Licitación ID: 999-4-LP20
SUMINISTRO MATERIAL PÉTREO EL SAUCE - TORRE DORADA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 45
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Productos o servicios
1
Grava 3000 Metro Cúbico
Cod: 11111611
SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR, PUESTO SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO MATERIAL PÉTREO EL SAUCE - TORRE DORADA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Necesario para dar cumplimiento a labores de Conservación y Administración Directa de la Provincia de Concepción, Región del Biobío.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Dirección de Vialidad - VIII Región - Provincia Concepción
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
RUTA 150 CAMINO PENCO KM. 6,5
Comuna:
Penco
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-04-2020 19:00:00
Fecha de Publicación: 13-04-2020 18:39:22
Fecha inicio de preguntas: 13-04-2020 20:00:00
Fecha final de preguntas: 16-04-2020 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-04-2020 18:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-04-2020 19:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-04-2020 19:01:00
Fecha de Adjudicación: 25-05-2020 13:11:49
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- 1.4.- Requisitos de los Oferentes para Participar en la Licitación: No haber sido condenados por prácticas antisindicales ni por infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores o condenado por los delitos concursales establecidos en artículos 463 y siguientes del Código Penal, en los últimos 2 años, anteriores al cierre de la presente licitación. Para este efecto deberán presentar los siguientes documentos según el caso: • Proveedores no inscritos en Chileproveedores: declaraciones juradas de los formularios Nº 1, Nº 2 y Nº 3, firmadas por el oferente o por quien represente a la Empresa. • Proveedores inscritos que no hubieren subido estas declaraciones al portal: igual que en el caso anterior. • Proveedores inscritos que hubieren subido estas declaraciones al portal no deberán presentarlas.
2.- Si los Oferentes no presentan los documentos descritos en el Punto 1.4., quedarán fuera de bases y no pasarán a la etapa de evaluación.
Documentos Técnicos
1.- • Deberá presentar Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del Trabajo vigente al cierre de la presentación de la oferta.
 
2.- • Los proveedores que participen en la presente licitación deberán cumplir con lo siguiente: 1)Para el caso de la Extracción de áridos de Cauce Natural, deberán ingresar los siguientes documentos: • Decreto Alcaldicio del Municipio Correspondiente al lugar de extracción (cauce natural) vigente. • Patente Industrial del Productor de los áridos • Patente Comercial del revendedor, si corresponde al caso. 2) Para el caso de la Extracción de áridos de Pozos Lastreros o Canteras Particulares, deberán ingresar: • Patente Industrial del Productor de los áridos • Patente Comercial del revendedor, si corresponde al caso. En ambos casos, para el oferente que no sea productor de los áridos, deberá presentar su patente Comercial correspondiente y la patente Industrial del productor de áridos.
 
3.- • Deberán completar Formulario Nº 6: “Condiciones de Extracción de material pétreo".
 
4.- • Deberá presentar documentos según el caso que corresponda para dar cumplimiento a la LEY Nº 19.300 SOBRE BASES GENERALES DE MEDIO AMBIENTE Y DS Nº40/2013 SOBRE EL REGLAMENTO DEL SISTEMA DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL, ver especificaciones técnicas. En el caso que no corresponda la aplicación de la ley 19.300 por volúmenes menores, se deberá presentar un plan de manejo de extracción de áridos como se indica en el punto 1.10.5.5.3., para dar cumplimiento a la LEY Nº 19.300 sobre Bases Generales de Medio Ambiente y DS Nº40/2013 sobre el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
 
Documentos Económicos
1.- Deberán en este apartado, subir su oferta económica en pesos chilenos, valores netos y deberá incluir los costos de flete.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 ECONÓMICO Tendrá una Ponderación de 95%, esto es el mejor precio con un puntaje máximo de 95 puntos, aplicando la siguiente fórmula: Puntaje Económico = (Menor Precio (neto) de las Ofertas/Precio en Estudio (Neto)) * 0.95 * 100 95%
2 SUSTENTABLE Tendrá una ponderación de 5%, esto es el puntaje máximo de 5 puntos, aplicando la tabla descrita en Bases. Para asignar este puntaje, los proveedores deberán presentar Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del trabajo el cual debe encontrase vigente al cierre de la presentación de la oferta. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SECTORIAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MOP, Dirección de Vialidad
e-mail de responsable de pago: dv08.pagos@mop.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Marcela Ormeño Godoy
e-mail de responsable de contrato: marcela.ormeno@mop.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2852082-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Por resguardo del interés fiscal
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MOP, Dirección de Vialidad
Fecha de vencimiento: 27-07-2020
Monto: 10 %
Descripción: Esta Garantía deberá ser ingresada con una carta identificando la Licitación, hasta el 5º día hábil contado desde la notificación de la adjudicación del Portal, a Oficina de Partes de la Dirección Provincial de Vialidad Concepción ubicada en Ruta 150, Km. 6,5 Concepción Penco. Entregada la Garantía, se enviará la Orden de Compra respectiva. En caso de no presentación de esta garantía se readjudicará, si conviniere al interés fiscal.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento de la Licitación para la “ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR, PUESTO SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO” y en cumplimiento de la leyes Laborales".
Forma y oportunidad de restitución: Si no hubiere causal para su cobro, la devolución se gestionará en Unidad de Abastecimiento de Oficina Provincial de Vialidad Concepción, transcurridos los 60 días corridos de vigencia.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Dirección de Vialidad, podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. Esta adjudicación, será formalizada por resolución fundada.
Pacto de integridad

1.10.- Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas:

1.10.1. PACTO DE INTEGRIDAD: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°,4°,5°,6°,12°,y 16°, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 

2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

1.10.2.- NORMATIVA

Este proceso de Licitación se regirá por lo estipulado en las presentes Bases, en lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el Decreto  Nº 250/04, del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones.

1.10.3.- PARTICIPANTES

Podrán participar Personas Naturales o Jurídicas, chilenas o extranjeras, habilitadas para funcionar legalmente en Chile. Todos los proveedores interesados podrán acceder a las Bases Administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los requisitos de encontrarse inscritos en el sitio www.chilecompra.cl.

1.10.4.- MODIFICACIONES A LAS BASES

La Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la fecha de cierre, a través del Portal electrónico, otorgando además, un plazo prudencial, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos y formarán parte integral de las Bases. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada, las respuestas a las consultas efectuadas se harán por circular aclaratoria o mediante el mismo portal.

1.10.5.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:

1.10.5.1. OBJETIVO: “ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR, PUESTO SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO”.

1.10.5.2. UBICACIÓN DEL MATERIAL: El material pétreo deberá ser puesto SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO, en las cantidades y sectores que indique el Inspector Fiscal, designado para estos efectos.

La composición en su totalidad del material pétreo, será aquella proveniente directamente del proceso de chancado de material y no se aceptarán mezclas con otros materiales.

