1.10.4.1 La Dirección de Vialidad requiere para este contrato aproximadamente un volumen de 1.092 m3 de Mezcla Asfáltica en Caliente suelta, previo transporte en camiones apropiados a la topografía del camino donde se suministrara la mezcla asfáltica.
1.10.4.2 El proponente de la presente Licitación Pública, deberá presentar un diseño de mezcla asfáltica, ya sea de un laboratorio externo o del mismo proveedor, cumpliendo con lo señalado en la sección del Manual de Carretera 5.408 para mezclas semidensa. El diseño presentado por el proponente no se puede cambiar durante la ejecución del contrato
Los Certificados de los materiales que componen el diseño de la mezcla, pueden ser de Laboratorio externo o del mismo proveedor.
Tanto el diseño como los certificados deberán ser presentados en el portal en formato .PDF, .JPG o un archivo no modificable.
1.10.4.3 ÁRIDOS: Los análisis de los materiales, deberán cumplir con las exigencias de la sección 5.408.2 del Manual de Carreteras Volumen 5 (MC-V5), de la Dirección de Vialidad, teniendo en cuenta lo siguiente: La Granulometría de los áridos mezclados, deben ajustarse a la Tabla 5.408.201.F del MC-V5, de la banda a utilizar será la IV– A–12.
Para comprobar que los materiales presentados cumplan con lo estipuladas en esta sección, la Dirección de Vialidad a través de sus Laboratorios, se reserva el derecho de realizar visitas inspectivas a la planta de acopio de los áridos para la toma de muestras.
ASFALTO: El cemento asfáltico será del tipo CA 24 que debe cumplir con las tablas 8.301.1.A del Manual de Carretera Volumen 8 (MC-V8). Para comprobar las exigencias estipuladas en este numeral, la Dirección de Vialidad a través de sus Laboratorios, se reserva el derecho de realizar visitas inspectivas a la planta de asfalto para la toma de muestras. Así mismo, la Dirección de Vialidad se reserva el derecho de realizar los siguientes controles en terreno:
a) Previo a la colocación de la Mezcla Asfáltica:
La Dirección Regional de Vialidad efectuará control de la temperatura a la mezcla asfáltica al momento de ser entregada en el lugar de la faena. La mezcla deberá cumplir con el rango de temperatura indicado en el Certificado de diseño de mezcla asfáltica. En el caso de su incumplimiento, es decir, por baja temperatura o por sobrecalentamiento, se estimará como no recibida la carga del respectivo camión muestreado y no dará lugar a pago ni indemnización alguna.
De persistir el incumplimiento por tres (3) días consecutivos, se dará término anticipado al contrato y se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
b) Mezcla Asfáltica extendida en Camino:
Si se comprueba incumplimiento en el contenido de Asfalto de la mezcla extendida en el camino, se procederá a la aplicación de la multa señalada en la tabla del punto 1.10.15.1.1. MULTA POR INCUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS y el proveedor no podrá solicitar un remuestreo.
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de realizar en cualquier momento muestreos aleatorios para verificar el contenido de asfalto suministrado a faena, para lo cual se adoptará el siguiente procedimiento:
ü La toma de muestra de áridos para comprobar el cumplimiento de las especificaciones técnicas del diseño.
ü La toma de muestra de mezcla asfáltica en jornada diaria de trabajo
ü El Laboratorio de Vialidad procederá a informar los resultados del contenido de asfalto de las muestras mediante certificado de Laboratorio.
ü Los resultados del contenido de asfalto se expresaran redondeados con una (1) cifra decimal.
En caso de que los resultados de los muestreos arrojen incumplimientos de contenido de asfalto, se aplicarán las sanciones indicadas en punto 1.10.15.
1.10.4.4 Las propiedades de la mezcla a suministrar deberá cumplir lo señalado en la tabla 5.408.203.A y 5.408.203.B, del MC-V5, para mezcla asfáltica de rodadura. Considerar Manual de Carreteras actualizado a la fecha de publicación.
1.10.4.5 El lugar de entrega de la mezcla asfáltica corresponderá al camino ubicado en la comuna de Arauco. La ubicación aproximada se encuentra disponible en el archivo KMZ (Google Earth) adjunto de la presente licitación.
