-5 minutos.
Tanto el tiempo de inicio del primer camión como el periodo de desfase entre camiones podrá sufrir modificaciones y ajustes una vez iniciada la faena, situación que será coordinada y supervisada por el Inspector Fiscal o su subrogante, dependiendo de la disponibilidad de personal y/o maquinaria para su colocación.
Para la coordinación, gestión y solución de imprevistos en la faena, el proveedor deberá estar en contacto permanente con el Inspector Fiscal.
1.10.4.8 El transporte de la mezcla asfáltica suelta a la faena, deberá efectuarse en camiones tolvas de mínimo 8 m3 y máximo 20 m3, dotado de cadenas que permitan regular la abertura del portalón trasero de la tolva, con el objeto de descargar el material en forma controlada y uniforme. El Inspector Fiscal podrá solicitar expresamente la capacidad de la tolva dentro de los rangos establecidos, de manera de poder enfrentar de mejor forma situaciones particulares del camino (pendientes, curvas cerradas, entre otras).
Si la distancia entre las ruedas traseras y la parte final de la Tolva es muy corta, lo que impide que la mezcla pueda ser depositada en el Equipo Pavimentador, los camiones tolvas deberán contar con una extensión o cola de descarga para evitar depositar mezcla sobre la base granular imprimada.
1.10.4.9 El material para ser transportado deberá estar debidamente cubierto, para evitar pérdida de temperatura. La mezcla asfáltica al ser entregada en el lugar de la faena, deberá tener una temperatura superior a 130ºC e inferior a 160ºC, medidos en el camión antes de descargar.
El material con temperaturas menores a la indicada precedentemente (130°C) será causa de rechazo de la partida transportada en el camión. Así también, se rechazará una mezcla sobrecalentada o "quemada". El control de la temperatura lo realizará un funcionario de la Dirección de Vialidad o el personal del proveedor con la supervisión de un funcionario de la Dirección de Vialidad, en ambos casos, el funcionario de la Dirección de Vialidad será designado por el inspector fiscal para tales efectos y quedará consignada en el reverso de la guía, con la firmas de ambos participantes y la del Inspector Fiscal. En el caso del rechazo de la mezcla, por baja temperatura o por sobrecalentamiento, se estimará como no recibida la carga del respectivo camión muestreado y no dará lugar a pago ni indemnización alguna.
1.10.4.10 La Dirección de Vialidad por medio de su Inspector Fiscal se reserva el derecho de efectuar muestreos con el objetivo de verificar el cumplimiento de las exigencias técnicas del material adquirido, mediante sus Laboratorios, así como se reserva el derecho de realizar las mediciones que estime pertinentes por medio de sus topógrafos (o servicio de topografía) de los volúmenes de los camiones tolvas vacíos y con el suministro de mezcla asfáltica, con el fin de verificar la cantidad efectiva de material suministrado que se debe recepcionar en terreno.
1.10.4.11 La unidad de pago corresponderá a la cantidad de volumen de mezcla asfáltica que llega a terreno sobre los camiones apropiados para tales faenas. El contratista debe tomar los resguardos necesarios para que los camiones lleguen a la faena con el suministro de la mezcla asfáltica a capacidad de cada camión y coincida con la cubicación de la capacidad de cada camión o en su defecto a la fracción de capacidad de los camiones de acuerdo a solicitud del Inspector Fiscal.
Queda consignado que no se pagará más de la capacidad de cada camión, para ello el contratista al inicio del contrato deberá entregar al Inspector Fiscal de su flota de camiones apropiados para entregar el suministro de mezcla asfáltica, donde debe incluir por lo menos la siguiente información:
- Patente de camión.
- Marca del camión.
- Año de fabricación del camión.
- Capacidad del camión de acuerdo a sus especificaciones técnicas.
El contratista en el transcurso del contrato podrá solicitar al Inspector Fiscal por medio de correo electrónico la modificación de su flota de camiones entregada al inicio del contrato, la que deberá contar con la aprobación del Inspector Fiscal para su modificación efectiva.