CROQUIS DE UBICACIÓN “ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR, PUESTO SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO”, 3.000 m³”.

El material será utilizado en el  siguiente camino:

Código

Comuna

Nombre camino

Operación

Nombre Operación

Unidad

Total Meta

68S1894

Santa Juana

“EL SAUCE - TORRE DORADA”

7.306.04A01

Recebos de capas de rodadura granulares

3.000,00

1.10.5.3. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DEL MATERIAL: El material pétreo, deberá cumplir con la siguiente banda granulométrica.

GRANULOMETRÍA TAMIZ mm

TAMIZ

% QUE PASA

50

2”

100

40

1 ½”

80 - 100

25

1”

55 - 90

20

¾”

50 - 80

10

3/8”

35 - 65

5

Nº 4

25 - 55

2

Nº 10

15 - 40

0.5

Nº 40

5 - 25

0.08

Nº 200

0 - 15

INDICE DE PLASTICIDAD

: Máx. 3%

PARTÍCULAS CHANCADAS

: Mín. 50 %

DESGASTE LOS ÁNGELES

: Máx. 30 %

CBR

: Mín. 80%

1.10.5.4. CERTIFICACIÓN DE LABORATORIO

  • La Dirección de Vialidad, deberá tener libre acceso para la toma de muestras del material, tanto en el pozo de origen como en el acopio de entrega de la compra.
  • El Inspector Fiscal si lo estima conveniente, podrá solicitar al Laboratorio de Vialidad o al laboratorio de Asesoría a las Obras de Administración Directa, la certificación de la calidad del material correspondiente.
  • Si la certificación del material indica que éste no cumple con las especificaciones técnicas, la empresa será sancionada  de acuerdo a “TABLA DE MULTAS”.  En caso que de acuerdo a “TABLA DE MULTAS”, a la Empresa se le rechace el material y decida corregirlo, como única vez,  concluida esta reposición, el Laboratorio de Vialidad o el laboratorio de la asesoría de obras a la Administración Directa emitirá un certificado con los parámetros del nuevo material con el cual se concluirá el proceso de recepción aplicando las multas correspondientes.

1.10.5.5. OTRAS  CONSIDERACIONES:

1.10.5.5.1.     TRASLADO DE MATERIAL:

  • El traslado del material deberá realizarse con fiel cumplimiento al DS 75 del Ministerio de Transporte, por lo tanto, los materiales deberán transportarse en camiones encarpados, de modo que evite la caída del material en el camino.

  • La empresa adjudicada deberá presentar al Inspector Fiscal del suministro por cada camión que ingrese al acopio o faena,  Guía de Despacho del material, emitida por la empresa productora de este, la cual, debe contener: nombre de empresa adquiriente, Rut, placa única del camión que traslada material, cantidad de m³ a trasladar. Será obligación de la empresa adjudicada entregar dicho documento, en el caso que no lo haga, el Inspector Fiscal estará autorizado a  no recibir el material pétreo.
  • La cubicación del material pétreo, se efectuará mediante camión rasado en el lugar de recepción del material. La diferencia del volumen detectado, ya sea por deficiencias en el carguío o compactación en el transporte, etc., será cuantificada y deberá ser entregada por la empresa al término del suministro, hasta completar el volumen que se adquiere.

  • El inspector fiscal deberá presentar en el acta de recepción conforme, adjuntando una  planilla con la cubicación geométrica de cada uno de los camiones tolva que realizarán el transporte de material,

  • No se aceptarán guías de despacho con enmendaduras.

  • Todo traslado, deberá cumplir obligatoriamente con la normativa vigente de pesaje establecida en Decreto MOP N° 158 de 1980, de este modo, no incurrir en multas, las que están contenidas en el DFL N° 206 de 1960, Ley N° 18.305 de 1984, Ley N° 19.171 de 1992 y DFL N° 580 de 1997.

1.10.5.5.2.     PLAZO DE ENTREGA DEL SUMINISTRO:

La Dirección de Vialidad, ha estimado que el suministro deberá ser entregado en 12 días hábiles. El plazo de inicio del suministro será al día hábil siguiente de que haya sido aceptada la orden de compra a través del portal. Ahora bien, en el caso que por razones climáticas o causas debidamente justificadas, el inicio de entrega del suministro se deba retrasar, el Inspector Fiscal tramitará una Resolución de Suspensión o Paralización por los días que se requieran.

1.10.5.5.3.             Para dar cumplimiento  a la LEY Nº 19.300 sobre Bases Generales de Medio Ambiente y DS Nº40/2013 sobre el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, deberá presentar los siguientes documentos, AL MOMENTO DE OFERTAR de acuerdo a los siguientes casos:

CASO

DOCUMENTACION A ENTREGAR

Caso 1: Proveedores que tratándose de extracciones de áridos en pozos lastreros  o canteras, extraigan una cantidad de áridos igual o superior a 10.000m3 mensuales, o bien una cantidad de 100.000m3 totales removidos en la vida útil del proyecto o actividad, o bien abarca una superficie total, igual o superior a 5 hectáreas y, Proveedores que tratándose de extracciones de áridos en cauces, el volumen total a remover durante la vida útil del proyecto o actividad sea igual o superior a 50.000m3.

Resolución de Calificación Ambiental (RCA) aprobada y vigente.

Caso 2: De extraer volúmenes menores y en superficies menores de lo que indica la legislación vigente deberá presentar un Pronunciamiento sobre la pertinencia de ingreso al SEIA.

Pronunciamiento sobre la pertinencia de ingreso al SEIA.

Caso 3: De no ser aplicable el caso 1 y el caso 2,  el proveedor de áridos que postule a la licitación deberá ingresar un plan de manejo de extracción con los documentos y restricciones que se indican a continuación *.

Plan de Manejo de Extracción.

        *Para el Caso 3, es decir, cuando el proveedor deba presentar un Plan de Manejo de Extracción, se deberá considerar lo siguiente, en relación a la ubicación del empréstito, contenido de Plan de Manejo y autorizaciones:

I. Ubicación del Empréstito, no se podrá ubicar en los siguientes lugares:

• Al interior de áreas protegidas

• A menos de 500 metros de puentes (aguas arriba o aguas abajo)

• En suelos agrícolas tipo I, II, III.

II. Contenido de Plan de Manejo:

• Tipo de empréstito; Fluvial, cantera, pozo

• Superficie de explotación

• Volumen disponible y efectivo de extraer

• Plano de Ubicación conteniendo el Polígono del sector de extracción en coordenadas UTM y escala 1:500 o 1:1000.

• Perfiles Longitudinales y transversales antes y proyectado después de la explotación, en escala 1:500 o 1:1000.

