1.10.- Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas:
1.10.1. PACTO DE INTEGRIDAD: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°,4°,5°,6°,12°,y 16°, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
1.10.2.- NORMATIVA
Este proceso de Licitación se regirá por lo estipulado en las presentes Bases, en lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el Decreto Nº 250/04, del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones y por la normativa que regule la respectiva actividad comercial.
1.10.3.- PARTICIPANTES
Podrán participar Personas Naturales o Jurídicas, chilenas o extranjeras, habilitadas para funcionar legalmente en Chile. Todos los proveedores interesados podrán acceder a las Bases Administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los requisitos de encontrarse inscritos en el sitio www.chilecompra.cl
1.10.4.- MODIFICACIONES A LAS BASES
La Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la hora de cierre, a través del Portal electrónico, otorgando además, un plazo prudencial, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos y formarán parte integral de las Bases. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada, las respuestas a las consultas efectuadas se harán por circular aclaratoria o mediante el mismo portal.
1.10.5.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
1.10.5.1. OBJETIVO: “SUMINISTRO DE material granular, puesto EN ACOPIO LAS RAICES, COMUNA DE tOMÉ, PROVINCIA DE concepción, REGIóN DEL BiOBíO”.
1.10.5.2. UBICACIÓN DEL MATERIAL: El material pétreo deberá ser puesto en acopio en el Recinto Las Raíces, comuna de Tomé. La composición en su totalidad del material pétreo, será aquella proveniente directamente del proceso de chancado de material y no se aceptarán mezclas con otros materiales.
CROQUIS DE UBICACIÓN " SUMINISTRO DE material granular, puesto EN ACOPIO LAS RAICES, COMUNA DE tOMÉ, PROVINCIA DE concepción, REGIóN DEL BiOBíO”
El material será utilizado en el siguiente camino:
Comuna
|
Nombre camino
|
Operación
|
Nombre Operación
|
Unidad
|
Total Meta
|
Tomé
|
Recinto las raices
|
-------
|
Recebos de capas de rodadura granulares.
|
m³
|
1.500.-
|
1.10.5.3. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DEL MATERIAL: El material pétreo, deberá cumplir con la siguiente banda granulométrica.
GRANULOMETRÍA TAMIZ mm
|
TAMIZ
|
% QUE PASA
|
50
|
2”
|
100
|
40
|
1 ½”
|
80 - 100
|
25
|
1”
|
55 - 90
|
20
|
¾”
|
50 - 80
|
10
|
3/8”
|
35 - 65
|
5
|
Nº 4
|
25 - 55
|
2
|
Nº 10
|
15 - 40
|
0.5
|
Nº 40
|
5 - 25
|
0.08
|
Nº 200
|
0 - 15
|
INDICE DE PLASTICIDAD
|
: Máx. 3%
|
PARTÍCULAS CHANCADAS
|
: Mín. 50 %
|
DESGASTE LOS ÁNGELES
|
: Máx. 30 %
|
CBR
|
: Mín. 80%
|
Nota:
● Los antecedentes técnicos deben ceñirse a lo estipulado en las Especificaciones Técnicas de las Bases de Licitación aprobadas por la Dirección de Vialidad.
● El material pétreo deberá ser puesto en plataforma del camino, de acuerdo a las indicaciones del Inspector Fiscal designado para estos efectos.
● La composición en su totalidad del material pétreo, será aquella proveniente directamente del proceso de chancado de material y no se aceptarán mezclas con otros materiales.
- La entrega mínima del suministro debe ser no mayor a 250 m3 por día, a excepción del primer y último día de ejecución, los que corresponden a la instalación y termino de la faena.
1.10.5.4. CERTIFICACIÓN DE LABORATORIO
● La Dirección de Vialidad, deberá tener libre acceso para la toma de muestras del material, tanto en el pozo de origen como en el acopio de entrega de la compra.
● El Inspector Fiscal solicitará al Laboratorio de Vialidad o al laboratorio de Asesoría a las Obras de Administración Directa, la certificación de la calidad del material correspondiente.