El Inspector Fiscal solicitará por medio de correo electrónico a la empresa adjudicada el listado de su flota de camiones que utilizará para el suministro de mezcla asfáltica, contando con dos días hábiles para la entrega, pasado ese tiempo y la empresa adjudicada no entrega el listado al Inspector FIscal se aplicará las sanciones del 1.10.15.3.
1.10.4.12 La empresa adjudicada deberá entregar al Inspector Fiscal por correo electrónico mensualmente un informe con las cantidades por día suministradas, para ello a continuación se entrega un formato tipo de ficha con los antecedentes mínimos que deberá contener su contenido:
El Inspector Fiscal del suministro llevará un control similar de control interno que contrastará con el informe entregado por el proveedor, pagando efectivamente los m3 suministrados en terreno por el proveedor.
El Inspector Fiscal solicitará por medio de correo electrónico a la empresa adjudicada el informe con las fichas solicitada en este punto, contando con dos días hábiles para la entrega, pasado ese tiempo y la empresa adjudicada no entrega el informe solicitado por el Inspector Fiscal se aplicará las sanciones del 1.10.15.3.
1.10.4.13 MODO DE EJECUCIÓN:
a) Para dar inicio al contrato, se enviará la orden de compra proveniente de la licitación.
b) Luego, el Inspector Fiscal del contrato, solicitará a través de correo electrónico al Proveedor adjudicado, la o las cantidades de mezclas asfálticas requeridas para ejecutar las faenas de colocación de asfalto.
c) Terminada la o las entregas, deberá hacer recepción conforme y evaluar al proveedor, entregando vía correo electrónico esta información a la Unidad de Compras. Luego la Unidad de Compras deberá realizar la recepción por hito en la orden de compra correspondiente.
d) También el Inspector Fiscal, una vez realizada la recepción conforme mensual (hito), enviará por correo electrónico a la Unidad de Compras de Conservación Regional, el código FEMN del material a suministrar y el código de bodega Regional correspondiente, para registrar dicha compra.
e) Cada vez que realice la recepción conforme (hito), deberá copiar e informar a Encargado de Bodega Regional, la bodega virtual, donde deberán cargarse las cantidades para los efectos de órdenes de trabajo.
f) La Unidad de Compras de Conservación, entregará el comprobante de recepción conforme a Inspector Fiscal, para que éste informe a Empresa y pueda facturar, además de anexarla al expediente de pago.
1.10.5. INGRESO DE OFERTAS
La documentación referida en el punto Nº 1.5 " Antecedentes para incluir en la oferta " de las Presentes Bases, deberá ser remitida sólo mediante la siguiente extensión: .jpg, .pdf, u otro archivo no modificable y debe ser subida en forma íntegra al portal Mercado Público, en la forma y plazo establecidos en estas bases.
1.10.6. APERTURA DE LICITACIÓN:
1.10.6.1. PROCEDIMIENTO DE APERTURA
Ésta, será bajo la modalidad de "APERTURA ELECTRONICA" y pasarán a la etapa de evaluación de ofertas aquellos Proveedores que hayan cumplido con los requisitos para participar de la licitación punto Nº 1.4 de las presentes Bases.
1.10.6.2. DERECHO A SOLICITAR PRECISIONES
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los proponentes, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá solicitar a través del foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, durante el proceso de evaluación para salvar errores de hecho u omisiones menores, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre oferentes.
1.10.7. RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio "Económico".
En caso de mantenerse la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate de la adjudicación, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Comportamiento Contractual Anterior del Proveedor”.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingreso primero en el portal www.mercadopublico.cl
1.10.8. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA
Se adjudicará esta licitación, al oferente obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, de acuerdo al Acta de Evaluación de la Comision Evaluadora, que estará integrada por funcionarios de la Dirección de Vialidad y estudiará los antecedentes emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente. Así mismo, podrá declarar desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad Región del Biobío. Además, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación. El Proceso de licitación contempla las siguientes etapas:
1.10.8.1. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN
Se adjudicará a través de una resolución del Director de Vialidad Region del Biobio.
1.10.8.2. NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL PORTAL
Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario, mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
1.10.8.3. ENVÍO ORDEN DE COMPRA
La Orden de Compra, será emitida una vez recibida a plena conformidad garantía de fiel cumplimiento de Este contrato comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada durante el plazo de notificación, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso segundo del Art. 63 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas que señala lo siguiente: “En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud”.
