LICITACIÓN PÚBLICA: Adquisición máquina terapia electroconvulsiva para Hospital Clínico Herminda Martín, con Fondos FNDR.
11.1 DESCRIPCIÓN: El Servicio Salud Ñuble según lo establecido en convenio Mandato del Gobierno Regional de fecha 28/11/11, requiere adquirir equipamiento para el Hospital Clínico Herminda Martín del Servicio de Salud Ñuble.
11.2 FINANCIAMIENTO: FONDO NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL (F.N.D.R.)
11.3 ESTABLECIMIENTO BENEFICIADO: Hospital Clínico Herminda Martín, Francisco Ramírez Nº10, Chillán, fono 42-208114.
11.4 DE LA UNIDAD TECNICA
Para efectos de la presente Licitación Pública se entenderá actuando como Unidad Técnica para todos los fines procedentes, a la Dirección del Servicio de Salud Ñuble a través del Departamento de Recursos Físicos, Sección Inversiones y Sección Abastecimiento en Red, fonos 42-587254 y 42-587243, respectivamente.
11.5. DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
A) Una vez seleccionada la oferta previa evaluación por parte de la Comisión designada para este efecto, será enviada al Gobierno Regional para su respectivo Vº Bº. Dicho procedimiento se demora aproximadamente 20 días, periodo durante el cual dicho organismo analiza, verifica y finalmente remite los antecedentes con Vº Bº a la Unidad Técnica SSÑ, la cual posteriormente enviará los resultados a la Sección Abastecimiento de la Dirección SSÑ para realizar la publicación de la adjudicación en el Portal www.mercadopublico.cl. mediante la respectiva Resolución.
De acuerdo a lo anterior, las ofertas presentadas por los proveedores deben tener una validez mínima de 60 días a contar de la fecha de apertura electrónica, con el fin de mantener la vigencia de los precios al momento de la adjudicación.
B.- El Servicio Salud de Ñuble, se reserva el derecho de adjudicar una o más ofertas presentadas, y el total o parte de ellas, aun cuando no sea o sean las de más bajo valor, si de la evaluación de las ofertas así se determinara, ello sin derecho a indemnización alguna para los oferentes no adjudicados. Asimismo, el Servicio de Salud Ñuble, se reserva el derecho de declarar desierta toda o parte de la presente propuesta si no se presentan oferentes o los que se presentan no resultan ser convenientes, o bien, podrá declarar inadmisibles todas, una o más de las ofertas si éstas no reunen los requisitos exigidos en la convocatoria, si de la evaluación de las ofertas así se concluyere, ello sin derecho a indemnización alguna para los proponentes.
C) Todo lo anterior, de acuerdo al respectivo informe de la Comisión de Evaluación y Calificación.
D) La adjudicación se efectuará a través de Resolución del Director del Servicio de Salud Ñuble, la que una vez firmada por el adjudicatario, en señal de aceptación de lo que por su intermedio se encomienda, constituirá el contrato para todos los fines pertinentes.
11.6 DE LA FORMA DE PAGO
A) Pago al contado en Moneda Nacional ($ chilenos), contra recepción definitiva conforme por parte del Establecimiento Beneficiado y la Unidad Técnica SSÑ.
B) Se entenderá por recepción definitiva conforme la recepción total del equipamiento, con todos los accesorios, catálogos de mantención, operación e instalación (si corresponde).
C) Una vez recibida el Acta de Recepción en la Sección Inversiones del Depto. de Recursos Físicos del Servicio de Salud Ñuble, se remitirán todos los antecedentes al Gobierno Regional del Bio-Bio para la respectiva gestión de pago.
D) El SSÑ podrá reclamar en contra del contenido de la Factura o Guía de Despacho dentro del plazo de 30 días corridos a contar de la fecha de su recepción.
11.7 DEL PLAZO DE ENTREGA
A) El proponente deberá indicar en su oferta el plazo de entrega del equipamiento en días corridos, a contar de la fecha de adjudicación de la propuesta. Este plazo no deberá ser superior a 90 días corridos con puesta en marcha incluída.
B) Asimismo, deberá señalar el plazo de duración de la capacitación para el operador del equipo, cuando corresponda.
11.8 DE LA RECEPCION DEL EQUIPAMIENTO
A) El equipamiento adjudicado deberá ser entregado únicamente en la BODEGA GENERAL del establecimiento de destino, debiéndose coordinar para ello y para su posterior puesta en marcha y capacitación con el Jefe de Equipos Médicos del Hospital Clínico Herminda Martín, fono: 42-586868 o a través de correo electrónico juanc.ulloa@redsalud.gov.cl. La entrega debe ser realizada de Lunes a Jueves, en horario de 08:30 a 12.00 hrs. y de 14:30 a 16:30 hrs. o Viernes, en horario de 08:30 a 12:00 hrs. y de 14:30 a 15:30 hrs. El plazo máximo de entrega de los equipos será el establecido en la Oferta Económica y se contará a partir de la fecha de notificación y/o despacho de la Orden de Compra al proveedor adjudicado a través del portal www.mercadopublico.cl. Dicho plazo debe considerarse días corridos.
B) Una vez recibido el equipamiento en el establecimiento beneficiado, se verificará la concordancia con lo especificado en la Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y Oferta adjudicada. Verificada la concordancia plena y sin perjuicio de lo mencionado en el punto siguiente, se levantará Acta de Recepción definitiva conforme, firmada por el o los funcionarios responsables que el SSÑ designe para tal efecto y por el representante de la empresa que participe en dicho evento, cuando corresponda.