● Si la certificación del material indica que éste no cumple con las especificaciones técnicas, la empresa será sancionada de acuerdo a “TABLA DE MULTAS”. En caso que de acuerdo a “TABLA DE MULTAS”, a la Empresa se le rechace el material y decida corregirlo, como única vez, concluida esta reposición, el Laboratorio de Vialidad o el laboratorio de la asesoría de obras a la Administración Directa emitirá un certificado con los parámetros del nuevo material con el cual se concluirá el proceso de recepción aplicando las multas correspondientes.
1.10.5.5. OTRAS CONSIDERACIONES:
1.10.5.5.1. TRASLADO DE MATERIAL:
● El traslado del material deberá realizarse con fiel cumplimiento al DS N°75 del año 1987 del Ministerio de Transporte, por lo tanto, los materiales deberán transportarse en camiones encarpados, de modo que evite la caída del material en el camino.
● Antes del inicio del suministro la empresa adjudicada deberá entregar al Inspector Fiscal un listado con los camiones y carros que realizarán el suministro, deberá incluir una ficha técnica de la tolva con los parámetros claros de su cubicación, los cuales serán chequeados en terreno. No se recibirá el material suministrado en otro equipo diferente al del listado y será devuelto al proveedor.
● La empresa adjudicada deberá presentar al Inspector Fiscal del suministro por cada camión que ingrese al acopio o faena: Guía de Despacho del material de la empresa productora de este y la de la empresa ejecutora del contrato, en caso de no ser ambas las mismas, dentro de dichas guías se debe contener: nombre de empresa, Rut, placa única del camión que traslada material, cantidad de m³ a trasladar. Será obligación de la empresa adjudicada entregar dicho documento, en el caso que no lo haga, el Inspector Fiscal estará autorizado a no recibir el material pétreo.
● La cubicación del material pétreo, se efectuará mediante camión rasado en el lugar de recepción del material, la empresa adjudicada deberá tomar las medidas que considere necesarias para que no se produzca diferencia entre la cubicación y el enrase del camión, si aún eso ocurriera, la diferencia del volumen detectada por el Inspector Fiscal, ya sea por deficiencias en el carguío o compactación en el transporte, etc., será cuantificada y deberá ser entregada por la empresa al término del suministro, hasta completar el volumen que se adquiere.
● El inspector fiscal deberá presentar en el acta de recepción conforme, adjuntando una planilla con las guías de despacho del material desde la planta y de la empresa adquiriente, en casos de no ser las mismas,
● No se aceptarán guías de despacho con enmendaduras
● Todo traslado, deberá cumplir obligatoriamente con la normativa vigente de pesaje establecida en Decreto MOP N° 158 de 1980, de este modo, no incurrir en multas, las que están contenidas en el DFL N° 206 de 1960, Ley N° 18.305 de 1984, Ley N° 19.171 de 1992 y DFL N° 580 de 1997.
1.10.5.5.2. PLAZO DE ENTREGA DEL SUMINISTRO:
El plazo para la entrega del suministro será de 8 días hábiles y comenzará a contarse al día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra a través del portal y no podrá suspenderse o paralizarse por causa alguna.
1.10.6.- INGRESO DE OFERTAS
La documentación referida en el punto Nº 1.5 " Antecedentes para incluir en la oferta" de las Presentes Bases, deberá ser remitida sólo mediante la siguiente extensión: .jpg, .pdf, u otro archivo no modificable y debe ser subida en forma íntegra al portal Mercado Público, en la forma y plazo establecidos en las presentes bases.
1.10.7.- APERTURA DE LICITACIÓN:
1.10.7.1. PROCEDIMIENTO DE APERTURA: Esta será bajo la modalidad de "APERTURA ELECTRÓNICA" y pasarán a la etapa de evaluación de ofertas aquellos Proveedores que hayan cumplido con los requisitos para participar de la licitación punto Nº 1.4 de las presentes Bases.
1.10.7.2. DERECHO A SOLICITAR PRECISIONES: Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los proponentes, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá solicitar a través del foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, durante el proceso de evaluación para salvar errores de hecho u omisiones menores, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre oferentes.
1.10.8 RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio "Económico".
En caso de persistir el empate, se establece como mecanismo de desempate, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Comportamiento Contractual”
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl.