Para dar cumplimiento a lo anterior, la Unidad Compradora, hará la acción de dejar en estado de “cancelada la orden de compra”.
1.10.9. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la Dirección de Vialidad Región del Biobío, dirigiendo sus consultas a la dirección señalada en la licitación, indicada en el Punto 1.1, “Organismo Demandante” de la presente licitación. Las consultas efectuadas, serán respondidas mediante oficio al proveedor que realiza la consulta. Estas preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos de la presente licitación.
1.10.10. PLAZO DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
El plazo del contrato de suministro de mezcla asfáltica será de 11 (once) meses o hasta que se entregue en su totalidad el suministro, lo que ocurra primero. El contrato, comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta el último día del correspondiente mes (día 28, 29, 30, o 31).
Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada durante el plazo de notificación, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso segundo del Art. 63 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas que señala lo siguiente: “En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud”.
Para dar cumplimiento a lo anterior, la Unidad Compradora, hará la acción de dejar en estado de “cancelada la orden de compra”.
1.10.11. GESTION DEL CONTRATO
a) TRASPASO DEL CONTRATO: La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.
b) HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil"; en el caso de no se encuentre hábil, el proveedor adjudicado dispondrá de 10 (diez) dias corridos, para regularizar su situacion.
c) EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Oportunidad de entrega / calidad / cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general. Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura. El formulario de evaluacion es el siguiente:
Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable 4 es bueno y 5 es muy Bueno.
d) PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO, el contrato tendrá una plazo de once (11) meses o hasta que se entregue en su totalidad el suministro, y regirá, desde su aprobación por la respectiva resolución, hasta incluso con posterioridad al pago hasta de la devolución y recepción por parte del proveedor de la correspondiente garantía que hubiere caucionado el fiel cumplimiento del contrato o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.
e) PREVENCIÓN DE RIESGOS: La Dirección de Vialidad, requiere que las Empresas que participen en nuestros suministros, deben dar cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos. Iniciado el contrato, el personal que efectúa la descarga, debe contar con los elementos de protección personal. Esta condición, será verificada por el Inspector Fiscal y su falta dará motivo para aplicación de sanciones de incumplimiento de contrato.
f) MODIFICACIONES O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente de conformidad al artículo Nº 13 de la Ley Nº 19.886 de 2003 y artículo Nº 77 del DS Hacienda Nº 250 de 2004, en los siguientes casos:
f.1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
f.2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá incumplimiento grave la acumulación de multas equivalentes al 10 % o más del total facturado IVA incluido.
f.3) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
f.4) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
f.5) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratatados en los últimos dos años, a la mitad el periodo de ejecución del contrato, con un máximo de cuatro meses.
f.6) Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
f.7) En el caso de la disolucion de la Unión Temporal de Proveedores (UTP), o el retiro de un integrante que hubiese reunido una o mas caracteristicas objeto de evaluación.
f.8) La constatacion de que los integrantes de la Union Temporal de Proveedores (UTP) constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia y que remitiran los antecedentes a la Fiscalía Nacional Economica, en su caso.
1.10.12. INSPECCIÓN FISCAL:
La Dirección de Vialidad Regional designará un Inspector Fiscal por Resolución para fiscalizar el estricto cumplimiento de lo estipulado en las Bases de Licitación.
El Encargado de Adquisiciones del departamento de Conservación Regional, enviará copia de los antecedentes necesarios para la inspección del suministro, entre ellos la Orden de Compra al correo electrónico del Inspector Fiscal designado, a fin de contabilizar y dar cumplimiento al plazo de entrega de este suministro.
El Inspector Fiscal emitirá un acta de recepción conforme en el que indicará la aprobación o no de las facturas correspondientes y enviará a pago, en su caso. Dicho informe deberá adjuntar certificados de laboratorio y efectuar cálculo de multas, si procede. Una vez terminado la recepción de las entregas parciales, deberá realizar calificación del proveedor según formulario indicado en punto 1.10.11 Gestión del Contrato, letra c).