III. Autorizaciones:

• Autorización Notarial del propietario del predio

• Certificado de Dominio Vigente

• Permiso sectorial cuando corresponda:

*     CONAF: Cuando en el área de explotación exista bosque nativo o plantaciones forestales        como se  indica en La Ley N° 20.283, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal y Decreto Ley Nº 701, de 1974.

*     Autorización Municipalidad  de acuerdo a la Ordenanza Correspondiente.

*     Decreto Alcaldicio y Factibilidad Técnica de la DOH, cuando se trate de empréstito de cauce, lacustre o marítimo.

*     1.10.5.5.4. CAMBIO DE POZO, PLANTA O ACOPIO:

En el caso, que durante la ejecución del suministro y que por motivos plenamente justificados y verificados por esta Dirección y que la empresa adjudicada  por fuerza mayor deba hacer uso de otro pozo, planta o acopio, deberá solicitar autorización y  Vº Bº previo a la Dirección de Vialidad.

En este aspecto, el nuevo pozo, planta o acopio, deberá cumplir con todas las exigencias estipuladas en el punto 1.10.5.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, de las presente bases, por ende la empresa adjudicada tendrá un plazo de 2 (dos) días hábiles para presentar la documentación, para que el Subdepartamento del Medio Ambiente y Territorio de la Dirección, de Vº Bº a los antecedentes correspondientes al nuevo pozo autorizado, el que no excederá de dos día hábiles.

No obstante esta situación no podrá alterar el plazo de entrega solicitado inicialmente por la Dirección de Vialidad, para ello, esta Dirección, emitirá una Resolución indicando la suspensión o paralización del suministro, donde se establecerá el periodo necesario para la presentación de la documentación por parte de la empresa y la revisión por parte de Medioambiente de la DV., además del plazo restante de ejecución del contrato, al otorgado inicialmente por esta Dirección. 

1.10.6.- INGRESO DE OFERTAS

La documentación referida en el punto Nº 1.5 " Antecedentes para incluir en la oferta" de las Presentes Bases, deberá ser remitida sólo mediante la siguiente extensión: .jpg, .pdf, .doc. y debe ser subida en forma íntegra al portal Mercado Público, en la forma y plazo establecidos en las presentes bases.

1.10.7.- APERTURA DE LICITACIÓN:

1.10.7.1. PROCEDIMIENTO DE APERTURA: Esta será bajo la modalidad de "APERTURA ELECTRONICA" y pasarán a la etapa de evaluación de ofertas aquellos Proveedores que hayan cumplido con los requisitos para participar de la licitación punto Nº 1.4 de las presentes Bases.

1.10.7.2. DERECHO A SOLICITAR PRECISIONES: Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los proponentes, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá solicitar a través del foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, durante el proceso de evaluación para salvar errores de hecho u omisiones menores, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre oferentes.

1.10.8 RESOLUCIÓN DE EMPATES

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio "Económico".

En caso de persistir el empate, se establece como mecanismo de desempate, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio  “Sustentable.”

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará  a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl.

1.10.9. DERECHO A VARIAR LAS CANTIDADES: La Dirección de Vialidad se reserva el derecho a aumentar o disminuir las cantidades solicitadas hasta en un 30% cualesquiera sean sus montos, precios y condiciones. Tal variación no podrá significar una alteración del precio o plazos ofrecidos por el proveedor.

1.10.10. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA:

Se adjudicará esta licitación, al oferente que presente la totalidad de los ítems y que obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, de acuerdo al Acta de Evaluación de la Comisión de Evaluación, que estará integrada por funcionarios de la Dirección de Vialidad y estudiará los antecedentes emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente. Así mismo, podrá declarar desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad Región del Biobío.

Además, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación. El Proceso de licitación contempla las siguientes etapas:

1.10.10.1. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN: Se adjudicará a través de una resolución del Director de Vialidad Región del Biobío.

1.10.10.2. NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL PORTAL: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario, mediante el Portal www.mercadopublico.cl.

1.10.10.3. ENVÍO ORDEN DE COMPRA: La Orden de Compra será emitida una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato firmado por el Proveedor y entregada la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

1.10.11.- MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la Dirección de Vialidad Región del Biobío, dirigiendo sus consultas a la dirección señalada en la licitación,  indicada en el Punto 1.1, "Organismo Demandante" de la presente licitación. Las consultas efectuadas, serán respondidas mediante Oficio al proveedor que realiza la consulta. Estas preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos de la presente licitación.

1.10.12.- PLAZO DE ENTREGA SUMINISTRO

Este plazo, comenzará a regir al día siguiente  de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl.

Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para solicitar su aceptación, entendiéndose   rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

El Encargado de Adquisiciones de Vialidad Provincia de Concepción, enviará copia de los antecedentes necesarios para la inspección del suministro, entre ellos la Orden de Compra al correo electrónico del Inspector Fiscal designado, a fin de contabilizar y dar cumplimiento al plazo de entrega del Material Pétreo, el que será  de 12 días hábiles según lo señalado en el punto N° 1.10.5.2. de las especificaciones técnicas, los que serán considerados en los siguientes horarios: de Lunes a jueves a partir de las 09.00 horas y hasta las 17:00 hrs.  El día viernes a partir de las 09.00 horas y hasta las 16:00 hrs.  Esta recepción será previa coordinación con el Inspector Fiscal.

1.10.13.- GESTIÓN DEL CONTRATO

a) TRASPASO DEL CONTRATO: La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.

b) HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil";  en el caso que no se encuentre hábil, el proveedor adjudicado dispondrá de 10 (diez) días corridos, para regularizar su situación.

c) EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Oportunidad de entrega / calidad / cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general.Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura. El formulario de evaluación es el siguiente:

d) VIGENCIA DEL CONTRATO: El contrato regirá, durante toda la relación contractual, desde su aprobación por la respectiva resolución, hasta  incluso con posterioridad al pago, luego de la devolución y recepción por parte del proveedor  de la correspondiente  garantía que hubiere caucionado el fiel cumplimiento del contrato o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.

e) SUSPENSIÓN O PARALIZACIÓN: El contrato se podrá suspender o paralizar en casos justificados, debiéndose mantener vigentes las garantías respectivas. Son casos justificados las condiciones climáticas, emergencias naturales, las cuales constituyan un impedimento efectivo para acceder al lugar de ejecución del contrato u otra razón de fuerza mayor que impida la correcta recepción de este suministro, lo que será así calificado por el Director Regional, en resolución fundada.

La suspensión será ordenada por el Director Regional, mediante resolución fundada.  Al efecto el Inspector Fiscal deberá remitir la solicitud y todos los antecedentes que sirvan de fundamento, a la Unidad de Compra correspondiente, quien derivará al Director Regional la respectiva solicitud.

f) PREVENCIÓN DE RIESGOS: La Dirección de Vialidad requiere que las Empresas que participen en nuestros suministros, deben dar cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos.  Para ello, iniciado el contrato,  la empresa adjudicada, deberá presentar fotocopia del registro de entrega  de los elementos de protección personal.  Esta información será verificada por el Inspector Fiscal y su falta dará motivo para aplicación de sanciones de incumplimiento de contrato.

g) MODIFICACIONES O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente de conformidad al artículo Nº 13 de la Ley Nº 19.886 de 2003 y artículo Nº 77 del DS Hacienda Nº 250 de 2004, en los siguientes casos:

g.1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

g.2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.

g.3) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

g.4) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

g.5) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social  con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratatados en los últimos dos años, a la mitad el periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

g.6) Las demás que se establezcan  en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.

g.7) En el caso de la disolución de la Unión Temporal de Proveedores (UTP), o el retiro de un integrante que hubiese reunido una o más características objeto de evaluación.

g.8) La constatación  de que los integrantes  de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) constituyeron dicha figura con el objetivo de vulnerar la libre competencia y que remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica, en su caso.

1.10.14.- INSPECCIÓN FISCAL:

La Dirección de Vialidad Regional designará un Inspector Fiscal para garantizar el estricto cumplimiento de lo estipulado en las Bases de Licitación.

El adjudicatario deberá someterse exclusivamente a las órdenes del Inspector Fiscal, las que serán impartidas siempre por escrito, a través del Libro de Suministros (Manifold).  Los manifold originales, deberán ser anexados posteriormente a la Resolución  que adjudica el Suministro.

El Inspector Fiscal emitirá un Acta de Recepción conforme para adjuntarlo a la factura correspondiente y enviar a pago.

LIBRO DE SUMINISTROS: Se llevará un Libro con hojas foliadas en triplicado, donde se establecerán todas las instrucciones impartidas por Inspector Fiscal al adjudicatario y deberá ser firmada por ambas partes. La Empresa deberá designar a un funcionario responsable de la entrega del suministro, quien recibirá las instrucciones del Inspector Fiscal.

La hoja Original será retirada por el Inspector Fiscal y será anexada al Resuelvo por el Encargado de compras Provincial, la 1ª hoja copia, será retirada por Adjudicado y la 2ª hoja copia, debe permanecer en libro.

La hoja Original será retirada por el Inspector Fiscal y será anexada al Resuelvo por el Encargado de compras Provincial, la 1ª hoja copia, será retirada por Adjudicado y la 2ª hoja copia, debe permanecer en libro.

1.10.15.  FACTURACIÓN, RECEPCIÓN Y  FORMA DE PAGO

1.10.15.1. FACTURACIÓN: El proveedor adjudicado deberá facturar a la Dirección de Vialidad Región del Biobío, de acuerdo a lo siguiente:

1) Deberá aceptar la Orden de compra en www.mercadopublico.cl, para dar inicio a la entrega del producto.

2) Que se haya efectuado la entrega física del material pétreo, en las cantidades que corresponde conforme a la orden de compra. Esto se acreditará con la presentación  al Inspector Fiscal del suministro por cada camión que ingrese al acopio o faena,  Guía de Despacho del material, emitida por la empresa productora de este, la cual, debe contener: nombre de empresa adquiriente, Rut, placa única del camión que traslada material, cantidad de m³ a trasladar. Será obligación de la empresa adjudicada entregar dicho documento, en el caso que no lo haga, el Inspector Fiscal estará autorizado a  no recibir el material pétreo.

3) Luego deberá verificar que la Orden respectiva esté en estado "Recepción Conforme" para facturar.

4) La Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a que el MOP es un contribuyente electrónico.

5) Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación. 

6) Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código 1000 REG_08_DIRECCION_DE_VIALIDAD_CONCEPCION.

7)La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.

1.10.15.2. RECEPCIÓN

El inspector fiscal, recibirá conforme el material, suscribiéndolo así en la respectiva factura, si se cumplen los siguientes requisitos:

1)       Que se haya efectuado la entrega física del material granular, en las cantidades que corresponde conforme a la orden de compra. Esto se acreditará con las respectivas planillas de recepción de material pétreo.

2)    Que el material cumpla con las especificaciones técnicas solicitadas en las bases. Para acreditar el cumplimiento del material, el Inspector Fiscal deberá adjuntar Certificado de Ensaye correspondiente, emitido por el  Laboratorio de Vialidad.

3)    Que se haya acreditado el cumplimiento de las leyes laborales. Para garantizar el cumplimiento de la Leyes Laborales, el Encargado de Abastecimiento, adjuntará el Certificado de Habilidad de www.chileproveedores.cl.  Esta documentación será fotocopiada y quedará respaldada en la Unidad de Abastecimiento Provincial.  En caso de que se encuentre "inhábil" se otorgará un plazo máximo de 10 días corridos para regularizar su situación.

4)       Presentar Guía de Despacho del material  desde el  lugar  de origen, emitida por la empresa productora de éste, la cual, debe contener: nombre de empresa adquiriente, Rut, placa única del camión que traslada material, cantidad de m³ a trasladar. Será obligación de la empresa adjudicada presentar dicho documento en original al Inspector Fiscal para su VºBº, quien obtendrá una copia del documento.

5)       Adjuntar planilla con la cubicación geométrica de cada uno de los camiones tolva que realizarán el transporte de material.

La circunstancia de haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, constará en el Acta de Recepción conforme del Inspector Fiscal, adjuntando todos los documentos descritos en el punto anterior, que acompañará a la factura,  para disponer su pago.

1.10.15.3. PAGO

El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días desde la presentación de la factura.

1. 10.16.- FACTORING

El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la  Dirección de Vialidad y de conformidad a la Ley.

1.10.17.- SANCIONES

1.10.17.1. POR ATRASO EN LA ENTREGA DE MATERIAL: Frente a faltas de este tipo, la Dirección de Vialidad aplicará una multa equivalente al 1 % del monto de la factura respectiva por cada día de atraso en la entrega y/o recepción conforme del material pétreo, incluyendo el plazo de reposición, en la eventualidad que el material sea rechazado y el proveedor decida por única vez, poner un nuevo material o corregirlo.

La multa que corresponda, será deducida administrativamente de la Factura respectiva.

1.10.17.2 POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO; Si el incumplimiento de los plazos de entrega superara los 03 días hábiles, contados desde la fecha de vencimiento del plazo de entrega, sin que exista una fuerza mayor, calificada por la Dirección de Vialidad que lo justifique, se pondrá término al contrato y se hará cobro de Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato.

1.10.17.3 POR INCUMPLIMIENTO TÉCNICO

En caso de incumplimiento de las Especificaciones Técnicas, se aplicará una multa, de acuerdo  a lo indicado en la siguiente tabla:      

“TABLA DE MULTAS” ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR, PUESTO SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO.


Requisitos de Calidad y Graduación

Multa

% Sin Ponderar

Ponderador

2"

100

0

0,02

98 - 99

 

50

96 - 97

 

100

≤ 95

Se rechaza

11/2"

80 – 100

0

0,02

 

78 - 79

50

 

76 - 77

75

 

=75

100

 

< 75

Se rechaza


1"

55 - 90

0

0,02

91 - 92

53 - 54

25

93 - 94

51 - 52

50

= 95

=50

100

> 95

< 50

Se rechaza


3/4"

50 – 80

0

0,04

81 - 82

48 - 49

15

83 - 84

46 - 47

50

= 85

= 45

100

> 85

< 45

Se rechaza

3/8"

35 – 65

0

0,125

66 - 67

33 - 34

10

68 - 69

31 - 32

25

= 70

= 30

100

> 70

< 30

Se rechaza

Nº 4


25 - 55

0

0,125

56 - 57

23 - 24

10

58 - 59

21 - 22

25

= 60

= 20

100

> 60

< 20

Se rechaza

N° 10

15 - 40

0

0,04

41 – 42

13 - 14

15

43 – 44

11 - 12

35

= 45

= 10

100

> 45

< 10

Se rechaza

Nº 40

5 – 25

0

0,05

26 - 27

3 - 4

15

28 - 29

1  - 2

35

= 30

= 0

100

> 30

 

Se rechaza

Nº 200

0 – 15

0

0,06

= 16

 

25

= 17

 

50

= 18

 

75

= 19

 

100

> 19

 

Se rechaza

 

Chancado %

Ch ≥ 50

 

0

0,1

 

 48 ≤ Ch ≤ 49

 

10

 

Ch = 47

 

25

 

Ch = 46

 

100

 

Ch< = 45

S rechaza

 

CBR %

CBR ≥ 80

 

0

0,15

 

78 ≤ CBR ≤ 79

 

25

 

CBR = 77

 

50

 

CBR = 76

 

75

 

CBR= 75

100

 

CBR ≤ 74

 

Se rechaza

 

IP = %

0 ≤ IP ≤ 3

0

 0,1

 

4 ≤ IP ≤ 5

10

 

IP= 6

25

 

IP = 7

100

 

IP = 8

Se rechaza

 

Desgaste %

D ≤ 30

 

0

0,15

 

31 ≤ D ≤ 32

 

15

 

D = 33

 

25

 

D = 34

 

100

 

D ≥ 35

Se rechaza


 

El Porcentaje que resulte a multar será aplicado al total de la compra.

Para asignar el monto a multar se debe aplicar  la siguiente ecuación:

% a Multar= ∑ (x1 * x)

x1 = % Sin Ponderar

x = Ponderador

TABLA DE MEDICIÓN

Requisitos

Granulometría

Otros Parámetros

Medida

- igual o menor a 4 Incumplimientos

Multa según Tabla

- igual o menor a 3 incumplimientos con 100 %

 

Multa según Tabla

 

- igual o menor a 2 Incumplimientos

Multa según Tabla

- igual o mayor a 5 incumplimientos

Se rechaza

- igual o mayor a 4 incumplimientos con 100%

Se rechaza

- Mayor a igual a 3 incumplimientos

Se rechaza

  1. El Inspector Fiscal, deberá solicitar al Laboratorio de Vialidad o al servicio de laboratorio de la Administración Directa, la certificación de calidad del material correspondiente, muestreo que será ejecutado en planta o en la plataforma del camino o acopio, según corresponda.
  2. En caso de incumplimiento en los parámetros de las especificaciones técnicas del material, se multará a la empresa de acuerdo a la Tabla de Multas anterior.  En tal caso, el Inspector Fiscal, notificará al adjudicatario incumplidor, para que proceda de acuerdo a lo descrito en el Punto 1.10.17.4. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS.

      Las multas se descontarán administrativamente del valor de la respectiva factura incluyendo en éste el IVA.

  1. En caso de rechazo del material según “Tabla de Medición”, el Inspector Fiscal notificará al adjudicatario incumplidor, para que proceda de acuerdo a lo descrito en el Punto 1.10.17.4. PROCEDIMIENTO PARA  APLICACIÓN DE MULTAS.

4.   Si la decisión del proveedor es retirar el material y poner un nuevo material que cumpla con las Especificaciones Técnicas, deberá indicar el plazo de ejecución, el que no podrá ser superior a 5 días hábiles informando al Inspector Fiscal, quien dará su autorización por escrito, lo que será indispensable para comenzar los trabajos.

5.   En caso que decida corregirlo, propondrá la banda granulométrica, el volumen necesario del corrector y el plazo de ejecución, el que no podrá ser superior a 10 días hábiles a la Inspección Fiscal, quien dará su autorización por escrito, lo que será indispensable para comenzar los trabajos. 

6.   Los plazos indicados en el Punto 4 y 5, estarán afectos a la multa por atraso consignada en el punto. 1.10.17.1 POR ATRASO EN LA ENTREGA DE MATERIAL, que señala Frente a faltas de este tipo y considerando que el tiempo de entrega es un factor condicionado por la Dirección de Vialidad, aplicará una multa equivalente al 1 % del monto de la factura respectiva por cada día de atraso en la entrega y/o recepción conforme del material pétreo, incluyendo el plazo de reposición, en la eventualidad que el material sea rechazado y el proveedor decida por única vez, poner un nuevo material o corregirlo.

7.   Concluida la entrega, ya sea de poner un nuevo material o de corregirlo, el adjudicatario deberá presentar la certificación de autocontrol correspondiente, la que será contrastada con nuevos análisis que al efecto practique el Laboratorio de Vialidad.

8.   En caso que la empresa no comunique su decisión dentro del plazo de 5 días antes señalado o no ejecute las obras de reposición de material, ya sea de retirar el material poniendo un material que cumpla las bases técnicas o corregir el material ya puesto, como única vez,  en el plazo propuesto, se pondrá término al contrato, de acuerdo al punto GESTIÓN DEL CONTRATO, letra g) y se procederá al cobro de la Garantía.  Además, la Empresa tendrá 10 días hábiles para retirar el material, ya sea acopio en recinto fiscal o acopio en plataforma del camino.

9.   Cualquier costo que implique mejora, como nuevos traslados de material, retiro desde terreno, recebo o aumento de volumen de material pétreo, será de completo cargo de la empresa proveedora adjudicada.

1.10.17.4. Procedimiento de  Apelación de Multas y otras sanciones

La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva.

Procedimiento para aplicación de multas:

La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa,  el Inspector Fiscal  remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de  la multa. En el mismo oficio,  instará al adjudicatario incumplidor,   para que  formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba,  en el plazo de tres días hábiles.