Ubicación aprox. del Camino para colocación de asfalto
Rol
|
Comuna
|
Nombre camino
|
Unidad
|
Total m3 aprox. mezcla SUELTA
|
|
Rol P-230
|
Arauco
|
CRUCE P-40 - CURIHUILLIN – CRUCE P-280
|
m³
|
1.092
|
1.10.4.6 El proveedor que se adjudique el contrato de suministro, deberá entregar la mezcla asfáltica en el lugar de la faena, en camiones apropiados y puesta sobre la terminadora de asfalto (Finisher) de acuerdo a lo señalado en las Bases Técnicas. La cantidad de m3 de mezcla asfáltica a solicitar para un día de faena de colocación, será fijada con un rango de 12 a 24 horas de anticipación por el Inspector fiscal del Contrato. Para esto, el inspector se contactará vía correo electrónico con la empresa, a fin de coordinar los despachos con el Coordinador de la planta que se adjudique el contrato. Se deberá utilizar camiones apropiados y en buen estado, según lo instruido por la Inspección Fiscal y según lo indicado en el punto 1.10.4.8.
1.10.4.7 La programación y materialización de la entrega de la mezcla asfáltica en terreno, debe contemplar lo siguiente:
El primer camión que haga la entrega de la mezcla asfáltica en el lugar de las faenas, deberá hacerlo en el horario determinado por el Inspector Fiscal, e informado al Coordinador de la Planta, designado por el Proveedor para tales efectos. En la eventualidad de modificación horaria para la entrega de mezcla asfáltica, será comunicada por el Inspector Fiscal a más tardar el día anterior.
Tanto el tiempo de inicio del primer camión como el periodo de desfase entre camiones podrá sufrir modificaciones y ajustes una vez iniciada la faena, situación que será coordinada y supervisada por el Inspector Fiscal o su subrogante, dependiendo de la disponibilidad de personal y/o maquinaria para su colocación.
Para la coordinación, gestión y solución de imprevistos en la faena, el proveedor deberá estar en contacto permanente con el Inspector Fiscal.
1.10.4.8 El transporte de la mezcla asfáltica suelta a la faena, deberá efectuarse en camiones tolvas de mínimo 10 m3 y máximo 25 m3, dotado de cadenas que permitan regular la abertura del portalón trasero de la tolva, con el objeto de descargar el material en forma controlada y uniforme. El Inspector Fiscal podrá solicitar expresamente la capacidad de la tolva dentro de los rangos establecidos, de manera de poder enfrentar de mejor forma situaciones particulares del camino (pendientes, curvas cerradas, entre otras).
Si la distancia entre las ruedas traseras y la parte final de la Tolva es muy corta, lo que impide que la mezcla pueda ser depositada en el Equipo Pavimentador, no podrá ser utilizado para el suministro, según determine el Inspector Fiscal. Los camiones tolvas deberán contar con una extensión o cola de descarga para evitar depositar mezcla sobre la base granular imprimada.
1.10.4.9 Para evitar pérdida de temperatura, al transportar el material deberá estar debidamente cubierto. La mezcla asfáltica al ser entregada en el lugar de la faena, deberá cumplir con el rango de temperatura indicado en el Certificado de diseño de mezcla asfáltica y presentado al momento de ofertar. La temperatura será medida en el camión, antes de descargar.
Para verificar el cumplimiento de los rangos de temperatura el Inspector Fiscal deberá llevar un registro diario de todos los camiones que lleguen a terreno.
Si la mezcla presenta temperaturas menores a la indicada en el rango de diseño, presentada por el proponente, será causa de rechazo de la partida transportada en el camión. Asimismo se rechazará una mezcla sobrecalentada o "quemada".
El control de la temperatura lo realizará el capataz de la cuadrilla de asfalto, o el personal del proveedor con la supervisión del capataz de la cuadrilla. Para tales efectos, se llevará una planilla con el registro de los controles, además quedará consignada en el reverso de la guía, con las firmas del conductor del camión y el capataz de la cuadrilla. En el caso del rechazo de la mezcla, por baja temperatura o por sobrecalentamiento, se estimará como no recibida la carga del respectivo camión muestreado y no dará lugar a pago ni indemnización alguna. Y, se procederá de conformidad con lo establecido en el punto 1.10.4.3 “Asfalto” letra a).