1.10.9. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA:
Se adjudicará esta licitación, al oferente que presente la totalidad del ítem y que obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, de acuerdo al Acta de Evaluación de los revisores, que estará integrada por funcionarios de la Dirección de Vialidad y estudiará los antecedentes emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente. Así mismo, podrá declarar desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad Región del Biobío.
Además, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación. El Proceso de licitación contempla las siguientes etapas:
1.10.9.1. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN: Se adjudicará a través de una resolución del Jefe Provincial de Vialidad Provincia de Concepción.
1.10.9.2. NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL PORTAL: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario, mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
1.10.9.3. ENVÍO ORDEN DE COMPRA:
Este contrato comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada durante el plazo de notificación, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso segundo del Art. 63 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas que señala lo siguiente: “En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud”.
Para dar cumplimiento a lo anterior, la Unidad Compradora, hará la acción de dejar en estado de “cancelada la orden de compra”.
1.10.10.- MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la Dirección de Vialidad Región del Biobío, dirigiendo sus consultas a la dirección señalada en la licitación, indicada en el Punto 1.1, "Organismo Demandante" de la presente licitación. Las consultas efectuadas, serán respondidas mediante Oficio al proveedor que realiza la consulta. Estas preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos de la presente licitación.
1.10.11.- PLAZO DE ENTREGA SUMINISTRO
Este plazo, comenzará a regir al día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada durante el plazo de notificación, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso segundo del Art. 63 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas que señala lo siguiente: “En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud”.
Para dar cumplimiento a lo anterior, la Unidad Compradora, hará la acción de dejar en estado de “cancelada la orden de compra”.
El Encargado de Adquisiciones, enviará copia de los antecedentes necesarios para la inspección del suministro, entre ellos la Orden de Compra al correo electrónico del Inspector Fiscal designado, a fin de contabilizar y dar cumplimiento al plazo de entrega del Material Pétreo, el que será de 8 días hábiles según lo señalado en el punto N° 1.10.5.5.2. de las especificaciones técnicas, los que serán considerados en los siguientes horarios: de Lunes a jueves a partir de las 09.00 horas y hasta las 17:00 hrs. El día viernes a partir de las 09.00 horas y hasta las 16:00 hrs. Esta recepción será previa coordinación con el Inspector Fiscal.
1.10.12.- GESTIÓN DEL CONTRATO
a) TRASPASO DEL CONTRATO: La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.
b) HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil"; en el caso que no se encuentre hábil, el proveedor adjudicado dispondrá de 10 (diez) días corridos, para regularizar su situación.
c) EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Oportunidad de entrega / calidad / cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general. Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura. El formulario de evaluación es el siguiente:
Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable 4 es bueno y 5 es muy Bueno.
d) VIGENCIA DEL CONTRATO: El contrato regirá, durante toda la relación contractual, desde su aprobación por la respectiva resolución, hasta incluso con posterioridad al pago, luego de la devolución y recepción por parte del proveedor de la correspondiente garantía que hubiere caucionar el fiel cumplimiento del contrato o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.
E) PREVENCIÓN DE RIESGOS: La Dirección de Vialidad requiere que las Empresas que participen en nuestros suministros, deben dar cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos. Para ello, iniciado el contrato, la empresa adjudicada, deberá presentar fotocopia del registro de entrega de los elementos de protección personal. Esta información será verificada por el Inspector Fiscal y su falta dará motivo para aplicación de sanciones de incumplimiento de contrato.
f) MODIFICACIONES O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente de conformidad al artículo Nº 13 de la Ley Nº 19.886 de 2003 y artículo Nº 77 del DS Hacienda Nº 250 de 2004, en los siguientes casos:
f.1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
f.2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
f.3) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
f.4) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
f.5) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratatados en los últimos dos años, a la mitad el periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f.6) Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
f.7) En el caso de la disolución de la Unión Temporal de Proveedores (UTP), o el retiro de un integrante que hubiese reunido una o más características objeto de evaluación.
f.8) La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) constituyeron dicha figura con el objetivo de vulnerar la libre competencia y que remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica, en su caso.
1.10.13.- INSPECCIÓN FISCAL:
La Dirección de Vialidad Provincial designará un Inspector Fiscal para garantizar el estricto cumplimiento de lo estipulado en las Bases de Licitación.
El adjudicatario deberá someterse exclusivamente a las órdenes del Inspector Fiscal, las que serán impartidas siempre por escrito, a través del Libro de Suministros (Manifold) o por correo electrónico. Los manifold originales o copias de correos, deberán ser anexados al compendio que incluirá las guías de despacho de la planta y de la empresa, certificado de testeo y acta de recepción conforme del respectivo suministro, las que quedarán de respaldo en la unidad de Abastecimiento Provincial.
Una vez recibido conforme el suministro, el Inspector Fiscal emitirá un Acta de Recepción conforme señalando la existencia o no de multas.
En caso de utilizar el libro de suministros: Se llevará un Libro con hojas foliadas en triplicado, donde se establecerán todas las instrucciones impartidas por Inspector Fiscal al adjudicatario y deberá ser firmada por ambas partes. Además la hoja original será retirada por el Inspector Fiscal, la 1ª hoja copia, será retirada por la Empresa y la 2ª hoja copia, debe permanecer en libro.
La Empresa deberá designar a un funcionario responsable de la entrega del suministro, quien recibirá las instrucciones del Inspector Fiscal.
1.10.14. FACTURACIÓN, RECEPCIÓN Y FORMA DE PAGO
1.10.14.1. FACTURACIÓN:
El proveedor adjudicado deberá facturar a la Dirección de Vialidad Región del Biobío, de acuerdo a lo siguiente:
1) Deberá aceptar la Orden de compra en www.mercadopublico.cl, para dar inicio a la entrega del producto.
2) Que se haya efectuado la entrega física del material pétreo, en las cantidades que corresponde conforme a la orden de compra. Esto se acreditará con la presentación al Inspector Fiscal del suministro por cada camión que ingrese al acopio o faena, Guía de Despacho del material, emitida por la empresa productora de este, la cual, debe contener: nombre de empresa adquiriente, Rut, placa única del camión que traslada material, cantidad de m³ a trasladar. Será obligación de la empresa adjudicada entregar dicho documento, en el caso que no lo haga, el Inspector Fiscal estará autorizado a no recibir el material pétreo.
3) Luego deberá verificar que la Orden respectiva esté en estado "Recepción Conforme" para facturar.
4) La Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a que el MOP es un contribuyente electrónico.
5) Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación.
6) Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente
1000 REG_08_DIRECCION_DE_VIALIDAD_CONCEPCION
7)La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.
En la eventualidad de que el proveedor adjudicado no tenga realizado su trámite para transferencia del o los pago(s) correspondientes, de acuerdo lo señalado por la ley N°21.395 de presupuestos año 2022, que estipula que los pagos deberán hacerse por transferencia electrónica de fondos, según lo dispone el artículo 8°. Los proveedores deberán efectuar el trámite a través de la plataforma digital https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio, para ingresar los datos bancarios asociados a su empresa.
Para el caso que sea Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación.
1.10.14.2. RECEPCIÓN
El inspector fiscal, recibirá conforme el material, suscribiéndolo así en la respectiva factura, si se cumplen los siguientes requisitos:
● Que se haya efectuado la entrega física del material granular, en las cantidades que corresponde conforme a la orden de compra. Esto se acreditará con las respectivas planillas de recepción de material pétreo.
● Que el material cumpla con las especificaciones técnicas solicitadas en las bases. Para acreditar el cumplimiento del material, el Inspector Fiscal deberá adjuntar el Certificado de Ensaye correspondiente, emitido por el Laboratorio de Vialidad.
● Que se haya acreditado el cumplimiento de las leyes laborales. Para garantizar el cumplimiento de la Leyes Laborales, el Encargado de Abastecimiento, adjuntará el Certificado de Habilidad de www.chileproveedores.cl. Esta documentación será fotocopiada y quedará respaldada en la Unidad de Abastecimiento Provincial. En caso de que se encuentre "inhábil" se otorgará un plazo máximo de 10 días corridos para regularizar su situación.
● Presentar Guía de Despacho del material desde el lugar de origen, emitida por la empresa productora de éste, la cual, debe contener: nombre de empresa adquiriente, Rut, placa única del camión que traslada material, cantidad de m³ a trasladar. Será obligación de la empresa adjudicada presentar dicho documento en original al Inspector Fiscal para su VºBº, quien obtendrá una copia del documento.
● Adjuntar planilla con la cubicación geométrica de cada uno de los camiones tolva que realizarán el transporte de material.
La circunstancia de haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, constará en el Acta de Recepción conforme del Inspector Fiscal para disponer su pago, quedando el resto de los documentos descritos en el punto anterior, que acompañará a la factura en el compendio que custodiara la Unidad de Abastecimiento Provincial.
1.10.14.3. PAGO
El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días desde la recepción de la factura.
1. 10.15.- FACTORING
El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la Dirección de Vialidad y de conformidad a la Ley.
1.10.16.- SANCIONES
1.10.16.1. POR ATRASO EN LA ENTREGA DE MATERIAL: Frente a faltas de este tipo, la Dirección de Vialidad aplicará una multa equivalente al 1 % del monto de la factura respectiva por cada día hábil de atraso en la entrega y/o recepción conforme del material pétreo, lo anterior con un tope máximo de 5 días hábiles de atraso incluyendo el plazo de corrección o reposición cuando corresponda. En la eventualidad que el material sea rechazado, la Dirección de Vialidad autorizará por una única vez la corrección o reposición del material.
La multa que corresponda, será deducida administrativamente de la Factura respectiva.
1.10.16.2 POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO; Si el incumplimiento de los plazos de entrega superará los 05 días hábiles, contados desde la fecha de vencimiento del plazo de entrega, o los 5 días hábiles, en los casos en que la empresa hubiese procedido a la corrección o reposición del material pétreo, en conformidad a lo dispuesto en el ítem 1.10.16.3 POR INCUMPLIMIENTO TÉCNICO puntos 4 y 5 de las presentes bases, sin que exista una fuerza mayor, calificada por la Dirección de Vialidad que lo justifique, se pondrá término al contrato y se hará cobro de Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato.
1.10.16.3 POR INCUMPLIMIENTO TÉCNICO
En caso de incumplimiento de las Especificaciones Técnicas, se aplicará una multa, de acuerdo a lo indicado en la siguiente tabla:
“TABLA DE MULTAS” SUMINISTRO DE material granular, puesto EN ACOPIO LAS RAICES, COMUNA DE tOMÉ, PROVINCIA DE concepción, REGIóN DEL BIO BIO.
|
|
Requisitos de Calidad y Graduación
|
Multa
|
|
% Sin Ponderar
|
Ponderador
|
|
2"
|
100
|
0
|
0,02
|
|
98 - 99
|
50
|
|
96 - 97
|
100
|
|
≤ 95
|
Se rechaza
|
|
|
11/2"
|
80-100
|
0
|
0,02
|
|
|
78 - 79
|
50
|
|
77 - 78
|
75
|
|
= 75
|
100
|
|
< 75
|
Se rechaza
|
|
1"
|
55-90
|
0
|
0,02
|
|
91 - 92
|
53 - 54
|
25
|
|
93 - 94
|
51 - 52
|
50
|
|
=95
|
= 50
|
100
|
|
> 95
|
< 50
|
Se rechaza
|
|
3/4"
|
|
0
|
0,04
|
|
50 – 80
|
|
81 - 82
|
48 - 49
|
15
|
|
83 - 84
|
46 - 47
|
50
|
|
=85
|
=45
|
100
|
|
> 85
|
< 45
|
Se rechaza
|
|
3/8"
|
35 – 65
|
0
|
0,125
|
|
|
|
|
|
66 - 67
|
33 - 34
|
10
|
|
68 - 69
|
31 - 32
|
25
|
|
=70
|
=30
|
100
|
|
> 70
|
< 30
|
Se rechaza
|
|
Nº 4
|
25 - 55
|
0
|
0,125
|
|
56 - 57
|
23 - 24
|
10
|
|
58 - 59
|
21 - 22
|
25
|
|
=60
|
=20
|
100
|
|
> 60
|
< 20
|
Se rechaza
|
|
N° 10
|
|
|
0,04
|
|
15 - 40
|
0
|
|
|
|
|
41 – 42
|
13 - 14
|
15
|
|
43 – 44
|
11- 12
|
35
|
|
=45
|
=10
|
100
|
|
> 45
|
< 10
|
Se rechaza
|
|
|
5 – 25
|
|
|
|
Nº 40
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0
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26 - 27
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3 - 4
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15
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01 - 29
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01- 2
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35
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0,05
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=30
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=0
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100
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> 30
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Se rechaza
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Nº 200
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0 – 15
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0
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0,06
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=16
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25
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=17
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50
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=18
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75
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=19
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100
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> 19
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Se rechaza
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Chancado %
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Ch ≥ 50
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0
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48 ≤ Ch ≤ 49
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10
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0,1
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Ch = 47
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25
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Ch = 46
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100
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Ch< = 45
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S rechaza
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CBR %
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CBR ≥ 80
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0
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0,15
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78 ≤ CBR ≤ 79
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25
|
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CBR = 77
|
50
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CBR = 76
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75
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CBR= 75
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100
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CBR ≤ 74
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Se rechaza
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IP = %
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0 ≤ IP ≤ 3
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0
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0,1
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4 ≤ IP ≤ 5
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10
|
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IP= 6
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25
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IP = 7
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100
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IP = 8
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Se rechaza
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Desgaste %
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D ≤ 30
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0
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0,15
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31 ≤ D ≤ 32
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15
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D = 33
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25
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D = 34
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100
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D ≥ 35
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Se rechaza
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El porcentaje que resulte a multar será aplicado al total de la compra
Para asignar el monto a multar se deberá aplicar la siguiente ecuación utilizando los factores de ponderación de las tablas anteriores:
Dónde:
a = Corresponde al porcentaje a multar
b = Corresponde al ponderador de la multa
Tabla de medición de multas
Requisitos
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Granulometría
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Otros Parámetros
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Medida
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- igual o menor a 4 Incumplimientos
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Multa según Tabla
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- igual o menor a 3 incumplimientos con 100 %
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Multa según Tabla
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- igual o menor a 2 Incumplimientos
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Multa según Tabla
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- igual o mayor a 5 incumplimientos
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Se rechaza
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- igual o mayor a 4 incumplimientos con 100%
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Se rechaza
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- Mayor a igual a 3 incumplimientos
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Se rechaza
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- El Inspector Fiscal, deberá solicitar al Laboratorio de Vialidad o al servicio de laboratorio de la Administración Directa, la certificación de calidad del material correspondiente, muestreo que será ejecutado en planta o en la plataforma del camino o acopio, según corresponda.
- En caso de incumplimiento en los parámetros de las especificaciones técnicas del material, se multará a la empresa de acuerdo a la Tabla de Multas anterior. En tal caso, el Inspector Fiscal, notificará al adjudicatario incumplidor, para que proceda de acuerdo a lo descrito en el Punto 1.10.17.4. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS. Las multas se descontarán administrativamente del valor de la respectiva factura incluyendo en éste el IVA.
- En caso de rechazo del material según “Tabla de Medición”, el Inspector Fiscal notificará al adjudicatario incumplidor, para que proceda de acuerdo a lo descrito en el Punto 1.10.17.4. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS.
4. Si la decisión del proveedor es retirar el material y poner un nuevo material que cumpla con las Especificaciones Técnicas, deberá indicar el plazo de ejecución, el que no podrá ser superior a 5 días hábiles informando al Inspector Fiscal, quien dará su autorización por escrito, lo que será indispensable para comenzar los trabajos.
5. En caso que decida corregirlo, propondrá la banda granulométrica, el volumen necesario del corrector y el plazo de ejecución, el que no podrá ser superior a 10 días hábiles a la Inspección Fiscal, quien dará su autorización por escrito, lo que será indispensable para comenzar los trabajos.