La notificación  de dicho oficio se hará personalmente o por carta certificada. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.

Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen,  y establezca las razones de hecho y de Derecho que  fundamentan la decisión de  aplicar o no la multa o modificar  la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.

La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.

Procedimiento para aplicación de otras sanciones como el término anticipado:

El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una  causal de término anticipado del contrato,  remitirá un oficio al adjudicatario  en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes,   instándolo   para que  formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba,  en el plazo de tres días hábiles. La notificación  de dicho oficio se hará personalmente o por carta certificada. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.

Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo , la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existieren,  y establezca las razones de hecho y de Derecho que  fundamentan la decisión  respecto de la medida de termino de contrato  propuesta por el Inspector Fiscal.

La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y  se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.

1.10.18. FORMULARIOS ANEXOS

FORMULARIO Nº 1

(Para ofertar)

“DECLARACIÓN JURADA”

El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública “ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR, PUESTO SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO”, declara bajo juramento que no ha sido condenado por prácticas antisindicales.

            __________________________________________                                 ______________________________________

                    Nombre Representante Legal                                                        Firma Representante Legal

FECHA ____  de  _____________  de 2020.

FORMULARIO Nº 2

(Para Ofertar)

“DECLARACIÓN JURADA”

El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR, PUESTO SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO, declara bajo juramento no haber sido condenado por infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, en los últimos 2 años, anteriores al cierre de la presente licitación.

            __________________________________________                                 ______________________________________

                    Nombre Representante Legal                                                        Firma Representante Legal

FECHA ____  de  _____________  de 2020.

FORMULARIO Nº 3

(Para Ofertar)

“DECLARACIÓN JURADA”

El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR, PUESTO SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO, declara bajo juramento no haber sido condenado por  los delitos concursales establecidos en artículos 463 y siguientes de Código Penal, en los últimos 2 años, anteriores al cierre de la presente licitación.

            __________________________________________                                 ______________________________________

                   Nombre Representante Legal                                                         Firma Representante Legal

FECHA ____  de  _____________  de 2020.

FORMULARIO Nº 4

(Para contratar)

“DECLARACIÓN JURADA”

El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR, PUESTO SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO,  declara bajo juramento que:

  • El adjudicado no está unido a alguno de los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad por los vínculos de parentesco descritos en el artículo 4º de la Ley N° 19.886, ley de Compras Públicas.

  • Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, ley de Compras Públicas, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, y

  • No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior.

            __________________________________________             _____________________________________

                    Nombre Representante Legal                                           Firma Representante Legal

FECHA ____  de  _____________  de 2020.

FORMULARIO Nº 5

(Para contratar)

“DECLARACIÓN JURADA”

El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR, PUESTO SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO, declara bajo juramento no haber sido condenado por la Ley 20.393, con prohibición de contratar.

            __________________________________________                                 ______________________________________

                    Nombre Representante Legal                                                        Firma Representante Legal

FECHA ____  de  _____________  de 2020.

FORMULARIO Nº 6: “CONDICIONES DE EXTRACCION DEL MATERIAL PÉTREO”

ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR, PUESTO SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO

El firmante, en su calidad de adjudicatario o de representante legal del adjudicatario, viene a declarar lo siguiente según sea el caso, respecto a las condiciones en que se realiza la extracción del material pétreo para la presente licitación:

Marque con una X según sea el caso:

  • Lugar de Extracción:

Pozo Lastrero o Cantera_______

Cauce Natural_______

  • Tipo de Patente:

Industrial _______

Comercial _______

  • Documento que presentará según sea el caso.

Resolución de Calificación Ambiental (RCA) ______

Pronunciamiento sobre la Pertinencia de Ingreso al SEIA _______

Plan de Manejo Ambiental (PMA) _______

                 __________________________________________                         _________________________________

                               Nombre Representante Legal                                                    Firma Representante Legal

FECHA ____  de  _____________  de 2020.

FORMULARIO N° 7

CONTRATO

ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR, PUESTO SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO

En Concepción, a XX de xx de 2020, entre la DIRECCION REGIONAL DE VIALIDAD, RUT 61.202.000-0, representada por el Sr. Director Región del Biobío o sus subrogantes, con domicilio en Prat 501, piso 5º, Concepción, en adelante VIALIDAD y la empresa xxx, RUT: xxxxxx, representada por don xx, RUT: xx, ambos con domicilio en xxx, Comuna de xx, Ciudad de xx, en adelante LA EMPRESA, se suscribe el presente Contrato:

1. CONDICIONES GENERALES:

1.1. LA EMPRESA acepta la adjudicación de la Licitación por “ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR, PUESTO SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO, adjudicada por Resolución Exenta DRV Región del Biobío Nº xx, de fecha xx de xxxx 2020.

1.2. Las partes estipulan que las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Aclaraciones de la Licitación por ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR, PUESTO SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO, convocada por VIALIDAD y la Oferta presentada por LA EMPRESA, que dan origen a este Contrato, forman parte del mismo para todos los efectos legales y prevalecerán sobre este Contrato.

2. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:

LA EMPRESA acepta entregar a VIALIDAD, la ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR, PUESTO SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO, de acuerdo a Especificaciones Técnicas de la presente Licitación.

3. VIGENCIA DEL CONTRATO: El contrato regirá, durante toda la relación contractual, desde su aprobación por la respectiva resolución, hasta  incluso con posterioridad al pago, luego de la devolución y recepción por parte del proveedor  de la correspondiente  garantía que hubiere caucionado el fiel cumplimiento del contrato o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.

4.  PLAZO DE ENTREGA DEL SUMINISTRO, este deberá ser entregado en 10 (diez) días hábiles.

5. GESTION DEL CONTRATO:

5.1. TRASPASO DEL CONTRATO: La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.

5.2 HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil".  En el caso que no se encuentre hábil, el proveedor adjudicado dispondrá de 10 (diez) corridos, para regularizar su situación.

5.3 EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Oportunidad de entrega / calidad / cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general.  Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura, de acuerdo a Formulario dispuesto para ello.

5.4 SUSPENSIÓN O PARALIZACIÓN: El contrato se podrá suspender o paralizar en casos justificados, debiéndose mantener vigentes las garantías respectivas. Son casos justificados las condiciones climáticas, emergencias naturales, las cuales constituyan un impedimento efectivo para acceder al lugar de ejecución del contrato u otra razón de fuerza mayor que impida la correcta recepción de este suministro, lo que será así calificado por el Director Regional, en resolución fundada.

La suspensión será ordenada por el Director Regional, mediante resolución fundada.  Al efecto el Inspector Fiscal deberá remitir la solicitud y todos los antecedentes que sirvan de fundamento, a la Unidad de Compra correspondiente, quien derivará al Director Regional la respectiva solicitud.