1.10.4.10 La Dirección de Vialidad, por medio de su Inspector Fiscal se reserva el derecho de efectuar muestreos, con el objetivo de verificar el cumplimiento de las exigencias técnicas del material adquirido, mediante sus Laboratorios, así como se reserva el derecho de realizar las mediciones que estime pertinentes por medio de sus topógrafos (o servicio de topografía) de los volúmenes de los camiones tolvas vacíos y con el suministro de mezcla asfáltica, con el fin de verificar la cantidad efectiva de material suministrado que se debe recepcionar en terreno.
1.10.4.11 La unidad de pago corresponderá a la cantidad de volumen de mezcla asfáltica (m3) que llegue a terreno sobre los camiones apropiados para tales faenas. El contratista debe tomar los resguardos necesarios para que los camiones lleguen a la faena con el suministro de la mezcla asfáltica a capacidad máxima de cada camión, y coincida con la cubicación de la capacidad máxima de cada camión o, en su defecto, a la fracción de capacidad máxima de los camiones de acuerdo a solicitud del Inspector Fiscal.
El Inspector Fiscal solicitará a la empresa adjudicada, por medio de correo electrónico, el listado de su flota de camiones que utilizará para el suministro de mezcla asfáltica, información que la empresa deberá remitir en el plazo de dos días hábiles contados desde la fecha del envío del correo electrónico. Pasado ese tiempo, si la empresa adjudicada no entrega el listado al Inspector Fiscal se aplicará las sanciones del 1.10.15.1.2.
Queda consignado que, no se pagará más de la capacidad máxima de cada camión, para ello el contratista al inicio del contrato deberá entregar al Inspector Fiscal listado de su flota de camiones apropiados para entregar el suministro de mezcla asfáltica, donde debe incluir por lo menos la siguiente información:
ü Patente de camión.
ü Marca del camión.
ü Año de fabricación del camión.
ü Capacidad máxima del camión de acuerdo a sus especificaciones técnicas.
El contratista, en el transcurso del contrato podrá solicitar al Inspector Fiscal, por medio de correo electrónico, la modificación de su flota de camiones entregada al inicio del contrato, la que deberá contar con la aprobación del Inspector Fiscal para su modificación efectiva.
1.10.4.12 La empresa adjudicada deberá entregar al Inspector Fiscal, mensualmente, por correo electrónico, un informe con las cantidades suministradas por cada día. Para tal fin, a continuación se entrega un formato tipo de ficha con los antecedentes mínimos que deberá contener:
El Inspector Fiscal, llevará un control interno del suministro de mezcla, la que se contrastará con el informe entregado por el proveedor, pagando efectivamente los m3 suministrados en terreno por el proveedor (si es que no existiesen multas asociadas).
El Inspector Fiscal solicitará, por medio de correo electrónico a la empresa adjudicada, el informe con las fichas solicitadas en este punto, para lo cual la empresa tendrá el plazo de dos días hábiles, contados desde la fecha del envío del correo electrónico. Pasado ese tiempo y la empresa adjudicada no entrega el informe solicitado por el Inspector Fiscal, se aplicará las sanciones del 1.10.15.1.2.
1.10.4.13 MODO DE EJECUCIÓN:
a) Para dar inicio a la ejecución del contrato, se enviará la orden de compra proveniente de la licitación.
b) Luego, el Inspector Fiscal del contrato, solicitará a través de correo electrónico al Proveedor adjudicado, la o las cantidades de mezclas asfálticas requeridas para ejecutar las faenas de colocación de asfalto diarias.
c) Terminada la o las entregas, deberá hacer recepción conforme y evaluar al proveedor, entregando vía correo electrónico esta información a la Unidad de Compras. Luego la Unidad de Compras deberá realizar la recepción por hito en la orden de compra correspondiente.
d) Cada vez que realice la recepción conforme (hito), deberá copiar e informar a Encargado de Bodega Regional, la bodega virtual, donde deberán cargarse las cantidades para los efectos de órdenes de trabajo.
e) La Unidad de Compras de Conservación, entregará el comprobante de recepción conforme al Inspector Fiscal, para que éste informe a la Empresa y pueda facturar, además de anexarla al expediente de pago.