1.10.13. FORMA DE PAGO Y FACTURACIÓN:
1.10.13.1. FACTURACION
El proveedor adjudicado, deberá facturar a la Dirección de Vialidad Región del Biobío, de acuerdo a lo siguiente:
1) Los pagos se realizarán en forma periódica (1 pago mensual) según las entregas de mezcla asfálticas que efectué el proveedor y que hayan sido solicitadas a través de correo electrónico por el Inspector fiscal a cargo.
2) Luego deberá verificar que en la Orden de Compra respectiva se haya realizado la recepción conforme por hito
3) La Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a que el MOP es un contribuyente electrónico.
4) Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación.
5) Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código
972, REG_08 DIRECCION_DE_VIALIDAD_CONSERVACIÓN.
6) La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.
7) En la eventualidad de que el proveedor adjudicado no tenga realizado su trámite para transferencia del o los pago(s) correspondientes, de acuerdo lo señalado por la ley N°21.395 de presupuestos año 2022, que estipula que los pagos deberán hacerse por transferencia electrónica de fondos, según lo dispone el artículo 8°. Los proveedores deberán efectuar el trámite a través de la plataforma digital https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio, para ingresar los datos bancarios asociados a su empresa.
1.10.13.2. RECEPCIÓN
El Inspector Fiscal, recibirá conforme las entregas parciales, suscribiéndolo así en el acta de recepción conforme y la respectiva factura, si se cumplen los siguientes requisitos:
1) Que se haya acreditado el cumplimiento de las leyes laborales. Para verificar el cumplimiento de la Leyes Laborales, el Encargado de Abastecimiento de Conservación, adjuntará el Certificado de Habilidad de Chileproveedores. Esta documentación será fotocopiada y quedará respaldada en la Unidad de Abastecimiento Regional.
2) De existir toma de muestras del Laboratorio de Vialidad, se deben tener los certificados respectivos.
La circunstancia de haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, constará en el acta de recepción conforme del Inspector Fiscal, la que será anexada a la recepción conforme de respectiva Orden de Compra emitida por www.mercadopublico.cl y que acompañará a la factura, para disponer su pago.
1.10.13.3. PAGO
Se realizarán estados de pago mensuales (1 al mes), en los cuales se cancelará la cantidad de m3 suministrados y efectivamente recepcionados por el Inspector Fiscal y que hayan sido solicitadas a través del envío de la orden de compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl, por instrucción del Inspector Fiscal, quien a su vez efectuara recepción conforme, dejando constancia de ello en el Acta y Orden de Compra respectiva de www.meercadopublico.cl
El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días desde la recepción de la factura.
1.10.14. FACTORING
El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la Dirección de Vialidad y se efectué la cesión de conformidad a la Ley.
1.10.15. SANCIONES
1.10.15.1 Por atraso en la entrega
Si la empresa adjudicada entrega el suministro de mezcla asfáltica en cantidades inferiores a las solicitadas por el Inspector Fiscal para la faena respectiva, será multada de acuerdo a la siguiente tabla:
Tabla 1.10.15.1
Despacho diario
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Multa en Pesos Chilenos IVA Incluido por entregas diarias
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Entrega menor a lo solicitado por el Inspector fiscal m3/día
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2 UF por cada m3 de mezcla asfáltica faltante para completar cantidad de m3 solicitada por el inspector fiscal para la faena respectiva.
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La multa se descontará administrativamente del monto a pagar conforme a la cantidad de material efectivamente suministrado.
Si en el mes calendario respectivo, el proveedor fuere objeto de esta multa, por un día o más, en dos semanas seguidas o cuatro días en el mes, la Dirección de Vialidad, pondrá término anticipado al contrato
Notas:
- El medio de verificación de los m3 solicitados por el Inspector fiscal, serán los m3 indicados en el respectivo correo en que se programó.
- La multa se descontará administrativamente del monto de la factura mensual.
- La UF para calcular multa, corresponderá al día de ocurrido el incumplimiento.
1.10.15.2 Por incumplimiento de las especificaciones técnicas
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de realizar en cualquier momento muestreos aleatorios para verificar el contenido de asfalto suministrado a faena, para lo cual se adoptará el siguiente procedimiento:
- El Laboratorio de Vialidad procederá en forma aleatoria la toma de muestras de mezcla asfáltica en jornada diaria de trabajo.