6. Los plazos indicados en el Punto 4 y 5, estarán afectos a la multa por atraso consignada en el punto. 1.10.17.1 POR ATRASO EN LA ENTREGA DE MATERIAL, que señala “Frente a faltas de este tipo y considerando que el tiempo de entrega es un factor condicionado por la Dirección de Vialidad, aplicará una multa equivalente al 1 % del monto de la factura respectiva por cada día de atraso en la entrega y/o recepción conforme del material pétreo, incluyendo el plazo de reposición, en la eventualidad que el material sea rechazado y el proveedor decida por única vez, poner un nuevo material o corregirlo.
7. Concluida la entrega, ya sea de poner un nuevo material o de corregirlo, el adjudicatario deberá presentar la certificación de autocontrol correspondiente, la que será contrastada con nuevos análisis que al efecto practique el Laboratorio de Vialidad.
8. En caso que la empresa no comunique su decisión dentro del plazo de 5 días antes señalado o no ejecute las obras de reposición de material, ya sea de retirar el material poniendo un material que
cumpla las bases técnicas o corregir el material ya puesto, como única vez, en el plazo propuesto, se pondrá término al contrato, de acuerdo al punto GESTIÓN DEL CONTRATO, letra g) y se procederá al cobro de la Garantía. Además, la Empresa tendrá 10 días hábiles para retirar el material, ya sea acopio en recinto fiscal o acopio en plataforma del camino.
9. Cualquier costo que implique mejora, como nuevos traslados de material, retiro desde terreno, recebo o aumento de volumen de material pétreo, será de completo cargo de la empresa proveedora adjudicada.
1.10.16.4. Procedimiento de Apelación de Multas y otras sanciones
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva.
Procedimiento para aplicación de multas:
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa. En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación de dicho oficio se hará personalmente o por carta certificada. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la multa o modificar la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
Procedimiento para aplicación de otras sanciones como el término anticipado:
El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles. La notificación de dicho oficio se hará personalmente o por carta certificada. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo , la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existieren, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión respecto de la medida de termino de contrato propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
1.10.17. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.
Para acreditar el cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en Chileproveedores. Para el caso en que el Proveedor se encuentre "inhábil", tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, para regularizar su situación, de lo contrario su oferta será desestimada. Esta situación será informada a la empresa que se encuentre “Inhábil”, a través de un correo electrónico, durante la revisión de los documentos para contratar.
1.10.18. FORMULARIOS ANEXOS
FORMULARIO Nº 1
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, “SUMINISTRO DE material granular, puesto EN ACOPIO LAS RAICES, COMUNA DE tOMÉ, PROVINCIA DE concepción, REGIóN DEL BiOBíO”, declara bajo juramento que:
- El adjudicado no está unido a alguno de los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad por los vínculos de parentesco descritos en el artículo 4º de la Ley N° 19.886, ley de Compras Públicas.
- Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, ley de Compras Públicas, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, y
- No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior.
Nombre Representante Legal
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Firma Representante Legal
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FECHA ____ de _____________ de 2022.
FORMULARIO Nº 2
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, “SUMINISTRO DE material granular, puesto EN ACOPIO LAS RAICES, COMUNA DE tOMÉ, PROVINCIA DE concepción, REGIóN DEL BiOBíO” declara bajo juramento no haber sido condenado por la Ley 20.393, con prohibición de contratar.
Nombre Representante Legal
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Firma Representante Legal
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FECHA ____ de _____________ de 2022
FORMULARIO Nº 3: “CONDICIONES DE EXTRACCION DEL MATERIAL PÉTREO”
“SUMINISTRO DE material granular, puesto EN ACOPIO LAS RAICES, COMUNA DE tOMÉ, PROVINCIA DE concepción, REGIóN DEL BiOBíO”
El firmante, en su calidad de adjudicatario o de representante legal del adjudicatario, viene a declarar lo siguiente según sea el caso, respecto a las condiciones en que se realiza la extracción del material pétreo para la presente licitación:
Marque con una X según sea el caso:
● Lugar de Extracción:
Pozo Lastrero o Cantera_______
Cauce Natural_______
● Tipo de Patente:
Industrial _______
Comercial _______
● Documento que presentará según sea el caso.
Resolución de Calificación Ambiental (RCA) ______
Pronunciamiento sobre la Pertinencia de Ingreso al SEIA _______
Plan de Manejo Ambiental (PMA) _______
__________________________________________ _________________________________
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2022