5.5 PREVENCIÓN DE RIESGOS: La Dirección de Vialidad requiere que las Empresas que participen en nuestros suministros, deben dar cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos.  Para ello, iniciado el contrato,  la empresa adjudicada, deberá presentar fotocopia del registro de entrega  de los elementos de protección personal.  Esta información será verificada por el Inspector Fiscal y su falta dará motivo para aplicación de sanciones de incumplimiento de contrato.

6. MODIFICACIONES O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente de conformidad al artículo Nº 13 de la Ley Nº 19.886 de 2003 y artículo Nº 77 del DS Hacienda Nº 250 de 2004, en los siguientes casos:

6.1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

6.2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.

6.3) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

6.4) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

6.5) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social  con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratatados  en los últimos dos años, a la mitad el periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

6.6) Las demás que se establezcan  en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.

6.7) En el caso de la disolución de la Unión Temporal de Proveedores (UTP), o el retiro de un integrante que hubiese reunido una o más características objeto de evaluación.

6.8) La constatación  de que los integrantes  de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) constituyeron dicha figura con el objetivo de vulnerar la libre competencia y que remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica, en su caso.

7. FACTURACIÓN, RECEPCION Y  FORMA DE PAGO

7.1. El monto del Contrato asciende a $ xx.- (xx de pesos), valor que incluye IVA.

7.2. FACTURACION: El proveedor adjudicado deberá facturar a la Dirección de Vialidad Región del Biobío, de acuerdo a lo siguiente:

1) Deberá aceptar la Orden de compra en www.mercadopublico.cl, para dar inicio a la entrega del producto.

2) Que se haya efectuado la entrega física del material pétreo, en las cantidades que corresponde conforme a la orden de compra. Esto se acreditará con la presentación  al Inspector Fiscal del suministro por cada camión que ingrese al acopio o faena,  Guía de Despacho del material, emitida por la empresa productora de este, la cual, debe contener: nombre de empresa adquiriente, Rut, placa única del camión que traslada material, cantidad de m³ a trasladar. Será obligación de la empresa adjudicada entregar dicho documento, en el caso que no lo haga, el Inspector Fiscal estará autorizado a  no recibir el material pétreo.

3) Luego deberá verificar que la Orden respectiva esté en estado "Recepción Conforme" para facturar.

4) La Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a que el MOP es un contribuyente electrónico.

5) Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación. 

6) Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código 1000 REG_08_DIRECCION_DE_VIALIDAD_CONCEPCION.

7)La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.

7.3. RECEPCION

El inspector fiscal, recibirá conforme el material, suscribiéndolo así en la respectiva factura, si se cumplen los siguientes requisitos:

  • Que se haya efectuado la entrega física del material granular, en las cantidades que corresponde conforme a la orden de compra. Esto se acreditará con las respectivas planillas de recepción de material pétreo.

  • Que el material cumpla con las especificaciones técnicas solicitadas en las bases. Para acreditar el cumplimiento del material, el Inspector Fiscal deberá adjuntar Certificado de Ensaye correspondiente, emitido por el  Laboratorio de Vialidad.
  • Que se haya acreditado el cumplimiento de las leyes laborales. Para garantizar el cumplimiento de la Leyes Laborales, el Encargado de Abastecimiento, adjuntará el Certificado de Habilidad de www.chileproveedores.cl.  Esta documentación será fotocopiada y quedará respaldada en la Unidad de Abastecimiento Provincial.  En caso de que se encuentre "inhábil" se otorgará un plazo máximo de 10 días corridos para regularizar su situación.
  • Presentar Guía de Despacho del material  desde el  lugar  de origen, emitida por la empresa productora de éste, la cual, debe contener: nombre de empresa adquiriente, Rut, placa única del camión que traslada material, cantidad de m³ a trasladar. Será obligación de la empresa adjudicada presentar dicho documento en original al Inspector Fiscal para su VºBº, quien obtendrá una copia del documento.
  • Adjuntar planilla con la cubicación geométrica de cada uno de los camiones tolva que realizarán el transporte de material,

La circunstancia de haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, constará en el Acta de Recepción conforme del Inspector Fiscal, adjuntando todos los documentos descritos en el punto anterior, que acompañará a la factura,  para disponer su pago.

7.4. PAGO

El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días desde la presentación de la factura.

8.  SANCIONES

8.1. POR ATRASO; Frente a faltas de este tipo, la Dirección de Vialidad aplicará una multa equivalente al 1 % del monto de la factura respectiva por cada día de atraso en la entrega y/o recepción conforme del material pétreo, incluyendo el plazo de reposición, en la eventualidad que el material sea rechazado y el proveedor decida por única vez, poner un nuevo material o corregirlo.

La multa que corresponda, será deducida administrativamente de la Factura respectiva.

8.2 POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO; Si el incumplimiento de los plazos de entrega superara los 03 días hábiles, contados desde la fecha de vencimiento del plazo de entrega, sin que exista una fuerza mayor, calificada por la Dirección de Vialidad que lo justifique, se pondrá término al contrato y se hará cobro de Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato.

8.3 POR INCUMPLIMIENTO TÉCNICO

En caso de incumplimiento de las Especificaciones Técnicas, se aplicará una multa, de acuerdo  a lo indicado en la siguiente tabla:      


Requisitos de Calidad y Graduación

Multa

% Sin Ponderar

Ponderador

2"

100

0

0,02

98 - 99

 

50

96 - 97

 

100

≤ 95

Se rechaza

11/2"

80 – 100

0

0,02

 

78 - 79

50

 

76 - 77

75

 

=75

100

 

< 75

Se rechaza


1"

55 - 90

0

0,02

91 - 92

53 - 54

25

93 - 94

51 - 52

50

= 95

=50

100

> 95

< 50

Se rechaza

 “TABLA DE MULTAS” SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR, PUESTO SOBRE LA PLATAFORMA PARA EL CAMINO “EL SAUCE - TORRE DORADA”, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO.


3/4"

50 – 80

0

0,04

81 - 82

48 - 49

15

83 - 84

46 - 47

50

= 85

= 45

100

> 85

< 45

Se rechaza

3/8"

35 – 65

0

0,125

66 - 67

33 - 34

10

68 - 69

31 - 32

25

= 70

= 30

100

> 70

< 30

Se rechaza

Nº 4


25 - 55

0

0,125

56 - 57

23 - 24

10

58 - 59

21 - 22

25

= 60

= 20

100

> 60

< 20

Se rechaza

N° 10

15 - 40

0

0,04

41 – 42

13 - 14

15

43 – 44

11 - 12

35

= 45

= 10

100

> 45

< 10

Se rechaza

Nº 40

5 – 25

0

0,05

26 - 27

3. - 4

15

28 - 29

1  - 2

35

= 30

= 0

100

> 30

 

Se rechaza

Nº 200

0 – 15

0

0,06

= 16

 

25

= 17

 

50

= 18

 

75

= 19

 

100

> 19

 

Se rechaza

 

Chancado %

Ch ≥ 50

 

0

0,1

 

 48 ≤ Ch ≤ 49

 

10

 

Ch = 47

 

25

 

Ch = 46

 

100

 

Ch< = 45

S rechaza

 

CBR %

CBR ≥ 80

 

0

0,15

 

78 ≤ CBR ≤ 79

 

25

 

CBR = 77

 

50

 

CBR = 76

 

75

 

CBR= 75

100

 

CBR ≤ 74

 

Se rechaza

 

IP = %

0 ≤ IP ≤ 3

0

 0,1

 

4 ≤ IP ≤ 5

10

 

IP= 6

25

 

IP = 7

100

 

IP = 8

Se rechaza

 

Desgaste %

D ≤ 30

 

0

0,15

 

31 ≤ D ≤ 32

 

15

 

D = 33

 

25

 

D = 34

 

100

 

D ≥ 35

Se rechaza


El Porcentaje que resulte a multar será aplicado al total de la compra.

 

Para asignar el monto a multar se debe aplicar  la siguiente ecuación:

% a Multar= ∑ (x1 * x)

 

x1 = % Sin Ponderar

 

x = Ponderador

 

TABLA DE MEDICIÓN

Requisitos

Granulometría

Otros Parámetros

Medida

- igual o menor a 4 Incumplimientos

 

Multa según Tabla

- igual o menor a 3 incumplimientos con 100 %

 

Multa según Tabla

 

- igual o menor a 2 Incumplimientos

Multa según Tabla

- igual o mayor a 5 incumplimientos

 

 Se rechaza

- igual o mayor a 4 incumplimientos con 100%

 

 Se rechaza

 

- Mayor a igual a 3 incumplimientos

 Se rechaza

8.3.1.      El Inspector Fiscal, deberá solicitar al Laboratorio de Vialidad, la certificación de calidad del material correspondiente, muestreo que será ejecutado en planta o en la plataforma del camino, según corresponda.

8.3.2.      En caso de incumplimiento en los parámetros de las especificaciones técnicas del material, se multará a la empresa de acuerdo a la Tabla de Multas anterior.  En tal caso, el Inspector Fiscal, notificará al adjudicatario incumplidor, para que proceda de acuerdo a lo descrito en el Punto 1.10.17.4. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS.

                Las multas se descontarán administrativamente del valor de la respectiva factura incluyendo en éste el IVA.

8.3.3.      En caso de rechazo del material según “Tabla de Medición”, el Inspector Fiscal notificará al adjudicatario incumplidor, para que proceda de acuerdo a lo descrito en el Punto 1.10.17.4. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS.

8.3.4.      Si la decisión del proveedor es retirar el material y poner un nuevo material que cumpla con las Especificaciones Técnicas, deberá indicar el plazo de ejecución, el que no podrá ser superior a 5 días hábiles informando al Inspector Fiscal, quien dará su autorización por escrito, lo que será indispensable para comenzar los trabajos.

8.3.5.      En caso que decida corregirlo, propondrá la banda granulométrica, el volumen necesario del corrector y el plazo de ejecución, el que no podrá ser superior a 10 días hábiles a la Inspección Fiscal, quien dará su autorización por escrito, lo que será indispensable para comenzar los trabajos. 

8.3.6.      Los plazos indicados en el Punto 4 y 5, estarán afectos a la multa por atraso consignada en el punto. 1.10.17.1 SANCIONES POR  ATRASO, que señala Frente a faltas de este tipo y considerando que el tiempo de entrega es un factor de ponderación, la Dirección de Vialidad aplicará una multa equivalente al 1 % del monto de la factura respectiva por cada día de atraso en la entrega y/o recepción conforme del material pétreo, incluyendo el plazo de reposición, en la eventualidad que el material sea rechazado y el proveedor decida por única vez, poner un nuevo material o corregirlo.

8.3.7.      Concluida la entrega, ya sea de poner un nuevo material o de corregirlo, el adjudicatario deberá presentar la certificación de autocontrol correspondiente, la que será contrastada con nuevos análisis que al efecto practique el Laboratorio de Vialidad o si éste lo estima conveniente, podrá omitir el muestreo, validando el Certificado de Autocontrol.

8.3.8.      Concluida la entrega, ya sea de poner un nuevo material o de corregirlo, el adjudicatario deberá presentar la certificación de autocontrol correspondiente, la que será contrastada con nuevos análisis que al efecto practique el Laboratorio de Vialidad.

8.3.9.      En caso que la empresa no comunique su decisión dentro del plazo de 5 días antes señalado o no ejecute las obras de reposición de material, ya sea de retirar el material poniendo un material que cumpla las bases técnicas o corregir el material ya puesto, como única vez,  en el plazo propuesto, se pondrá término al contrato, de acuerdo al punto GESTIÓN DEL CONTRATO, letra g)y se procederá al cobro de la Garantía.  Además, la Empresa tendrá 10 días hábiles para retirar el material, ya sea acopio en recinto fiscal o acopio en plataforma del camino.

9. Procedimiento de  Apelación de Multas y otras sanciones

La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva.

Procedimiento para aplicación de multas:

La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa,  el Inspector Fiscal  remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de  la multa. En el mismo oficio,  instará al adjudicatario incumplidor,   para que  formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba,  en el plazo de tres días hábiles.

La notificación  de dicho oficio se hará personalmente o por carta certificada. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.

Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen,  y establezca las razones de hecho y de Derecho que  fundamentan la decisión de  aplicar o no la multa o modificar  la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.

La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.

Procedimiento para aplicación de otras sanciones como el término anticipado:

El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una  causal de término anticipado del contrato,  remitirá un oficio al adjudicatario  en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes,   instándolo   para que  formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba,  en el plazo de tres días hábiles. La notificación  de dicho oficio se hará personalmente o por carta certificada. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.

Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo , la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existieren,  y establezca las razones de hecho y de Derecho que  fundamentan la decisión  respecto de la medida de termino de contrato  propuesta por el Inspector Fiscal.

La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y  se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.

10. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.

Para acreditar el cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en Chileproveedores.  Para el caso en que el Proveedor se encuentre "inhábil", tendrá un plazo máximo de  5 días hábiles, para regularizar su situación, de lo contrario su oferta será desestimada.

11. GARANTÍA FIEL DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO:

LA EMPRESA entrega ____(tipo de documento)____________ Nº _______________ por garantía de fiel cumplimiento de contrato por un monto de $xxxxxxxxxxx.- (xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx pesos) con fecha de vencimiento al ___ de ________ del __________.

Para conformidad, firman el presente Contrato en tres ejemplares:

Representante Legal

Empresa XXXXXX

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.