- En cada jornada diaria de trabajo se tomarán 2 muestras de mezclas asfálticas extendidas en forma longitudinal sobre la plataforma del camino, distanciadas en al menos 100 m. En caso en que en la jornada diaria no se alcance el distanciamiento de 100m por el nivel de avance de obra, se tomará solo una muestra, a menos que el Inspector Fiscal indique lo contrario.
- El Laboratorio de Vialidad procederá a informar los resultados del contenido de asfalto de las muestras mediante certificado de Laboratorio.
- Los resultados del contenido de asfalto para muestras individuales y muestras grupales (promedio de las muestras individuales) deberán expresarse redondeados con una (1) cifra decimal
1.10.15.2.1 Multa por Incumplimiento de Condición Individual
Se aplicará una multa del 100% del valor de la cantidad de asfalto suministrada en la jornada diaria correspondiente, en el caso de que el contenido de asfalto de alguna de las muestras individuales no cumpla con la especificación -0,5% ≤ Pb ≤ +0.5%, en donde Pb corresponde al contenido de asfalto optimo en la dosificación visada por el Laboratorio de Vialidad y presentada por el proveedor.
10.15.2.2 Multa por Incumplimiento de Condición Grupal (Promedio diario de ambas muestras)
Se aplicarán las multas estipuladas en la Tabla 1.10.15.2 si el promedio diario del contenido de asfalto de ambas muestras, no cumple con las especificaciones establecidas en dicha Tabla
Tabla 1.10.15.2
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VARIACIÓN ABSOLUTA DEL CONTENIDO DE ASFALTO (%)
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MULTA
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Menor o igual a 0,3
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Sin multa
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Mayor que 0,3 y menor que o igual que 0,4
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25% del valor total de suministro de mezcla entregado en la jornada de trabajo
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Mayor que 0,4 y menor que o igual que 0,5
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50% del valor total de suministro de mezcla entregado en la jornada de trabajo
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Mayor que 0,5%
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100% del valor suministrado de mezcla entregado en la jornada de trabajo.
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La multa se descontará administrativamente del monto mensual a pagar IVA incluido (estado de pago).
La multa total a cursar por incumplimiento del contenido de asfalto, será calculada a partir de la suma aritmética de las multas para muestras individuales y las multas para muestras grupales.
1.10.15.3 Por incumplimiento en entrega de información solicitada de en las bases de licitación
Por cada día hábil de atraso en proporcionar al Inspector Fiscal en la información estipulada puntos 1.10.4.11 y1.10.4.12 de las bases de licitación, se aplicará las multas de la Tabla 1.10.15.3:
Tabla 1.10.15.3
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Días hábiles de atraso en entrega de información (días)
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MULTA
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Menor a 7 días
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2 UF por cada día hábil de atraso
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Mayor que 7 días
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Se pondrá término anticipado al contrato por incumplimiento del contrato
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La multa se descontará administrativamente del monto mensual a pagar IVA incluido (estado de pago).
1.10.15.4 Cobro de documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato
La Dirección de Vialidad, en caso de incumplimiento del Contrato, efectuará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y se informará mediante Resolución Fundada, la que será publicada en “Comportamiento Contractual” de la correspondiente ficha de Chileproveedores.
Entre otras situaciones, procederá el término anticipado al contrato de suministro si la empresa adjudicada acumula multas que representen un 10 % o más del total facturado IVA incluido, en el respectivo mes.
1.10.16. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES:
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva
Procedimiento para aplicación de multas:
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa. En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación de dicho oficio se hará personalmente, por carta certificada o correo electrónico. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la multa o modificar la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
Procedimiento para aplicación de otras sanciones como el término anticipado:
El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles. La notificación de dicho oficio se hará personalmente, por carta certificada o correo electrónico. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existieren, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión respecto de la medida de termino de contrato propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
1.10.17. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.
Para acreditar el cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en Chileproveedores. Para el caso en que el Proveedor se encuentre "inhábil", tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, para regularizar su situación, de lo contrario su oferta será desestimada. Esta situación será informada a la empresa que se encuentre “Inhábil”, a través de un correo electrónico, durante la revisión de los documentos para contratar.