C) La Recepción Definitiva del equipamiento se efectuará una vez que se cumpla en un 100% las Especificaciones Técnicas requeridas y exista plena conformidad del Jefe del Servicio Clínico favorecido con el equipo, incluyendo capacitación a usuarios directos y entrega de todos los elementos solicitados para su normal funcionamiento.
D) Si procede, el equipamiento deberá ser sometido a una prueba en presencia de un representante de la empresa adjudicada, y su recepción conforme se efectuará una vez comprobado su normal funcionamiento, puesta en marcha y entregada la capacitación al operador, esto último cuando corresponda. El Acta de Recepción deberá contener la firma de el o los funcionarios responsables que el SSÑ designe para tal efecto, junto con la del representante de la empresa adjudicada, entregándose en el acto los respectivos catálogos de operación y mantención en español, cuando corresponda.
E) Si durante el período de garantía del equipamiento, éste presentara fallas reiteradas, el Servicio podrá solicitar el cambio por uno nuevo. Si este también presentara fallas, el Servicio de Salud podrá dejar sin efecto el contrato, haciendo efectiva la Boleta de Garantía de cumplimiento de contrato (en caso de haberse solicitado a través de las presentes Bases), sin perjuicio de las acciones civiles necesarias tendientes a resarcir los daños y perjuicios ocasionados.
11.9 DE LA FACTURACIÓN
A)
Se deberá facturar a nombre del Gobierno Regional de la Región del Bio-Bio, RUT 72.232.500-1, con domicilio Avda. Prat 525, Concepción, fono:41-2405724, fax:41-2405227. La factura deberá emitirse una vez realizada la recepción conforme del equipamiento, lo cual será comunicado por la Unidad Técnica SSÑ. Esta factura junto con la documentación necesaria para el pago, esto es, Resolución de Adjudicación y Boleta de Garantía, deberán ser entregados en Oficina de Partes de la Dirección del Servicio Salud Ñuble, ubicado en calle Bulnes Nº 502,Chillán.-
11.10 DE LAS MULTAS
A) Atraso en el plazo de entrega: Sólo por motivo de fuerza mayor o causa fortuita u otros calificados como tal por el Servicio, el proveedor adjudicado no pueda hacer entrega de los productos adjudicados, instalado(s) y funcionando, cuando corresponda, en el lugar establecido en las presentes Bases puede solicitar un aumento de plazo al Director del Servicio Salud Ñuble. La solicitud de aumento de plazo deberá ingresar por Oficina de Partes del Servicio de Salud Ñuble, a lo menos 10 días hábiles previos al vencimiento del plazo contractual (plazo presentado en su oferta). Las solicitudes recibidas con posterioridad no serán recibidas ni evaluadas y se aplicará sanción por atraso en la entrega de los productos.
En el caso que el proveedor adjudicado no cumpla con el plazo de entrega estipulado en la “Carta Oferta” y no hubiere solicitado aumento de plazo o esta solicitud le fue rechazada, se le aplicará la multa que se establece en el párrafo siguiente. Igual sanción se aplicará en caso de:
- Productos entregados en forma incompleta.
- Productos entregados en discordancia con las Especificaciones Técnicas.
- Productos entregados sin haber recibido la capacitación correspondiente, cuando corresponda.
Para estos casos, el Gobierno Regional aplicará al proveedor una multa del 2 X 1000 (dos por mil) Incluido IVA, por cada día de atraso en la entrega, sobre el monto neto de adjudicación, de acuerdo a la facturación, con tope de (40) cuarenta días corridos, contados desde la fecha de vencimiento del plazo establecido en la carta oferta y contrato, hasta la fecha de recepción definitiva.
B) Dejar sin efecto el contrato, sin necesidad de notificación judicial ni requerimiento de ninguna especie, haciendo efectiva y reteniendo a título de indemnización, la garantía de cumplimiento del contrato (en caso de haberse solicitado a través de las presentes bases).
C) Exigir el cumplimiento judicial del contrato.
11.11 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El oferente adjudicado deberá firman la Resolución de Adjudicación, en señal de aceptación de lo que por su intermedio se le encomienda, y pasará a constituir el contrato para todos los fínes legales. En todo caso, este contrato se regirá por lo dispuesto en la Oferta del adjudicatario, en el acto de adjudicación, en la convocatoria, en los Términos de Referencia, Bases Administrativas y Técnicas y, en lo no previsto en tales instrumentos, por la legislación chilena.
Finalmente, el contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, a través del portal www.mercadopublico.cl
11.12 CONSIDERACIONES ESPECIALES
Las cantidades y especificaciones técnicas no podrán ser modificadas por el proveedor adjudicado. Sin perjuicio de lo anterior, el SSÑ se reserva el derecho de modificar las cantidades licitadas, ya sea disminuyéndolas o aumentándolas, respetando en ambos casos los precios adjudicados, sin que dichas modificaciones signifiquen gravamen alguno para el SSÑ. Se considerarán como modificaciones (aumentos) de las cantidades adjudicadas los requerimientos de equipos que se formulen para otros programas de la Dirección SSÑ o de los establecimientos dependientes SSÑ.
11.13 DE LA SOLICITUD DE ACLARACIONES
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el SSÑ podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, pudiendo aceptarse la respectiva oferta mientras no se vulnere el principio de igualdad de los proponentes y estricta sujeción a las bases, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, si correspondiere, a través del Sistema de Información.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 hrs. para responder lo solicitado por el SSÑ. Si al concluir dicho plazo, no existiera respuesta por el proveedor, se asumirá que no existe interés por parte de este último en participar en este proceso licitatorio, en tal caso el SSÑ estará facultado de abstenerse de evaluar la oferta económica presentada por ese proveedor.
11.14 MODIFICACIONES A LAS BASES
El SSÑ podrá modificar los documentos en la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes durante el proceso de licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases.